CÓDIGO DESCRIPCIÓN Unidad AD-VALOREM
IMP. EXP.
8504.90.04 Casquillos de metal para anclajes de bobinas, reconocibles como concebidos exclusivamente para aparatos electrónicos y de comunicaciones eléctricas. Kg 7 Ex.
8504.90.05 Reconocibles como concebidas exclusivamente para bobinas de frecuencia intermedia, de reactancia y de autoinducción para uso en electrónica o para transformadores de alta tensión ("fly-back") para televisión. Kg 7 Ex.
8504.90.06 Para juguetes o modelos reducidos de la partida 95.03. Kg 10 Ex.
8504.90.99 Los demás. Kg 7 Ex.
8505.19.99 Los demás. Kg 7 Ex.
8505.20.01 Acoplamientos, embragues, variadores de velocidad y frenos, electromagnéticos. Kg 10 Ex.
8505.30.01 Con capacidad igual o inferior a 53.5 t, concebidas para soportar temperatura igual o inferior a 300°C. Kg 10 Ex.
8505.30.99 Los demás. Kg 7 Ex.
8505.90.02 Cabezas magnéticas para máquinas elevadoras. Kg 7 Ex.
8505.90.03 Partes y piezas sueltas. Kg 7 Ex.
8505.90.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8507.10.01 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
8507.20.01 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
8507.20.02 Recargables, de plomo-ácido, para "flash" electrónico hasta 6 voltios, con peso unitario igual o inferior a 1 kg. Pza 7 Ex.
8509.90.01 Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8509.80.10. Kg 7 Ex.
8509.90.02 Carcazas. Pza 10 Ex.
8509.90.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8510.90.01 Peines, para máquinas de cortar el pelo. Kg 7 Ex.
8510.90.04 Partes reconocidas como concebidas exclusivamente para máquinas rasuradoras o de afeitar, excepto lo comprendido en las fracciones 8510.90.02 y 8510.90.03. Kg 7 Ex.
8511.10.01 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8511.10.02 Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas e industriales o motocicletas. Kg 10 Ex.
8511.10.03 Cuyo electrodo central sea de níquel, tungsteno; platino, iridio o de aleaciones de oro; o que contengan dos o más electrodos a tierra; excepto, para todas las descritas anteriormente, lo comprendido en las fracciones 8511.10.01 y 8511.10.02. Kg 10 Ex.
8511.10.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8511.20.01 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8511.20.02 Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas e industriales o motocicletas. Kg 10 Ex.
8511.20.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8511.30.01 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
8511.30.02 Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas o industriales. Pza 10 Ex.
8511.30.03 Distribuidores, excepto lo comprendido en las fracciones 8511.30.01, 8511.30.02 y 8511.30.04. Pza 10 Ex.
8511.30.04 Reconocibles como concebidas exclusivamente para motocicletas. Pza 10 Ex.
8511.30.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8511.40.01 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
8511.40.02 Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas e industriales o motocicletas. Pza 10 Ex.
8511.40.03 Motores de arranque, con capacidad inferior a 24 v y con peso inferior a 15 kg. Pza 10 Ex.
8511.40.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8511.50.01 Dínamos (generadores). Pza 10 Ex.
8511.50.02 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
8511.50.03 Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas e industriales o motocicletas. Pza 10 Ex.
8511.50.04 Alternadores, con capacidad inferior a 24 v y peso menor a 10 kg. Pza 10 Ex.
8511.50.99 Los demás. Pza 7 Ex.
8511.80.02 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
8511.80.03 Bujías de calentado (precalentadoras). Pza 10 Ex.
8511.80.04 Reconocibles como concebidos exclusivamente para tractores agrícolas e industriales o motocicletas. Pza 10 Ex.
8511.90.01 Platinos. Kg 10 Ex.
8511.90.02 Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas e industriales o motocicletas. Kg 7 Ex.
8511.90.03 Inducidos o portaescobillas u otras partes o piezas, reconocibles como concebidas exclusivamente para motores de arranque, dínamos o alternadores. Kg 7 Ex.
8511.90.04 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8511.90.05 Colectores de cobre, con peso unitario inferior o igual a 2 kg. Kg 10 Ex.
8511.90.99 Los demás. Kg 7 Ex.
8512.10.01 Dínamos de alumbrado. Kg 10 Ex.
8512.10.02 Luces direccionales y/o calaveras traseras. Kg 10 Ex.
8512.10.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8512.20.01 Faros, luces direccionales delanteras y traseras, reconocibles como concebidos exclusivamente para motocicletas. Kg 7 Ex.
8512.20.02 Luces direccionales y/o calaveras traseras, excepto lo comprendido en la fracción 8512.20.01. Kg 7 Ex.
8512.20.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8512.30.01 Aparatos de señalización acústica. Kg 10 Ex.
8512.40.01 Limpiaparabrisas y eliminadores de escarcha o vaho. Kg 10 Ex.
8512.90.01 Del equipo farol dínamo de bicicleta. Kg 7 Ex.
8512.90.02 Reconocibles como concebidas exclusivamente para bocinas u otros avisadores acústicos, excepto lo comprendido en la fracción 8512.90.06. Kg 7 Ex.
8512.90.03 Hojas montadas para limpiaparabrisas, con longitud igual o superior a 50 cm. Kg 7 Ex.
8512.90.04 Reconocibles como concebidas exclusivamente para faros de automóviles. Kg 7 Ex.
8512.90.05 Reconocibles como concebidas exclusivamente para luces direccionales y/o calaveras traseras, excepto lo comprendido en la fracción 8512.90.06. Kg 7 Ex.
8512.90.06 Reconocibles como concebidas exclusivamente para motocicletas. Kg 7 Ex.
8512.90.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8513.10.01 De seguridad, para mineros. Pza 10 Ex.
8514.20.01 De inducción de baja frecuencia, para el recalentamiento de metales. Pza 7 Ex.
8514.20.02 De inducción de baja frecuencia, para fusión de metales. Pza 10 Ex.
8514.30.05 Hornos para el calentamiento y el secado con rayos catódicos, láser, ultravioleta, infrarrojos y de alta frecuencia. Pza 7 Ex.
8514.90.01 Reconocibles como concebidas exclusivamente para hornos de laboratorio. Kg 7 Ex.
8514.90.02 Reconocibles como concebidas exclusivamente para hornos de arco. Kg 7 Ex.
8514.90.03 Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8514.10.03, 8514.20.02, 8514.20.03 y 8514.30.03. Kg 7 Ex.
8514.90.99 Los demás. Kg 7 Ex.
8515.19.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8515.21.01 Para soldar metales por costuras o proyección. Pza 7 Ex.
8515.29.01 Para soldar metales por costura o proyección, no automáticos. Pza 7 Ex.
8515.29.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8515.31.02 Para soldar o cortar, de arco, tipo generador o transformador, superior a 1,260 amperes. Pza 7 Ex.
8515.39.02 Para soldar o cortar, de arco, tipo generador o transformador, superior a 1,260 amperes. Pza 7 Ex.
8515.80.01 Para soldar materias termoplásticas por radiofrecuencia o alta frecuencia. Pza 10 Ex.
8515.80.02 Para soldar materias termoplásticas, excepto lo comprendido en la fracción 8515.80.01. Pza 7 Ex.
8515.80.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8515.90.01 Pinzas portaelectrodos o sus partes, para soldadura por arco. Kg 10 Ex.
8515.90.99 Los demás. Kg 7 Ex.
8516.33.01 Aparatos para secar las manos. Pza 10 Ex.
8516.79.01 Para calefacción de automóviles. Pza 10 Ex.
8516.80.02 A base de carburo de silicio. Kg 10 Ex.
8516.80.03 Para desempañantes. Kg 10 Ex.
8516.80.99 Los demás. Kg 7 Ex.
8516.90.01 Carcazas para tostadores. Kg 10 Ex.
8516.90.02 Carcazas y bases metálicas, reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la subpartida 8516.40. Pza 10 Ex.
8516.90.03 Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8516.40.01, excepto lo comprendido en la fracción 8516.90.02. Kg 10 Ex.
8516.90.04 Reconocibles como concebidas exclusivamente para hornos de alta frecuencia (microondas). Kg 10 Ex.
8516.90.05 Carcazas, reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la subpartida 8516.33. Pza 10 Ex.
8516.90.06 Ensambles reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la subpartida 8516.50, que incorporen más de uno de los siguientes componentes: cámara de cocción, chasis del soporte estructural, puerta, gabinete exterior. Pza 10 Ex.
8516.90.07 Circuitos modulares reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la subpartida 8516.50. Pza 10 Ex.
8516.90.08 Cámaras de cocción reconocibles como concebidas para lo comprendido en las fracciones 8516.60.02 y 8516.60.03, incluso sin ensamblar. Pza 10 Ex.
8516.90.09 Panel superior con o sin elementos de calentamiento o control reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8516.60.02 y 8516.60.03. Pza 10 Ex.
8516.90.10 Ensambles de puertas reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8516.60.02 y 8516.60.03, que incorporen más de uno de los siguientes componentes: panel interior, panel exterior, ventana, aislamiento. Pza 10 Ex.
8516.90.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8518.10.01 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8518.10.03 Pastillas, cartuchos, cápsulas o unidades a bobina móvil, sin dispositivos de montaje. Kg 10 Ex.
8518.29.01 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
8518.30.01 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
8518.40.01 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
8518.40.02 Para operación sobre línea telefónica. Pza 7 Ex.
8518.40.07 Procesadores de audio o compresores, limitadores, expansores, controladores automáticos de ganancia, recortadores de pico con o sin ecualizadores, de uno o más canales con impedancia de entrada y salida de 600 ohms. Pza 7 Ex.
8519.21.01 Tornamesas profesionales ("turn-table"), sin cambiador automático ni mueble, reconocibles como concebidas exclusivamente para el uso de radiodifusoras y estudios profesionales de grabación. Pza 10 Ex.
8519.29.01 Tornamesas profesionales ("turn-table"), sin cambiador automático ni mueble, reconocibles como concebidas exclusivamente para el uso de radiodifusoras y estudios profesionales de grabación. Pza 10 Ex.
8519.99.02 Reproductores con sistema de lectura óptica por haz de rayos láser (lectores de discos compactos) reconocibles como concebidos exclusivamente para uso automotriz, excepto los comprendidos en la fracción 8519.99.03. Pza 7 Ex.
8519.99.03 Reproductores con sistema de lectura óptica por haz de rayos láser (lectores de discos compactos), con cambiador automático incluido con capacidad de 6 o más discos, reconocibles como concebidos exclusivamente para uso automotriz. Pza 7 Ex.
8520.32.01 Con cinta magnética de ancho igual o superior a 6 mm, para estaciones difusoras de radio o televisión y estudios de grabación. Pza 10 Ex.
8520.33.01 Con cinta magnética de ancho igual o superior a 6 mm, para estaciones difusoras de radio o televisión y estudios de grabación. Pza 10 Ex.
8520.39.01 Con cinta magnética de ancho igual o superior a 6 mm, para estaciones difusoras de radio o televisión y estudios de grabación. Pza 10 Ex.
8520.90.01 Tornos para el registro de sonido en discos maestros. Pza 7 Ex.
8520.90.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8521.90.03 Unidades reproductoras de discos de video digitalizado (DVD), sin gabinete, reconocibles como concebidas para su incorporación física en aparatos receptores de televisión. Pza 7 Ex.
8523.30.01 Tarjetas con tira magnética incorporada. Kg 10 Ex.
8524.10.01 Para películas cinematográficas sincronizadas. Pza 10 Ex.
8524.10.02 Para la enseñanza, con sonido o imágenes, técnicas, científicas o con fines culturales, reconocibles como concebidas exclusivamente para instituciones de educación o similares. Pza 7 Ex.
8524.51.02 Para la enseñanza, con sonido o imágenes, técnicas, científicas o con fines culturales, reconocibles como concebidas exclusivamente para instituciones de educación o similares. Kg 7 Ex.
8524.51.03 Reconocibles como concebidas exclusivamente para ser utilizadas en "video tape", excepto lo comprendido en la fracción 8524.51.01. Kg 7 Ex.
8524.52.02 Para la enseñanza, con sonido o imágenes, técnicas, científicas o con fines culturales, reconocibles como concebidas exclusivamente para instituciones de educación o similares. Kg 7 Ex.
8524.52.03 Reconocibles como concebidas exclusivamente para ser utilizadas en "video tape", excepto lo comprendido en la fracción 8524.52.01. Kg 7 Ex.
8524.53.02 Para la enseñanza, con sonido o imágenes, técnicas, científicas o con fines culturales, reconocibles como concebidas exclusivamente para instituciones de educación o similares. Kg 7 Ex.
8524.53.03 Reconocibles como concebidas exclusivamente para ser utilizadas en "video tape", excepto lo comprendido en la fracción 8524.53.01. Kg 7 Ex.
8525.30.01 Cámaras de televisión giroestabilizadas. Pza 7 Ex.
8525.30.02 Cámaras tomavistas para estudio de televisión, excepto las que apoyan en el hombro y las portátiles. Pza 7 Ex.
8525.30.99 Los demás. Pza 7 Ex.
8526.10.01 Radiosondas meteorológicas. Pza 7 Ex.
8526.10.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8526.91.01 Radiogoniómetros con capacidad para sintonizar la banda de radiofaros (beacon), comprendida entre 180 y 420 kilociclos y sensibilidad igual o mejor a 20 microvoltios por metro, con una relación señal a ruido de 6 decibeles. Pza 7 Ex.
8526.91.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8527.90.03 Receptores de radiotelefonía muy alta frecuencia (VHF), de 243 a 250 MHz. Pza 7 Ex.
8527.90.04 Fijos o móviles en ultra alta frecuencia (UHF) de 300 a 470 MHz, para radiotelefonía o radiotelegrafía. Kg 10 Ex.
8527.90.06 Receptores, medidores de distancia. Pza 7 Ex.
8528.12.10 Sistema de recepción de microondas vía satélite, compuesto de un convertidor de bajada cuya frecuencia de operación sea de 11.7 a 14.5 GHz, y un receptor cuya frecuencia de operación sea de hasta 4.2 Ghz. Pza 7 Ex.
8528.22.02 Sistemas audiovisuales integrados, para control de accesos mediante múltiples pantallas (displays) de video hasta 30 cm (12 pulgadas), con direccionamiento selectivo y automático. Pza 7 Ex.
8529.90.13 Amplificadores para transmisores de señales de televisión. Pza 7 Ex.
8529.90.15 Amplificadores-distribuidores, regeneradores de pulsos o de subportadora, para sistemas de televisión por cable. Pza 10 Ex.
8529.90.16 Amplificadores-distribuidores de video, con entrada diferencial, con compensación de cable o con restaurador de corriente continua, para sistemas de televisión, con o sin gabinete modular. Pza 10 Ex.
8529.90.18 Sintonizadores de canales para televisión y videocasetera; sintonizadores de doble convergencia. Pza 7 Ex.
8529.90.19 Sintonizadores de canal, combinados con otras partes especificadas en la Nota aclaratoria 4 del capítulo 85. Pza 7 Ex.
8529.90.20 Amplificadores de radiofrecuencia, banda ancha y monocanales, para sistemas de distribución de señales de HF, TV y/o FM. Pza 10 Ex.
8530.10.01 Aparatos para vías férreas o similares. Kg 7 Ex.
8530.80.02 Equipos controladores de semáforos. Kg 10 Ex.
8530.80.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8530.90.01 Partes. Kg 7 Ex.
8531.10.01 Bocinas en o con caja tipo intemperie a prueba de humedad, gases, vapores, polvo y explosión. Kg 10 Ex.
8531.10.02 Campanas de alarma, con caja tipo intemperie a prueba de humedad, gases, vapores, polvos y explosión. Kg 7 Ex.
8531.10.03 Alarma electrónica contra robo, para vehículos automóviles. Kg 10 Ex.
8531.10.04 Detectores acústicos, para sistemas de alarmas en bóvedas de seguridad; sistemas de seguridad a detección acústica y/o visual, con señalización local y remota, sin equipo de enlace por radiofrecuencia. Kg 7 Ex.
8531.80.01 Sirenas. Kg 10 Ex.
8531.80.03 Zumbadores miniatura de corriente alterna, para aparatos telefónicos. Kg 10 Ex.
8531.90.01 Indicadores luminosos tipo ojo de buey o tipo diamante, sin portalámparas. Kg 7 Ex.
8531.90.02 Circuitos modulares. Pza 10 Ex.
8531.90.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8532.10.01 Fijos, monofásicos o trifásicos, con peso unitario superior a 1 kg. Pza 10 Ex.
8532.10.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8532.22.01 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
8532.22.02 De diámetro inferior o igual a 15 mm, encapsulados en botes de baquelita o de aluminio. Pza 7 Ex.
8532.22.03 Capacitores electrolíticos con capacitancia de 0.1 µF hasta 10,000µF y un voltaje de 10v hasta 100v, para uso en aparatos de conducción de señales, audio y video. Pza 10 Ex.
8532.22.99 Los demás. Pza 7 Ex.
8532.23.01 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
8532.23.02 Tubulares. Pza 10 Ex.
8532.23.03 Condensadores tubulares fijos de cerámica con coeficientes de temperatura de -220, -330 y -750 (partes por millón por cada grado centígrado), con diámetro inferior o igual a 3 mm y longitud inferior o igual a 8 mm. Pza 7 Ex.
8532.23.04 Condensadores de discos de cerámica, con terminales axiales. Pza 10 Ex.
8532.23.05 Capacitores discoidales con capacitancia de 0.1 pF hasta 8,200 pF para uso específico como filtradores de ruidos en dispositivos de alta frecuencia. Pza 10 Ex.
8532.23.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8532.24.01 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
8532.24.02 Tubulares. Pza 10 Ex.
8532.24.03 Condensadores tubulares fijos de cerámica con coeficientes de temperatura de -220, -330 y -750 (partes por millón por cada grado centígrado), con diámetro inferior o igual a 3 mm y longitud inferior o igual a 8 mm. Pza 7 Ex.
8532.25.01 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
8532.25.02 Fijos de películas plásticas, excepto lo comprendido en la fracción 8532.25.03. Pza 10 Ex.
8532.25.03 Con dieléctrico de plástico, sin terminales, de montaje por contacto. Pza 10 Ex.
8532.25.04 Capacitores fílmicos para uso en aparatos de recepción y transmisión de señales, audio y video. Pza 10 Ex.
8532.25.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8532.29.01 Fijos monofásicos o trifásicos con peso unitario superior a 1 kg. Pza 10 Ex.
8532.29.02 Condensadores para distribuidores de motores de explosión. Pza 10 Ex.
8532.29.03 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
8532.29.04 De mica, de 1,000 o más voltios de trabajo. Pza 7 Ex.
8532.29.05 Cajas de condensadores por décadas, con precisión del 1% o mejor. Pza 7 Ex.
8532.29.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8532.30.01 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
8532.30.02 Variables de vacío, reconocibles como concebidos exclusivamente para radiofrecuencia; variables de gas. Pza 7 Ex.
8532.30.03 Cajas de condensadores por décadas, con precisión de 1% o mejor. Pza 7 Ex.
8532.30.04 Reconocibles como concebidas exclusivamente para radiofrecuencia, excepto de ajuste "trimmers", cerámicos, y lo comprendido en la fracción 8532.30.02. Pza 10 Ex.
8532.30.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8532.90.01 Partes. Kg 7 Ex.
8533.10.01 Resistencias de carbón, aglomeradas o de capa, excepto lo comprendido en la fracción 8533.10.02. Kg 7 Ex.
8533.10.02 Resistencias de montaje por contacto; resistencias con terminales radiales. Kg 7 Ex.
8533.21.01 De potencia inferior o igual a 20 W. Kg 7 Ex.
8533.29.01 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8533.29.99 Las demás. Kg 10 Ex.
8533.31.01 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8533.31.99 Las demás. Kg 10 Ex.
8533.39.01 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8533.39.02 Reguladores o variantes de velocidad, reconocibles como concebidos exclusivamente para ser incorporados en aparatos domésticos. Kg 10 Ex.
8533.39.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8533.40.01 Reóstatos o potenciómetros, excepto lo comprendido en la fracción 8533.40.07. Kg 7 Ex.
8533.40.02 Termistores. Kg 10 Ex.
8533.40.03 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8533.40.04 Bancos de resistencias. Kg 10 Ex.
8533.40.06 Varistores o resistencias dependientes de la tensión aplicada ("VDR"), excepto lo comprendido en la fracción 8533.40.05. Kg 10 Ex.
8533.40.07 Potenciómetros de carbón, de 1/10 a ½ watt de disipación, de diámetro inferior o igual a 30 mm. Kg 7 Ex.
8533.40.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8533.90.01 Terminales de cobre estañado y casquillos de hierro o de bronce, reconocibles como concebidas exclusivamente para resistencias de carbón para radio y TV. Kg 7 Ex.
8533.90.02 Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la subpartida 8533.40, metálicas o cerámicas, termosensibles. Kg 7 Ex.
8533.90.99 Los demás. Kg 7 Ex.
8535.10.01 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8535.10.02 Cortacircuitos de fusibles de más de 46 KV. Kg 10 Ex.
8535.10.03 Fusibles. Kg 10 Ex.
8535.21.01 Para una tensión inferior a 72.5 KV. Kg 10 Ex.
8535.29.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8535.30.01 Interruptores. Kg 7 Ex.
8535.30.02 Seccionadores de peso unitario inferior o igual a 2 kg. Kg 10 Ex.
8535.30.03 Seccionadores-conectadores de navajas sin carga, con peso unitario superior a 2 kg sin exceder de 2,750 kg. Kg 10 Ex.
8535.30.04 Seccionadores de peso unitario superior a 2,750 kg. Kg 7 Ex.
8535.30.05 Interruptores de navajas con carga. Kg 10 Ex.
8535.30.06 Seccionadores con peso unitario superior a 2 kg, sin exceder de 2,750 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8535.30.03. Kg 10 Ex.
8535.30.99 Los demás. Kg 7 Ex.
8535.40.01 Pararrayos (apartarrayos) tipo distribución autovalvulares de 3 a 13 KV nominales, para sistemas con neutro a tierra hasta 37 KV. Kg 10 Ex.
8535.40.02 Pararrayos (apartarrayos), excepto lo comprendido en la fracción 8535.40.01. Kg 7 Ex.
8535.40.99 Los demás. Kg 7 Ex.
8535.90.01 Conmutadores de peso unitario inferior o igual a 2 kg. Kg 10 Ex.
8535.90.02 Conmutadores con peso unitario superior a 2 kg sin exceder de 2,750 kg. Kg 10 Ex.
8535.90.03 Conmutadores de peso unitario superior a 2,750 kg. Kg 7 Ex.
8535.90.04 Relevadores de arranque. Kg 10 Ex.
8535.90.05 Relevadores térmicos o por inducción. Kg 10 Ex.
8535.90.06 Relevadores de alta sensibilidad, con núcleo laminado, monopolo inversor, reconocibles como concebidos exclusivamente para equipos telefónicos. Kg 7 Ex.
8535.90.07 Selectores de circuitos. Kg 10 Ex.
8535.90.08 Llaves magnéticas (arrancadores magnéticos), con potencia nominal hasta 200 C.P. Pza 10 Ex.
8535.90.09 Tomas de corriente con peso unitario superior a 2 kg. Kg 7 Ex.
8535.90.10 Cajas de conexión, de derivación, de corte, extremidad u otras cajas análogas. Kg 10 Ex.
8535.90.11 Terminales selladas de vidrio o cerámica vitrificada. Kg 10 Ex.
8535.90.12 Bornes individuales o en fila, con cuerpos aislantes, denominadas tablillas terminales. Kg 10 Ex.
8535.90.13 Relevadores secundarios eletromagnéticos, alimentados exclusivamente a través de transformadores de intensidad y/o tensión. Kg 10 Ex.
8535.90.14 Relevadores automáticos diferenciales, hasta de 60 amperios con protección diferencial hasta 300 miliamperios. Kg 7 Ex.
8535.90.15 Conjuntos para terminales tipo cono de alivio integrado y/o moldeado, para cables de energía, hasta 35 KV, para intemperie. Kg 10 Ex.
8535.90.16 Conjuntos completos para empalmes o uniones, para cables de energía hasta 35 KV. Kg 10 Ex.
8535.90.17 Conjuntos para terminales tipo cono de alivio, moldeado, para cables de energía hasta 35 KV, para interior. Kg 10 Ex.
8535.90.18 Contactos sinterizados de aleaciones con metal precioso. Kg 10 Ex.
8535.90.19 Protector electrónico trifásico diferencial, por asimetría y/o falta de fase. Kg 7 Ex.
8535.90.20 Llaves magnéticas (arrancadores magnéticos), con potencia nominal superior a 200 C.P. Pza 7 Ex.
8535.90.22 Relevadores, excepto lo comprendido en las fracciones 8535.90.04, 8535.90.05, 8535.90.06, 8535.90.13 y 8535.90.14. Kg 7 Ex.
8535.90.23 Tomas de corriente con peso unitario inferior o igual a 2 kg. Kg 10 Ex.
8535.90.24 Protectores de sobrecarga para motores, excepto lo comprendido en la fracción 8535.90.19. Pza 7 Ex.
8535.90.99 Los demás. Kg 7 Ex.
8536.10.01 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8536.10.02 Fusibles ultrarrápidos de láminas de plata, de alta capacidad de ruptura, especiales para protección de semiconductores, para corrientes nominales de hasta 2,500 amperes y tensión de operación de hasta 500 voltios. Kg 7 Ex.
8536.10.05 Fusibles para telefonía. Kg 7 Ex.
8536.20.01 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8536.20.02 Llaves disyuntoras, térmicas, reconocibles como concebidas exclusivamente para radio o televisión. Kg 7 Ex.
8536.20.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8536.30.01 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8536.30.02 Protectores térmicos para motores o circuitos eléctricos de aparatos de refrigeración o aire acondicionado. Kg 10 Ex.
8536.30.03 Protectores para telefonía. Kg 7 Ex.
8536.30.04 Protector electrónico trifásico diferencial, por asimetría y/o falta de fase. Kg 7 Ex.
8536.30.05 Protectores de sobrecarga para motores. Pza 7 Ex.
8536.30.99 Los demás. Kg 7 Ex.
8536.41.01 Para bocinas. Kg 10 Ex.
8536.41.02 Solenoides de 6 y 12 voltios, para motores de arranque de uso automotriz. Kg 10 Ex.
8536.41.03 Térmicos o por inducción. Kg 10 Ex.
8536.41.04 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8536.41.06 Secundarios electromagnéticos, alimentados exclusivamente a través de transformadores de intensidad y/o tensión. Kg 10 Ex.
8536.41.07 Automáticos diferenciales, hasta de 60 amperios con protección diferencial hasta de 300 miliamperios. Kg 7 Ex.
8536.41.08 Relevadores fotoeléctricos. Kg 10 Ex.
8536.41.09 Intermitentes para luces direccionales indicadoras de maniobras, para uso automotriz. Kg 10 Ex.
8536.41.10 De arranque, excepto lo comprendido en la fracción 8536.41.02. Kg 10 Ex.
8536.41.11 Relevadores auxiliares de bloqueo de contactos múltiples, de reposición manual o eléctrica, con capacidad inferior o igual a 60 amperes y tensión máxima de 480 v. Kg 10 Ex.
8536.41.99 Los demás. Kg 7 Ex.
8536.49.01 De arranque. Kg 10 Ex.
8536.49.02 Térmicos o por inducción. Kg 10 Ex.
8536.49.03 Secundarios electromagnéticos, alimentados exclusivamente a través de transformadores de intensidad y/o tensión. Kg 10 Ex.
8536.49.04 Automáticos diferenciales, hasta de 60 amperios con protección diferencial hasta de 300 miliamperios. Kg 7 Ex.
8536.49.05 Relevadores auxiliares de bloques de contactos múltiples, de reposición manual o eléctrica, con capacidad inferior o igual a 60 amperes y tensión máxima de 480 v. Kg 10 Ex.
8536.49.99 Los demás. Kg 7 Ex.
8536.50.01 Interruptores, excepto los comprendidos en la fracción 8526.50.15. Kg 7 Ex.
8536.50.02 Conmutadores de rutas para video y audio con entrada diferencial, conmutación en intervalo vertical y señalización de conmutación, para selección de señales en sistemas de televisión por cables. Kg 7 Ex.
8536.50.03 Conmutador secuencial de video. Kg 7 Ex.
8536.50.04 Seccionadores o conmutadores de peso unitario superior a 2,750 kg. Kg 7 Ex.
8536.50.05 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8536.50.06 Interruptores, por presión de líquidos para controles de nivel en lavarropas de uso doméstico. Kg 7 Ex.
8536.50.07 Interruptores automáticos, termoeléctricos, para el cebado de la descarga en las lámparas o tubos fluorescentes. Kg 10 Ex.
8536.50.08 Interruptores de navajas con carga. Kg 10 Ex.
8536.50.09 Seccionadores-conectadores de navajas, sin carga, con peso unitario superior a 2 kg, sin exceder de 2,750 kg. Kg 10 Ex.
8536.50.10 Interruptores reconocibles como concebidos exclusivamente para radio o televisión, excepto lo comprendido en la fracción 8536.50.16. Kg 10 Ex.
8536.50.11 Conmutadores sueltos o agrupados, accionados por botones, con peso hasta de 250 g, o interruptores simples o múltiples de botón o de teclado, reconocibles como concebidos exclusivamente para electrónica, excepto lo comprendido en la fracción 8536.50.16. Kg 10 Ex.
8536.50.12 Conmutadores pasivos, para selección de señales de video y audio en sistemas de televisión por cable. Kg 10 Ex.
8536.50.13 Llaves magnéticas (arrancadores magnéticos) con potencia nominal inferior o igual a 200 C.P. Kg 10 Ex.
8536.50.14 Llaves magnéticas (arrancadores magnéticos), con potencia nominal superior a 200 C.P. Kg 7 Ex.
8536.50.15 Interruptores para dual, de pie o de jalón para luces; botón de arranque; reconocibles como concebidos exclusivamente para uso automotriz. Kg 10 Ex.
8536.50.16 Microinterruptores de botón para aparatos electrodomésticos. Kg 10 Ex.
8536.50.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8536.61.01 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8536.61.02 Portapilotos, reconocibles como concebidos exclusivamente para radio y televisión. Kg 10 Ex.
8536.61.03 De señalización telefónica, aun cuando se presenten montadas en plaquetas. Kg 10 Ex.
8536.61.99 Los demás. Kg 7 Ex.
8536.69.01 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8536.69.02 Tomas de corriente con peso unitario inferior o igual a 2 kg. Kg 10 Ex.
8536.69.99 Los demás. Kg 7 Ex.
8536.90.01 Selectores de circuitos. Kg 10 Ex.
8536.90.02 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8536.90.03 Arillos o barras para accionar el avisador acústico (claxon). Kg 10 Ex.
8536.90.04 Protectores térmicos para motores o circuitos eléctricos de aparatos de refrigeración o de aire acondicionado. Kg 10 Ex.
8536.90.05 Arrancadores manuales a voltaje reducido, para aparatos hasta de 300 C.P. Kg 10 Ex.
8536.90.06 Controles fotoeléctricos, para iluminación. Kg 7 Ex.
8536.90.07 Buses en envolvente metálica. Kg 10 Ex.
8536.90.08 Llaves para telefonía, aun cuando se presenten montadas en plaquetas. Kg 7 Ex.
8536.90.09 Cajas terminales para estación de usuario de teletipo con elementos para su conexión a las redes telegráficas automáticas normales o de punto a punto. Kg 7 Ex.
8536.90.10 Terminales de vidrio o cerámica vitrificada. Kg 10 Ex.
8536.90.11 Bornes individuales o en fila, con cuerpos aislantes, denominados tablillas terminales. Kg 10 Ex.
8536.90.13 Conectores múltiples para la interconexión de aparatos y equipos telefónicos. Kg 10 Ex.
8536.90.14 Clavijas ("plugs") reconocibles como concebidas exclusivamente para uso en telefonía, de dos o más polos. Kg 7 Ex.
8536.90.15 "Jacks" reconocibles como concebidos exclusivamente para uso en telefonía, aun cuando se presenten montados en plaquetas. Kg 7 Ex.
8536.90.16 Bloques de terminales para interconexión de equipos, aparatos o cables telefónicos. Kg 10 Ex.
8536.90.17 Conectores simples y múltiples, aislados en material de baja pérdida, para radiofrecuencia. Kg 10 Ex.
8536.90.18 Conjuntos para terminales tipo cono de alivio integrado y/o moldeado, para cables de energía para intemperie. Kg 10 Ex.
8536.90.19 Conjuntos completos para empalmes o uniones, para cables de energía. Kg 10 Ex.
8536.90.20 Conjuntos para terminales tipo cono de alivio, moldeado, para cables de energía, para interior. Kg 10 Ex.
8536.90.21 Ignitores electrónicos sin balastos, para lámparas de descarga. Kg 7 Ex.
8536.90.22 Conectores hembra, con o sin dispositivos de anclaje, para inserción de circuitos impresos. Kg 10 Ex.
8536.90.23 Conectores para empalmes de cables telefónicos. Kg 10 Ex.
8536.90.24 Contactos sinterizados de aleaciones con metal precioso. Kg 10 Ex.
8536.90.25 Protector electrónico trifásico diferencial por asimetría y/o falta de fase. Kg 7 Ex.
8536.90.26 Atenuadores electrónicos de intensidad lumínica (dimmers) de más de 3 KW. Kg 10 Ex.
8536.90.27 Conectores de agujas. Kg 10 Ex.
8536.90.28 Cajas de conexión, de derivación, de corte, extremidad u otras cajas análogas. Kg 10 Ex.
8536.90.99 Los demás. Kg 7 Ex.
8537.10.01 Cajas de conexión, de derivación, de corte, extremidad u otras cajas análogas. Kg 10 Ex.
8537.10.02 Cuadros de mando o distribución para elevadores o ascensores. Kg 7 Ex.
8537.10.04 Cuadros de mando o distribución, operados mediante botones (botoneras). Kg 10 Ex.
8537.10.05 Ensambles con la carcaza exterior o soporte, reconocibles como concebidos para lo comprendido en las partidas 84.21, 84.22, 84.50 y 85.16. Pza 7 Ex.
8537.10.06 Módulos reconocibles como concebidos exclusivamente para el control de señales de indicación en motores de vehículos automotrices. Pza 7 Ex.
8537.20.01 Cajas de conexión, de derivación, de corte, extremidad u otras cajas análogas. Kg 10 Ex.
8538.10.01 Cuadros, paneles, consolas, armarios y demás soportes de la partida 85.37, sin sus aparatos. Kg 7 Ex.
8538.90.01 Terminales de cobre estañado y casquillos de hierro o de bronce, reconocibles como concebidas exclusivamente para resistencias de carbón para radio y televisión. Kg 7 Ex.
8538.90.02 Reconocibles como concebidas exclusivamente para cortacircuitos de fusibles de más de 46 KV. Kg 7 Ex.
8538.90.03 Armaduras, núcleos, yugos y piezas polares electromagnéticas no montadas y sin elementos agregados, reconocibles como concebidas exclusivamente para relevadores de equipos telefónicos. Kg 7 Ex.
8538.90.04 Cerámicos o metálicos reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8535.90.08, 8535.90.20, 8535.90.24, 8536.30.05, 8536.50.13 y 8536.50.14, termosensibles. Kg 7 Ex.
8538.90.05 Circuitos modulares. Pza 7 Ex.
8538.90.06 Partes moldeadas. Pza 7 Ex.
8538.90.99 Las demás. Kg 7 Ex.
8539.10.01 Con diámetro de 15 cm a 20 cm. Pza 7 Ex.
8539.10.02 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
8539.10.03 Proyectores (bulbos tipo "par" de vidrio prensado) espejados internamente, con peso unitario superior a 120 g, sin exceder de 2 kg. Pza 10 Ex.
8539.10.99 Los demás. Pza 7 Ex.
8539.21.01 De incandescencia, de tubo de cuarzo ("halógenas" o "quartzline"), de 2,900° K (grados Kelvin) como mínimo. Pza 7 Ex.
8539.22.01 Reconocibles como concebidas exclusivamente para uso en aparatos de proyección cinematográfica y de vista fija. Pza 7 Ex.
8539.22.04 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
8539.29.02 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
8539.29.03 Con peso unitario superior a 20 g, sin exceder de 300 g, reconocibles como concebidos exclusivamente para locomotoras. Pza 7 Ex.
8539.29.04 Reconocibles como concebidas exclusivamente para uso en aparatos de proyección cinematográfica y de vista fija. Pza 7 Ex.
8539.29.06 Miniatura para radio dial, televisión o bicicletas, cuyo voltaje sea igual o superior a 1.20 sin exceder de 8.63 v. Pza 10 Ex.
8539.29.07 Reflectores, con peso unitario superior a 120 g, sin exceder de 2 kg, excepto lo comprendido en la fracción 8539.29.02. Pza 10 Ex.
8539.32.01 De vapor de sodio de alta presión. Pza 10 Ex.
8539.32.02 Lámparas de vapor de mercurio. Pza 10 Ex.
8539.32.03 De vapor de sodio de baja presión. Pza 10 Ex.
8539.32.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8539.39.01 Para luz relámpago. Pza 10 Ex.
8539.39.02 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
8539.39.05 Lámparas de neón. Pza 10 Ex.
8539.39.06 Lámparas de descarga de gases metálicos exclusivamente mezclados o combinados, tipo "metalarc" multivapor o similares. Pza 10 Ex.
8539.41.01 Lámparas de arco. Pza 7 Ex.
8539.49.01 De rayos ultravioleta. Pza 7 Ex.
8539.49.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8539.90.01 Bases (casquillos) de uno y/o dos pernos o espigas para lámparas fluorescentes. Kg 10 Ex.
8539.90.04 Filamentos metálicos. Kg 10 Ex.
8539.90.05 Electrodos para cátodos de encendido de focos o tubos de descarga, cuyo diámetro máximo, en su sección mayor, sea inferior o igual a 1 mm. Kg 7 Ex.
8540.11.01 Reconocibles como concebidos exclusivamente para alta definición con pantalla superior a 35.56 cm (14 pulgadas), excepto lo comprendido en la fracción 8540.11.05. Pza 10 Ex.
8540.11.02 Reconocibles como concebidos exclusivamente para alta definición con pantalla inferior o igual a 35.56 cm (14 pulgadas). Pza 10 Ex.
8540.11.03 Reconocibles como concebidos exclusivamente para pantalla superior a 35.56 cm (14 pulgadas), excepto lo comprendido en las fracciones 8540.11.01, 8540.11.05 y los tipo proyección. Pza 10 Ex.
8540.11.04 Reconocibles como concebidos exclusivamente para pantalla inferior o igual a 35.56 cm (14 pulgadas) excepto lo comprendido en la fracción 8540.11.02 y los tipo proyección. Pza 10 Ex.
8540.11.05 De pantalla plana superior o igual a 50.8 cm (20 pulgadas) pero inferior o igual a 68.6 cm (27 pulgadas). Pza 10 Ex.
8540.11.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8540.12.01 De alta definición. Pza 10 Ex.
8540.12.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8540.20.01 Tubos para cámaras tomavistas de televisión. Pza 7 Ex.
8540.20.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8540.40.01 Redondos de diámetro inferior o igual a 127 mm. Pza 7 Ex.
8540.40.99 Los demás. Pza 7 Ex.
8540.50.01 Redondos de diámetro inferior o igual a 127 mm. Pza 7 Ex.
8540.50.99 Los demás. Pza 7 Ex.
8540.60.01 Redondos de diámetro inferior o igual a 127 mm. Pza 7 Ex.
8540.60.99 Los demás. Pza 7 Ex.
8540.71.01 Magnetrones. Pza 10 Ex.
8540.72.01 Klistrones. Pza 10 Ex.
8540.79.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8540.81.01 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
8540.81.02 Tubos para microondas; tubos para empleo nuclear y tubos con atmósfera gaseosa, excluidos los rectificadores. Pza 7 Ex.
8540.81.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8540.89.01 Válvulas electrónicas. Pza 7 Ex.
8540.89.02 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
8540.89.03 Válvulas para cámaras tomavistas de televisión. Pza 7 Ex.
8540.89.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8540.91.03 Bobinas deflectoras (yugos) para tubos de rayos catódicos, excepto lo comprendido en la fracción 8540.91.02. Kg 10 Ex.
8540.91.99 Los demás. Kg 7 Ex.
8540.99.01 Placas, casquetes de contacto, blindajes, bases, ánodos y anillos de vidrio para válvulas electrónicas. Kg 7 Ex.
8540.99.02 Agujas (patitas) para bases de válvulas electrónicas. Kg 7 Ex.
8540.99.03 Reconocibles como concebidas exclusivamente para transistores o elementos análogos semiconductores. Kg 7 Ex.
8540.99.04 Cátodos, conexiones o ligamentos y rejillas de válvulas electrónicas. Kg 7 Ex.
8540.99.05 Cañones de electrones; estructuras de radio-frecuencia (RF) para los tubos de microondas comprendidos en las subpartidas 8540.71 a 8540.79. Pza 7 Ex.
8540.99.99 Las demás. Kg 7 Ex.
8543.20.02 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
8543.40.01 Electrificadores de cercas. Pza 10 Ex.
8543.89.06 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
8543.89.08 Dispositivos eléctricos para vehículos que accionen mecanismos elevadores para cristales, cajuelas, asientos o seguros de puertas. Pza 7 Ex.
8543.89.11 Controles automáticos de velocidad, para uso automotriz. Pza 10 Ex.
8544.11.01 De cobre. Kg 10 Ex.
8544.19.01 De aluminio o sus aleaciones, con aislamiento a base de cualquier esmalte, con diámetro del conductor inferior o igual a 0.361 mm. Kg 10 Ex.
8544.19.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8544.20.01 Cables coaxiales, de uno o más conductores eléctricos, aislados y con funda de malla de metal, aun cuando vengan recubiertos de materias aislantes, con o sin mensajero de acero, con una impedancia de 50 a 75 ohms. Kg 10 Ex.
8544.20.02 Cables coaxiales de uno o más conductores concéntricos, aislados, aun cuando vengan recubiertos de materias aislantes, con o sin mensajero de acero, con una impedancia de 50 a 75 ohms, excepto lo comprendido en la fracción 8544.20.01. Kg 7 Ex.
8544.20.03 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8544.20.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8544.30.01 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8544.30.02 Arneses reconocibles como concebidos exclusivamente para uso automotriz. Kg 10 Ex.
8544.30.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8544.41.01 Formas de cables cortados y atados (arneses), para la conexión de centrales telefónicas. Kg 10 Ex.
8544.41.02 Cables termopar o sus cables de extensión. Kg 10 Ex.
8544.41.03 Arneses y cables eléctricos, para conducción o distribución de corriente eléctrica en aparatos electrodomésticos o de medición. Kg 10 Ex.
8544.41.04 De cobre, aluminio o sus aleaciones, excepto lo comprendido en las fracciones 8544.41.01 y 8544.41.03. Kg 10 Ex.
8544.41.05 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8544.41.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8544.49.01 Formas de cables cortados y atados (arneses), para la conexión de centrales telefónicas. Kg 10 Ex.
8544.49.02 Cables termopar o sus cables de extensión. Kg 10 Ex.
8544.49.03 Cables eléctricos, para conducción o distribución de corriente eléctrica en aparatos electrodomésticos o de medición. Kg 10 Ex.
8544.49.04 De cobre, aluminio o sus aleaciones, excepto lo comprendido en las fracciones 8544.49.01 y 8544.49.03. Kg 10 Ex.
8544.49.05 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8544.49.06 Arneses eléctricos, para conducción o distribución de corriente eléctrica en aparatos electrodomésticos o de medición. Kg 10 Ex.
8544.49.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8544.51.01 Formas de cables cortados y atados (arneses), para la conexión de centrales telefónicas. Kg 10 Ex.
8544.51.02 Cables termopar o sus cables de extensión. Kg 10 Ex.
8544.51.03 Arneses y cables eléctricos, para conducción o distribución de corriente eléctrica en aparatos electrodomésticos o de medición. Kg 10 Ex.
8544.51.04 De cobre, aluminio o sus aleaciones, excepto lo comprendido en las fracciones 8544.51.01 y 8544.51.03. Kg 10 Ex.
8544.51.05 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8544.51.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8544.59.01 Formas de cables cortados y atados (arneses), para la conexión de centrales telefónicas. Kg 10 Ex.
8544.59.02 Cables termopar o sus cables de extensión. Kg 10 Ex.
8544.59.03 Arneses y cables eléctricos, para conducción o distribución de corriente eléctrica en aparatos electrodomésticos o de medición. Kg 10 Ex.
8544.59.04 De cobre, aluminio o sus aleaciones, excepto lo comprendido en las fracciones 8544.59.01 y 8544.59.03. Kg 10 Ex.
8544.59.05 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8544.59.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8544.60.01 De cobre, aluminio o sus aleaciones. Kg 10 Ex.
8544.60.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8544.70.01 Cables de fibras ópticas. Kg 7 Ex.
8545.11.01 De los tipos utilizados en hornos. Kg 10 Ex.
8545.19.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8545.20.01 Escobillas. Kg 10 Ex.
8545.90.01 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8545.90.02 Pistas de carbón, para potenciómetros. Kg 7 Ex.
8545.90.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8546.10.01 Tubulares. Kg 10 Ex.
8546.10.02 Esbozos, en forma de campana, con diámetro igual o superior a 15 cm en la circunferencia mayor. Kg 7 Ex.
8546.10.03 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8546.10.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8546.20.01 Tubulares, excepto lo comprendido en la fracción 8546.20.05. Kg 10 Ex.
8546.20.02 De suspensión. Kg 10 Ex.
8546.20.03 De porcelana o de esteatita para radio y televisión. Kg 7 Ex.
8546.20.04 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8546.20.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8546.90.01 Tubulares. Kg 10 Ex.
8546.90.02 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8546.90.03 De resina, epóxica, no rígidos. Kg 7 Ex.
8546.90.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8547.10.01 De porcelana para pasantes de transformadores de más de 132 KV. Kg 7 Ex.
8547.10.02 Zócalos de cerámica para válvulas electrónicas. Kg 7 Ex.
8547.10.03 Carretes, para transformadores de potencia igual o superior a 5,000 KV, excepto los de vermiculita. Kg 7 Ex.
8547.10.04 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8547.10.05 Discos, tubos y otras formas de cerámica sin platear, reconocibles como concebidos exclusivamente para condensadores fijos o resistencias. Kg 7 Ex.
8547.10.99 Los demás. Kg 7 Ex.
8547.20.03 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8547.20.99 Los demás. Kg 7 Ex.
8547.90.01 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8547.90.02 Carretes, para transformadores de potencia igual o superior a 5,000 KV. Kg 7 Ex.
8547.90.07 Con una o más perforaciones formadas por capas de: papel y resina fenólica, caucho y/o resinas plásticas artificiales. Kg 7 Ex.
8547.90.08 Bujes, reconocibles como concebidos exclusivamente para transformadores y/o disyuntores. Kg 7 Ex.
8547.90.10 De mica para empleo en electrónica, excepto lo comprendido en la fracción 8547.90.06. Kg 7 Ex.
8547.90.11 De vidrio. Kg 7 Ex.
8547.90.12 Tubos aisladores y sus piezas de unión, de metales comunes, aislados interiormente. Kg 7 Ex.
8547.90.99 Los demás. Kg 7 Ex.
8548.90.02 Reconocibles para naves aéreas. Kg 7 Ex.
8548.90.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8607.11.01 Bojes y "bissels", de tracción. Kg 10 Ex.
8607.12.99 Los demás bojes y "bissels". Kg 10 Ex.
8607.19.02 Ejes montados con sus ruedas. Kg 7 Ex.
8607.19.03 Ruedas. Kg 7 Ex.
8607.19.04 Llantas forjadas para ruedas de vagones. Kg 7 Ex.
8607.19.05 Llantas para ruedas de locomotoras. Kg 7 Ex.
8607.19.06 Partes de ejes o ruedas. Pza 7 Ex.
8607.19.99 Los demás. Pza 7 Ex.
8607.21.01 Frenos de aire. Kg 7 Ex.
8607.21.99 Los demás. Kg 7 Ex.
8607.29.99 Los demás. Kg 7 Ex.
8607.30.01 Ganchos y demás sistemas de enganche, topes y sus partes. Kg 7 Ex.
8607.91.01 Reconocibles como concebidas exclusivamente para locomotoras, excepto ejes, montados con sus ruedas, bojes, ruedas, llantas, forjadas para ruedas de locomotoras y chumaceras, inclusive. Kg 7 Ex.
8607.91.99 Las demás. Kg 7 Ex.
8607.99.99 Las demás. Kg 7 Ex.
8608.00.01 Material fijo de vías férreas o sus partes componentes. Kg 7 Ex.
8608.00.02 Aparatos de señalización, seguridad, control, mando o sus partes componentes. Kg 7 Ex.
8608.00.03 Sistemas visuales indicadores de pendientes de aproximación. Kg 7 Ex.
8608.00.99 Los demás. Kg 10 Ex.
8701.10.01 Motocultores. Pza 7 Ex.
8701.90.01 Tractores de ruedas con toma de fuerza o enganche de tres puntos, para acoplamiento de implementos agrícolas, excepto lo comprendido en las fracciones 8701.90.03, 8701.90.05 y 8701.90.06. Pza 10 Ex.
8701.90.02 Tractores para vías férreas, provistos de aditamento de ruedas con llantas neumáticas accionadas mecánicamente para rodarlos sobre pavimento. Pza 10 Ex.
8701.90.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8706.00.01 Chasis con motor de explosión, de dos cilindros de 700 cm3, de cuatro tiempos y con potencia inferior a 20 C.P. (15 KW). Pza 7 Ex.
8707.10.01 Para ser utilizadas como modelos para la fabricación de herramientas para el ensamble de carrocerías de vehículos automóviles. Pza 7 Ex.
8707.10.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8707.90.01 Para ser utilizadas como modelos para la fabricación de herramientas para el ensamble de carrocerías de vehículos automóviles. Pza 7 Ex.
8707.90.02 Para transporte de más de 16 personas, para ser montadas sobre chasis de largueros completos, para vehículos de dos ejes. Pza 10 Ex.
8707.90.99 Las demás. Pza 10 Ex.
8708.10.01 Defensas para trolebuses. Kg 7 Ex.
8708.10.02 Defensas reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores agrícolas. Kg 7 Ex.
8708.10.03 Defensas completas, reconocibles como concebidas exclusivamente para vehículos automóviles de hasta diez plazas. Pza 10 Ex.
8708.10.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8708.21.01 Cinturones de seguridad. Pza 10 Ex.
8708.29.01 Guardafangos. Pza 7 Ex.
8708.29.02 Capots (cofres). Pza 7 Ex.
8708.29.03 Estribos. Pza 7 Ex.
8708.29.04 Viseras, forros de tablero, paneles de puerta, coderas, cabeceras, sombrereras, incluso acojinadas. Pza 10 Ex.
8708.29.05 Para trolebuses. Pza 7 Ex.
8708.29.06 Para tractores de ruedas. Pza 7 Ex.
8708.29.07 Parrillas de adorno y protección para radiador. Pza 10 Ex.
8708.29.08 Biseles. Pza 10 Ex.
8708.29.09 Tapas de cajuelas portaequipajes. Pza 7 Ex.
8708.29.10 Marcos para cristales. Pza 10 Ex.
8708.29.11 Aletas, excepto de vidrio, aun cuando se presenten con marco. Pza 10 Ex.
8708.29.12 Soportes o armazones para acojinados. Pza 10 Ex.
8708.29.13 Reconocibles como concebidos exclusivamente para capots (cofres). Pza 7 Ex.
8708.29.14 Cajas de volteo. Pza 10 Ex.
8708.29.15 Cajas "Pick-up". Pza 7 Ex.
8708.29.16 Toldos exteriores acojinados, techos corredizos centrales o laterales y sus partes; de accionamiento manual o electrónico. Pza 10 Ex.
8708.29.17 Juntas preformadas para carrocería. Pza 10 Ex.
8708.29.18 Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01. Pza 10 Ex.
8708.29.19 Ensambles de puertas. Pza 10 Ex.
8708.29.20 Partes troqueladas para carrocería. Pza 10 Ex.
8708.29.21 Módulos de seguridad por bolsa de aire. Pza 10 Ex.
8708.29.22 Tableros de instrumentos, incluso con instrumentos de medida o control, para uso exclusivo en vehículos automóviles. Pza 10 Ex.
8708.29.23 Dispositivos retractores y sus partes o piezas sueltas, para cinturones de seguridad. Kg 7 Ex.
8708.29.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8708.31.01 Para trolebuses. Pza 7 Ex.
8708.31.02 Reconocibles como concebidas exclusivamente para tractores de ruedas. Kg 7 Ex.
8708.31.03 Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01. Pza 10 Ex.
8708.31.99 Las demás. Pza 7 Ex.
8708.39.01 Para trolebuses. Pza 7 Ex.
8708.39.02 Reconocibles como concebidos exclusivamente para tractores de ruedas. Kg 7 Ex.
8708.39.03 Mecanismos de frenos de disco o sus partes componentes. Pza 7 Ex.
8708.39.04 Cilindros de ruedas para mecanismos de frenos; juegos de repuesto para cilindros de rueda y para cilindros maestros, presentados en surtidos (kits) para su venta al por menor. Pza 10 Ex.
8708.39.05 Reconocibles como concebidos exclusivamente para el sistema de frenos de aire. Pza 10 Ex.
8708.39.06 Frenos de tambor accionados por leva o sus partes componentes. Pza 10 Ex.
8708.39.07 Cilindros maestros para mecanismos de frenos. Pza 10 Ex.
8708.39.08 Frenos de tambor accionados hidráulicamente o sus partes componentes, excepto lo comprendido en la fracción 8708.39.04. Pza 10 Ex.
8708.39.09 Mangueras de frenos hidráulicos automotrices con conexiones. Pza 10 Ex.
8708.39.10 Reforzador por vacío para frenos ("booster") o sus partes y piezas sueltas. Pza 10 Ex.
8708.39.11 Tubos preformados, para sistemas de frenos, de hierro o acero, soldado por procedimiento brazing, con diferentes tipos de recubrimiento, cuyo diámetro exterior sea igual o superior a 3.175 mm, sin exceder de 9.525 mm, y espesor de pared igual o superior a 0.450 mm pero inferior o igual a 2.03 mm, con sus terminales de conexión y resortes o adaptaciones. Pza 10 Ex.
8708.39.12 Tubos preformados, de cobre, cuyo diámetro exterior sea igual o superior a 1.520 mm, sin exceder de 25.40 mm, y espesor de pared igual o superior a 0.200 mm pero inferior o igual a 5.08 mm, con sus terminales de conexión y resortes o adaptaciones. Pza 10 Ex.
8708.39.99 Los demás. Pza 7 Ex.
8708.40.01 Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05. Pza 7 Ex.
8708.40.02 Cajas de velocidades mecánicas, con peso inferior a 120 kg. Pza 10 Ex.
8708.40.03 Cajas de velocidades automáticas. Pza 7 Ex.
8708.40.04 Cajas de velocidades mecánicas con peso igual o superior a 120 kg. Pza 10 Ex.
8708.40.05 Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01. Pza 10 Ex.
8708.40.99 Las demás. Pza 10 Ex.
8708.50.01 Para trolebuses. Pza 7 Ex.
8708.50.02 Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05. Pza 7 Ex.
8708.50.03 Traseros sin acoplar a las masas, reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la partida 87.03. Pza 10 Ex.
8708.50.04 Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la partida 87.03. Pza 10 Ex.
8708.50.05 Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01. Pza 10 Ex.
8708.50.06 Ejes delanteros, excepto lo comprendido en las fracciones 8708.50.04 y 8708.50.08. Pza 10 Ex.
8708.50.07 Incluso acoplados a las masas, con o sin mecanismos de frenos y tambores, excepto lo comprendido en las fracciones 8708.50.03 y 8708.50.04. Pza 10 Ex.
8708.50.08 Conjunto diferencial integral compuesto de caja de velocidades, diferencial con o sin flecha (semieje), y sus partes componentes, excepto lo comprendido en la fracción 8708.50.04. Pza 10 Ex.
8708.50.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8708.60.01 Para trolebuses. Pza 7 Ex.
8708.60.02 Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05. Pza 7 Ex.
8708.60.03 Delanteros. Pza 10 Ex.
8708.60.04 Fundas para ejes traseros. Pza 10 Ex.
8708.60.05 Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01. Pza 10 Ex.
8708.60.06 Fundiciones (esbozos) de funda para eje trasero motriz de vehículos con capacidad de carga igual o superior a 7,258 kg (16,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras). Pza 10 Ex.
8708.60.07 Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la partida 87.03. Pza 10 Ex.
8708.60.10 Fundiciones (esbozos) de mazas para eje delantero de vehículos con capacidad de carga superior a 2,724 kg (6,000 libras), pero inferior o igual a 8,172 kg (18,000 libras). Pza 10 Ex.
8708.60.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8708.70.01 Para trolebuses. Pza 7 Ex.
8708.70.02 Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05. Pza 7 Ex.
8708.70.03 Ruedas, de aleaciones metálicas de rayos o deportivos de cama ancha. Pza 10 Ex.
8708.70.04 Ruedas o rims (camas) sin neumáticos, con diámetro exterior inferior o igual a 70 cm, excepto lo comprendido en la fracción 8708.70.03. Pza 10 Ex.
8708.70.05 Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01. Pza 10 Ex.
8708.70.06 Tapones o polveras y arillos para ruedas. Pza 10 Ex.
8708.70.07 Rines de aluminio y de aleaciones de aluminio con diámetro superior a 57.15 cm (22.7 pulgadas). Pza 10 Ex.
8708.70.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8708.80.01 Para trolebuses. Pza 7 Ex.
8708.80.02 Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05. Pza 7 Ex.
8708.80.03 Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01. Pza 10 Ex.
8708.80.04 Cartuchos para amortiguadores ("Mc Pherson Struts"). Pza 10 Ex.
8708.80.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8708.91.01 Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05. Pza 7 Ex.
8708.91.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8708.92.01 Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05. Pza 7 Ex.
8708.92.02 Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01. Pza 10 Ex.
8708.92.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8708.93.01 Para trolebuses. Pza 7 Ex.
8708.93.02 Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05. Pza 7 Ex.
8708.93.03 Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01. Pza 10 Ex.
8708.93.04 Embragues completos (discos y plato opresor), excepto lo comprendido en las fracciones 8708.93.01, 8708.93.02 y 8708.93.03. Pza 10 Ex.
8708.93.99 Los demás. Pza 7 Ex.
8708.94.01 Para trolebuses. Pza 7 Ex.
8708.94.02 Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05. Pza 7 Ex.
8708.94.03 Volante de dirección con diámetro exterior inferior a 54.5 cm. Pza 10 Ex.
8708.94.04 Cajas de dirección mecánica. Pza 7 Ex.
8708.94.05 Volantes de dirección, con diámetro exterior igual o superior a 54.5 cm. Pza 7 Ex.
8708.94.06 Columnas para el sistema de dirección. Pza 7 Ex.
8708.94.07 Cajas de dirección hidráulica. Pza 7 Ex.
8708.94.08 Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01. Pza 10 Ex.
8708.94.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8708.99.01 Mecanismos de cambio de diferencial (dual). Pza 10 Ex.
8708.99.02 Para trolebuses. Pza 7 Ex.
8708.99.03 Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8701.90.01 y 8701.90.05. Pza 7 Ex.
8708.99.04 Flechas semiejes, acoplables al mecanismo diferencial, incluso las de velocidad constante (homocinéticas) y sus partes componentes. Pza 10 Ex.
8708.99.05 Bolsa de aire para dispositivos de seguridad. Pza 7 Ex.
8708.99.06 Las demás partes reconocibles como concebidas exclusivamente para sistemas de dirección, excepto lo comprendido en la fracción 8708.99.13. Pza 7 Ex.
8708.99.07 Tanques de combustible. Pza 10 Ex.
8708.99.08 Reconocibles como concebidos exclusivamente para sistemas de suspensión, excepto lo comprendido en las fracciones 8708.99.20, 8708.99.27 y 8708.99.32. Pza 7 Ex.
8708.99.09 Acoplamientos o dispositivos de enganche para tractocamiones. Pza 10 Ex.
8708.99.10 Engranes. Pza 10 Ex.
8708.99.11 Ventiladores de aspas, para radiadores. Pza 10 Ex.
8708.99.12 Horquillas de levante hidráulico. Pza 10 Ex.
8708.99.13 Semiejes y ejes de dirección, y sus partes. Pza 7 Ex.
8708.99.14 Juntas universales, tipo cardán de cruceta o sus partes. Pza 10 Ex.
8708.99.15 Bastidores ("chasis"). Pza 10 Ex.
8708.99.16 Perchas o columpios. Pza 10 Ex.
8708.99.17 Reconocibles como concebidos exclusivamente para ejes cardán, excepto lo comprendido en las fracciones 8708.99.36 y 8708.99.37. Pza 10 Ex.
8708.99.18 Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en las fracciones 8708.40.02 y 8708.40.04, excepto lo comprendido en la fracción 8708.99.10. Pza 10 Ex.
8708.99.19 Uniones de ballestas (abrazaderas o soportes). Pza 10 Ex.
8708.99.20 Horquillas, brazos, excéntricos o pernos, para el sistema de suspensión delantera. Pza 10 Ex.
8708.99.21 Partes componentes de barras de torsión. Pza 10 Ex.
8708.99.22 Barras de torsión. Pza 10 Ex.
8708.99.23 Ejes de rueda de doble pestaña que incorporen bolas de rodamiento. Pza 7 Ex.
8708.99.24 Elementos para el control de vibración que incorporen partes de hule. Pza 7 Ex.
8708.99.25 Palancas al piso para cambios de velocidades o dispositivos interiores (consolas), reconocibles como concebidas exclusivamente para vehículos automóviles hasta de diez plazas. Pza 10 Ex.
8708.99.26 Mecanismos de ajuste; para volantes de dirección. Pza 10 Ex.
8708.99.27 Rótulas, para el sistema de suspensión delantera. Pza 10 Ex.
8708.99.28 Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8701.30.01. Pza 10 Ex.
8708.99.29 Reconocibles como concebidos exclusivamente para amortiguadores. Pza 10 Ex.
8708.99.30 Tubos preformados, para sistemas de combustibles, aceites de evaporación del tanque de gasolina y de anticontaminantes, de hierro o acero, soldado por procedimiento brazing, con diferentes tipos de recubrimiento, cuyo diámetro exterior sea igual o superior a 3.175 mm pero inferior o igual a 9.525 mm con sus terminales de conexión y resortes. Pza 10 Ex.
8708.99.31 Tubos preformados, para combustibles, aceites de evaporación del tanque de gasolina y de anticontaminantes, incluso con recubrimientos, cuyo diámetro exterior sea igual o superior a 3.175 mm, sin exceder de 63.500 mm y espesor de pared igual o superior a 0.450 mm pero inferior o igual a 2.032 mm con sus terminales de conexión y resortes. Pza 10 Ex.
8708.99.32 Bujes para suspensión. Pza 10 Ex.
8708.99.35 Ejes cardánicos. Pza 10 Ex.
8708.99.36 Ensamble de toma de fuerza para control de tracción delantera-trasera (PTU). Pza 7 Ex.
8708.99.37 Ensamble diferencial hidráulico para estabilización de revoluciones ("Geromatic"). Pza 7 Ex.
8708.99.38 Forjas o fundiciones de yugos, con peso unitario superior a 6.4 kg pero inferior o igual a 14 kg, para utilizarse en el eje trasero motriz. Pza 7 Ex.
8708.99.39 Forjas de flechas de entrada y salida para diferencial de eje trasero; forjas de flechas semi-eje para vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras). Pza 7 Ex.
8708.99.40 Conjuntos compuestos de las siguientes fundiciones: de portadiferencial, de caja para baleros, de caja diferencial, de caja cambiador y de caja piñón, todos ellos para integrar portadiferenciales de eje trasero de vehículos de carga. Pza 7 Ex.
8708.99.41 Fundiciones de mazas para eje diferencial trasero para vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras). Pza 7 Ex.
8708.99.42 Placas troqueladas (preformas), de acero, para la fabricación de fundas para ejes traseros con diferencial, de vehículos con capacidad de carga superior a 8,626 kg (19,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras). Pza 7 Ex.
8708.99.43 Forjas de crucetas para eje trasero motriz para vehículos con capacidad de carga igual o superior a 8,846 kg (19,501 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras). Pza 7 Ex.
8708.99.44 Forjas de piñón para ejes traseros motriz, para vehículos con capacidad de carga igual o superior a 7,258 kg (16,000 libras), pero inferior o igual a 20,884 kg (46,000 libras). Pza 7 Ex.
8708.99.99 Los demás. Pza 7 Ex.
8709.11.01 Eléctricas. Pza 10 Ex.
8709.19.01 Portadoras con equipo de bombeo expulsor. Pza 7 Ex.
8709.19.02 Apiladoras con motor de explosión o de combustión interna, con capacidad de carga superior a 7,000 kg, medida a no menos de 0.61 m del centro de carga. Pza 7 Ex.
8709.19.99 Las demás. Pza 10 Ex.
8709.90.01 Partes. Kg 10 Ex.
8714.11.01 Sillines (asientos). Pza 10 Ex.
8714.19.01 Reconocibles como concebidos exclusivamente para motocicletas con capacidad de cilindrada igual o superior a 550 cm3. Pza 10 Ex.
8714.19.02 Bastidor (cuadro, armazón, chasis), excepto los comprendidos en la fracción 8714.19.01. Pza 10 Ex.
8714.19.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8714.20.01 De sillones de ruedas y demás vehículos para personas discapacitadas. Pza 7 Ex.
8714.91.01 Cuadros y horquillas, y sus partes. Pza 10 Ex.
8714.92.01 Ruedas, llantas y radios. Pza 10 Ex.
8714.93.01 Bujes sin frenos y piñones libres. Pza 10 Ex.
8714.94.01 Masas de freno de contra pedal. Pza 10 Ex.
8714.94.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8714.95.01 Sillines (asientos). Pza 10 Ex.
8714.96.01 Pedales y mecanismos de pedales, y sus partes. Pza 10 Ex.
8714.99.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8716.39.08 Remolques o semirremolques de dos pisos, reconocibles como concebidos exclusivamente para transportar ganado bovino. Pza 7 Ex.
8716.90.01 Ejes de remolques y semirremolques o ejes con frenos electromagnéticos (ralentizador). Pza 10 Ex.
8716.90.02 Rodajas para carros de mano. Pza 10 Ex.
8716.90.03 Conchas reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8716.80.03. Pza 10 Ex.
8716.90.99 Los demás. Pza 10 Ex.
8905.10.01 Dragas. Pza 7 Ex.
8905.20.01 Plataformas de perforación o explotación, flotantes o sumergibles. Pza 7 Ex.
9001.10.01 Haces y cables de fibras ópticas. Kg 7 Ex.
9001.20.01 Hojas y placas de materia polarizante. Kg 10 Ex.
9001.30.02 Elementos de óptica (pastillas o botones) destinados a la fabricación de lentes de contacto, de materias plásticas, en bruto, con diámetro inferior o igual a 30 mm. Par 7 Ex.
9001.40.01 Cristales monofocales o bifocales, con diámetro inferior o igual a 75 mm, semiterminados. Par 10 Ex.
9001.40.02 Lentes de cristal oftálmico, sin graduación, destinados a la fabricación de anteojos de seguridad, con espesor igual o superior a 3 mm sin exceder de 3.8 mm. Par 10 Ex.
9001.40.99 Los demás. Par 10 Ex.
9001.50.01 De materias plásticas artificiales. Par 7 Ex.
9001.50.99 Los demás. Par 10 Ex.
9001.90.01 Filtros anticalóricos. Pza 7 Ex.
9001.90.99 Los demás. Pza 7 Ex.
9002.11.01 Para cámaras, proyectores o ampliadoras o reductoras fotográficos o cinematográficos. Pza 7 Ex.
9002.19.99 Los demás. Pza 7 Ex.
9002.20.01 Filtros. Pza 7 Ex.
9002.90.99 Los demás. Pza 7 Ex.
9003.11.01 De plástico. Pza 10 Ex.
9003.19.01 De otras materias. Pza 10 Ex.
9003.90.01 Frentes. Pza 10 Ex.
9003.90.99 Los demás. Kg 7 Ex.
9005.90.01 Partes reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en las subpartidas 9005.10 a 9005.80, que incorporen lentes, prismas y espejos de las partidas 90.01 a 90.02. Kg 7 Ex.
9005.90.02 Partes y accesorios, reconocibles exclusivamente para lo comprendido en la fracción 9005.10.01, excepto lo comprendido en la fracción 9005.90.01. Kg 10 Ex.
9005.90.99 Los demás. Kg 7 Ex.
9006.20.01 Cámaras fotográficas de los tipos utilizados para registrar documentos en microfilmes, microfichas u otros microformatos. Pza 7 Ex.
9006.30.01 Cámaras especiales para fotografía submarina o aérea, examen médico de órganos internos o para laboratorios de medicina legal o de identificación judicial. Pza 7 Ex.
9006.91.02 Cargadores o chasis para placas o películas fotográficas. Kg 7 Ex.
9007.19.01 Giroestabilizadas. Pza 10 Ex.
9007.19.99 Las demás. Pza 10 Ex.
9007.20.01 Proyectores. Pza 10 Ex.
9007.91.01 De cámaras. Kg 7 Ex.
9007.92.01 De proyectores. Kg 7 Ex.
9008.10.01 Proyectores de diapositivas. Pza 10 Ex.
9008.20.01 Lectores de microfilmes, microfichas u otros microformatos, incluso copiadores. Pza 10 Ex.
9008.30.99 Los demás proyectores de imagen fija. Pza 10 Ex.
9008.90.01 Cargadores, para aparatos de proyección fija. Kg 7 Ex.
9008.90.99 Los demás. Kg 10 Ex.
9011.10.01 Para cirugía. Pza 7 Ex.
9011.90.01 Partes y accesorios. Kg 7 Ex.
9012.10.01 Microscopios, excepto los ópticos; difractógrafos. Pza 7 Ex.
9012.90.01 Partes y accesorios. Kg 7 Ex.
9013.10.01 Miras telescópicas para armas; periscopios; visores para máquinas, aparatos o instrumentos de este Capítulo o de la Sección XVI. Pza 7 Ex.
9013.80.01 Cuentahilos. Pza 10 Ex.
9014.10.02 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
9014.10.03 Brújulas de funcionamiento electrónico, reconocibles como concebidas exclusivamente para uso automotriz. Pza 7 Ex.
9014.20.01 Instrumentos y aparatos para navegación aérea o espacial (excepto las brújulas). Pza 7 Ex.
9014.80.01 Sondas acústicas o sondas de ultrasonido. Pza 7 Ex.
9014.80.02 Sondas aerológicas, para navegación marítima o fluvial. Pza 7 Ex.
9014.80.99 Los demás. Pza 10 Ex.
9014.90.01 Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 9014.10.03. Kg 7 Ex.
9014.90.99 Los demás. Kg 7 Ex.
9015.10.01 Telémetros. Pza 10 Ex.
9015.40.01 Instrumentos y aparatos de fotogrametría. Pza 7 Ex.
9015.80.01 Aparatos para medir distancias geodésicas. Pza 7 Ex.
9015.80.03 Celdas de presión, piezómetros o extensómetros. Pza 7 Ex.
9015.80.04 Aparatos de control y medición de niveles del tipo eléctrico o electrónico. Pza 10 Ex.
9015.80.05 Inclinómetros y extensómetros, para medir deformaciones del suelo, roca o concreto, eléctricos o electrónicos. Pza 7 Ex.
9015.90.01 Partes y accesorios. Kg 7 Ex.
9016.00.99 Los demás. Pza 7 Ex.
9017.10.01 Mesas o mármoles. Pza 7 Ex.
9017.80.03 Comprobadores de cuadrante. Pza 7 Ex.
9017.80.04 Metros de madera plegable. Pza 10 Ex.
9017.90.01 Reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 9017.10.02. Kg 10 Ex.
9018.11.01 Electrocardiógrafos. Kg 7 Ex.
9018.11.02 Circuitos modulares para electrocardiógrafos. Kg 10 Ex.
9018.12.01 Aparatos de diagnóstico por exploración ultrasónica (ultrasonido). Pza 10 Ex.
9018.13.01 Aparatos de diagnóstico de visualización por resonancia magnética. Pza 7 Ex.
9018.14.01 Aparatos de centellografía. Pza 7 Ex.
9018.19.01 Tonógrafos, retinógrafos o tonómetros. Pza 7 Ex.
9018.19.02 Electroencefalógrafos. Pza 7 Ex.
9018.19.03 Estetoscopios electrónicos. Pza 7 Ex.
9018.19.04 Aparatos de diatermia de onda corta. Pza 7 Ex.
9018.19.05 Sistemas de monitoreo de pacientes. Pza 7 Ex.
9018.19.07 Cardioscopios. Pza 7 Ex.
9018.19.08 De radiodiagnóstico a base de rayos gamma. Pza 7 Ex.
9018.19.09 Incubadoras para niños, partes y accesorios. Pza 10 Ex.
9018.19.10 Aparatos de electrocirugía. Pza 7 Ex.
9018.19.11 Dermatomos. Pza 7 Ex.
9018.19.12 Circuitos modulares para módulos de parámetros. Kg 7 Ex.
9018.19.14 Dializadores de sangre para riñón artificial, desechables. Pza 7 Ex.
9018.19.15 Electrodos desechables y/o prehumedecidos, para los aparatos electromédicos. Kg 7 Ex.
9018.19.17 Circuitos modulares reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 9018.19.16. Kg 7 Ex.
9018.39.01 Catéteres intravenosos, para diálisis peritoneal, para anestesia o para embolectomía. Kg 10 Ex.
9018.39.05 Equipos de plástico, incluso con partes de metal común para la toma y aplicación de soluciones inyectables. Kg 10 Ex.
9018.90.21 Partes y accesorios para tijeras, pinzas o cizallas. Kg 7 Ex.
9018.90.22 Partes y accesorios de aparatos para anestesia. Kg 7 Ex.
9018.90.23 Partes, piezas sueltas y accesorios para lo comprendido en la fracción 9018.90.17. Kg 7 Ex.
9018.90.24 Circuitos modulares reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 9018.90.18. Kg 7 Ex.
9021.39.03 Forjas brutas, de prótesis, sin ningún maquinado. Kg 7 Ex.
9021.90.99 Los demás. Kg 7 Ex.
9021.50.01 Estimuladores cardiacos, excepto sus partes y accesorios. Pza 7 Ex.
9022.12.01 Aparatos de tomografía regidos por una máquina automática de tratamiento o procesamiento de datos. Pza 7 Ex.
9022.13.01 Los demás, para uso odontológico. Pza 7 Ex.
9022.14.01 Que contenga alguna de las siguientes tres características: a) generador de rayos X con capacidad igual o mayor a 50 kV y mayor o igual a 500 miliamperes por segundo; b) intensificador de imagen con diámetro mayor a 22.86 cm (9 pulgadas); o, c) mesa de rayos X con tamaño de cassette variable y un ángulo mayor a 90º sobre 15º. Pza 7 Ex.
9022.14.99 Los demás. Pza 7 Ex.
9022.21.01 Bombas de cobalto. Pza 7 Ex.
9022.21.99 Los demás. Pza 7 Ex.
9022.30.01 Tubos de rayos X. Pza 7 Ex.
9022.90.01 Unidades generadores de radiación. Pza 7 Ex.
9022.90.02 Cañones para emisión de radiación. Pza 7 Ex.
9022.90.03 Partes y accesorios para aparatos de rayos X. Kg 7 Ex.
9022.90.99 Los demás. Pza 7 Ex.
9023.00.01 Instrumentos, aparatos y modelos concebidos para demostraciones (por ejemplo: en la enseñanza o exposiciones), no susceptibles de otros usos. Pza 7 Ex.
9025.11.01 Esbozos para la elaboración de termómetros de vidrio, sin graduación, con o sin vacío, con o sin mercurio. Pza 7 Ex.
9025.19.01 De vehículos automóviles. Pza 10 Ex.
9025.19.02 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
9025.19.04 Pirómetros. Pza 10 Ex.
9025.80.03 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
9025.90.01 Partes y accesorios. Kg 7 Ex.
9026.10.01 Controles de nivel de agua para máquinas de lavar ropa. Pza 7 Ex.
9026.10.02 Medidores de combustible, de vehículos automóviles. Pza 10 Ex.
9026.10.03 Medidores de flujo. Pza 10 Ex.
9026.10.04 Indicadores de nivel tipo flotador, excepto lo comprendido en la fracción 9026.10.02. Pza 7 Ex.
9026.10.05 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
9026.10.06 Niveles reconocibles como concebidos exclusivamente para máquinas de vapor. Pza 7 Ex.
9026.10.99 Los demás. Pza 10 Ex.
9026.20.01 Manómetros, de funcionamiento eléctrico o electrónico. Pza 7 Ex.
9026.20.05 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
9026.20.06 Manómetros, vacuómetros o manovacuómetros, excepto lo comprendido en las fracciones 9026.20.01 y 9026.20.02. Pza 10 Ex.
9026.80.01 Medidores de flujo de gases. Pza 10 Ex.
9026.80.02 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
9027.80.02 Instrumentos nucleares de resonancia magnética. Pza 7 Ex.
9027.90.02 Micrótomos. Pza 7 Ex.
9027.90.03 Circuitos modulares reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la subpartida 9027.80. Pza 7 Ex.
9027.90.99 Los demás. Kg 7 Ex.
9028.10.01 Contadores de gas. Pza 7 Ex.
9028.30.01 Vatihorímetros. Pza 10 Ex.
9028.30.99 Los demás. Pza 7 Ex.
9028.90.01 Para vatihorímetros. Kg 7 Ex.
9028.90.02 Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 9028.20.03. Kg 7 Ex.
9028.90.99 Los demás. Kg 7 Ex.
9029.10.01 Taxímetros mecánicos. Pza 10 Ex.
9029.10.02 Cuentarrevoluciones, aun cuando sean cuenta horas de trabajo. Pza 10 Ex.
9029.10.04 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
9029.20.01 Velocímetros, incluso provistos de cuentakilómetros. Pza 10 Ex.
9029.20.02 Tacógrafos electromecánicos con reloj de cuarzo, registrador e indicador de velocidad, recorrido, tiempo de marcha y parada, y/o revoluciones del motor de un vehículo. Pza 7 Ex.
9029.20.04 Tacómetros electrónicos digitales para uso automotriz. Pza 10 Ex.
9029.20.05 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
9029.20.99 Los demás. Pza 7 Ex.
9029.90.01 Partes y accesorios. Kg 7 Ex.
9030.39.01 Voltímetros, indicadores, no digitales, para montarse en tableros. Pza 10 Ex.
9030.39.02 Ohmímetros. Pza 10 Ex.
9030.39.03 Vatímetros, indicadores, no digitales, para montarse en tableros. Pza 10 Ex.
9030.39.04 Amperímetros, indicadores, no digitales, para montarse en tableros. Pza 10 Ex.
9030.39.05 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
9030.39.06 Vármetros, indicadores, no digitales, para montarse en tableros. Pza 10 Ex.
9030.89.01 Frecuencímetros, indicadores no digitales, para montarse en tableros. Pza 10 Ex.
9030.89.02 Fasímetros (factorímetros), indicadores, no digitales, para montarse en tableros. Pza 10 Ex.
9030.89.03 Probadores de baterías. Pza 10 Ex.
9030.90.01 Reconocibles para lo comprendido en las fracciones 9030.39.01, 9030.39.04 y 9030.89.03. Kg 7 Ex.
9030.90.99 Los demás. Kg 7 Ex.
9031.49.01 Instrumentos de medición de coordenadas. Pza 7 Ex.
9031.80.01 Controles fotoeléctricos. Pza 10 Ex.
9031.80.04 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
9031.90.01 Reconocibles para lo comprendido en la fracción 9031.80.02. Kg 10 Ex.
9031.90.02 Bases y armazones reconocibles como concebidos exclusivamente para lo comprendido en la fracción 9031.49.01. Pza 7 Ex.
9032.10.01 Para refrigeradores. Pza 10 Ex.
9032.10.02 Para estufas y caloríficos. Pza 10 Ex.
9032.10.04 Para cocinas. Pza 10 Ex.
9032.81.01 Reguladores de los distribuidores de motores de explosión (distribuscopios). Pza 10 Ex.
9032.81.99 Los demás. Pza 7 Ex.
9032.89.01 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
9032.89.03 Reguladores electrónicos de velocidad, para motores de corriente continua, giradiscos, grabadoras y tocacintas. Pza 10 Ex.
9032.89.04 Reguladores para operar sobre grupos generadores rotativos. Pza 7 Ex.
9032.89.05 Aparatos controladores de flama, reconocibles para calderas y hornos con capacidad inferior o igual a 100 C.P. Pza 10 Ex.
9032.90.01 Termopares, reconocibles como concebidos exclusiva o principalmente para los termostatos de la fracción 9032.10.03. Kg 7 Ex.
9032.90.99 Los demás. Kg 7 Ex.
9033.00.01 Partes y accesorios, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo, para máquinas, aparatos, instrumentos o artículos del Capítulo 90. Kg 7 Ex.
9104.00.01 Reconocibles para naves aéreas. Pza 7 Ex.
9104.00.02 Electrónicos, para uso automotriz. Pza 10 Ex.
9104.00.03 De tablero, de bordo o similares, para automóviles, barcos y demás vehículos, excepto lo comprendido en las fracciones 9104.00.01 y 9104.00.02. Pza 7 Ex.
9104.00.99 Los demás. Pza 7 Ex.
9105.91.01 Relojes maestros y cronómetros de marina y similares. Pza 7 Ex.
9105.99.01 Relojes maestros y cronómetros de marina y similares. Pza 7 Ex.
9106.90.99 Los demás. Pza 10 Ex.
9107.00.01 Interruptores horarios y demás aparatos que permitan accionar un dispositivo en un momento dado, con mecanismo de relojería o motor sincrónico. Pza 10 Ex.
9108.11.01 Con indicador mecánico solamente o dispositivo que permita incorporarlo. Pza 7 Ex.
9108.19.99 Los demás. Pza 7 Ex.
9108.20.01 Automáticos. Pza 7 Ex.
9108.90.99 Los demás. Pza 7 Ex.
9109.11.01 De despertadores. Pza 10 Ex.
9109.19.99 Los demás. Pza 7 Ex.
9109.90.99 Los demás. Pza 7 Ex.
9110.11.01 Mecanismos completos, sin montar o parcialmente montados ("chablons"). Pza 7 Ex.
9110.12.01 Mecanismos incompletos, montados. Pza 7 Ex.
9110.19.01 Mecanismos "en blanco" ("ébauches"). Pza 7 Ex.
9110.90.99 Los demás. Pza 7 Ex.
9111.10.01 Con perlas, piedras preciosas o semipreciosas, o de metales preciosos. Pza 10 Ex.
9111.10.99 Los demás. Pza 10 Ex.
9111.20.01 Cajas de metal común, incluso dorado o plateado. Pza 7 Ex.
9111.80.99 Las demás cajas. Pza 7 Ex.
9111.90.01 Partes. Kg 7 Ex.
9112.20.01 De metal. Pza 10 Ex.
9112.20.99 Las demás. Pza 7 Ex.
9112.90.01 Partes. Kg 10 Ex.
9113.20.01 Pulseras. Pza 10 Ex.
9113.20.99 Las demás. Kg 7 Ex.
9113.90.01 Pulseras. Pza 10 Ex.
9113.90.99 Las demás. Kg 7 Ex.
9114.10.01 Muelles (resortes), incluidas las espirales. Kg 7 Ex.
9114.20.01 Piedras. Kg 7 Ex.
9114.30.01 Esferas o cuadrantes. Kg 7 Ex.
9114.40.01 Platinas y puentes. Kg 7 Ex.
9114.90.01 Dispositivo impresor para reloj registrador de asistencia. Kg 7 Ex.
9114.90.99 Las demás. Kg 10 Ex.
9209.10.01 Metrónomos y diapasones. Pza 7 Ex.
9209.20.01 Mecanismos de cajas de música. Pza 7 Ex.
9209.30.01 Cuerdas armónicas. Pza 7 Ex.
9209.91.01 Gabinetes, muebles o sus partes. Kg 10 Ex.
9209.91.99 Los demás. Kg 7 Ex.
9209.93.01 Partes y accesorios de instrumentos musicales de la partida 92.03. Kg 7 Ex.
9209.94.01 Gabinetes, muebles o sus partes, para pianos. Kg 10 Ex.
9209.99.99 Los demás. Kg 7 Ex.
9401.10.01 Asientos de los tipos utilizados en aeronaves. Pza 10 Ex.
9401.20.01 Asientos de los tipos utilizados en vehículos automóviles. Pza 7 Ex.
9401.90.01 Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 9401.20.01. Kg 7 Ex.
9401.90.99 Los demás. Kg 10 Ex.
9403.20.03 Gabinetes de seguridad biológica y flujo laminar con control y reciclado de aire, contenidos en un solo cuerpo, para uso en laboratorio. Pza 10 Ex.
9403.90.01 Partes. Kg 7 Ex.
9405.91.01 Bombillas de borosilicato, para lámparas o linternas de combustible líquido o gaseoso. Kg 7 Ex.
9405.91.02 Bombillas para lámparas o linternas de combustible líquido o gaseoso, excepto lo comprendido en la fracción 9405.91.01. Kg 10 Ex.
9405.91.03 Elementos de vidrio para alumbrado y señalización. Kg 10 Ex.
9405.91.04 Piezas moldeadas semiterminadas (esbozos), de vidrio sin contenido de plomo, en formas poliédricas, reconocibles como concebidas exclusivamente para la elaboración de candiles y lámparas. Kg 7 Ex.
9405.92.01 De plástico. Kg 10 Ex.
9501.00.02 Partes o piezas sueltas. Kg 7 Ex.
9504.30.01 Partes y accesorios. Kg 7 Ex.
9506.39.01 Palos incompletos de golf. Pza 7 Ex.
9506.91.02 Partes, piezas y accesorios. Kg 10 Ex.
9602.00.01 Cápsulas de gelatina. Kg 10 Ex.
9603.50.99 Los demás cepillos que constituyan partes de máquinas, aparatos o vehículos. Pza 10 Ex.
9604.00.01 Tamices, cedazos y cribas de mano. Kg 10 Ex.
9608.60.01 Cartuchos de repuesto con su punta para bolígrafo. Kg 10 Ex.
9608.99.03 Partes de metal común, chapeadas de oro. Kg 10 Ex.
9608.99.08 Barriles o cañones, tapas, tubos, de metal común. Kg 7 Ex.
9608.99.09 Depósitos de caucho, mecanismos, sujetadores de metal común, alimentadoras. Kg 7 Ex.
9608.99.10 Puntas, barras o contenedores para uso en plumones o marcadores, excepto lo comprendido en la fracción 9608.99.11. Kg 10 Ex.
9611.00.01 Partes. Kg 7 Ex.
9612.10.01 De nailon en cualquier presentación, excepto lo comprendido en la fracción 9612.10.03. Kg 10 Ex.
9612.10.02 Películas de polietileno carbonizadas en rollos superiores a 450 mm de ancho. Kg 7 Ex.
9612.10.99 Los demás. Kg 10 Ex.
9613.90.01 Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 9613.80.01. Kg 7 Ex.
9613.90.02 Para encendedores a gas. Kg 7 Ex.
9613.90.99 Los demás. Kg 10 Ex.
9614.20.01 Escalabornes. Kg 7 Ex.
9614.90.01 Partes. Kg 7 Ex.