Marcado de mercancías, Embarques de mércancias vía maritima, Formatos de la declaración del expedidor de mercancías peligrosas, Etiquetas para bultos de mercancías peligrosas
Petróleo y manufactura, los pilares del comercio exterior
  Industria: Petróleo y Energía   Tipo: Situación del mercado, Economía, Estadísticas
  Fuente: Intélite
Las exportaciones totales de México correspondientes a junio fueron impulsadas por los productos petroleros, que aumentaron 25.1% respecto a igual mes de 2005, pero también por las del sector automotriz, que se elevaron 34.9.
El Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) precisó que las ventas de mercancías al exterior a junio sumaron un valor de 21,291 mdd, 16.2% más que a igual mes del año pasado.
De estas cifras, elaboradas con base en información revisada, se desprende que los petrolíferos y las manufacturas se mantienen como los puntales del comercio foráneo, ya que de los primeros se colocaron 3,389 mdd, mientras que de las segundas fueron 17,237 millones.
Los precios del petróleo en los mercados internacionales siguen en máximos históricos, de modo que la mezcla mexicana reportó en junio un valor de 55.44 dólares el barril. Además de los automóviles, otras ramas de actividad que incrementaron sus ventas fueron minerometalurgia, productos metálicos para uso doméstico y aparatos de fotografía.
Los datos indican que en el mes de referencia, las ventas de bienes agropecuarios y de industrias extractivas también contribuyeron al crecimiento de nuestras exportaciones, ya que reportaron variaciones de 6.6 y 63.7% en cada caso.
12-Abril-2006
El traslado seguro sale caro a firmas
  Fuente: El Espectador
La delincuencia que afecta al país obliga a las empresas a incrementar sus medidas de seguridad en el transporte para disminuir el riesgo de robo o secuestro de sus unidades de reparto, lo que eleva los costos de logística.
Las empresas se ven obligadas a contratar un custodio o varios de ellos para cuidar la mercancía. Se estima que esa subcontratación eleva hasta 60% los gastos de transporte.
Leonardo Arzamendi Mendoza, director de logística e industria de la firma DMR Consulting México, comenta que es cada vez más común que las empresas que utilizan los servicios logísticos también contraten diversos tipos de seguros, custodios o acudan a empresas que cuentan con rastreo vía satélite, proteger sus mercancías, entonces se vuelve más caro.
os sectores que más vulnerabilidad presentan son el farmacéutico, vinos, licores y el tabacalero que cuando realizan reparto en puntos de venta, contratan un custodio por cada camioneta de reparto y si el transporte es por carretera, generalmente llevan un vehículo con un cuerpo de seguridad de hasta cinco elementos.
20-Febrero-2006
Diario Oficial de la Federación
  Fuente: El Financiero
SE. Publica las modificaciones al Estado Orgánico del Centro Nacional de Metrología. Así como la Aclaración al anexo del aviso por el que se dan a conocer las fracciones arancelarias de la tarifa de la Ley de Impuestos Generales de Importación y Exportación, en las cuales se clasifican las mercancías cuya importación está sujeta al pago de cuotas compensatorias y medidas de salvaguarda, publicado el 3 de enero de 2006.
PGR. Presenta el Acuerdo General de la República por el que se crea la Fiscalía Especial para atención de delitos relacionados con actos de violencia en contra de mujeres en el país.
PJF. Da a conocer el Acuerdo General 14/2006 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que modifica al Acuerdo General 48/2005. Así como la lista adicional de las personas que aprobaron la primera etapa del primer concurso interno de oposición para la designación de jueces de Distrito especializados en Materia Penal y en Materia Administrativa. Así como la asignación de jueces de Distrito de Competencia Mixta.
Segob. Publica la Declaratoria de Desastre Natural en diez municipios de Chihuahua.
Ssa. Publica el Acuerdo de Coordinación para la Ejecución del Sistema de Protección Social en salud, que celebran la Ssa y Veracruz.
Semarnart. Presenta el Acuerdo por el que se expiden las reglas de operación del Programa de Desarrollo Forestal de la Conafor.
Más Noticias Relacionadas con:productos para el manejo de mercancias
Los productos sensibles a la temperatura (PTSP) y los productos perecederos, son aquellos que pueden sufrir ciertas alteraciones al no conservar la temperatura idónea, pueden llegar en malas condiciones, cambiando tanto su estructura física como su estructura orgánica.
El manejo de la temperatura es uno de los más importantes factores que afectan la calidad del producto. Una vez que el producto es enfriado a la temperatura deseada, el siguiente paso es mantenerlo frío, durante el transporte a su destino final.
El cool chain o cadena en frío, es la serie de elementos y actividades necesarios para garantizar la calidad de un producto, desde su estado natural o precocido hasta su consumo o bien desde su producción hasta su utilización. El cool chain no sólo es aplicable a los alimentos. Numerosos productos sanitarios y farmacéuticos requieren refrigeración, como es el caso de las vacunas
El cool chain es esencial para preservar la calidad de productos perecederos y sensibles a la temperatura. Mantener el cool chain es importante por diversas razones, las cuales se relacionan con mantener la calidad del producto. Por ejemplo, la temperatura tiene un efecto directo en el grado de respiración del producto y este es una indicación del grado de deterioro del mismo. Además de que la temperatura acelera la velocidad de putrefacción del producto. Si el cool chain se mantiene, ambos factores pueden ser retrasados, dándole una mayor vida útil y manteniendo la calidad del producto.
En base a todo esto, se crea la Cool Chain Association (CCA), con el objetivo de marcar normas industriales y desarrollar indicadores claves para las cadenas de distribución de perecederos.
La CCA es fundada en marzo del 2003, con el compromiso de velar por el transporte, manejo y almacenamiento de perecederos y los PTSP, llegando directamente a los consumidores en excelentes condiciones.
Por otra parte, Germanischer Lloyd (GL), una de las sociedades de certificación líder a nivel mundial, ha establecido estándares de ingeniería, seguridad y calidad por más de 135 años. Con más de 2,300 empleados trabajando en más de 78 países, GL, con toda seguridad confirma el contar con una presencia global.
La estrecha cooperación entre la CCA y GL ha dado origen a una nueva norma y a un nuevo criterio para lograr la confiabilidad, calidad y capacidad en la logística de productos perecederos y PTSP: El Indicador de Calidad para Cadenas de Refrigeración (CCQI, por sus siglas en inglés).
La CCQI, es una certificación internacional con la que deben de cumplir todos los sectores que tengan relación con la refrigeración. Esta norma va a garantizar que todos los eslabones se cumplan para conservar adecuadamente los perecederos y PTSP dentro de los estándares nacionales.
Esta nueva norma industrial es de interés para toda empresa que se dedique a la transportación, almacenaje o manejo de los perecederos y PTSP, como lo es el sector de transporte, alimentación, almacenes, distribución de alimentos, cargadores y mercancías en tránsito, y principalmente a todos los consumidores para exigir las óptimas condiciones en que deben llegar estos productos.
El mayor porcentaje de las quejas de las líneas que transportan productos perecederos o PTSP es porque los productos llegan en mal estado, en descomposición, siendo la principal causa un mal manejo de la temperatura de refrigeración.
Por lo tanto, el principal objetivo de esta norma, es que todos los eslabones de la cadena en frío que manejen productos perecederos, tengan conocimiento de está norma y la integren a sus procesos de calidad. Las compañías que obtengan un certificado CCQI garantizarán a los clientes que buscan servicios competentes y confiables, un grado de capacidad calificado y certificado.
La compañía encargada de llevar a cabo la tarea de auditar y certificar a sus miembros, es Germanischer Lloyd Certification (GLC), subsidiaria de GL. GLC es especialista en una amplia variedad de sistemas de calidad y estándares industriales. Sus expertos llevan a cabo auditorias y certifican la operación en los campos de la calidad, medio ambiente, seguridad y administración del riesgo de las normas y estándares internacionales.
Si usted es una empresa que maneja productos perecederos o sensibles a la temperatura, no dude en obtener esta certificación y formar parte de las empresas que ofrecen calidad en sus servicios.
Para obtener más información detallada de esta nueva norma, haga click aquí . (abre un archivo de powerpoint de 2.6 MB que contiene macros)
Si desea contactar a GL para solicitar mayor información de cómo obtener la certificación CCQI, haga click aquí.
El c omplejo Industrial Portuario de Altamira tiene una altitud de 26 metros sobre el nivel del mar y se encuentra a 218 Km de la capital del Estado,sus coordenadas geográficas son 22° 29' 32'' de latitud norte y 97° 51' 45'' de longitud oeste.
Ubicado en el Estado de Tamaulipas en la República Mexicana, limita al norte con el Municipio de Aldama, al sur con los de Madero y Tampico, al este con el Golfo de México y al oeste con el Municipio de González.
Su proximidad a la frontera con los Estados Unidos de Norteamérica, así como a importantes centros industriales de Monterrey, Saltillo, San Luis Potosí, Guadalajara, León, Edo. de México, el Distrito Federal y las zonas agrícolas del noreste y centro del país han soportado su desarrollo.
Sirviendo a los mercados mundiales desde su estratégica localización en el Golfo de México, el Puerto cuenta con un Enlace Multimodal, a través de carreteras y el sistema ferroviario hacia Estados Unidos y los centros productivos antes mencionados.
La apertura comercial de México a través de sus 8 tratados de cooperación económica con 31 países del mundo, incluidos los dos principales mercados mundiales, el de Norteamérica y el Europeo, garantizan para los exportadores mexicanos la certidumbre de acceso a mercados, la transparente aplicación de reglas de comercio y la aplicación de mecanismos institucionales para la solución de controversias. Esto se traduce en una participación preferencial en los mercados extranjeros para los exportadores industriales mexicanos y extranjeros establecidos en México.
México es el tercer país en desarrollo receptor de inversión extranjera directa. Actualmente, más de 35 mil empresas, en su mayoría de menor tamaño, exportan productos mexicanos, representando las manufacturas casi el 90% de dichas exportaciones.
Para sustentar la manufactura y la distribución internacional de mercancías, el Complejo Industrial Portuario de Altamira ha destinado 5,096 has. para el desarrollo industrial mas grande del país y uno de los parques industriales más grandes de América Latina. Adicionalmente, el proyecto contempla un perímetro de amortiguamiento ecológico, con una reserva de 1,422 hectáreas.
El proyecto industrial y portuario de Altamira soporta económicamente su desarrollo inmobiliario en dos principales rubros de negocio. El primero consta de operaciones de compra-venta y arrendamiento de bienes inmuebles industriales ubicados en el área para el desarrollo industrial. El segundo, consta de una contraprestación del uso y aprovechamiento de la infraestructura
portuaria para la instalación de terminales marítimas en el Puerto de Altamira.
El Complejo, representa un punto estratégico para las compañías en busca de una sola fuente competitiva de infraestructura que provea la instalación de empresas de la industria plástica, automotriz, acerera, industrial, petroquímica, metal-mecánica, minera, química y textil.
El Parque Industrial de Altamira representa el punto central de la
integración estratégica del Complejo. La relación costo-beneficio favorece extraordinariamente a las empresas con producción a gran escala e inversiones a largo plazo.
Altamira como participante e inmerso en este entorno, se consolida como el complejo industrial y portuario más importante de México, proveyendo a la industria de infraestructura básica para el desarrollo.
Empresas instaladas en el Complejo Industrial de Altamira
Compañía
Año
Producto
Industria a la que se Integra
Grupo Primex
1983
Resinas y Compuestos de PVC, Anhídrido Ftálico (AF), Plastificante Di-octilftalato (DOP), Tri-octil Trimelitato (TOTM)
Textil, Calzado, Automotriz, Eléctrica, Alimenticia y otras
Kaltex
1985
Fibras Sintéticas, Acrílicas
Industria Textil
GE Plastics
1991
Resinas de Acrilonitrilo Butadieno Estireno (ABS), Copolímero de Policarbonato (PC), Materias primas para Plásticos, Resina de Estireno-Acrinitrilo (SAN), y Polímeros de Butadieno (HRG)
Las Normas Oficiales Mexicanas (NOMs) han adquirido en la última década una gran importancia en nuestro ordenamiento jurídico; como si antes no se hubiesen regulado cuestiones técnicas. La realidad es muy distinta, ya que al realizar una investigación sobre las disposiciones jurídicas vigentes en el sistema jurídico mexicano, éstas han existido por lo menos desde los años veinte. Aquí una breve reseña:
En mayo de 1928, la Ley sobre Pesas y Medidas como su reglamento carecían de regulación en materia de normalización. Dicha ley y la Ley de Normas Industriales de 31 de diciembre de 1945, fueron derogadas por la Ley General de Normas y de Pesas y Medidas. Ésta disponia de un capítulo relativo a las normas y su clasificación, en el cual limitaba las disposiciones que regulaban el sistema general de pesas y medidas y las especificaciones que fijara la Secretaría de Industria y Comercio para los productos industriales. Las clasificaba en normas de pesas y medidas y normas industriales, y éstas podían a su vez ser obligatorias u “opcionales”. Las primeras eran las que regían el sistema de pesas y medidas, y las industriales se ocupaban de prescripciones técnicas que pudieran afectar la vida, la seguridad o la integridad de las personas y las que señalaran las mercancías objeto de exportación. Del cumplimiento con las normas opcionales dependía la autorización para la utilización del sello oficial de garantía. Las normas también se clasificaban, por su objeto, en normas de nomenclatura, de funcionamiento, de calidad y normas para los métodos de prueba oficiales, todas éstas son descritas como auténticas reglas técnicas.
La Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN) publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 1o. de julio de 1992, pretendía uniformar los procedimientos de normalización y medición, estableciendo esquemas uniformes que permitieran superar los problemas de discrecionalidad y legalidad que subsistían en la Ley de 1988. La vigente ley ha sido reformada dos veces: el 24 de diciembre de 1996, con el objeto de modificar las competencias de la Secretaría de Economía (SE), y cambiar el procedimiento de modificación y cancelación de las NOMs, que con las reformas del 20 de mayo de 1997 fue adecuado de nuevo. Estas reformas se han realizado en el marco del programa nacional de desregulación y con el propósito de eliminar algunas ineficiencias de la ley que se han manifestado en los últimos años; sin embargo, la respuesta real a los problemas que enfrenta la aplicación de la ley podrían resolverse con la expedición del reglamento, ya que actualmente carece de reglamentación y al derogarse la ley se derogaron todos los reglamentos de las leyes anteriores.
Una gran diferencia entre las primeras normas técnicas y las actuales es que las anteriores fueron expedidas por el presidente de la República, en uso de la facultad reglamentaria prevista en el artículo 89, fracción I, de la Constitución.
Lo llamativo es que mientras no existieron leyes que regularan a las hoy denominadas NOMs, éstas fueron expedidas con fundamento en una disposición constitucional. Sin embargo, el hecho de que las relaciones jurídicas modernas sean cada vez más complejas y de que el presidente no pueda realizar de manera personal todos los actos que permitan “proveer a la exacta observancia de las leyes en la esfera administrativa”, ha evidenciado la necesidad de que la administración pública federal lo auxilie en su labor.
La ley menciona distintos tipos de normas entre las que encontramos las Normas Oficiales Mexicanas (NOMs), las Normas Mexicanas (NMX), las Normas de Emergencia (NE) y las Normas de Referencia.
Las NOMs son un conjunto de disposiciones que permiten regular técnicamente procesos, productos, sistemas, actividades, instalaciones, métodos de producción u operación y servicios, así como, la terminología, a través del establecimientos de directrices y criterios que han de ser utilizados para la verificación del cumplimiento de las características o atributos y de su aplicación.
Las NMX son lineamientos que elaboran los organismos nacionales de normatización, o la SE en ausencia de ellos, su conformidad está dispuesta por el artículo 54 de la LFMN, el cual prevee para uso común y repetido reglas, especificaciónes, atributos métodos de prueba, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio, o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado.
Estas normas son de aplicación voluntaria, sin embargo, cuando se manifieste que un producto, proceso o servicio es conforme a la NMX, principalmente para efectos de protección al consumidor, la ley establece que en determinados casos las dependencias podrán requerir su observancia, y a pesar de ser voluntarias deben ser incluidas en el Programa Nacional de Normalización para su expedición, lo cual limita la facultad de autorregulación. Su campo de aplicación es determinado por la propia norma y puede ser nacional, regional o local.
Se denominan NE , a las que con motivo de una situación de emergencia deben ser expedidas. El problema que enfrentamos en estos casos es el abuso ante la falta de regulación del significado del término emergencia, pues se ha dado el caso de que se regulen situaciones diversas con forma de norma, bajo el pretexto de emergencia, cuando la situación realmente no lo justifica. La vigencia de las NE está limitada a seis meses, y la norma podrá expedirse dos veces consecutivas, como máximo, conforme a este procedimiento; sin embargo, previa a la segunda expedición, deberá presentarse una Manifestación de Impacto Regulatorio (MIR) a la SE. Transcurrido dicho plazo la norma pierde su vigencia, por lo tanto deja de ser obligatoria.
Las normas de referencia , son las que elaboran las entidades de la administración púbica federal (PEMEX, CFE, etc), en aquellos casos en que las normas mexicanas o internacionales, no cubran sus requerimientos, o bien las especificaciones que contengan se consideren inaplicables y obsoletas, cuando dichas entidades requieran adquirir, arrendar o contratar bienes o servicios.
La finalidad de las normas es establecer las caracteristicas y especificaciones que deben reunir los servicios, la importancia puede argumentarse en tanto posibilitan un mayor y más efectivo control social por parte de quienes consumen o son usuarios de éstos, al tiempo que la regulación que implica, instrumenta medidas de protección, marcos de garantía a partir de los cuales hacer efectivo el cumplimiento de los propósitos y funciones para los que fueron creados.
En QuimiNet / e-Industria puede encontrar Proveedores, Oportunidades de Compra y Venta, Noticias e Información para:
Industria Petroquímica
Industria Química
Industria del Plástico
Industria del Empaque
Industria Farmacéutica
Industria Alimenticia
Industria Cosmética
Industria de Pinturas, Recubrimientos y Tintas
Industria Metalmecánica
Industria Automotriz
Industria Minera
Industria de la Construcción
Industria del Petróleo
etc.
*
QuimiNet.com / e-Industria.com es el medio industrial más importante de Latinoamérica. Quiminet no vende este producto ni ninguno otro, enlaza proveedores y clientes y ofrece información valiosa a la comunidad industrial. La información que se muestra es esta página fue generada por Quiminet, provino de algún medio público o de algún usuario del portal. QuimiNet considera cree que es correcta mas no puede garantizarlo. Si el producto es una marca registrada, QuimiNet declara explícitamente que la misma no es propiedad más que de su legítimo dueño.