clasificadores *

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EquipNet cobertura: INTERNACIONAL Clasificadores Somos proveedores de Clasificadores en 50 Hudson Road Col. Canton
Estados Unidos, C.P. 02021 . Estados Unidos
Datos y productos de EquipNet
VAHLE cobertura: Latinoamerica Clasificadores Ofrecemos Clasificadores en 1167 Brittmoore Rd Col. XXXXX
Houston, TX, Texas C.P. 77043 . Estados Unidos
Datos y productos de VAHLE
ECL MG Comércio Exterior cobertura: Faixa de exportação: Até US$ 1 milhão Clasificadores Somos fornecedores de Clasificadores en Av. Wilson Alvarenga, 1170 - Sl. 404 Col. Centro
Carneirinhos, MInas Gerais C.P. 11111 . Brasil
Datos y productos de ECL MG Comércio Exterior
Tyrsa clasificadores Somos proveedores de clasificadores en Acambay S/N Col. La Romana
Tlalnepantla, Edo. de Méx. C.P. 54030 . México
Datos y productos de Tyrsa
Federal Equipment cobertura: Mundial Clasificadores Ofrecemos Clasificadores en 8200 Bessemer Avenue
Cleveland, Ohio C.P. 44127 . Estados Unidos
Datos y productos de Federal Equipment
Tecnoquimsa cobertura: Internacional clasificadores Somos un proveedor de clasificadores en Pto Manzanillo No. 1571 Col. Miramar
Guadalajara, Jal. C.P. 45060 . México
Datos y productos de Tecnoquimsa
Maquinaria Arteaga cobertura: Latinoamérica Clasificadores, Clasificadores Somos proveedores de Clasificadores en Matías Romero # 49 bis Col. Sta. María Malinalco
México D.F,, Distrito Federal C.P. 02050 . México
Datos y productos de Maquinaria Arteaga
Dinámica y Saneamiento de Caudales cobertura: Nacional e Internacional clasificadores de arena, Clasificadores de arena, Clasificadores de arena Ofrecemos clasificadores de arena en Manuel Salazar Núm. 41 Col. San Juan Tlihuaca
Azcapotzalco, Distrito Federal C.P. 02400 . México
Datos y productos de Dinámica y Saneamiento de Caudales
Aframex cobertura: EUA, México, Centro y Sudamérica Clasificadores de arena, Clasificadores de arena Somos un proveedor de Clasificadores de arena en Industria Eléctrica de México #7 Col. Col. Xocoyahualco
Tlalnepantla , Edo. México C.P. 54080 . México
Datos y productos de Aframex
DALBERT INTERNACIONAL cobertura: VENEZUELA USA,COLOMBIA,TRINIDAD & TOBAGO,BRASIL,CHILE,PERÚ, REPUBLICA DOMINICANA.MEXICO Clasificadores de aire Somos proveedores de Clasificadores de aire en Zona Ind Corinsa Calle Lazo N° 47 Col. Cagua
Aragua, Cagua C.P. 2122 . Venezuela
Datos y productos de DALBERT INTERNACIONAL
Maza Insumos cobertura: NA Transportadores Clasificadores Ofrecemos Transportadores Clasificadores en Nuevo Leòn, Monterrey . México
Datos y productos de Maza Insumos
Conveyroll Clasificadores (sorters) Somos un proveedor de Clasificadores (sorters) en Jalisco No. 1502 Col. Madero
Nuevo Laredo, Tamps. C.P. 00000 . México
Datos y productos de Conveyroll
Rimex Clasificadores de llaves Somos proveedores de Clasificadores de llaves en San Antonio 339 Col. Santiago
Santiago, Chile . Chile
Datos y productos de Rimex
BTV cobertura: México Clasificadores de llaves Ofrecemos Clasificadores de llaves en . México
Datos y productos de BTV
Accutek Packaging Equipment Company clasificadores de envase Somos un proveedor de clasificadores de envase en 1399 Specialty DR. Col. Vista
. Estados Unidos
Datos y productos de Accutek Packaging Equipment Company
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Solicitudes de compradores de: clasificadores

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ID Producto de Interés Consumo Ubicación Puesto Observaciones
115332 Compra de CLASIFICADORES 3 Piezas
Única vez
Comprador de CLASIFICADORES en Cundinamarca, Colombia Ing. Mantenimiento Planta 03. DE TAMAÑOS PARA ALIMENTOS. / DOSIFICADORES Buscamos dosificadores para productos ...

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461471 Compra de clasificadores 2 Toneladas
Diario
Comprador de clasificadores en La Paz, Bolivia Jefe de Planta Clasificador de grano de arroz pelado

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Clientes o compradores de: clasificadores

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No. de Oportunidad Comprador de clasificadores Ubicación del comprador Cantidad requerida Información de contacto Opine y Califique
115332
(4-Oct-2007)
Quala S.A.
Cundinamarca, Colombia
3 Piezas
Única vez

Precios de clasificadores o Similares

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Producto Fecha de Validez Precio Volumen Condiciones Tipo de Precio Tipo de Fuente Opine y Califique
clasificadores 22-Jun-2009
a
22-Jul-2009
45000.000 USD 0 0 a Diario La Paz, Bolivia Estimado Comprador que solicita el producto  

Noticias que incluyen en su texto el término clasificadores

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18-Marzo-2009
Incrementa México aranceles a productos de los Estados Unidos
  
     Industria: Cosmética, Enseres Domésticos, Gobierno, Hogar
     Tipo: Cambios de precios, Tratados comerciales, Economía
     Por:  QuimiNet  /  Fuente:  QuimiNet

DECRETO por el que se modifica el artículo 1 del diverso por el que se establece la Tasa Aplicable durante 2003, del Impuesto General de Importación, para las mercancías originarias de América del Norte, por lo que respecta a las mercancías originarias de los Estados Unidos de América, publicado el 31 de diciembre de 2002.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 131, de la propia Constitución; 2019 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte; 31 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 2o., 4o., fracción I y 14 de la Ley de Comercio Exterior, y
CONSIDERANDO
Que el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) fue aprobado por el Senado de la República el 22 de noviembre de 1993, según decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de diciembre del mismo año, cuyo decreto de promulgación fue publicado en ese órgano informativo el 20 de diciembre del mismo año y entró en vigor el 1 de enero de 1994;
Que los artículos 1108 y 1206, así como el Anexo I "Reservas en relación con medidas existentes y compromisos de liberalización" del TLCAN establecen la apertura de los servicios de transporte de carga en los estados fronterizos de México y de los Estados Unidos de América a partir del 18 de diciembre de 1995, y en todo el territorio de ambos países a partir del 1 de enero de 2000;
Que de conformidad con el Capítulo XX del TLCAN, que establece las disposiciones aplicables a los procedimientos para la solución de controversias, el 2 de febrero de 2000 se integró el panel arbitral solicitado por México con el objeto de determinar el incumplimiento de los Estados Unidos de América a las obligaciones del Anexo I a que se refiere el considerando anterior; así como a las de trato nacional y trato de la nación más favorecida previstas en los artículos 1102, 1103, 1202 y 1203 de dicho Tratado, en materia de servicios de transporte transfronterizo;
Que el 6 de febrero de 2001 el panel arbitral emitió su informe final en el que determinó el incumplimiento de los Estados Unidos de América a las obligaciones señaladas en el considerando anterior, y recomendó a dicho país llevar a cabo las acciones necesarias para cumplir con los compromisos establecidos en el TLCAN;
Que a partir de la fecha señalada en el considerando que antecede los gobiernos de México y los Estados Unidos de América realizaron diversas gestiones con objeto de lograr la apertura de los servicos de transporte transfronterizo prevista en el TLCAN, sin obtener los resultados deseados;
Que como parte de las gestiones mencionadas, el 27 de abril de 2007, los gobiernos de México y de los Estados Unidos de América acordaron la implementación de un Programa Demostrativo de acceso al autotransporte de carga (Programa Demostrativo) con vigencia de un año, prorrogado por acuerdo de ambos países hasta 2010, el cual permitiría a un número limitado de empresas de los dos países prestar los servicios de transporte transfronterizo;
Que con motivo de la aprobación de la Ley Omnibus de Asignaciones para el año fiscal de 2009, el Congreso de los Estados Unidos de América prohibió a su Departamento de Transporte utilizar fondos para establecer o mantener el Programa Demostrativo y, como consecuencia, dicho Departamento ha dejado de operarlo;
Que la cancelación del Programa Demostrativo evidencia que los Estados Unidos de América y México no han logrado alcanzar una solución mutuamente satisfactoria a la controversia en materia de transporte transfronterizo en los términos de los artículos 2018 y 2019 del TLCAN, y que el citado país continúa sin dar cumplimiento tanto a sus obligaciones internacionales conforme al TLCAN como a las recomendaciones del panel arbitral antes referido;
Que el párrafo 1 del artículo 2019 del TLCAN establece la posibilidad de que en caso de que el panel arbitral resuelva en una controversia que una medida es incompatible con las obligaciones de dicho Tratado, si la Parte demandada no ha llegado a un acuerdo mutuamente satisfactorio con la Parte reclamante esta última podrá suspender la aplicación de beneficios de efecto equivalente a la Parte demandada hasta el momento en que alcancen un acuerdo sobre la resolución de la controversia;
Que en virtud de lo anterior, resulta procedente suspender beneficios de efecto equivalente a los Estados Unidos de América, por lo que se considera conveniente eliminar los aranceles preferenciales que prevé el Tratado de mérito a las importaciones de determinados bienes originarios del citado país;
Que para los efectos del párrafo anterior, es necesario modificar el Decreto por el que se establece la Tasa Aplicable durante 2003, del Impuesto General de Importación, para las mercancías originarias de América del Norte, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2002 y que fue modificado por los diversos dados a conocer en el mismo medio informativo el 17 de agosto de 2005, el 12, 13 y 29 de septiembre de 2006, y el 8 de mayo y 30 de junio de 2007, y
Que conforme a lo dispuesto en la Ley de Comercio Exterior, el presente Decreto cuenta con opinión favorable de la Comisión de Comercio Exterior, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO
Artículo Único.- Se modifica el artículo 1 del Decreto por el que se establece la Tasa Aplicable durante 2003, del Impuesto General de Importación, para las mercancías originarias de América del Norte, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2002, por lo que respecta a los aranceles aplicables a las mercancías originarias de los Estados Unidos de América clasificadas en las siguientes fracciones arancelarias:
 
Fracción
Descripción
Arancel de
Importación
0604.91.02
Árboles de navidad.
20%
0703.10.01
Cebollas.
10%
0705.11.01
Repolladas.
10%
0802.12.01
Sin cáscara.
20%
0804.10.01
Frescos.
20%
0804.10.99
08 Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías
  0804 Dátiles, higos, piñas (ananás), aguacates (paltas), guayabas, mangos y mangostanes, frescos o secos.
  080410 - Dátiles.
  08041099     Los demás.
20%
0806.10.01
Frescas.
45%
0808.20.01
Peras.
20%
0809.10.01
Chabacanos (damascos, albaricoques).
20%
0809.20.01
Cerezas.
20%
0810.10.01
Fresas (frutillas).
20%
0813.50.01
Mezclas de frutas u otros frutos, secos, o de frutos de cáscara de este Capítulo.
20%
1902.19.99
19 Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche; productos de pastelería
  1902 Pastas alimenticias, incluso cocidas o rellenas (de carne u otras sustancias) o preparadas de otra forma, tales como espaguetis, fideos, macarrones, tallarines, lasañas, ñoquis, ravioles, canelones; cuscús, incluso preparado.
  - Pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar de otra forma:
  190219 -- Las demás.
  19021999     Las demás.
10%
2004.10.01
Papas (patatas).
20%
2005.40.01
Chícharos (guisantes, arvejas) (Pisum sativum).
20%
2008.11.01
20 Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas
  2008 Frutas u otros frutos y demás partes comestibles de plantas, preparados o conservados de otro modo, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante o alcohol, no expresados ni comprendidos en otra parte.
  - Frutos de cáscara, cacahuates (cacahuetes, maníes) y demás semillas, incluso mezclados entre sí:
  200811 -- Cacahuates (cacahuetes, maníes).
  20081101     Sin cáscara.
20%
2008.11.99
20 Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas
  2008 Frutas u otros frutos y demás partes comestibles de plantas, preparados o conservados de otro modo, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante o alcohol, no expresados ni comprendidos en otra parte.
  - Frutos de cáscara, cacahuates (cacahuetes, maníes) y demás semillas, incluso mezclados entre sí:
  200811 -- Cacahuates (cacahuetes, maníes).
  20081199     Los demás.
20%
2008.19.01
Almendras.
20%
2008.19.99
20 Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas
  2008 Frutas u otros frutos y demás partes comestibles de plantas, preparados o conservados de otro modo, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante o alcohol, no expresados ni comprendidos en otra parte.
  - Frutos de cáscara, cacahuates (cacahuetes, maníes) y demás semillas, incluso mezclados entre sí:
  200819 -- Los demás, incluidas las mezclas.
  20081999     Los demás.
20%
2008.60.01
Cerezas.
20%
2009.80.01
Jugo de cualquier otra fruta o fruto, u hortaliza.
20%
2009.90.01
20 Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas
  2009 Jugos de frutas u otros frutos (incluido el mosto de uva) o de hortalizas, sin fermentar y sin adición de alcohol, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante.
  200990 - Mezclas de jugos.
  20099001     Que contengan únicamente jugo de hortaliza.
20%
2009.90.99
20 Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas
  2009 Jugos de frutas u otros frutos (incluido el mosto de uva) o de hortalizas, sin fermentar y sin adición de alcohol, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante.
  200990 - Mezclas de jugos.
  20099099     Los demás.
20%
2103.10.01
Salsa de soja (soya).
20%
2103.90.99
21 Preparaciones alimenticias diversas
  2103 Preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y sazonadores, compuestos; harina de mostaza y mostaza preparada.
  210390 - Los demás.
  21039099     Los demás.
20%
2104.10.01
Preparaciones para sopas, potajes o caldos; sopas, potajes o caldos, preparados.
10%
2106.90.06
Concentrados de jugos de una sola fruta, legumbre u hortaliza, enriquecidos con minerales o vitaminas.
15%
2106.90.07
Mezclas de jugos concentrados de frutas, legumbres u hortalizas, enriquecidos con minerales o vitaminas.
15%
2106.90.08
Con un contenido de sólidos lácteos superior al 10%, en peso.
15%
2201.10.01
Agua mineral.
20%
2204.10.99
22 Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre
  2204 Vino de uvas frescas, incluso encabezado; mosto de uva, excepto el de la partida 20.09.
  220410 - Vino espumoso.
  22041099     Los demás.
20%
2204.21.02
Vinos tinto, rosado, clarete o blanco, cuya graduación alcohólica sea hasta de 14% Alc. Vol. a la temperatura de 20ºC (equivalente a 14 grados centesimales Gay-Lussac a la temperatura de 15°C), en vasijería de barro, loza o vidrio.
20%
2206.00.99
22 Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre
  2206 Las demás bebidas fermentadas (por ejemplo: sidra, perada, aguamiel); mezclas de bebidas fermentadas y mezclas de bebidas fermentadas y bebidas no alcohólicas, no expresadas ni comprendidas en otra parte.
  220600 Las demás bebidas fermentadas (por ejemplo: sidra, perada, aguamiel); mezclas de bebidas fermentadas y mezclas de bebidas fermentadas y bebidas no alcohólicas, no expresadas ni comprendidas en otra parte.
  22060099     Las demás.
20%
2306.30.01
23 Residuos y desperdicios de las industrias alimentarias; alimentos preparados para animales
  2306 Tortas y demás residuos sólidos de la extracción de grasas o aceites vegetales, incluso molidos o en "pellets", excepto los de las partidas 23.04 ó 23.05.
  230630 - De semillas de girasol.
  23063001     De semillas de girasol.
15%
2306.49.99
23 Residuos y desperdicios de las industrias alimentarias; alimentos preparados para animales
  2306 Tortas y demás residuos sólidos de la extracción de grasas o aceites vegetales, incluso molidos o en "pellets", excepto los de las partidas 23.04 ó 23.05.
  - De semillas de nabo (nabina) o de colza:
  230649 -- Los demás.
  23064999     Los demás.
15%
2309.10.01
Alimentos para perros o gatos, acondicionados para la venta al por menor.
10%
3213.10.01
32 Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demás materias colorantes; pinturas y barnices; mástiques; tintas
  3213 Colores para la pintura artística, la enseñanza, la pintura de carteles, para matizar o para entretenimiento y colores similares, en pastillas, tubos, botes, frascos o en formas o envases similares.
  321310 - Colores en surtidos.
  32131001     Colores en surtidos.
15%
3304.30.01
Preparaciones para manicuras y pedicuros.
15%
3304.99.99
33 Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética
  3304 Preparaciones de belleza, maquillaje y para el cuidado de la piel, excepto los medicamentos, incluidas las preparaciones antisolares y las bronceadoras; preparaciones para manicuras o pedicuros.
  - Las demás:
  330499 -- Las demás.
  33049901     Leches cutáneas.
15%
3305.10.01
Champúes.
15%
3305.30.01
Lacas para el cabello.
15%
3305.90.99
33 Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética
  3305 Preparaciones capilares.
  330590 - Las demás.
  33059099     Las demás.
15%
3306.10.01
Dentífricos.
15%
3306.20.01
33 Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética
  3306 Preparaciones para higiene bucal o dental, incluidos los polvos y cremas para la adherencia de las dentaduras; hilo utilizado para limpieza de los espacios interdentales (hilo dental), en envases individuales para la venta al por menor.
  330620 - Hilo utilizado para limpieza de los espacios interdentales (hilo dental).
  33062001     De filamento de nailon.
15%
3306.20.99
33 Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética
  3306 Preparaciones para higiene bucal o dental, incluidos los polvos y cremas para la adherencia de las dentaduras; hilo utilizado para limpieza de los espacios interdentales (hilo dental), en envases individuales para la venta al por menor.
  330620 - Hilo utilizado para limpieza de los espacios interdentales (hilo dental).
  33062099     Los demás.
15%
3306.90.99
33 Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética
  3306 Preparaciones para higiene bucal o dental, incluidos los polvos y cremas para la adherencia de las dentaduras; hilo utilizado para limpieza de los espacios interdentales (hilo dental), en envases individuales para la venta al por menor.
  330690 - Los demás.
  33069099     Los demás.
15%
3307.10.01
Preparaciones para afeitar o para antes o después del afeitado.
15%
3307.20.01
Desodorantes corporales y antitraspirantes.
15%
3924.10.01
Vajilla y demás artículos para el servicio de mesa o de cocina.
20%
3924.90.99
39 Plástico y sus manufacturas
  3924 Vajilla y demás artículos de uso doméstico y artículos de higiene o tocador, de plástico.
  392490 - Los demás.
  39249099     Los demás.
20%
3926.40.01
Estatuillas y demás artículos de adorno.
20%
4816.20.01
Papel autocopia.
10%
4818.10.01
Papel higiénico.
10%
4820.20.01
Cuadernos.
10%
4901.99.99
49 Productos editoriales, de la prensa y de las demás industrias gráficas; textos manuscritos o mecanografiados y planos
  4901 Libros, folletos e impresos similares, incluso en hojas sueltas.
  - Los demás:
  490199 -- Los demás.
  49019999     Los demás.
20%
4911.10.99
49 Productos editoriales, de la prensa y de las demás industrias gráficas; textos manuscritos o mecanografiados y planos
  4911 Los demás impresos, incluidas las estampas, grabados y fotografías.
  491110 - Impresos publicitarios, catálogos comerciales y similares.
  49111099     Los demás.
20%
4911.99.02
Boletos o billetes de rifas, loterías, espectáculos, ferrocarriles u otros servicios de transporte.
20%
4911.99.03
Impresos con claros para escribir.
20%
4911.99.05
Tarjetas plásticas para identificación y para crédito, sin cinta magnética.
20%
4911.99.99
49 Productos editoriales, de la prensa y de las demás industrias gráficas; textos manuscritos o mecanografiados y planos
  4911 Los demás impresos, incluidas las estampas, grabados y fotografías.
  - Los demás:
  491199 -- Los demás.
  49119999     Los demás.
20%
5511.10.01
55 Fibras sintéticas o artificiales discontinuas
  5511 Hilados de fibras sintéticas o artificiales, discontinuas (excepto el hilo de coser), acondicionados para la venta al por menor.
  551110 - De fibras sintéticas discontinuas con un contenido de estas fibras superior o igual al 85% en peso.
  55111001     De fibras sintéticas discontinuas con un contenido de estas fibras superior o igual al 85% en peso.
15%
5511.30.01
55 Fibras sintéticas o artificiales discontinuas
  5511 Hilados de fibras sintéticas o artificiales, discontinuas (excepto el hilo de coser), acondicionados para la venta al por menor.
  551130 - De fibras artificiales discontinuas.
  55113001     De fibras artificiales discontinuas.
15%
5704.90.99
57 Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil
  5704 Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de fieltro, excepto los de mechón insertado y los flocados, incluso confeccionados.
  570490 - Los demás.
  57049099     Los demás.
20%
5705.00.99
57 Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil
  5705 Las demás alfombras y revestimientos para el suelo, de materia textil, incluso confeccionados.
  570500 Las demás alfombras y revestimientos para el suelo, de materia textil, incluso confeccionados.
  57050099     Los demás.
20%
7013.49.03
70 Vidrio y sus manufacturas
  7013 Artículos de vidrio para servicio de mesa, cocina, tocador, baño, oficina, adorno de interiores o usos similares (excepto los de las partidas 70.10 ó 70.18).
  - Artículos para servicio de mesa (excluidos los recipientes para beber) o cocina, excepto los de vitrocerámica:
  701349 -- Los demás.
  70134903     De vidrio calizo.
20%
7113.19.99
71 Perlas naturales o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas
  7113 Artículos de joyería y sus partes, de metal precioso o de chapado de metal precioso (plaqué).
  - De metal precioso, incluso revestido o chapado de metal precioso (plaqué):
  711319 -- De los demás metales preciosos, incluso revestidos o chapados de metal precioso (plaqué).
20%
8302.41.01
Herrajes para cortinas venecianas.
20%
8302.41.02
Cortineros.
20%
8302.41.04
Cerraduras sin llave, picaportes o pasadores.
20%
8302.41.99
83 Manufacturas diversas de metal común
  8302 Guarniciones, herrajes y artículos similares, de metal común, para muebles, puertas, escaleras, ventanas, persianas, carrocerías, artículos de guarnicionería, baúles, arcas, cofres y demás manufacturas de esta clase; colgadores, perchas, soportes y artículos similares, de metal común; ruedas con montura de metal común; cierrapuertas automáticos de metal común.
  - Las demás guarniciones, herrajes y artículos similares:
  830241 -- Para edificios.
  83024199     Los demás.
20%
8304.00.99
83 Manufacturas diversas de metal común
  8304 Clasificadores, ficheros, cajas de clasificación, bandejas de correspondencia, plumeros (vasos o cajas para plumas de escribir), portasellos y material similar de oficina, de metal común, excepto los muebles de oficina de la partida 94.03.
  830400 Clasificadores, ficheros, cajas de clasificación, bandejas de correspondencia, plumeros (vasos o cajas para plumas de escribir), portasellos y material similar de oficina, de metal común, excepto los muebles de oficina de la partida 94.03.
  83040099     Los demás.
20%
8418.10.99
84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos
  8418 Refrigeradores, congeladores y demás material, máquinas y aparatos para producción de frío, aunque no sean eléctricos; bombas de calor, excepto las máquinas y aparatos para acondicionamiento de aire de la partida 84.15.
  841810 - Combinaciones de refrigerador y congelador con puertas exteriores separadas.
  84181099     Los demás.
15%
8418.21.01
84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos
  8418 Refrigeradores, congeladores y demás material, máquinas y aparatos para producción de frío, aunque no sean eléctricos; bombas de calor, excepto las máquinas y aparatos para acondicionamiento de aire de la partida 84.15.
  - Refrigeradores domésticos:
  841821 -- De compresión.
  84182101     De compresión.
20%
8419.81.01
84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos
  8419 Aparatos y dispositivos, aunque se calienten eléctricamente (excepto los hornos y demás aparatos de la partida 85.14), para el tratamiento de materias mediante operaciones que impliquen un cambio de temperatura, tales como calentamiento, cocción, torrefacción, destilación, rectificación, esterilización, pasteurización, baño de vapor de agua, secado, evaporación, vaporización, condensación o enfriamiento, excepto los aparatos domésticos; calentadores de agua de calentamiento instantáneo o de acumulación, excepto los eléctricos.
  - Los demás aparatos y dispositivos:
  841981 -- Para la preparación de bebidas calientes o la cocción o calentamiento de alimentos.
  84198101     Cafeteras.
20%
8421.39.99
84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos
  8421 Centrifugadoras, incluidas las secadoras centrífugas; aparatos para filtrar o depurar líquidos o gases.
  - Aparatos para filtrar o depurar gases:
  842139 -- Los demás.
  84213999     Las demás.
10%
8422.11.01
84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos
  8422 Máquinas para lavar vajilla; máquinas y aparatos para limpiar o secar botellas o demás recipientes; máquinas y aparatos para llenar, cerrar, tapar, taponar o etiquetar botellas, botes o latas, cajas, sacos (bolsas) o demás continentes; máquinas y aparatos de capsular botellas, tarros, tubos y continentes análogos; las demás máquinas y aparatos para empaquetar o envolver mercancías (incluidas las de envolver con película termorretráctil); máquinas y aparatos para gasear bebidas.
  - Máquinas para lavar vajilla:
  842211 -- De tipo doméstico.
  84221101     De tipo doméstico.
15%
8450.12.01
84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos
  8450 Máquinas para lavar ropa, incluso con dispositivo de secado.
  - Máquinas de capacidad unitaria, expresada en peso de ropa seca, inferior o igual a 10 kg:
  845012 -- Las demás máquinas, con secadora centrífuga incorporada.
  84501201     De uso doméstico.
20%
8450.12.99
84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos
  8450 Máquinas para lavar ropa, incluso con dispositivo de secado.
  - Máquinas de capacidad unitaria, expresada en peso de ropa seca, inferior o igual a 10 kg:
  845012 -- Las demás máquinas, con secadora centrífuga incorporada.
  84501299     Las demás.
20%
8516.79.99
85 Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos
  8516 Calentadores eléctricos de agua de calentamiento instantáneo o acumulación y calentadores eléctricos de inmersión; aparatos eléctricos para calefacción de espacios o suelos; aparatos electrotérmicos para el cuidado del cabello (por ejemplo: secadores, rizadores, calientatenacillas) o para secar las manos; planchas eléctricas; los demás aparatos electrotérmicos de uso doméstico; resistencias calentadoras, excepto las de la partida 85.45.
  - Los demás aparatos electrotérmicos:
  851679 -- Los demás.
  85167999     Los demás.
20%
8517.11.01
85 Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos
  8517 Teléfonos, incluidos los teléfonos celulares y los de otras redes inalámbricas; los demás aparatos de transmisión o recepción de voz, imagen u otros datos, incluidos los de comunicación en red con o sin cable (tales como redes locales (LAN) o extendidas (WAN)), distintos de los aparatos de transmisión o recepción de las partidas 84.43, 85.25, 85.27 u 85.28.
  - Teléfonos, incluidos los teléfonos celulares y los de otras redes inalámbricas:
  851711 -- Teléfonos de auricular inalámbrico combinado con micrófono.
  85171101     Teléfonos de auricular inalámbrico combinado con micrófono.
20%
8548.10.01
85 Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos
  8548 Desperdicios y desechos de pilas, baterías de pilas o acumuladores, eléctricos; pilas, baterías de pilas y acumuladores, eléctricos, inservibles; partes eléctricas de máquinas o aparatos, no expresadas ni comprendidas en otra parte de este Capítulo.
  854810 - Desperdicios y desechos de pilas, baterías de pilas o acumuladores, eléctricos; pilas, baterías de pilas y acumuladores, eléctricos, inservibles.
  85481001     Desperdicios y desechos de pilas, baterías de pilas o acumuladores, eléctricos; pilas, baterías de pilas y acumuladores, eléctricos, inservibles.
20%
9004.10.01
Gafas (anteojos) de sol.
15%
9403.20.99
94 - Muebles; mobiliario medicoquirúrgico; artículos de cama y similares; aparatos de alumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros y placas indicadoras, luminosos y artículos similares; construcciones prefabricadas
  9403 Los demás muebles y sus partes.
  940320 - Los demás muebles de metal.
  94032099     Los demás.
15%
9504.30.99
95 Juguetes, juegos y artículos para recreo o deporte; sus partes y accesorios
  9504 Artículos para juegos de sociedad, incluidos los juegos con motor o mecanismo, billares, mesas especiales para juegos de casino y juegos de bolos automáticos ("bowlings").
  950430 - Los demás juegos activados con monedas, billetes, tarjetas, fichas o cualquier otro medio de pago, excepto los juegos de bolos automáticos ("bowlings").
  95043099     Los demás.
15%
9608.10.01
96 Manufacturas diversas
  9608 Bolígrafos; rotuladores y marcadores con punta de fieltro u otra punta porosa; estilográficas y demás plumas; estiletes o punzones para clisés de mimeógrafo ("stencils"); portaminas; portaplumas, portalápices y artículos similares; partes de estos artículos (incluidos los capuchones y sujetadores), excepto las de la partida 96.09.
  960810 - Bolígrafos.
  96081001     De metal común.
20%
9608.10.99
96 Manufacturas diversas
  9608 Bolígrafos; rotuladores y marcadores con punta de fieltro u otra punta porosa; estilográficas y demás plumas; estiletes o punzones para clisés de mimeógrafo ("stencils"); portaminas; portaplumas, portalápices y artículos similares; partes de estos artículos (incluidos los capuchones y sujetadores), excepto las de la partida 96.09.
  960810 - Bolígrafos.
  96081099     Los demás.
20%
9608.20.01
Rotuladores y marcadores con punta de fieltro u otra punta porosa.
20%
9608.99.99
96 Manufacturas diversas
  9608 Bolígrafos; rotuladores y marcadores con punta de fieltro u otra punta porosa; estilográficas y demás plumas; estiletes o punzones para clisés de mimeógrafo ("stencils"); portaminas; portaplumas, portalápices y artículos similares; partes de estos artículos (incluidos los capuchones y sujetadores), excepto las de la partida 96.09.
  - Los demás:
  960899 -- Los demás.
  96089999     Los demás.
20%
9609.10.01
96 Manufacturas diversas
  9609 Lápices, minas, pasteles, carboncillos, tizas para escribir o dibujar y jaboncillos (tizas) de sastre.
  960910 - Lápices.
  96091001     Lápices.
20%
 
 
 
 
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a diecisiete de marzo de dos mil nueve.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Agustín Guillermo Carstens Carstens.- Rúbrica.- El Secretario de Economía, Gerardo Ruiz Mateos.- Rúbrica.
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16-08-2006
Secado Flash instantáneo: para un secado eficiente de materiales finos
Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia, Farmacéutica, Química |

Secado Flash instantáneo: para un secado eficiente de materiales finos

El secado instantáneo o Flash consiste en la eliminación rápida de la humedad de los sólidos pulverizados o micronizados, principalmente agua superficial. El corto tiempo de retención permite un control máximo del secado sin modificar la calidad del producto terminado. El corto tiempo de secado, utilizándose altas temperaturas de entrada, permite el secado de productos combustibles al no llegar el producto a registrar temperatura alta.

Existe en el mercado una t ecnología de secado en línea para materiales que tengan características de granulometría fina como talco o polvo, así como productos lodosos con mucha agua o productos resultante de materiales proveniente de las descargas de centrifugas o material filtrado .

Está tecnología es ofrecida por Crown Iron, el mayor proveedor de tecnología en Norteamérica, ofreciendo sistemas confiables que hacen la vida más sencilla a los profesionales que desean gran capacidad, bajo consumo de vapor y productos de alta calidad.

Dentro de las características y ventajas que ofrece esta tecnología se encuentran:

  • Secado y de aglomerado en un solo proceso
  • Colisión de partículas a partículas producen un producto muy fino
  • Productos sensibles a temperaturas con tiempo de residencia extremadamente cortos
  • Requiere de poco espacio para su instalación
  • Principio de Molienda tipo Jet logra una distribución de partículas aun en materiales acuosos
  • Con los clasificadores estáticos se elimina grumos
  • Alta eficiencia de consumo de energía

El secado flash, tiene aplicación para materiales, como:

  • Alginates
  • Silica amorfa
  • Levaduras de cerveza
  • Carbonato de calcio
  • Sulfato de cobre
  • Fibra grado alimenticio
  • Herbicidas
  • Kaolín
  • Óxidos, estereatos e hidróxidos metálicos.
  • Mica
  • Pigmentos
  • Lagos farmacéuticos
  • Polímeros
  • Almidones modificados
  • Talco
  • Dióxido de titanium
  • Toners
  • Carbonato de zinc

Si desea contactar a la empresa, y obtener mayor información del Secado Flash Instantáneo, haga click aquí.

Para conocer toda la gama de productos que ofrece Crown Iron, haga click aquí.

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27-11-2006
¿En que consiste la preparación mecánica de los minerales?
Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia, Farmacéutica, Minería | Productos y Servicios relacionados: Maquinaria y equipo industrial

¿En que consiste la preparación mecánica de los minerales?

De manera muy general, la preparación mecánica de los minerales consta de:

  1. APARTADO
  2. MOLIENDA
  3. CRIBADO O TAMIZADO
  4. CLASIFICACIÓN
  5. CONCENTRACIÓN
    • POR GRAVEDAD
    • POR FLOTACIÓN

1. APARTADO: Este proceso consiste en ir a los depósitos de minerales (minas) y extraerlos de los más convenientes para su beneficio fundamentalmente este proceso radica en el conocimiento de ciertas características físicas del mineral tales como color, brillo, aspecto de fractura. Este apartado se lleva a cabo a mano, con cincel y martillo, con barreta manual y neumáticas, perforadas de barrera y explosivos. Los medios de transporte que se pueden utilizar son carretillas manuales, bandas transportadoras, carretillas mecánicas, transportadoras de carga, grúas viajeras, palas mecánicas, trascabos.

2. MOLIENDA: Esta operación consiste en reducir de tamaño grandes granos de mineral para manejar su manejo y transporte, fundamentalmente este proceso radica en la diferencia de durezas que ofrecen los distintos minerales y las gangas presentes. Esta operación se puede llevar a cabo utilizando quebradoras de campana, quebrantadoras rompedoras, peras, molinos de bolas, molinos de codillos.

3. CRIBADO O TAMIZADO: Fundamentalmente este proceso consiste en seleccionar y clasificar los minerales por medir el índice de finura obtenida durante la molienda, esta operación separa por diferencia de tamaño los materiales útiles de las gangas para esta operación es necesario utilizar telas o laminas perforadas conocidas como tamices, cribas. Los tamices para su manejo generalmente se clasifican por el numero de mallas o agujeros que existen en una distancia de pulgada lineal. Este proceso consiste en utilizar un agujero, un juego de tamices colocados verticalmente en orden creciente de superior a inferior, dichos conjuntos pueden estar accionados por dispositivos que produzcan sacudidas, vibraciones, sarapes, oscilaciones, trepidaciones. Durante el tamizado los granos más gruesos son detenidos en los tamices colocados en la parte superior.

4. CLASIFICACIÓN: El principio fundamental de este proceso radica en la diferencia de velocidad de la caída del grano, de los minerales puestos en contacto con una solución acuosa más densa que el agua, esta diferencia de velocidad de caída de los granos delos minerales se debe a la diferencia de densidades de los mismos. Los clasificadores son construcciones cilíndricas verticales como base en forma de cono truncado, la solución que se emplea se vuelve a utilizar limpiando con una prensa de un filtro, el tiempo de reposo es variable según del mineral de que se trate.

5. CONCENTRACIÓN:

a. Concentración por gravedad: Por diferencia de densidad se aplica perfectamente en lugares oxidados (facilidad de empaparse). El principio básico es la diferencia de densidad que consiste en introducir tamices o mallas (4x5) dentro de un recipiente que tiene una solución acuosa a dichos tamices se les aplica algún movimiento para hacer que el material se agite, los más densos queden abajo enseguida se deja reposar en las capas del mineral se separa magnéticamente. Otra forma consiste en una masa que tiene un movimiento rápido con el cual el mineral menos pesado sigue en movimiento, este movimiento de regreso es lento y permite que el mineral mas pesado quede en el lado opuesto.

b. Concentración por flotación: Se aplica particularmente para minerales sulfurados ofrece resistencia al empapamiento en un mineral mas finamente dividido cuesta mas trabajo empaparlo, fundamentalmente este proceso consiste en incrementar la tensión superficial de los minerales molidos, después de que el mineral sale del proceso de clasificación se le añade una sustancia llamada espumante como ejemplo aceite de pino que hace que el mineral tenga mayor tensión superficial posteriormente este mineral se lleva a un recipiente rectangular y se le añade agua hasta que cubra el mineral, se inyecta aire formándose una espuma con la cual se van los sulfuros (mineral sulfurado)enseguida se añade mas espumante y se inyecta aire para eliminar sus sulfuros y así sucesivamente. La flotación selectiva se realiza cuando el mineral muy revuelto, es decir, que existen diferentes minerales y se requiere aprovechar la flotación selectiva añadiendo los aditivos adecuados.

En Grupo Avante, somos líderes mundiales en la fabricación de productos y sistemas para aplicaciones de separación magnética, detección de metales, equipo vibratorio para transporte de materiales, tratamiento de minerales, cribas vibratorias para separación de diversas aplicaciones, sistemas y equipos de ensacado y transporte de materiales a granel.

El cribado es hoy por hoy una técnica utilizada en una gran variedad de industrias alrededor del mundo, desde la minera, hasta la farmacéutica, pasando por petroquímica y alimentos. Es por eso que garantizamos los mejores equipos de proceso para la industria Química, Alimenticia, Minera, Cementera y de Manufactura en general.

Contáctenos y solicite mayor información sobre nuestros equipos, haciendo clic aquí.

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