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    Estados Unidos Netzsch Tanques para envíos 125 Pickering Way Col.
    19341 Exton, Pa.
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    Estados Unidos PPI Modular Structures Tanques para envíos PO Box 1658 Col.
    14240 Buffalo, Ny.
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    Estados Unidos Tri-Mer Corporation Tanques para envíos PO Box 730 Col.
    48867 Owoseo, Mi.
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    Argentina EDUARDO J. BACIGALUPO Sobres para envíos R.E.De San Martín 620/24 Col.
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    Argentina RABERT Y PADIN Sistema neumático de envios, Sistemas neumáticos de envíos San Juan 218 Col.
    0 Buenos Aires, Bs. As.
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    5033 basculas 1 kg
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    México BC GERENTE
    18468 xantatos de sodio 10000 kg
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    México chihuahua gerente
    22094 bolsas papel bond 500 Unidad
    Anual
    México México, D.F. Compras
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    Anual
    México Nuevo León Ingeniero de Ventas
    23036 formadoras de cajas 5 Unidad
    Anual
    México NL Administrador de Rotables Requier caja plastica con interior de espuma de polioretano para transportar baterias ...
    26198 CAPSULA O CARTUCHO ENVIO MUESTRAS CLINICAS 4 TM
    Anual
    México D.F. JEFE LABORATORIO CLINICO JUNTO CON EL COLCHON PLÁSTICO PARA PROTEGER CORRECTAMENTE LAS MUESTRAS.
    34184 uñas acrilicas 0 Servicios
    Anual
    México puebla dueño necesito informacion sobre los productos que venden para uñas , necesito en cantidad porque ...
    36272 pelicula estirable 10000 kg
    Anual
    México SLP Compras
    37537 celofan 5000 Unidad
    Anual
    México Nuevo Leon Jefe de Logistica Que tenga el tamaño carta o un poco mas grande y tenga la solapa para cerrar adherible
    39774 bolsas de plastico 2000 Unidad
    Anual
    México Distrito Federal Jefe administrativo requerimos conocer calibres

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    México Bayer Enviomental Science Blvd. Miguel De Cervantes Saavedra No. 259 Col.Ampliación Granada
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    México Sistemas Neumaticos de Envíos Blvd. Adolfo López Mateos 2777 Col.Progreso
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    01-Septiembre-2006
    UPS
      
         Industria: Comunicaciones
         Tipo: Cambios de organización, Situación del mercado, Tratados comerciales, Empresas en crecimiento, Industria en general
         Fuente:  Intélite

    Al lograr un fortalecimiento de las ventas netas, United Parcel Service (UPS) alcanzó también un incremento de 10.2% en las utilidades por acción, las cuales sumaron 0.97 dólares.

    • La firma destaca que el crecimiento del volumen de paquetes pequeños en el segundo trimestre fue muy importante para elevar los beneficios, ya que aumentó 6%, lo que representó 841 mil paquetes adicionales por día.

    • La utilidad de operación sumó 1,700 mdd.

    • La firma anunció que invertirá mil mdd para agrandar sus instalaciones y tener mayor capacidad, planea expandirse en 1.1 millones de pies cuadrados, con lo que elevará su capacidad en 60% en los próximos cinco años para alcanzar un volumen de 487 mil paquetes por hora.

    • En el trimestre la compañía inició con el servicio de envío aéreo de Shanghai a Europa, mientras que agregó también tres vuelos adicionales de conexión entre Shanghai y EU, y un nuevo vuelo entre Qingdao e Incheon, Corea, con lo que prevé un mejor crecimiento en los mercados asiáticos.

     

    31-Agosto-2006
    Se aprovechará gas de las minas
      
         Industria: Petróleo y Energía, Minería
         Tipo: Cambios de organización, Gobierno, Situación del mercado, Economía, Nuevos productos
         Fuente:  Intélite

    El gobierno federal decidió asumir el control, mediante disposiciones administrativas, sobre la recuperación y aprovechamiento de gas asociado que emitan los yacimientos de carbón mineral y cuyas actividades se realicen al amparo de una concesión minera.

    • El presidente Vicente Fox envió a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria el anteproyecto de Reglamento para la Recuperación y Aprovechamiento del Gas Asociado a los Yacimientos de Carbón Mineral, por el que pretende aprovechar el venteo y la desgasificación de los yacimientos de carbón que actualmente se desaprovechan, especialmente en Coahuila, Sonora y Oaxaca.

     

    07-Julio-2006
    Buscan ordenar ductos de los distribuidores
      
         Fuente:   El Espectador

    No sólo los gasoductos de Pemex enfrentan problemas de daños por terceros, pues durante el primer trimestre del año se registraron cien incidentes en instalaciones operadas por empresas distribuidoras de gas natural, aseguró la Comisión Reguladora de Energía.

    • Ante esta situación, la CRE propuso la creación de una norma para incrementar la seguridad de los ductos que operan las permisionarias de gas natural, misma que se encuentra en proceso de revisión en la Cofemer.

    • Así, la Sener envió a la Cofemer el proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-003SECRE-2004, mediante el cual busca someter a mayor vigilancia la distribución por ducto.

    • Las regiones con mayor número de incidentes que registraron fugas de gas natural durante el primer trimestre del año fueron Tamaulipas, la zona del Bajío y la ciudad de México, principalmente, por el número de obras que se realizan en esas zonas de alto impacto habitacional, refiere el documento.

    • En el caso de la distribución de gas licuado de petróleo, tan sólo en el Distrito Federal, se registraron 625 reportes de fuga durante el primer trimestre del año, de acuerdo con informes de la SSP de la zona metropolitana.

     

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    03-02-2006
    Opciones comunes de empaque
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Empaque, Envase y Embalaje, Transporte y logística |

    El empaque interno proporciona protección a los productos que se desean transportar.

    Un buen empaque interno debe proteger al producto ante golpes y vibraciones y después volver a su forma original para proporcionar más protección.

    Algunas opciones comunes son:

    Bolitas de espuma

    Utilizadas principalmente para rellenar espacios para artículos ligeros. No es recomendable utilizarlas con productos planos, estrechos o densos que puedan moverse dentro del paquete porque se desplazan y se asientan durante su transportación. Este desplazamiento y asentamiento permite al producto moverse dentro del paquete, exponiéndolo así a una mayor probabilidad de recibir daños.

    Polibrubuja o Laminado de plástico con aire encapsulado

    Material de empaque formado por burbujas de aire incrustadas entre dos poli-láminas selladas entre sí. Este proceso permite al aire encapsulado proporcionar un cojín para proteger de golpes a los artículos. El aire encapsulado proporciona una buena protección para los artículos ligeros, es flexible y se puede cortar para envolver virtualmente a productos de cualquier forma o tamaño. No debe utilizarse para envolver productos pesados.

    Laminado de espuma de polietileno

    Material laminado de espuma elástica suave y ligera que ofrece excelentes propiedades de protección superficial y amortiguación. Ideal para proteger artículos ligeros.

    Empaque inflable

    El empaque inflable utiliza la presión del aire para proteger y mantener los productos en su lugar dentro del contenedor de envío y proporciona una barrera de aire para amortiguación. Las condiciones climáticas extremas afectarán a la cantidad de presión de aire en las bolsas. En condiciones extremadamente frías, el volumen de aire se reducirá, lo cual provocará que haya espacio adicional dentro del paquete y aumentará el riesgo de que el producto sufra daños. En condiciones de calor extremo las bolsas de aire se expandirán, lo cual puede crear un exceso de presión en las juntas del contenedor de envío.

    Las variaciones de altitud también afectan al volumen de aire dentro de las bolsas de aire. Viajar de lugares altos a lugares más provocará que se reduzca el tamaño de las bolsas de aire y si se va de lugares bajos a lugares altos, el volumen de las bolsas de aire aumentará.

    Espuma de empaque en spray

    La espuma de empaque en spray está formada por una combinación química que se amplía y forma un molde protector alrededor del contenido. La espuma de empaque en spray forma un molde alrededor de cualquier producto, aguanta las esquina, protege los bordes y es útil cuando se necesita acolchado.

    Papel de envolver

    El papel de envolver se dobla y se estruja para rellenar el espacio vacío dentro de un paquete con artículos que no sean frágiles con un peso entre ligero y medio.

    Protección de papel

    Relleno de múltiples capas de papel. Este empaque sirve para envolver artículos no frágiles de tamaño entre medio y grande y aquellos que pueden necesitar absorción de humedad. La protección de papel es excelente para llenar espacios vacíos.

    Espuma de poliestireno expandido (EPS)

    EPS es una espuma ligera y moldeable de bajo costo con capacidad de amortiguación de impacto mínimo. EPS a menudo se diseña con varillas que se comprimen al recibir un impacto y que vuelven a su forma original. No es tan elástico como otras poli-espumas, tales como el polietileno y el poliuretano.

    Espuma de polietileno (PE)

    PE es una espuma de celda de baja densidad. La PE moldeada o fabricada ofrece capacidades de reducción superior de golpes y vibraciones, lo cual la hace adecuada para proteger artículos frágiles o valiosos.

    Espuma de poliuretano (PU)

    La espuma de poliuretano es una espuma flexible de baja densidad que ofrece una buena absorbencia de golpes y elasticidad. Al ser una espuma flexible y ligera, es más adecuada para las cargas ligeras.

    Cartón ondulado

    Pueden laminarse dos o más capas de cartón ondulado para formar bloques o placas de relleno. Estas placas se pueden utilizar para formar una capa protectora entre el producto y el contenedor. Las placas de cartón ondulado son especialmente adecuadas para productos pesados semifrágiles o no frágiles. Al cartón ondulado se le puede dar forma para formar bandejas, revestimientos, particiones y otros accesorios de empaque para proteger productos semifrágiles o no frágiles y aumentar la integridad del contenedor de envío.

     

    28-01-2006
    Regulaciones de la FDA sobre alimentos y cosméticos
    Por: Boletin FDA / Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia, Cosmética |

    Regulaciones de la FDA sobre las responsabilidades relativas a los alimentos y los cosméticos

    Resumen de los requisitos legales que afectan a la fabricación y a la distribución de alimentos y productos cosméticos dentro de e importados a los Estados Unidos.

    La FDA establece regulaciones para todos los productos alimenticios y sus derivados, con excepción de los productos procesados a partir del huevo y de las carnes y las aves, incluyendo productos combinados (por ej. guisos, pizza), que contengan dos o más por ciento de carne de ave o productos derivados o tres o más por ciento de carnes rojas o productos derivados, los cuales regula el Servicio de Seguridad e Inspección Alimenticia del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (United States Department of Agricultures's Food Safety and Inspection Service, FSIS). Las frutas, los vegetales y otras plantas se encuentran regulados por el Servicio de Inspección de la Salud de los Animales y las Plantas (Department's Animal and Plant Health Inspection Service, APHIS), a fin de prevenir la introducción de enfermedades y pestes de las plantas a los Estados Unidos. El Servicio de Marketing de Agricultura (Agricultural Marketing Service, AMS) del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (United States Agricultural Department, USDA) lleva a cabo la clasificación voluntaria de las frutas y los vegetales.

    La FDA tiene bajo su responsabilidad el control de todas las bebidas sin alcohol y de los vinos que contengan menos del 7% de alcohol. Todas las bebidas alcohólicas, excepto las bebidas de vino (por ej., los jugos de fruta fermentados) que contengan menos del 7 % de alcohol están reguladas por la Oficina de Bebidas Alcohólicas, Tabaco y Armas de Fuego del Departamento de Tesorería (Bureau of Alcohol, Tobacco and Firearms of the Department of Treasury).

    Además, la Agencia de Protección del Medioambiente (Environment Protection Agency, EPA) también regula los pesticidas. EPA determina el grado de seguridad de los productos pesticidas, establece los niveles de tolerancia de los desechos de pesticidas presentes en los alimentos conforme a una Sección de la Ley Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos ( Section of the Federal Food, Drug, and Cosmetic Act, FD&C Act) y se encarga de publicar instrucciones para el uso correcto de los pesticidas. Es responsabilidad de la FDA hacer cumplir las tolerancias establecidas por EPA.

    Dentro de los Estados Unidos, el cumplimiento de la ley establecida por el FD&C Act se asegura por medio de inspecciones regulares a las instalaciones y de inspecciones de los productos, análisis de muestras, actividades educativas y procedimientos legales. La FDA dispone de un número de procedimientos y medidas para hacer cumplir la ley del FD&C Act y de esa manera proteger la salud pública, la seguridad y el bienestar general.

    El distribuidor de los productos que se hallaran alterados o mal marcados podrá destruir voluntariamente o extraer el producto del mercado, o bien alguaciles de los EE.UU. podrán incautar estos productos bajo órdenes obtenidas por la FDA de los tribunales de distrito. Las personas o firmas responsables de la violación podrán ser llevadas a juicio en juzgados federales y si se encontraran culpables quedar sujetos a una multa o a encarcelamiento. Los casos de violaciones continuas pueden prohibirse por orden de incautación de los juzgados federales. La violación de un mandato judicial se castiga como desacato a los tribunales. Dependiendo de las circunstancias se podrán emplear todo tipo de procedimientos normativos.

    El fabricante o despachante puede iniciar el retiro voluntario de un producto del mercado o hacerlo a pedido de la FDA. En la ley del FD&C Act existen provisiones especiales sobre el retiro de alimentos infantiles del mercado. Si bien la cooperación del productor o despachante con la FDA en una situación de retiro puede evitar la necesidad de procedimientos judiciales, no exime a la persona o firma de la responsabilidad por las violaciones.

    El dueño de los alimentos tiene la responsabilidad, cuando se trata de comercio interestatal, de asegurarse que el artículo cumple con las provisiones del FD&C Act, la Ley de Envasado y Etiquetado Correctos (Fair Packaging and Labeling Act, FPLA), y las regulaciones que éstos implementan. En general, estas leyes exigen que el producto alimenticio sea seguro y limpio y que la etiqueta que porta sea honesta e informativa.

    EL FD&C Act le otorga a la FDA la autoridad para establecer e imponer estándares sanitarios sobre el producto alimenticio. La copia adjunta del Título 21 del Código de Regulaciones Federales, Parte 110 (Title 21, Code of Federal Regulations, Part 110 (21 CFR Part 110) contiene las regulaciones actualizadas de la Buenas Prácticas de Manufactura (Good Manufacturing Practice, GMP) para la fabricación, envasado y manipulación de los alimentos para humanos respecto al personal, los edificios e instalaciones, el equipo y los controles de procesamiento del producto, los cuales si se cumplen cuidadosamente, pueden asegurarle a los fabricantes cierto grado de garantía de que sus productos son seguros y sanitarios. En 21 CFR § 110.110, la FDA reconoce que no es posible cultivar, cosechar y procesar cultivos sin ningún defecto. En consecuencia, la Agencia ha publicado Niveles de Acción respecto a Defectos en las Comidas (Food Defect Action Levels). Estos niveles de acción respecto a defectos se establecen sobre la base de que los productos no contengan amenazas a la salud. Si no existiera un nivel de acción respecto al defecto, se tomarán decisiones normativas basándose en el estudio de cada caso en particular.

    La alternativa al establecimiento de niveles de acción respecto a defectos en los alimentos, sería que se insistiera en la mayor utilización de sustancias químicas para el control de insectos, roedores y otros agentes de contaminación naturales. La FDA publicó "niveles de acción" respecto a sustancias venenosas y nocivas a fin de controlar los niveles de contaminación en los alimentos para humanos y para animales (vea el folleto adjunto). Sin embargo, un juzgado en Estados Unidos invalidó los "niveles de acción" de las sustancias venenosas o nocivas, alegando motivos de procedimiento. Mientras tanto se utilizan los Niveles de Acción para Sustancias Venenosas o nocivas en los Alimentos para Humanos y Animales (Action Levels for Piosonous or deleterious Substances in Human Food and Animal Feed) simplemente como directrices que no poseen la "fuerza y el efecto" de la ley. La Agencia aclaró que los niveles de composición constituyen guías para el procedimiento más que normas de peso.

    La FDA no aprueba, ni autoriza o emite permisos relativos al envío de productos locales dentro del comercio interestatal. Sin embargo, todos los procesadores comerciales, ya sea extranjeros o nacionales, de alimentos enlatados con bajo nivel acídico (low-acid canned foods, LACF) envasados en recipientes herméticamente cerrados o de alimentos acidificados (acidified foods, AF), tienen la obligación, por ley, de registrar cada planta procesadora. Además, cada proceso de LACF o AF debe presentarse a la FDA y su aplicación debe ser aceptada por esta institución antes de que el producto pueda ser distribuido a través del comercio interestatal.

    Un alimento bajo en ácidos se define como cualquier alimento, fuera de las bebidas alcohólicas, con un equilibrio terminado de pH mayor al 4,6 y una actividad acuosa mayor al 0,85 – muchos productos alimenticios enlatados son productos LACF y por lo tanto los envasadores deben cumplir los procedimientos de registro y aplicación del caso. La única excepción son los tomates y los productos basados en tomate, ya que tienen un equilibrio terminado de pH menor al 4,7. Un alimento acidificado es un alimento bajo en ácido al que se le agrega ácido/s o alimento/s ácido/s obteniéndose un producto con un equilibrio de acabado de pH del 4,6 o menor.

    Las regulaciones del FDA respecto a los LACF exigen que cada envase herméticamente cerrado que contenga un alimento procesado bajo en ácido lleve una marca con un código de identificación que esté permanentemente a la vista. La identificación requerida deberá señalar, en código, el establecimiento donde se envasó el producto y el período del día en que el producto fue envasado (21CFR $113.60(c)). No existe una regulación que determine que un producto deba ser envíado, en los Estados Unidos, dentro de un período de tiempo estipulado a partir del momento de su fabricación. Si un LACF o un AF se procesa de manera apropiada, no necesitará condiciones especiales de envío o almacenamiento.

    Nuestra reglamentación exige que personas expertas en el procesamiento térmico de alimentos bajos en ácido en envases herméticamente cerrados, establezcan una programación para el procesamiento de LACF o de lo contrario, que se posean las instalaciones adecuadas para tomar dichas determinaciones (21 CFR $113.83). Todos los factores que sean esenciales para el proceso deberán ser especificados por la autoridad en procesamiento durante el proceso programado. El procesador del alimento deberá llevar un control de todos los factores críticos dentro de los límites especificados en la programación del producto.

    La FDA tiene la responsabilidad de establecer la identidad estadounidense, la calidad y el llenado de los envases, conforme a las normas que gobiernen los estándares de un número de productos alimenticios. Los estándares de alimentos, que básicamente consisten en definiciones del contenido y la calidad del alimento, se establecen de acuerdo a las previsiones del FD&C Act. Se han establecido estándares para una gran variedad de productos. Estos estándares le dan al consumidor cierta garantía sobre el tipo y la cantidad de los principales ingredientes presentes en estos productos. Un alimento que pertenece al grupo de productos para el cual se han promulgado estándares de alimentos, deberá cumplir con ese estándar o, de los contrario, se determinará que está en incumplimiento de la ley, y en consecuencia quedará sujeto al proceder reglamentario.

    Se han hecho enmiendas al FD&C Act que establecen requerimientos nutritivos para alimentos infantiles y le otorgan a la FDA autoridad para establecer las prácticas de fabricación correctas y el requerimiento de cantidades de sustancias nutritivas apropiadas, el control de calidad de estos nutrientes y el mantenimiento de registros e informes. De conformidad con estos ajustes, la autoridad para inspeccionar las fábricas se amplió también a la autoridad para inspeccionar los registros de los fabricantes, los controles de calidad y los resultados de las pruebas, necesarios para determinar el buen cumplimiento del FD&C Act.

    La FDA transformó en obligatorios los procedimientos del Punto Crítico de Control en el Análisis de Peligros (Hazard Analysis Critical Control Point (HACCP)) para la industria de los mariscos y pescados a fin de asegurar que el procesamiento, envasado, almacenamiento y distribución sean seguros tanto respecto a los pescados como a los productos derivados, nacionales e importados. El HACCP es un sistema por el cual los procesadores de alimentos evalúan el tipo de peligros que podrían afectar sus productos, instituyen los controles necesarios pasa evitar que estos peligros se materialicen, supervisan el desempeño de los controles y mantienen un registro de esta supervisión como una práctica de rutina. El propósito de las regulaciones propuestas por el HACCP es establecer controles preventivos obligatorios a fin de garantizar la seguridad de los mariscos que se venden en forma comercial tanto dentro de los Estados Unidos como en el exterior. La FDA examinará la aceptabilidad de los controles HACCP además sus actividades de control tradicionales.

    Las regulaciones sobre el etiquetado de alimentos que se encuentran en 21 CFR 101 y 105 contienen los requisitos que, de cumplirse adecuadamente, resultan en un etiquetado de alimentos honesto e informativo. El etiquetado obligatorio de los alimentos incluye la declaración de identidad (nombre común o usual del producto – 21 CFR §101.3); la declaración de la cantidad neta del contenido (21 CFR §101.105); el nombre y lugar de operación del fabricante, empaquetador o distribuidor (21 CFR §101.5); y, si fuera elaborado con dos o más ingredientes, se deberá detallar cada ingrediente en orden descendiente o según la predominancia, por su nombre común o usual (21 CFR §101.4 y §101.6). Especias, sabores y algunos colorantes, además de aquellos productos que se venden como tales, se podrán designar como especias, sabores y colorantes, sin tener que nombrar a cada uno. Sin embargo, aquellos alimentos que contengan un colorante aditivo que esté sujeto a la certificación de la FDA deberán declarar el colorante junto al resto de los ingredientes.

    El 6 de enero de 1993, la FDA emitió las últimas reglas respecto al etiquetado de los alimentos tal como lo exige la Ley de Etiquetado y Educación sobre Sustancias Nutritivas (Nutrition Labeling and Education Act (NLEA). Estas reglas, que se incluyen en el folleto adjunto sobre etiquetado de alimentos, examina seriamente muchos de los aspectos de las regulaciones existentes sobre el tema, principalmente el etiquetado relativo al nivel nutritivo de los alimentos y temas relacionados. Las regulaciones de NLEA se aplican solamente a los alimentos locales envíados a través del comercio interestatal y a productos alimenticios cuya importación se ofrece a los Estados Unidos. El etiquetado de los productos alimenticios que se exportan a países extranjeros deberán cumplir con los requisitos establecidos por dichos países.

    Si la etiqueta de un producto alimenticio no cumple con la enumeración de elementos requerida por el FD&C Act, por la FPLA y las regulaciones que estas leyes promulgan, o si la etiqueta adjudica al producto características no justificadas, el producto se categorisa como mal etiquetado. El FD&C Act proporciona para estos casos, medidas de acción tanto civiles como criminales. La FPLA permite medidas tanto de incautación como de prohibición. La responsabilidad legal sobre el cumplimiento de los términos establecidos por cada una de estas Leyes y sus regulaciones, en lo que atañe al etiquetado, corre por cuenta del fabricante, envasador o distribuidor, cuando los productos ingresan dentro del proceso de comercio interestatal. La etiqueta de un producto alimenticio puede incluir el Código Universal del Producto (Universal Product Code, UPC) más un número de símbolos que pueden significar que la marca está registrada con la Oficina de Patentes de los Estados Unidos (U.S Patent Office); que el contenido literario y artístico de la etiqueta se encuentra protegido contra su violación por las leyes de propiedad intelectual de los Estados Unidos; y que el alimento se ha elaborado y/o cumple con las leyes alimenticias de ciertos grupos religiosos. Es importante resaltar que ni el UPC ni cualquier otro de los símbolos mencionados anteriormente son obligatorios ni se encuentran bajo la autoridad de ninguna de las leyes que establece la FDA

    El FD&C Act requiere la aprobación previa al lanzamiento en el mercado de aditivos alimenticios (sustancias cuyo uso intencionado resulta, o se prevé en forma razonable que puede resultar, directa o indirectamente, en que el aditivo se convierta en un componente del alimento o que afecte las características de un alimento). El proceso de aprobación involucra un examen muy cuidadoso de la seguridad del aditivo según su propósito. Luego de la aprobación del aditivo alimenticio, se publica una regulación sobre su debida utilización en el Código de Regulaciones Federales (Code of Federal Regulations, CFR). Tal como se define en el CFR, el término seguro significa "…que existe una certeza razonable, conforme al juicio de científicos competentes, de que la sustancia no es peligrosa en las condiciones de uso propuestas. Dado el nivel actual del conocimiento científico, es imposible establecer con completa certeza la absoluta ausencia de peligro en el uso de una sustancia determinada. El cumplimiento con las formalidades prevías al lanzamiento en el mercado de un producto conforme a lo establecido por el FD&C Act asegura, por cierto, que el riesgo de que ocurran efectos adversos por culpa de un aditivo alimenticio es de un nivel aceptablemente pequeño.

    Las regulaciones del FDA sobre suplementos dietéticos se encuentra bajo la autoridad del Dietary Supplements Health and Education Act de 1994. Esta reglamentación garantiza que los alimentos sean etiquetados de forma segura y apropiada y que cualquier enfermedad o reclamo asociado con la salud esté apoyado científicamente. Las provisiones legales que gobiernan sobre la seguridad de los suplementos dietéticos dependen de que el producto constituya legalmente un alimento o una medicina. En cualquiera de las dos instancias el fabricante está obligado a elaborar un producto seguro. Para medicinas nuevas se requiere el examen de la FDA sobre la seguridad del producto previo a su lanzamiento en el mercado.

    El propósito de la etiqueta en los suplementos dietéticos es establecer el contenido del producto, las cantidades del contenido, la forma en la que deberá ser utilizado y las precauciones necesarias para garantizar su uso correcto y toda otra información asumiendo que sea verdadera y no engañosa. Si el suplemento dietético es un alimento, la NLEA conducirá un examen de las posibles enfermedades o reclamos asociados a la salud, de acuerdo a las provisiones establecidas al respecto. No se requiere aprobación de la FDA para comercializar un producto cosmético en los Estados Unidos. Con la excepción de colorantes aditivos y de algunos ingredientes prohibidos o restringidos, los fabricantes de cosméticos podrán utilizar básicamente, bajo su responsabilidad, cualquier materia prima como ingrediente de un cosmético y comercializar el producto sin necesitar aprobación.

    Los efectos terapéuticos que se adjudica al producto, ya sea directos o implicados, no son pertinentes en el caso del etiquetado de cosméticos. Los productos cosméticos que también tienen el propósito de tratar o prevenir enfermedades, o afectan a la estructura o a las funciones del cuerpo, se consideran tanto cosméticos como medicinas; en consecuencia deberán cumplir con las provisiones legales tanto para los cosméticos como para las medicinas.

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    PARA CONTACTAR PROVEEDORES DE ADITIVOS PARA COSMÉTICOS HAGA CLICK AQUÍ

    Para obtener más información sobre el cumplimiento de los requisitos legales del FDA y recibir asistencia relacionada con las regulaciones sobre productos cosméticos y alimenticios de la FDA, diríjase a:

    Industry Activities Staff (HFS-565) Center for Food Safety And Applied Nutritioon Food and Drug Administration 200 C Street, S.W. Washington, DC 20204 Teléfono: (202) 205-5251

    Sitio Web en la Internet: http://www.fda.gov

     

    30-06-2003
    ¿Es el “Outsourcing” del Laboratorio de Análisis una Alternativa viable?
    Por: Editorial QuimiNet / Fuente: Colaborador QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia, Cosmética, Farmacéutica, Maquinaria y Equipo, Petróleo y Energía, Petroquímica, Química, Textil | Productos y Servicios relacionados: Material y Equipo de Laboratorio, Calidad y certificación
    ¿Es el "Outsourcing" del Laboratorio de Análisis una Alternativa Viable?
    Fuente: J. Benjamín Esquivel H. Ph.D. / Editorial QuimiNet

    Una anécdota muy ilustrativa sobre la necesidad y deseos de obtener resultados analíticos en la industria química es una conversación que tuve hace algún tiempo con un vendedor de instrumentos en América Latina. Esta persona me relató sus experiencias al tratar de vender sus equipos analíticos y en sus propias palabras me dijo: los clientes en realidad no desean comprar instrumentos, lo que quieren es comprar los análisis.

    Desde hace aproximadamente una década ha crecido en popularidad la idea de no solamente "comprar o contratar" servicios analíticos, sino también el delegar o contratar una gran variedad de las actividades de producción, desarrollo y control en muchas empresas químicas. El término comúnmente empleado para describir esta actividad es (en ingles) "outsourcing", o dicho en castellano, "tercerizar, emplear o empleando fuentes y recursos externos". Esta tendencia es hoy día muy generalizada y no es exclusiva de empresas grandes o pequeñas, privadas o publicas, químicas, farmacéuticas o biotecnológicas. De hecho este "modus operandi" es una norma firmemente establecida en el caso de las industrias farmacéuticas y agroquímicas. La popularidad de este modo de operaciones es tan prevalente que en la actualidad han surgido las llamadas "empresas virtuales". El término "virtual" denota el hecho de no tener producción, formulación o distribución propia, limitándose primordialmente a mantener una base de propiedad intelectual y de investigación. En forma general las empresas virtuales también mantienen una organización directiva y de ventas.

    Los llamados "Laboratorios de Servicios Analíticos" han existido por mucho tiempo proporcionando la posibilidad de analizar muestras y también prestando otros servicios similares bajo contrato. Es claro que estos laboratorios ofrecen primordialmente dos elementos atractivos, conveniencia y experiencia profesional, y su empleo o contratación puede ahorrar tiempo y costos a la industria. En el área latinoamericana es también común el emplear los recursos y personal de universidades y centros de educación superior para estos propósitos. En esta ocasión deseo discutir este tipo de alternativas, en sus modalidades, ventajas y limitaciones, presentando el punto de vista de la industria química.

    Todo tipo de industria necesita generar resultados analíticos para establecer controles sobre procesos y productos. El obtener dichos resultados mediante personal y recursos propios es la opción más apropiada para las industrias que desean mantener el control, confidencialidad y confiabilidad de los resultados. Esta opción también permite mantener un control estrecho sobre los estudios y documentos relacionados y garantiza en mucho la obtención de resultados al momento que son necesarios. Por otro lado es también válido agregar, que las industrias que operan de este modo tendrán ventajas competitivas al desarrollar y establecer recursos propios (materiales y humanos). Si esta alternativa no es posible o deseable por algún motivo, la opción de contratar a un laboratorio de servicios puede ser deseable, pero es recomendable tener en cuenta las consideraciones presentadas en este editorial.

    La conveniencia de los laboratorios de servicio es muy evidente en casos donde la necesidad por cubrir es relacionada a una necesidad ocasional y de poco volumen en termino de muestras. Esta situación es aún más ventajosa para la industria cuando los análisis por realizar son los llamados de "rutina",o dicho de otra forma, cuando los análisis se realizan siguiendo métodos bien establecidos y ampliamente comprobados. Casos de este tipo son las normas ASTM, los métodos descritos en la Farmacopea, y los de la EPA (Environmental Protection Agency). En estos casos, es frecuente que los laboratorios externos cuenten con experiencia considerable, o bien que puedan adquirirla fácilmente en situaciones nuevas. Un caso similar es también aquel donde el cliente (industria química) proporciona el método y el laboratorio solamente necesita aplicarlo al análisis. Mi recomendación en estas situaciones es tener cuidado con el uso de un método no formalmente transferido, en particular cuando resulta necesario introducir algunos cambios no específicamente descritos en los procedimientos. Idealmente, todo método debe emplearse solamente para los propósitos y muestras para los cuales fue originalmente desarrollado.

    Una situación más complicada que el caso anterior es aquella donde existe la necesidad de desarrollar y validar un método analítico. Estas circunstancias requieren de más experiencia y habilidad de parte del personal del laboratorio de servicio y un nivel de conocimientos más profundos en el manejo de la instrumentación. Muchos laboratorios de servicios dedicados primordialmente a los análisis de rutina, no cuentan con los recursos, personal y experiencia requerida para desarrollar, validar, y transferir métodos. No es raro también el que el cliente si bien entiende la necesidad de desarrollar el método y de generar resultados, suele no estar muy enterado de los requerimientos que el método debe cumplir para ser de utilidad real en los propósitos finales del problema. En estas situaciones, es crítico que exista un nivel de entendimiento y comunicación muy estrecho entre el cliente de la industria y el laboratorio. Mis recomendaciones a este punto son delinear claramente las responsabilidades de ambas partes y el trabajo por desarrollar, y acordar claramente las características que el método debe cumplir. También conviene recordar que con ciertas excepciones, debido a la falta de familiaridad con los procesos químicos y los problemas industriales, los centros de educación superior generalmente no cuentan con la experiencia y conocimientos necesarios para satisfacer adecuadamente el desarrollo de métodos usualmente requeridos en la industria.

    Otro tipo de problema frecuente en la industria química es aquel donde se requiere de un estudio completo. Estos pueden ser por ejemplo, de degradación de pesticidas en el medio ambiente, de estabilidad y metabolización de medicamentos, de determinación de compuestos volátiles que causan problemas de olor, etc. Aquí el nivel de conocimientos, experiencia y especialización que se requiere de los laboratorios es muy alto, y obviamente, el costo involucrado en estos servicios puede ser sumamente elevado. Sin embargo desde el punto de vista industrial la relación costo / beneficio puede ser ventajosa y representar un uso efectivo de recursos económicos en la resolución de problemas.

    Al igual que todos los químicos dedicado a la química analítica, los laboratorios que prestan estos servicios necesitan mantener un nivel alto de credibilidad y prestigio, por ello, estas organizaciones generalmente invierten mucho esfuerzo en obtener certificaciones de tipo ISO, y registros con organismos oficiales que avalan los servicios ofrecidos. Si bien estas certificaciones indican un cierto nivel de dedicación, calidad y cuidado en el trabajo que estos laboratorios desarrollan, no constituyen un indicador absoluto. Desde el punto de vista del cliente de la industria química, las recomendaciones descritas a continuación, pueden ayudar a establecer una base sólida de entendimiento entre cliente y laboratorio, y así aumentar la posibilidad de satisfacción mutua en la contratación de servicios analíticos:

    • Es conveniente emplear los servicios de laboratorios que tengan experiencia especifica sobre los métodos o estudios que son de interés. En otras palabras, es mejor emplear especialistas que generalistas cuando las circunstancias lo permiten. Una búsqueda limitada de laboratorios de servicio me llevó a conocer un directorio en Internet (si es de su interés, favor dar clic aquí y dejar sus datos), el cual puede servir como punto inicial para localizar un laboratorio que satisfaga las necesidades de un problema dado.
    • Laboratorios que aceptan auditorías de parte de los clientes siempre son más confiables para la industria, y en ciertos tipos de producción como es la fabricación de productos farmacéuticos, las auditorías son un requisito vital. Con mucha probabilidad todos los laboratorios tendrán algo de recelo para ser auditados, pero es más posible que las acepten cuando los servicios requeridos son críticos o de gran volumen.
    • Al considerar la contratación de un laboratorio es conveniente para el cliente conocer los recursos que éste dispone en términos de equipo y personal. Este aspecto puede cubrirse examinando los libros de mantenimiento de la instrumentación y la Currícula del personal que trabaja en el laboratorio.
    • Debe también existir algún mecanismo para resolver disputas o desacuerdos sobre resultados y métodos. Estos detalles pueden existir como una filosofía general en los servicios prestados o bien como una cláusula específica en contratos específicos.
    • En el caso de desarrollo de métodos o de estudios completos, las responsabilidades del laboratorio deben de incluir todo lo referente a la transferencia de métodos y la redacción y archivado de la documentación correspondiente. Así mismo deben establecerse términos de confidencialidad y de propiedad o recuperación de los datos originales.
    • No debe de existir temor a emplear laboratorios localizados en otros países. Hoy día la comunicación es fácil y rápida y el