Estados Unidos se ha adelantado a la Unión Europea y ha inaugurado el
Chicago Climate Exchange, en lo que constituye el primer programa de este tipo
que se implanta a nivel mundial.
El CCX -como se conoce
en los círculos empresariales- consta de tres componentes: el Registro
–que gestiona la información de las empresas participantes y monitoriza
las emisiones-, la Plataforma de Comercio –que controla las transacciones
de permisos y compensaciones en el mercado- y la Plataforma de Establecimiento
& Ganancias –que recibe información de la Plataforma de Comercio,
envía nuevos datos al Registro y gestiona todos los pagos-.
Las tres
secciones estarán integradas y proporcionarán a las empresas información
en tiempo real sobre el mercado de CO2.
También
formarán parte del Chicago Climate Exchang otras emisiones como el CH4,
NO2, PFCs, HFCs y SF6. Entre las medidas de reducción y comercio del
CCX se han previsto las controvertidas compensaciones (offsets), que incluirán
la absorción de CO2 en suelos o bosques y la no emisión de metano
en vertederos y tierras agrícolas.
El CCX es
un instrumento para fomentar las reducciones en las emisiones de CO2 por medio
de las fuerzas de mercado, a bajos costes, con respeto al medio ambiente y con
un claro objetivo de recompensar a aquellas tecnologías medioambientalmente
innovadoras, según sus propios creadores.
Será
posible reducir las emisiones totales de los participantes a un ritmo de un
1% anual, al menos hasta 2006, según las previsiones.
Análisis en línea para tratamiento de aguas, objetivo: concientizar a las empresas
Los ríos, lagos y mares recogen, desde tiempos inmemoriales, las basuras producidas por la actividad humana.
El ciclo natural del agua tiene una gran capacidad de purificación. Pero esta misma facilidad de regeneración del agua, y su aparente abundancia, hace que sea el vertedero habitual en el que arrojamos los residuos producidos por nuestras actividades. Pesticidas, desechos químicos, metales pesados, residuos radiactivos, etc., se encuentran, en cantidades mayores o menores, al analizar las aguas de los más remotos lugares del mundo. Muchas aguas están contaminadas hasta el punto de hacerlas peligrosas para la salud humana y dañinas para la vida.
Primero fueron los ríos, las zonas portuarias de las grandes ciudades y las zonas industriales las que se convirtieron en sucias cloacas, cargadas de productos químicos, espumas y toda clase de contaminantes. Con la industrialización y el desarrollo económico este problema se ha ido trasladando a los países en vías de desarrollo, a la vez que en los países desarrollados se producían importantes mejoras.
Entre los principales factores de contaminación del agua se encuentran:
Aguas Residuales y otros residuos que demandan oxígeno (en su mayor parte materia orgánica, cuya descomposición produce la desoxigenación del agua)
Agentes patógenos.- Bacterias, virus, protozoarios, parásitos que entran al agua provenientes de desechos orgánicos.
Desechos que requieren oxígeno.- Los desechos orgánicos pueden ser descompuestos por bacterias que usan oxígeno para biodegradarlos. Si hay poblaciones grandes de estas bacterias, pueden agotar el oxígeno del agua, matando así las formas de vida acuáticas.
Sustancias químicas inorgánicas.- Acidos, compuestos de metales tóxicos (mercurio, plomo), envenenan el agua.
Los nutrientes vegetales pueden ocasionar el crecimiento excesivo de plantas acuáticas que después mueren y se descomponen, agotando el oxígeno del agua y de este modo causan la muerte de las especies marinas (zona muerta).
Sustancias químicas orgánicas.- Petróleo, plásticos, plaguicidas, detergentes que amenazan la vida.
Sedimentos o materia suspendida.- Partículas insolubles de suelo que enturbian el agua, y que son la mayor fuente de contaminación.
Sustancias radiactivas que pueden causar defectos congénitos y cáncer.
Calor.- Ingresos de agua caliente que disminuyen el contenido de oxígeno y hace a los organismos acuáticos muy vulnerables
Aunado a esto, las principales fuentes de contaminación son denominadas Fuentes Puntuales, debido a que descargan contaminantes en localizaciones específicas a través de tuberías y alcantarillas. Ejemplos de estas fuentes son las fábricas, plantas de tratamiento de aguas, minas, pozos petroleros, entre otros.
El origen, composición y cantidad de los desechos están relacionados con los hábitos de vida vigentes. Cuando un producto de desecho se incorpora al agua, el líquido resultante recibe el nombre de agua residual.
La composición de las aguas residuales se analiza con diversas mediciones físicas, químicas y biológicas. Las mediciones más comunes incluyen la determinación del contenido en sólidos, la demanda bioquímica de oxígeno (DBO), la demanda química de oxígeno (DQO), carbón orgánico total (COT), nitrógeno total y toxicidad.
La DBO es la cantidad de oxígeno disuelto requerido por los microorganismos para la oxidación aerobia de la materia orgánica biodegradable presente en el agua. Se mide a los cinco días. Su valor da idea de la calidad del agua desde el punto de vista de la materia orgánica presente y permite prever cuanto oxígeno será necesario para la depuración de esas aguas e ir comprobando cual está siendo la eficacia del tratamiento depurador en una planta. El DQO es la cantidad de oxígeno que se necesita para oxidar los materiales contenidos en el agua con un oxidante químico (normalmente dicromato potásico en medio ácido). Se determina en tres horas y, en la mayoría de los casos, guarda una buena relación con la DBO por lo que es de gran utilidad al no necesitar los cinco días de la DBO. La presencia del nitrógeno total en las aguas en exceso es causa de eutrofización (agua enriquecida de nutrientes). El nitrógeno se presenta en diferentes formas químicas en las aguas naturales y contaminadas.
La contaminación del agua es controlada mediante plantas de tratamiento, aunque ninguna medida de control será efectiva, sino va acompañada de disposiciones destinadas a reducir la cantidad de residuos y a reciclar todo lo que se pueda. Por esto es una necesidad básica para el desarrollo de la vida y hay que mantenerla incolora, insípida e inodora. De lo contrario (si el agua estuviera contaminada y no presentara las características anteriormente mencionadas) provocaría enfermedades como diarrea aguda, lesiones en el hígado y en los riñones, etc., y no solamente a los humanos, sino que también a los animales al ingerirla y a las planta al absorberla
Para detener este desastre, existen diversos equipos de tratamiento y potabilización del agua, los cuales requieren de cierta concientización de la población y una fuerte campaña de educación, para comprender su uso y efecto. Dentro de estos equipos, existen los que miden en línea los parámetros DBO, DQO, COT, nitrógeno y toxicidad al mismo tiempo, teniendo como finalidad el mantener la máxima calidad de agua de manera automatizada, logrando un proceso óptimo y ahorrando en mantenimiento
La aplicación de estos equipos se lleva a cabo en todo tipo de industrias que generen agua residual, por ejemplo: plantas de tratamiento de agua, purificadoras, potabilizadoras, industria alimenticia, química petroquímica, petrolera, plásticos, entre otras.
Dentro de las empresas que distribuyen este tipo de equipos se encuentra Gaarso Ingenieros (antes Analytik Instrumentation & Metrology), quien es una empresa dedicada a la venta de instrumentación analítica para todo lo relacionado al tratamiento de agua, así como a la industria en general.
Además de ofrecer estos equipos, la empresa ofrece asesoría en la instalación, mantenimiento y operación de los equipos.
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La Evaluación
de Impacto Ambiental (EIA), es uno de los instrumentos de la política
ambiental con aplicación específica e incidencia directa en las
actividades productivas, que permite plantear opciones de desarrollo que sean
compatibles con la preservación del medio ambiente y la conservación
de los recursos naturales. A lo largo de las dos últimas décadas
ha logrado constituirse en una de las herramientas esenciales para prevenir,
mitigar y restaurar los daños al medio ambiente y a los recursos renovables
del país y ha evolucionado con el propósito de garantizar un enfoque
preventivo que ofrezca certeza pública acerca de la viabilidad ambiental
de diversos proyectos de desarrollo.
La evaluación
del impacto ambiental tiene sus bases jurídicas en las disposiciones
que al respecto establece la Ley General del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente (LGEEPA), la cual considera como instrumentos
de la política ambiental a los siguientes:
·
Planeación ambiental
· Ordenamiento ecológico del territorio
· Instrumentos económicos
· Regulación ambiental de los asentamientos humanos
· Evaluación del impacto ambiental
· Normas oficiales mexicanas en materia ambiental
· Autoregulación y auditorías ambientales
· Investigación y educación ecológicas
La LGEEPA
define en su artículo 3° al impacto ambiental como la "modificación
del ambiente ocasionada por la acción del hombre o la naturaleza".
Por otra parte la misma ley apunta en su artículo 28 que "es el
procedimiento a través del cual la Secretaría (del Medio Ambiente
y Recursos Naturales) establece las condiciones a que se sujetará la
realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico
o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones
aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas,
a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente".
La EIA está
dirigida a efectuar análisis detallados de diversos proyectos de desarrollo
y del sitio donde se pretenden realizar, con el propósito de identificar
y cuantificar los impactos ambientales que puede ocasionar su ejecución.
De esta manera es posible establecer la factibilidad ambiental del proyecto
(análisis costo beneficio ambiental) y, en su caso, determinar las condiciones
para su ejecución y las medidas de prevención y mitigación
de los impactos ambientales que será necesario tomar para evitar o reducir
al mínimo los efectos negativos sobre el ambiente.
Entre las
principales características de la EIA, están las siguientes:
·
Es un instrumento que tiene un carácter prevetnivo
· Se aplica e obras o actividades humanas
· Su objetivo es prevenir los efectos negativos sobre la salud humana
y el medio ambiente que pudieran derivarse del desarrollo de una obra o actividad
· Basa su efectividad en un análisis prospectivo-predictivo
· Establece regulaciones a las obras o actividades sujetas a evaluación
· Es un procedimiento integrador de diversas disciplinas científicas
Aunque este
instrumento de la política ambiental es realtivamente nuevo, con el tiempo
ha sufrido modificaciones de índole técnica, administrativa, jurídica
y conceptual. También ha ido cambiando en forma sustancial su importancia
dentro del esquema general de protección de los recursos naturales de
México, lo cual se refleja en la estructura de los organismos que han
sido responsables de aplicarlo. En la actualidad la Dirección de Impacto
Ambiental adscrita a la Dirección General de Ordenamiento Ecológico
e Impacto Ambiental, del Instituto Nacional de Ecología es la dependencia
de la administración pública federal responsable de la ejecución
de la EIA.
Es necesario
destacar que este instrumento no funciona de manera aislada. Por el contrario,
está sujeto a las disposiciones que se derivan de la LGEEPA a través
de otros instrumentos de la política ambiental, como puede ser la planeación
ambiental, el ordenamiento ecológico del territorio o las normas oficiales
mexicanas en materia ambiental.
Las actividades,
proyectos, programas y/o emprendimientos deben presentar junto con el Manifiesto
de Impacto Ambiental (MIA), el Estudio Técnico de Impacto Ambiental,
firmado por un profesional inscrito en el rubro referido a los consultores y
profesionales en Auditorias y Estudios Ambientales, quien es responsable por
la veracidad de lo expresado en dicho estudio. En los casos de estudios Técnicos
de Impacto Ambiental realizados con la participación de una empresa consultora,
los mismos deben estar firmados por el responsable técnico y legal de
la misma, quien asume la responsabilidad de la veracidad de la documentación
presentada.
La EIA es
aplicable a proyectos, planes urbanísticos y planes y programas de infraestructuras
físicas. Se valora los efectos directos e indirectos de cada propuesta
sobre los sistemas naturales y sociales-ciudadanos, la fauna, flora, suelo,
aire, agua, clima, paisaje y la estructura y función de los ecosistemas
posiblemente afectados.
Se estiman
los efectos sobre los bienes materiales, el patrimonio cultural, las relaciones
sociales y las condiciones de bienestar común, como ruidos, vibraciones,
olores y emisiones luminosas, y la de cualquier otra incidencia ambiental relevante
derivada del desarrollo de dicha acción.
Se elabora
un dictamen sobre efectos y las consecuencias de opciones estratégicas.
También sobre el impacto de derivaciones previsibles sin necesidad de
plan o proyecto porsterior sometido a evaluación. El MIA, debe establecer
las condiciones específicas para la prevención ambiental de las
actuaciones posteriores.
Los proyectos
que deberán someterse a una EIA, será cuando así lo decida
el órgano ambiental en cada caso, a través de una decisión
motivada y pública. Esta decisión deberá estar basada en
función de la naturaleza del proyecto, su ubicación y las características
del potencial impacto.
Deberán
someterse a una EIA los proyectos, públicos o privados, consistentes
en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad
comprendida en los sectores comprendidos dentro de los siguientes grupos:
·
Agricultura, silvicultura, acuicultura y ganadería: Repoblaciones forestales,
transformación de usos del suelo, concentraciones parcelarias, instalaciones
ganaderas y de acuicultura.
· Industria extractiva: Explotaciones a cielo abierto de yacimientos
minerales y demás recursos geológicos, minería subterránea,
dragados y extracción de petróleo.
· Industria energética: Refinerías de petróleo bruto,
centrales térmicas y nucleares, instalaciones para la producción
de electricidad, vapor y agua caliente, tuberías para el transporte de
gas y petróleo, parques eólicos.
· Industria siderúrgica y del mineral: Producción y elaboración
de metales (amianto, hierro, acero, fabricación de materiales plásticos
de cemento y vidrio y productos cerámicos).
· Industria química, petroquímica, textil y papelera: Incluye
curtidos de pieles y cuero, pasta de papel y cartón, tratamiento de celulosa,
etcétera.
· Industrias de productos alimenticios: Incluye las instalaciones para
el sacrificio de animales.
· Proyectos de infraestructuras: Carreteras, con modificaciones y ampliaciones,
ferrocarriles de largo recorrido, aeropuertos, puertos comerciales, pesqueros
y deportivos, obras costeras destinadas a combatir la erosión y obras
que pueden alterar la costa: diques, espigones, pantalanes.
· Proyectos de ingeniería hidráulica y de gestión
del agua: Presas, extracción de aguas subterráneas, trasvases,
acueductos de larga distancia, plantas de tratamiento de aguas residuales.
· Proyectos de tratamiento y gestión de residuos: Instalaciones
de tratamiento o eliminación de residuos peligrosos, instalaciones de
eliminación de residuos no peligrosos mediante incineración o
tratamiento químico y vertederos que reciban más de 10 toneladas
por día o que tengan una capacidad de más de 25.000 toneladas,
excluidos los vertederos de inertes y de materiales de construcción.
· Otros proyectos como instalaciones de energía hidroeléctrica,
aeródromos, urbanizaciones y complejos hoteleros, pistas de esquí,
remontes y teleféricos, parques temáticos y vertederos de residuos
no peligrosos, de inertes y de materiales de construcción
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