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PRODUCTOS DE IMPORTACION: *

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    México South West Trading México PRODUCTOS DE IMPORTACION: ND Col.ND
    0 México, México
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    México Maui Imports México - Coconuts Importación de productos, Distribución de productos Camino Real No.89 Col.Fracc. Los Limoneros
    62300 Ahuatepec, MOrelos
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    México MULTITRASLADOS INTERNACIONALES Comercializadora de productos de importación, Coordinación de fletes aéreos de importación, Logística de embarques marítimos de importación y exportación PASEO DE LA REFORMA # 6505 Col.CAMPESTRE MEDEROS
    64960 MONTERREY, NUEVO LEON
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    México Vitesa Importación de productos agroquimicos, Importación de semillas Homero No. 526 piso 3ro. Col.Chapultepec Morales
    11570 , Distrito Federal
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    Chile OMNI NUTS & FRUIT Importación de Productos Alimenticios, Productos Alimenticios Nataniel Cox 1935, Local 4 Col.
    0 Santiago, Santiago
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    Cuba Corporación Junior Importación de productos industriales, Importación de químicos industriales Avenida 3a No.3613e/36"A" y 38 Col.
    0 Miramar, La Habana
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    México Gremmex Importacion de productos diversos, Productos latinoamericanos Sauce Núm.38 Col.Col. Jardines del Rincón
    58270 Morelia, Michoacán
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    Argentina Dow Química Argentina Importacion de productos petroquimicos, Elaboracion de productos petroquimicos Avda. Eduardo Madero 900- piso7 Col.Torre Catalinas Plaza
    1107 Torre Catalinas, Buenos Aires
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    México Aba Mexico Solo productos de importacion Av. Emilia Zapata No. 751 Col.Tlaltenangp
    62170 Cuernavaca, Mor.
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    México Accesorios y Refacciones Nañez Productos de importación para tractocamiones Ruiz Cortinez 310 Col.Col. Hercules
    67120 Monterrey, Nuevo León
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    México CESCO Servicio de importación de productos de la industria química, Servicio de importación de productos de la industria petroquímica, Servicio de importación de productos de generación eléctrica, Servicio de importación y exportación de productos con la industria química, petroquímica, generación eléctrica y en general toda aquella relacionada con equipo de procesos industrial Carr. Circunvalación Km 16.5 Col.La Quebrada
    54769 Cuautitlan Izcalli, Estado de México
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    México Consultores en Marketing Agropecuario Asesoria en importación y exportación de productos agropecuarios Alfonso Reyes 403 Col.centro
    45640 Guadalajara, Jalisco
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    México CAR PROBASICS SUPPLIER IMPORTACION EXPORTACION Y MANUFACTURA DE PRODUCTOS PARA Alejandro Arango nº 3616 Col.La Aurora
    44790 Guadalajara, Jalisco
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    México 5ic gestion comercial Importación de Wantai/ Shangai productos innovadores, Tramitación de permisos de importación Ignacio Allende 1128 Col.Centro
    64000 Monterrey, Nuevo Léon
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    Perú Consultoria Mineria y Comercio Proceso de Importación y Logística Local (en caso de Productos), Productos Químicos Av. Miguel Dasso 230 Of. 301 Col.San Iisdro
    27 Lima, Lima
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    183 Paradiclorobenceno 100000 Kilogramos
    Anual
    México Gerente Tecnico
    1682 alquitran pino (madera noruego) 10000 Litros
    Anual
    México Gerente administrativo Compra inmediata
    1705 acido sulfonico 0 Toneladas
    Anual
    Paraguay quimico
    2004 tapas 12000 Piezas
    Anual
    México Gerente Deseo adquirir tapas de plástico para utilizarse en envases reciclados de botella de ...
    2044 albumina de huevo deshidratada 2000 Kilogramos
    Anual
    México R&D requeriría me enviaran muestra para hacer pruebas, León Gto.
    2045 suero desmineralizado en polvo 5000 Kilogramos
    Anual
    México R&D
    2105 equipo de fabricacion de jabon y productos limpieza. 3000 Gramos
    Anual
    Costa Rica Gerente General Estoy montando una pequeña industria, es por eso que necesito equipo para empezar.
    2479 peachimetros 1 Piezas
    Anual
    México Gerente
    2626 Buffers uso agricola 250 Libras
    Anual
    Venezuela Director Tecnico
    2718 picolinato de cromo 12 Kilogramos
    Anual
    Colombia Coord. Línea Nutricional Picolinato de Cromo USP grade Cloruro de Colina grado alimenticio humanos Cloruro crómico ...

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    México Amazonas Importación Ayuntamiento 78 Local D Col.Centro
    6070 México, D.F.
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    México Maderas de Importacion Express Carretera a EL Dorado 2509 Col.Campo El Diez
    80300 CULIACAN, Sinaloa
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    México IMPORTACÍON DE REFACCIONES Y MAQUINARIA Periferico Norte 5015 Col.Fracción Milpillas
    78118 San Luis Potosí, San Luis Potosí
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    México Servicios de Importación y Comercio Exterior República de Colombia 601-2 Col.Las Americas
    20230 Aguascalientes, Aguascalientes
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    Argentina RASMIA IMPORTACION Y EXPORTACION AGUERO VILLA MARTELLI Col.
    1603 Buenos Aires,
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    México Proveedora de Productos y Químicos RPR ND Col.ND
    0 México, México
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    Argentina Productos DF J.V. Gonzalez 225 Col.Dorrego
    5519 Mendoza, Mendoza
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    México DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS PETROLIFEROS PROLOG. 11 ORIENTE S/N CARR. A TEHUACAN KM.19.5 Col.SAN JOSE LA LAGUNA
    79980 AMOZOC, PUE
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    México Productos Químicos Industriales de Puebl ND Col.ND
    0 Puebla, Puebla
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    Colombia GMP Productos Químicos Calle 29 Nº 65 - 08 Col.MEDELLIN
    2089 MEDELLIN, CALI
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    05-Marzo-2001
    Prohibió Nueva Zelanda la importación de productos cárnicos
      
         Fuente:  Intélite
    El gobierno de Nueva Zelanda prohibió la importación de productos cárnicos europeos luego de que se descubrieron casos de fiebre aftosa en Francia.

     

    05-Marzo-2001
    Prohibió Nueva Zelanda la importación de productos cárnicos
      
         Fuente:  Intélite
    El gobierno de Nueva Zelanda prohibió la importación de productos cárnicos europeos luego de que se descubrieron casos de fiebre aftosa en Francia.

     

    01-Enero-2001
    Suspenderán la importación de productos infectados por el mal
      
         Fuente:  Intélite
    México y Centro América acordaron suspender inmediatamente la importación de productos como carnes enlatadas y embutidos que provengan de países infectados por el mal de las vacas locas, aseguró Pablo Constantino Mora, director de Cuarentena Agropecuaria de Panamá.

     

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    22-10-2006
    ¿Qué es la importación temporal?
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Transporte y logística |

    ¿Qué es la importación temporal?

    Es la entrada al país de mercancías extranjeras para permanecer en él por tiempo limitado y con una finalidad específica.

    No están sujetas al pago de impuestos al comercio exterior, ni de cuotas compensatorias, salvo que la introducción de las mercancías se realice bajo un programa que difiere o devuelve de aranceles; que la propiedad de las mercancías se transfiera o enajene a excepción de las realizadas entre empresas maquiladoras o las de empresas con programas de exportación autorizados por la Secretaría de Economía

    Así tenemos dos formas:

    •  Importación temporal de mercancías para retornar al extranjero en el mismo estado que fueron importadas, es decir, la mercancía no debe de sufrir ninguna alteración
    •  Importación temporal de mercancías para someterlas a procesos de elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación

    Si desea realizar una exhibición o demostración pública o privada, para dar a conocer sus productos en territorio nacional debe obtener una autorización de depósito fiscal temporal para exposiciones internacionales de mercancías, mediante la cual usted podrá

    - Previo cumplimiento de los requisitos, obtener su autorización en 10 días hábiles.
    - Obtener toda la asesoría necesaria para realizar su trámite con el personal encargado de manera profesional y honesta.
    - Realizar sin contratiempo el ingreso de sus productos a territorio nacional y poderlas exhibir en diversas plazas del país.

    Logística CRUSAN nace de la necesidad de satisfacer a empresas involucradas en el continuo movimiento de mercancía a nivel Nacional e Internacional, las cuales deben cubrir estándares de calidad, tiempos de entrega y manejo de mercancía.

    Logística CRUSAN puede asesoralo en todos sus trámites de importación temporal asi como en el almacenaje, distribución, revisión, etiquetado y empaque de sus productos o equipos.

    Si desea contactar a Logística Crusan para obtener mayor información, haga clic aquí.

    Para conocer todos los servicios que ofrece Logística CRUSAN, visite su showroom haciendo click aquí

     

    11-07-2006
    Estabilidad de Productos Farmacéuticos
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Farmacéutica |

    Estabilidad de Productos Farmacéuticos

    Es responsabilidad de todo fabricante, como parte del desarrollo de un producto farmacéutico, diseñar y realizar los estudios de estabilidad correspondientes que permitan obtener una información segura y que demuestren cómo varía su calidad con una formulación y un envase determinado durante el tiempo y bajo la influencia de las condiciones de almacenamiento a que esta siendo sometido. Está información le permitirá proponer el periodo de validez durante el cual pueda utilizarse de forma segura y confiable. El fabricante es el responsable de la calidad del su producto y que esta calidad se mantenga el tiempo suficiente para que el medicamento cuando sea consumido tenga los efectos farmacológicos adecuados para que el paciente restablezca su salud.

    La estabilidad de los productos farmacéuticos depende principalmente de factores ambientales, tales como Temperatura y Humedad, que juegan un papel muy importante en los resultados que se obtienen sobre las propiedades tanto fisicoquímicas y biológicas de los productos farmacéuticos; siendo muy importante tomar en cuenta la forma farmacéutica y los envases primario-secundarios.

    Sabemos que inicialmente un producto farmacéutico puede distribuirse y comercializarse en cualquier parte del mundo, por lo cual se hace necesario que el medicamento que esta siendo elaborado y consumido en alguna parte del mundo sea igualmente eficaz en otra; debido a la necesidad de expandir mercados y la diversidad climática los estudios de estabilidad de productos farmacéuticos se dividieron en:

    La realización de estudios de estabilidad es obligatoria para todo fabricante de productos farmacéuticos y forman parte de los requisitos para obtener el registro de medicamentos ante la autoridad competente.

    En México estamos regidos bajo la norma NOM-073-SSA1-2005, Estabilidad de Fármacos y Medicamentos. La cual establece los requisitos para realizar los estudios de estabilidad, entre ellos podemos mencionar:

    1. Fármaco Nuevo

    a. Selección de lotes.
    b. Sistema contenedor /cierre o envase primario.
    c. Parámetros a evaluar y metodología analítica a utilizarse.
    d. Condiciones del estudio.
    i. Caso General

    * Es decisión del fabricante, llevar a cabo los estudios de estabilidad a largo plazo a 25 +,- 2.0 ºC / 60% +,-5%HR o a 30 +,- 2.0 ºC/ 65% +,- 5%HR
    ** Si 30 +,- 2.0 ºC/65% +,-5%HR es la condición del estudio de estabilidad a largo plazo, no es necesario hacer el estudio a la condición intermedia.

    ii. Fármaco para almacenarse bajo condiciones de refrigeración.

    iii. Fármaco para almacenarse bajo condiciones de congelación.

    2. Fármaco Conocido.

    a. Selección de lotes.
    b. Sistema contenedor –cierre.
    c. Parámetros a evaluar y metodología analítica.
    d. Condiciones de estudio.
    i. Caso General

    * Es decisión del fabricante, llevar a cabo los estudios de estabilidad a largo plazo a 25 +,- 2.0 ºC / 60% +,-5%HR o a 30 +,- 2.0 ºC/ 65% +,- 5%HR
    ** Si 30 +,- 2.0 ºC/65% +,-5%HR es la condición del estudio de estabilidad a largo plazo, no es necesario hacer el estudio a la condición intermedia.

    3. Medicamento Nuevo.

    a. Selección Lotes.
    b. Sistema contenedor – cierre.
    c. Parámetros a evaluar y metodología analítica.
    d. Condiciones del estudio.
    i. Caso General.

    * Es decisión del fabricante, llevar a cabo los estudios de estabilidad a largo plazo a 25 +,- 2.0 ºC / 60% +,-5%HR o a 30 +,- 2.0 ºC/ 65% +,- 5%HR
    ** Si 30 +,- 2.0 ºC/65% +,-5%HR es la condición del estudio de estabilidad a largo plazo, no es necesario hacer el estudio a la condición intermedia.

    Para parenterales de gran y pequeño volumen y preparaciones líquidas para aplicación oftálmica, ótica y nasal envasados en bolsas de plástico, contenedores de plástico semirígidos, (apartado 7.5.2.1 NOM-073)

    * Es decisión del fabricante, llevar a cabo los estudios de estabilidad a largo plazo a 25 +,- 2.0 ºC / 60% +,-5%HR o a 30 +,- 2.0 ºC/ 65% +,- 5%HR
    ** Si 30 +,- 2.0 ºC/35% +,-5%HR es la condición del estudio de estabilidad a largo plazo, no es necesario hacer el estudio a la condición intermedia.

    ii. Para líquidos en frasco de vidrio, viales o ampolletas de vidrio selladas.

     

    * Es decisión del fabricante, llevar a cabo los estudios de estabilidad a largo plazo a 25 +,- 2.0 ºC / 60% +,-5%HR o a 30 +,- 2.0 ºC/ 65% +,- 5% HR
    ** Si 30 +,- 2.0 ºC/ HA ó 65% +,-5% HR es la condición del estudio de estabilidad a largo plazo, no es necesario hacer el estudio a la condición intermedia.

    iii. Para medicamentos a almacenarse en condiciones de refrigeración.

    iv. Para medicamentos a almacenarse en condiciones de congelación.

    4. Medicamento Conocido

    a. Selección de Lotes.
    b. Sistema Contenedor –Cierre.
    c. Parámetros a evaluar y metodología analítica.
    d. Condiciones del estudio.
    i. Caso general.

    * Es decisión del fabricante, llevar a cabo los estudios de estabilidad a largo plazo a 25 +,- 2.0 ºC / 60% +,-5%HR o a 30 +,- 2.0 ºC/ 65% +,- 5% HR
    ** Si 30 +,- 2.0 ºC/ HA ó 65% +,-5% HR es la condición del estudio de estabilidad a largo plazo, no es necesario hacer el estudio a la condición intermedia.

    Durante los estudios de estabilidad hay probabilidad de encontrar cambios y surge automáticamente una pregunta, ¿Qué magnitud del cambio es tolerable o aceptable? Para responder esta pregunta se hace necesario respetar los siguientes criterios:
    • 5% de pérdida de la potencia inicial.
    • Cualquier producto de degradación que exceda su límite de especificación.
    • Cuando se excedan los límites de pH.
    • Cuando se excedan los límites de especificación de disolución para 12 cápsulas o tabletas.
    • Cuando no cumpla con las especificaciones de apariencia y propiedades físicas (color, separación fases, dureza, resuspendabilidad, etc).

    Al no cumplir con los criterios anteriores, es necesario replantear la formulación o los envases primarios –secundarios para cumplir con el protocolo de estabilidad.


    En apoyo al desarrollo de productos, CITEC-ING, S.A. de C.V., ofrece la renta de espacio en cámaras climáticas para estabilidad de productos farmacéuticos, donde reproducimos las condiciones solicitadas en la NOM-073-SSA1-2005, Estabilidad de Fármacos y Medicamentos.

    Si desea contactar a CITEC-ING, S.A. de C.V. haga click aquí

    Si desea conocer más de nuestra empresa haga click aquí

     

    27-01-2006
    Normas para productos alimenticios INVMA (Colombia)
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia |

    El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos de la República de Colombia ha publicado una serie de normas relacionadas con productos alimenticios que pueden ser consultadas a continuación:

    NÚMERO TEMA PRINCIPAL
    Acuerdo  de 2003 Minagricultura y Desarrollo Rural  Acciones conjuntas para controlar la fabricación ilegal de la panela
    Circular DG-0100-196 de 2002 INVIMA Aplicación y cumplimiento de la Resolución 0402 de 2002. Pollo Marinado

    Decreto 2278 de 1982 Ministerio de Salud

    Reglamenta el sacrificio de animales de abasto público para consumo humano, procesamiento, transporte y comercialización de su carne.
    Decreto 2106 de 1983 Ministerio de Salud
    Se establecen las normas de identidad y pureza de los endulcolorantes utilizados en los productos alimenticios.
    Decreto 2162 de 1983 Ministerio de Salud Regula la producción, procesamiento, transporte y expendio de los productos cárnicos procesados.
    Decreto 2437 de 1983 Ministerio de Salud Regula la producción, procesamiento, transporte y comercialización de la leche.
    Decreto 561 de 1984 Ministerio de Salud Regula la captura, procesamiento, transporte y expendio de los productos de la pesca.
    Decreto 1601 de 1984 Ministerio de Salud y Mintransporte Reglamenta la sanidad portuaria y vigilancia epidemiológica en naves y vehículos terrestres.
    Decreto 1036 de 1991  Ministerio de Salud Subrogase el Capítulo 1 del Título 1 del Decreto No 2278 de agosto 2 de 1982
    Decreto 1397 de 1992 Ministerio de Salud Reglamenta la comercialización y publicidad de los alimentos de fórmula, para lactantes y complementarios de la leche materna.
    Decreto 2229 Ministerio de Salud de 1994

    Por la cual se dictan normas referentes a la composición, requisitos y comercialización de las Bebidas Hidratantes Energéticas para Deportistas.

    Decreto 547 de de 1996 Ministerio de Salud  Regula las condiciones sanitarias de producción, empaque y comercialización, al control de la sal para consumo humano.
    Decreto 1944 de 1996 Ministerio de Salud Reglamenta la fortificación de la harina de trigo y se establecen las condiciones de comercialización, rotulado, vigilancia y control.
    Decreto 2131 de 1997 Ministerio de Salud  Disposiciones sobre productos cárnicos procesados.
    Decreto 3075 de 1997 Ministerio de Salud Regula las actividades de fabricación, procesamiento, preparación, envase, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de alimentos en el territorio nacional.
    Decreto  476 de 1998 Minsalud y Minagricultura Modifica algunos artículos del Decreto 2437/83 y deroga el Decreto 2473/86 sobre leches.
    Decreto 698 de 1998 Minsalud y Minagricultura Modifica los artículos 23 y 24 del decreto 547 de 1998 sobre la sal para consumo humano.
    Decreto 977 de 1998 Minsalud y Mindesarrollo Crea el Comité Nacional del CODEX alimentarios y se fijan sus funciones.
    Decreto 612 de 2000 Ministerio de Salud Reglamenta la expedición de registros sanitarios automáticos para alimentos, cosméticos y productos varios.
    Decreto 60 de 2002 Ministerio de Salud Por el cual se promueve la aplicación del sistema de análisis de peligros y puntos de control crítico HACCP en las fábricas de alimentos y se reglamenta el proceso de certificación.
    Decreto 1270 de 2002 Ministerio de Salud Adiciona literal al artículo 50 del Decreto 3075 de 1997.
    Decreto 1175 de 2003 Ministerio de la Protección Social Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 3075 de 1997, especialmente lo relativo al artículo 65 - expedición del certificado de inspección sanitaria para exportación
    Decreto 2350 de 2004 Ministerio de la Protección Social Por el cual se establecen medidas de salud pública para la prevención y vigilancia, de las enfermedades causadas por priones, prioritariamente de la variante de la enfermedad de Creutzfeldt-Jakob (vCJ)
    Decreto 3636 de 2005 Ministerio de la Protección Social Por el cual se reglamenta la fabricación, comercialización, envase, rotulado o etiquetado, régimen de registro sanitario, de control de calidad, de vigilancia sanitaria y control sanitario de los productos de uso específico y se dictan otras disposiciones.

    Decreto 4444 de 2005 Ministerio de la Protección Social

    Por el cual se reglamenta el régimen de permiso sanitario para la fabricación y venta de alimentos elaborados por microempresarios.
    Decreto 4764 de 2005 Ministerio de la Protección Social

    Por el cual se modifica el literal c) del artículo 41 del Decreto 3075 de 1997 “por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 9ª de 1979 y se dictan otras disposiciones”.

    Resolución 0448 de 1955 Ministerio de Salud Por el cual se deroga la Resolución No. 339 de mayo 12 de 1952 y se dictan nuevas disposiciones para la fabricación de Vinagre y Control Sanitario.
    Resolución 126 de 1964 Ministerio de Salud Regula la elaboración y control de grasas y aceites comestibles para consumo humano.
    Resolución 1287 de 1976  Ministerio de Salud Norma sobre grasas y aceites comestibles.
    Resolución 4135 de 1976 Ministerio de Salud Normas sobre alimentos procesados de base vegetal para uso infantil
    Resolución 6328 de 1984 Ministerio de Salud Por la cual se crea un comité provisional y un comité asesor para el estudio y aprobación de la publicidad o propaganda de los alimentos y bebidas alcohólicas.
    Resolución 11488 de 1984 Ministerio de Salud Norma con respecto al procesamiento, composición, requisitos y comercialización de los alimentos infantiles, de los alimentos o bebidas enriquecidos y de los alimentos o bebidas de uso dietético.
    Resolución 14712 de 1984 Ministerio de Salud Se reglamenta lo relacionado con producción, procesamiento, transporte, almacenamiento y comercialziación de vegetales como frutas y hortalizas elaboradas
    Resolución 15789 de 1984 Ministerio de Salud Se reglamenta las características organolépticas físico químicas y microbiológicas de las mermeladas y jaleas de frutas.
    Resolución 15790 de 1984 Ministerio de Salud Se reglamenta las características organolépticas físico químicas y microbiológicas de los derivados del tomate.
    Resolución 17855 de 1984 Ministerio de Salud Recomendaciones diarias de consumo de calorías y nutrientes.
    Resolución 10593 de 1985 Ministerio de Salud
    Lista de colorantes permitidos en la Industria alimentaria 
    Resolución 13402 de 1985 Ministerio de Salud Modifica la resolución 10593 de 1985.
    Resolución 16078 de 1985 Ministerio de Salud Reglamenta Laboratorios de control de calidad de alimentos.
    Resolución 17882 de 1985 Ministerio de Salud Regula los alimentos relacionados con la mayonesa, su elaboración, conservación y comercialización.
    Resolución 19021 de 1985 Ministerio de Salud Regula lo concerniente a la mostaza, su elaboración, conservación y comercialización.
    Resolución 19304 de 1985 Ministerio de Salud Elaboracion y control de grasas y aceites comestibles para el consumo humano
    Resolución 2310 de 1986 Ministerio de Salud Regula lo concerniente a procesamiento, composición, requisitos, transporte y comercialización de los derivados lácteos.
    Resolución 9553 de 1988 Ministerio de Salud Identificación a los empaques y envases de la sal para consumo humano.
    Resolución 1804 de 1989 Ministerio de Salud Por la cual se modifica la resolucion la Resolución 2310 de 1986.
    Resolución 11961 de 1989 Ministerio de Salud Modifica parcialmente la resolución número 2310 del 24 de febrero de 1986.
    Resolución 222 de 1990 Ministerio de Salud Por la cual se declaran aptos los equinos como animales de abasto público en el territorio nacional.
    Resolución 1618 de 1991 Ministerio de Salud Por la cual se modifica la Resolución 11488 de 1984 en en lo que se refiere al aspartame como endulcolorante artificial.
    Resolución 4124 de 1991 Ministerio de Salud Regula lo concerniente a los antioxidantes que se pueden utilizar en los alimentos.
    Resolución 4125 de 1991 Ministerio de Salud Regula lo referente a los conservantes que se pueden utilizar en alimentos.
    Resolución 4126 de 1991 Ministerio de Salud Regula lo relacionado a los acidulantes, alcalinizantes, reguladores de pH de la acidez utilizados en los alimentos.
    Resolución 4241 de 1991 Ministerio de Salud Por la cual se definen las característiscas de las especies o condimentos vegetales y se dictan normas sanitarias y de calidad de estos productos y de sus mezclas.
    Resolución 4393 de 1991 Ministerio de Salud Regula la fabricación, empaque y comercialización de pastas alimenticias.
    Resolución 7992 de 1991 Ministerio de Salud Por la cual se reglamenta parcialmente lo relacionado con la elaboración, conservación y comercialización de jugos, concentrados, néctares, pulpas, pulpas azucaradas y refrescos de frutas.
    Resolución 12186 de 1991 Ministerio de Salud Por la cual se fijan las condiciones para los procesos de obtención, envasado y comercialización de agua potable tratada, con destino al consumo humano.
    Resolución 5213 de 1992 Minsalud y Mincomex Por la cual se establece una delegación de los vistos buenos en los registros de importación a los productos alimenticios elaborados o procesados en el exterior.
    Resolución 604 de 1993 Ministerio de Salud Regula condiciones sanitarias de las ventas de alimento en la vía pública.
    Resolución 2284 de 1995 Ministerio de Salu d Establece las medidas sanitarias sobre producción, elaboración y comercialización de la panela.
    Resolución 580 de 1996 Ministerial de Salud Modifica la resolución 10593 de 1985 en el sentido de hacer obligatorio la declaración expresa de tartrazina.
    Resolución 02826 de 1996 Ministerio de Salud Por el Cual se Hace una adición al artículo 46 de la Resolución No. 2310 del 24 febrero de 1986 y el artículo 3 de la Resolución No. 1804 del 13 de febrero de 1989.
    Resolución 599 de 1998 INVIMA Por la cual se adopta el formulario único para solicitud, modificación y renovación del Registro Sanitario para los productos alimenticios y se establece la nomenclatura para la expedición de Registro Sanitario de los alimentos de fabricación nacional y de los importados.
    Resolución 730 de 1998 Ministerio de Salud Por la cual se adopta el Sistema de Análisis de Riesgos y Puntos Críticos de control HACCP en los productos pesqueros y acuícolas.
    Resolución 4547 1998 Ministerio de Salud Define los exámenes de laboratorio en alimentos y bebidas alcohólicas en salud pública, departamentales y distritales, los laboratorios clínicos y los laboratorios de citohistopatología.
    Resolución 2387 de 1999 Ministerio de Salud Por la cual se oficializa la norma técnica colombiana NTC 512-1 relacionada con el rotulado de alimentos.
    Resolución 260576 de 2000 INVIMA Mediante la cual se derogan las Resoluciones 238148/99 y 248903/99. Registros Sanitario de Panela
    Resolución 1893 de 2001 Ministerio de Salud Incentivos promocionales en alimentos.
    Resolución 402 de 2002 Ministerio de Salud Por la cual se establecen los requisitos para la comercialización de las aves beneficiadas enteras, despresadas y/o deshuesadas que se someten a la técnica de marinado.
    Resolución 1528 de  2002 Ministerio de Salud Prohibir BROMATO DE POTASIO para uso alimentario o en tratamiento de la cebada para Bebidas Alcohólicas
    Resolución 1987 de 2002 ICA Por la cual se modifica la Resolución 1746 del 23 de julio de 2002
    Resolución 2012 de 2002 ICA Por la cual se prorroga la suspensión de la expedición de Documentos Zoosanitarios para la Importación de bovinos, porcinos, demás especies susceptibles y sus productos de riesgo desde Ecuador
    Resolución 16563 de 2002 INVIMA Por la cual se establecen los requisitos sanitarios para la aprobación de las licencias y registros de importación del azúcar de caña o de remolacha azucarera en estado sólido.
    Resolución 2002001679 de 2002 INVIMA Establece requisitos para aprobación de Registros de Importación a la leche en polvo y derivados lácteos en polvo
    Resolución 2002007893 de 2002 INVIMA Se adoptan unos conceptos y recomendaciones de la Sala Especializada de Alimentos y Bebidas Alcohólicas
    Resolución 2002011308 de 2002 INVIMA Se adoptan unos conceptos y recomendaciones de la Sala Especializada de Alimentos y Bebidas Alcohólicas

    Resolución 0002546 de 2004 Ministerio de la Protección Social

    Por la cual se establece el reglamento técnico de emergencia a través del cual se señalan los requisitos sanitarios que se deben cumplir en la producción y comercialización de la panela para el consumo humano y se dictan otras disposiciones.
    Resolución 0002652 de 2004 Ministerio de la Pro tección Socia (Deroga a la Norma NTC 512-1 ) Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano.
    Resolución 003260 de 2004 Ministerio de la Protección Social Por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 2546 de 2004 referente a la panela.
    Resolución 00485 de 2005 Ministerio de la Protección Social Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano.
    Resolución 05109 de 2005 Ministerio de la Protección Social Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado
    o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas
    de alimentos para consumo
     

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