Página de información de Alquitran y productos similares de QuimiNet. QuimiNet es un Portal Industrial Líder en el mundo, donde encontrará mucha Información y Herramientas de Negocio. A continuación un índice de la información contenida en esta página:
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Otros Productos |
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Productos Relacionados |
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Proveedores de (Alquitran) |
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| País | Empresa | Producto | Contacto |
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Simple - Cleancobertura: México | ALQUITRÁN, LIMPIADOR DE ALQUITRAN |
Somos proveedores de Alquitran en Lago Ladoga 29 Col.Anahuac Mexico, D.F. C.P. 11320 Datos y productos de Simple - Clean |
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Alquimia Mexicanacobertura: Nacional, Regional e Internacional | Alquitrán, Alquitrán de hulla, Alquitrán de pino |
Ofrecemos Alquitran en Cerrada de Colima 2-2 Apdo. Postal 7-843 Col.Roma MEXICO, D.F. C.P. 6700 Datos y productos de Alquimia Mexicana |
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Droguería San Juan de Dios | Alquitrán, Alquitran |
Somos suplidores de Alquitran en 0 Col. , C.P. 0 Datos y productos de Droguería San Juan de Dios |
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CSN - Cia. Siderurgica Nacional | Alquitran |
Somos fornecedores de Alquitran en Rua Lauro Mùller 116 - 36o Andar Centro Col.Rio de Janeiro , C.P. 22299900 Datos y productos de CSN - Cia. Siderurgica Nacional |
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Gerdau Acominas | Alquitran |
Ofrecemos Alquitran en Rod. MG-443 Km. 07 Fazenda do Cadete Col.Ouro Branco , C.P. 36420000 Datos y productos de Gerdau Acominas |
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Acominas | Alquitran |
Somos un proveedor de Alquitran en Rua inconfidentes Col. 871 Belo horizonte, MG C.P. 0 Datos y productos de Acominas |
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Cosipa | Alquitran |
Somos proveedores de Alquitran en Av. Do café 277 Col.- Sao Paulo, SP C.P. 4311000 Datos y productos de Cosipa |
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DIVSAcobertura: Latinoamérica | Alquitrán, Alquitrán de pino |
Ofrecemos Alquitran en Cerrada de Hidalgo No.3 Col.México Nuevo Ciudad de México, Distrito Federal C.P. 52966 Datos y productos de DIVSA |
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FARBE MRcobertura: Regional, Nacional e Internacional. | Alquitrán de hulta |
Somos un proveedor de Alquitran en Nacional Esquina Emiliano Zapata
Oaxtepec Morelos Col.Santa Rosa Oaxtepec, Mor. C.P. 62738 Datos y productos de FARBE MR |
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Macamecobertura: México | ALQUITRAN DE HULLA0, ALQUITRAN DE HULLA |
Somos proveedores de Alquitran en Ejido Tepepan No. 25 Col.Ejidos de Culhuacan México, D.F. C.P. 04420 Datos y productos de Macame |
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Suministrocobertura: Latinoamérica | Alquitrán de pino |
Ofrecemos Alquitran en Calle 4 # 216 - 4 Col.Col. Granjas San Antonio México, D.F. C.P. 09070 Datos y productos de Suministro |
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Abaquimcobertura: México | Alquitran de Huella, Alquitran de Huella, Alquitran de hulla, Alquitran de Pino |
Somos un proveedor de Alquitran en Cerrada de Colima No. 4 Col.Roma México, D.F. C.P. 6700 Datos y productos de Abaquim |
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PIASDAcobertura: México | Alquitran de Hulla |
Somos proveedores de Alquitran en N/A Col.N/A Monterrey, Nuevo León C.P. 0 Datos y productos de PIASDA |
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Dermet | Alquitran de hulla |
Ofrecemos Alquitran en Cam. a Sn Juan Ixhuatepec 1045 (Vidrio Plano) Col.Zacatenco MEXICO, D.F. C.P. 07360 Datos y productos de Dermet |
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Aproval | alquitran de hulla |
Somos un proveedor de Alquitran en Caruso No. 268 Col.Vallejo México, D.F. C.P. 07870 Datos y productos de Aproval |
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Precios de (Alquitran)o Similares |
Aportar información de precios de este producto
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| Producto | Fecha de Validez | Precio | Volumen | Condiciones | Tipo de Precio | Tipo de Fuente | Opine y Califique |
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| Alquitran | 30-Apr-2008 a 30-May-2008 | 0 COP/ | 0 0 a Mensual | cali Colombia / | Estimado | Comprador que solicita el producto | |
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| Noticias que incluyen en su texto el término (Alquitran) | |||
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07-Noviembre-2007
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14-Diciembre-2007
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31-Octubre-2006
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01-01-2003
Variedades de crudos
Por: Editorial QuimiNet /
Fuente: QuimiNet |
Sectores relacionados:
Petróleo y Energía |
Los
petróleos crudos son mezclas complejas que contienen
muchos compuestos hidrocarburos que varían en
apariencia y en composición entre campos petroleros.
Características
y propiedades típicas aproximadas y potencial
para producir gasolinas de varios crudos
Los petróleos crudos también se definen en términos de su gravedad API (que corresponde a las siglas en inglés del Instituto de Petróleo Americano). Mientras mayor sea su gravedad API, más ligero será el crudo. Por lo tanto los crudos ligeros tienen gravedades API altas y gravedades específicas bajas. En
cuanto a su composición, es común que
los crudos con bajo contenido de carbón, alto
contenido de hidrógeno y altas gravedades API
sean ricos en parafinas y tiendan a tener rendimientos
con mayores proporciones de gasolina y productos de
petróleo ligeros, mientras que los crudos con
altos contenidos de carbón, bajos contenidos
de hidrógeno y gravedades API bajas, sean ricos
en aromáticos. |
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01-01-2006
Requisitos Regulatorios Para el Mercadeo de Cosméticos en los Estados Unidos de Norte América
Por: FDA /
Fuente: QuimiNet |
Sectores relacionados:
Cosmética, Farmacéutica |
Requisitos Regulatorios Para el Mercadeo de Cosméticos en los Estados Unidos de Norte AméricaLos cosméticos vendidos o distribuidos en los Estados Unidos, manufacturados en el país o importados, deben estar de acuerdo con las estipulaciones de la Ley Federal de Drogas, Alimentos y Cosméticos (FD&C Act), la Ley Justa de Empaquetado y Rotulación, (Fair Packaging and Labeling Act (FPLA), y las regulaciones publicadas bajo la autoridad de estas leyes. Las regulaciones publicadas por la Administración de Drogas y Alimentos (FDA) están codificadas en el Título 21 del Código de Regulaciones Federales (21 CFR). Las regulaciones pertinentes a los cosméticos están indicadas en el 21 CFR, partes 700 a 740 (21 CFR 700 to 740). Las regulaciones sobre colores añadidos a los cosméticos se encuentran en el 21 CFR 73, 74 y 82. Copias de los volúmenes del 21 CFR que contienen estas regulaciones pueden obtenerse a precio corriente del Superintendente de Documentos, U.S. Government Printing Office, Washington DC 20402, teléfono (202) 783-3238. La ley Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos (FD&C Act) define los cosméticos como artículos para ser aplicados en el cuerpo humano para limpiar, embellecer, aumentar el atractivo físico o alterar la apariencia sin afectar la estructura del cuerpo o sus funciones. Incluidos en esta definición hay productos como las cremas para la piel, lociones, perfumes, lápices para los labios, esmaltes para las uñas, preparaciones para el maquillaje de la cara y los ojos, champúes para el lavado del cabello, ondulados permanentes, tinturas de colores para el pelo, dentífricos, desodorantes y cualquier otro material deseado como ingrediente de un producto cosmético. Productos de jabón que consisten principalmente de una sal alcalina de un ácido graso, que en su etiqueta no hacen ninguna afirmación fuera de la de limpiar el cuerpo humano, bajo la ley, no son considerados como cosméticos.
Cosméticos que También son DrogasLos productos que son cosméticos y a la vez se usan para tratar o prevenir una enfermedad, o que de alguna manera afectan la estructura o las funciones del cuerpo humano, son considerados como drogas y deben cumplir, no solamente con las estipulaciones de los cosméticos, sino también con las de las drogas. Ejemplos de algunos de ellos, son los dentífricos anticaries, (e.g., cremas dentales con fluoruro) cremas con hormonas, preparaciones para protegerse contra las quemaduras de los rayos solares, antisudorales que a la vez son desodorantes y champúes para el cabello que al mismo tiempo combaten la caspa. Los cosméticos más comunes que también son drogas, se venden sin receta médica o sobre el mostrador. Muchas son drogas nuevas cuya seguridad y efectividad hubo de ser comprobada por la agencia antes de ser puesta al mercado. Una droga nueva es una que generalmente no es reconocida por los expertos como segura y efectiva bajo las condiciones del uso deseado, o que ha sido reconocida pero no usada hasta tal punto o tiempo bajo ciertas condiciones. Las condiciones regulatorias para drogas son más extensas que las condiciones para los cosméticos. Por ejemplo, el Acto Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos exige que los manufactureros de drogas se registren con la FDA cada año y actualicen sus listas de todas las drogas manufacturadas dos veces por año. Véase 21 CFR 207. Además las drogas deben ser manufacturadas de acuerdo a las buenas prácticas y regulaciones acostumbradas y codificadas en 21 CFR 210 y 211.
Cosméticos Adulterados o Falsamente MarcadosEl Acto Federal de Alimentos Drogas y Cosméticos prohíbe la distribución de cosméticos que han sido adulterados o falsamente marcados. Un cosmético se considera adulterado o falsamente marcado si contiene una substancia que pueda convertir el producto en algo peligroso o perjudicial para los consumidores bajo condiciones de uso normal; si el producto contiene una substancia sucia, podrida o en estado de putrefacción; si el envase está hecho de una substancia peligrosa; si ha sido manufacturado o mantenido bajo condiciones antihigiénicas, en donde haya podido contaminarse con suciedad, convirtiéndose en un peligro para los consumidores; o si no es una tintura para el cabello que contiene un colorante añadido de un color no permitido. Tinturas de alquitrán para el cabello con una advertencia prescrita por la ley en la etiqueta, ilustraciones y una "prueba de emplasto" para determinar la sensibilidad alérgica, están libres de la estipulación de adulteración, aún si causan irritación en la piel o de otra manera son perjudiciales para el cuerpo humano. Las tinturas para las pestañas y las cejas no están incluidas en esta exención. Todas las tinturas en los productos para el teñido de pestañas y cejas, deben ser aprobados por la FDA para tales usos. Un cosmético se considera falsamente marcado cuando su etiqueta o rótulo es falso o engañoso, no tiene la información requerida o está incompleta, o si el recipiente o envase ha sido manufacturado o llenado de manera fraudulenta.
La Seguridad de los CosméticosAunque el Acto Federal de Drogas, Alimentos y Cosméticos no exige a los manufactureros de cosméticos ni sus distribuidores prueba de la seguridad de sus productos, la FDA recomienda enfáticamente a los primeros, llevar a cabo pruebas toxicológicas y de otra índole, apropiadas para comprobar la seguridad de sus cosméticos. Si la seguridad de un cosmético no es adecuadamente comprobada, el producto será considerado como falsamente marcado y puede ser sujeto a medidas regulatorias, a menos que su rótulo exhiba la siguiente manifestación de alarma: "Advertencia - La seguridad de este producto no ha sido determinada. Véase 21 CFR 740.10. Con la excepción de colorantes añadidos y unos pocos ingredientes prohibidos, los manufactureros de cosméticos pueden, bajo responsabilidad personal, usar esencialmente cualquier materia o substancia cruda como ingrediente de un cosmético y lanzar el producto al mercado sin aprobación alguna. La ley exige que los colorantes añadidos a alimentos, drogas y cosméticos deben ser verificados y aprobados por la FDA en cuanto a seguridad, según sea su uso en el futuro. Un cosmético con un colorante añadido que no pertenezca a la lista y no ha sido aprobado por la FDA para un uso definido, es considerado alterado y sujeto a acción reguladora. La lista de los aditivos aprobados para el uso de los cosméticos está en el 21 CFR 73, 74 y 82. El uso de los siguientes ingredientes en los cosméticos es restringido o prohibido: bitional, compuestos de mercurio, cloruro de vinilo, salicilanilides halogenados, complejos de zirconio en cosméticos de aerosol, cloroformo, cloruro de metileno, propulsantes de clorofluorocarburo y exaclorofeno. Véase 21 CFR 700.11 a 700.23 y 250.250. La agencia también considera como cosméticos adulterados, productos para las uñas que contengan metilo metacrilato monóme o aquellos con más de 5% de formaldehido. Aunque no prohibido por ley o la regulación, los manufactureros de productos de fragancias cosméticas voluntariamente han acordado no usar, o por lo menos limitar, el uso máximo de niveles de ciertos ingredientes escogidos que son causa de despigmentación y reacciones alérgicas irritantes, neurotóxicas o fototóxicas.
Registro VoluntarioAunque el Acto Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos no exige a las firmas de cosméticos que registren con la FDA los establecimientos de manufactura ni las formulaciones, o hace asequible datos sobre seguridad o cualquier otra información, antes de que un producto salga al mercado en los Estados Unidos, los manufactureros y distribuidores de cosméticos pueden rendir esta información voluntariamente. El registro voluntario de una firma o producto y la asignación de un número de registro por la agencia, no significa que ha sido aprobado por la FDA . Cualquier uso del número de un registro en la rotulación debe estar acompañado de una carta de renuncia muy clara como lo prescribe la regulación. Véase 21 CFR 710, 720 y 730.
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