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ENVASADO DE LIQUIDOS EN CUBITOS Y TAMBOS *

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Proveedores de:envasado de liquidos en cubitos y tambos 

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    México Hazemag envasado de liquidos en cubitos y tambos M.E Izaguirre 11 2o Piso Col.Satélite
    53100 México, Edo. de Méx.
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    República Dominicana ELBABORIA Máquina de envasado de líquidos, Máquina de envasado de líquidos Leoncio Ramos, Mirador Norte Col.Mirador Norte
    1 Santo Domingo, Santo Domingo
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    México Tecnoflex maquinas para envasado de liquidos, maquinas para envasado de polvos Primavera No. 138 Col.Viveros de Xalostoc
    55340 Tlanepanpla, Edo. de Méx.
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    México Malivi maquinaria para envasado de cualquier tipo de líquidos Gardenia No. 72 Col.Tamaulipas Sección el Palmar
    00000 México, D.F.
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    México Inedesca tambos, almacenaje de tambos Azahares No. 10 Col.Jardines del Alba
    54740 México, Edo. de Méx.
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    Argentina ROTONDO Y PEYRÉ Tambos Ruta 3 y Pringles Col.
    7300 Azul, Bs. As.
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    México Grupo Avante Llenadora de tambos, Dispositivo para el llenado de tambos, Dispositivo para el llenado de tambos o cuñetes Autopista Mex-Queretaro 3055 Col.San Andrés Atoto
    54040 Tlalnepantla, Edo. de Méx.
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    México Datasur Tambos de cartón San Esteban Oriente # 23 Col.Lomas de Sotelo
    00000 México, Edo. de Méx.
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    México Sistemas Logisticos en Almacenaje ALMACENAJE DE TAMBOS Oriente 13 Mz. 33 Lt. 6 Col.Cuchilla del Tesoro
    07900 Ciudad de México, Gustavo A. Madero
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    Argentina RAUKURA MERIEL Implementos para tambos Paracas 79 Col.
    1275 Buenos Aires, Bs. As.
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    México TRANSPORTES GARDA Transporte de Tambos con solventes usados, Transporte de Tambos con aceites usados CARRETERA A MATAMOROS NUM. 4400 OTE. Col.CENTRO
    27260 TORREON, COAH
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    México Induchem Envasado, Envasado en sachets, Envasado en "sachets", Envasado de producto Mirasol No.112 Col.Satélite
    62460 Cuernavaca, Morelos
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    México Grupo Empac envasado, envasado de sobres Czda. de los Cedros No. 960 Col.Ciudad Granja
    45010 Zapopan, Jal.
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    Colombia Productos Naturales Envasado Cl. 18 No. 68 D - 60 Col.-
    0 Colombia, Colombia
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    Argentina Relaciones Industriales ENVASADO, EQUIPOS PARA ENVASADO Rondeau 447 5° Piso "A" Col.Córdoba
    5000 Argentina, Argentina
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  • IDProductoConsumoPais del clienteEstadoPuestoObservaciones
    34237 Selladora de polietileno (manual y semiatomatica) 1 Unidad
    Anual
    México Chiapas Gerente
    36206 Maquina 1 Unidad
    Anual
    México Estado de México Compra URGENTE
    40261 película de polipropileno 1000 kg
    Anual
    México guanajuato gerente
    43347 tapones 1000 Unidad
    Mensual
    México Estado de Mexico Gte. Operaciones Deseo informacion de metalizado de plasticos principalmente tapones
    49495 maquila de envasado liquidos 10000 Unidad
    Trimestral
    México D.F. Gerente Producto higienico líquido, auxiliar de curación
    2721 frascos ambar 1000 Unidad
    Anual
    México Gerente de Operaciones
    3079 pistola para atomizadores 1000 Unidad
    Anual
    México encargada me gustaria recibir informacion de sus catalogo de productos y costo de los mismos. GRACIAS.
    3277 detergentes liquidos 1000 L
    Anual
    México nuevo leon gerente
    3966 abrillantador óptico 500 kg
    Anual
    México mexico direccion este producto lo requiero para detergentes liquidos
    3991 envases pet 1.500 ml cristalino 150 Unidad
    Anual
    México D.F gerente

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  • PaisEmpresaContacto
    México Alta Tecnologia en Envasado Calle Poniente 150 No. 838 Col.Industrial Vallejo
    02300 México, D.F.
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    México Máquinas y Sistemas para Envasado na Col.na
    04545 na, na
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    México Aerosoles y Líquidos Col.
    00000 ,
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    México AUTO LIQUIDOS REYNEROSA SANTA LUCIA NO.860 Col.HACIENDA LOS MORALES
    66495 SAN NICOLAS DE LOS GARZA, NUEVO LEON
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    México FLETERA CONTINENTAL DE LIQUIDOS DOM. CON. RANCHO STA. TECLA S N Col.CONG. TLACOTENGO
    94470 FORTIN, VERACRUZ
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    México TRANSPORTA LÍQUIDOS DE ECATEPEC Carlos B. Zetina No. 2 Col.Fracc Industrial Xalostoc
    55340 ECATEPEC DE MORELOS, EDO DE MEX
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    México Líquidos Automotrices España 280 Col.CERRO DE LA ESTRELLA
    09860 MEXICO, D.F.
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    Argentina SISTEMAS DE TRATAMIENTOS LIQUIDOS ITALIA 1860 Col.SAN MIGUEL
    1663 ,
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    México Envasadores Flexibles Automaticos Vaqueros No. 74 - F Col.Santa Isabel Industrial
    00000 México, D.F.
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    Ofertas de:envasado de liquidos en cubitos y tambos 

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    Maquinaria y Equipo de Envasado nuevos y Seminuevos 12860 México Estado de Mexico 100 L Grado alimenticio (food grade) 0 Bolívar venezolano Fabricamos Maquinaria para envasado de productos quimicos, farmaceuticos, plantas ...
    Maquinaria de empaque 9675 México Mexico D.F. 10 TM Grado alimenticio (food grade) 20 Peso mexicano maquinaria de envase automatico para la industria quimica farmaceutica cosmetica y ...

       
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    05-Septiembre-2006
    Bavaria invertirá en nueva Cervecería del Valle en Colombia
      
         Fuente:  QuimiNet

    Bavaria, la compañía líder de bebidas en Colombia, anunció la inversión de 175 millones de dólares en la nueva cervecería ubicada en Yumbo, municipio cercano a Cali, en la región del Valle del Cauca, con el fin de abastecer la creciente demanda, particularmente del occidente colombiano.

    La Cervecería del Valle reemplazará la actual producción de las instalaciones del centro de Cali que alcanzan actualmente los 1.3 millones de hectolitros, y está cerca de cumplir 80 años de funcionamiento y no pueden ampliarse por las restricciones del Plan de Ordenamiento Territorial (POT).

    Se espera que la nueva cervecería entre en operación a finales del 2007 y tendrá una capacidad inicial de 3.5 millones de hectolitros, capacidad que aumentará en el 2009 a 4.5 millones de hectolitros. Tendrá un concepto moderno de diseño y estará equipada con lo último en tecnología, con estándares de calidad y productividad de clase mundial, y se convertirá en un modelo a seguir para otras cervecerías. Esta planta será dos veces más grande de lo inicialmente anunciado y tendrá dos nuevos trenes de envase, una planta de envasado de barriles y una línea de envasado en lata a partir de 2009. Se espera que la Cervecería del Valle emplee aproximadamente 200 personas.

    Con esta inversión, Bavaria y SABMiller reafirman su compromiso con el país para la modernización de la industria cervecera, y para afrontar la creciente demanda y las exigencias de los consumidores.

    Bavaria, S. A., es la mayor compañía de bebidas en Colombia. Sus marcas de cerveza Águila, Águila Light, Póker, Costeña, Pilsen, Club Colombia, Brava, Costeñita, Pony Malta, Agua Brisa, Agua Brisa con gas, Tutti Fruti, Malta Leona, Malta Leona Cool, Cola y Pola, son líder en Colombia.

     

    29-Agosto-2006
    Invertirá US$102 millones SABMiller en Perú
      
         Fuente:  Reuters / Intélite

    El gigante cervecero SABMiller Plc., anunció que ampliará dos cervecerías y mejorará su capacidad de envasado en Perú, por lo que invertirá 102 millones de dólares en los próximos ocho meses.

    La inversión en Backus y Johnston incluirá un gasto de 12 millones de dólares para refrigeradores, frigoríficos y equipamiento comercial para mejorar la entrega de productos fríos a los peruanos.

    La anglo-sudafricana SABMiller, la segunda mayor cervecería del mundo, tomó las riendas de la cervecera peruana a fines de octubre del año pasado, tras adquirir a la colombiana Bavaria, que a su vez controlaba a Backus. Con esta compra, SAPMiller pudo entrar a los mercados de Colombia, Perú, Ecuador y Panamá.

     

    23-Agosto-2006
    Celulitis
      
         Industria: Cosmética, Cuidado personal, Sector salud
         Tipo: Nuevos productos, Asuntos sociales y de ONGs
         Fuente:  Intélite

    Una mañana, como de la nada, el cuerpo comienza a registrar la aparición de la antiestética celulitis, o bien es víctima de los mapas de guerra que representan las estrías.

    • La doctora Elisa Shearer, miembro de la Asociación para la Investigación Dermatológica, Plástica y Estética de París, dice que "la piel de naranja es una alteración que produce un aumento de volumen en algunas áreas del cuerpo debido a la acumulación de grasas y líquidos, proceso que varía notablemente durante el día y la noche". Y que atormenta a las mujeres las 24 horas.

    • Un frente de guerra contra este enemigo común de las mujeres lo ha abierto la casa Ebel París, especializada en el cuidado científico de la piel, y lo hace con dos innovadores productos, se trata del nuevo Performance Cellutâche.

    • Esta crema-gel tiene una efectiva acción de día, "gracias a su Micro-Difusión Technology, que forma sobre la piel un parche invisible que libera gradualmente sus componentes anticelulitis para acelerar el proceso de quemado de grasas".

     

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    03-03-2006
    Recomendaciones de carga y manejo para vehículos tanque que transportan gases o líquidos a granel
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Petroquímica, Transporte y logística | Productos y Servicios relacionados: Seguridad Industrial y Protección Personal

    Recomendaciones de carga y manejo para vehículos tanque (carros tanque) que transportan gases o líquidos a granel

    Un “vehículo tanque” o “carro tanque” se utiliza para transportar cualquier líquido o gas en un tanque de por lo menos1000 galones.

    Antes de cargar, descargar o conducir un camión tanque, inspeccione el vehículo. De esta forma se asegura que el vehículo es apropiado para el transporte de líquido o gas y que es seguro.

    INSPECCIÓN DE VEHÍCULOS TANQUE

    Los vehículos tanque tienen elementos especiales que es necesario revisar. Hay muchos tipos y tamaños de vehículos tanque.

    FUGAS

    El punto más importante que se debe revisar en todos los vehículos tanque, es la presencia de fugas. Revise debajo y alrededor del vehículo por señas de fuga. No transporte líquidos ni gases en un tanque con fugas.

    En general, revise lo siguiente:

    • Examine la carrocería o la estructura laminar y vea si hay abolladuras o fugas.

    • Examine las válvulas de aspiración, de descarga y de cierre. Verifique que se encuentran en la posición correcta antes de cargar, descargar o mover el vehículo.

    • Examine las tuberías, conexiones y mangueras, especialmente en las juntas, para verificar queno hayan fugas.

    • Examine las tapas de la boca de entrada y los ventiladores. Asegúrese de que las tapas tenganempaquetadura y que se cierran correctamente. Mantenga despejados los ventiladores para que operen adecuadamente.

    • Examine el equipo especializado. Si su vehículo tiene el equipo siguiente, asegúrese de que funcione:

    •  Paquete antigás de emergencia.

    •  Cables de conexión a tierra y de unión.

    •  Sistemas de cierre de emergencia.

    •  Extintor de incendio empotrado.Asegúrese de que sabe cómo operar el equipo especializado.

    • Examine el equipo de emergencia que requiere su vehículo. Averigüe cuál es el equipo que estáobligado a llevar consigo, que lo tiene (y que funciona).

    MANEJAR VEHÍCULOS TANQUE

    Transportar líquidos en tanques requiere destrezas especiales debido al alto centro de gravedad y almovimiento del líquido.

    ALTO CENTRO DE GRAVEDAD

    Un alto centro de gravedad significa que gran parte del peso de la carga se lleva en alto, por encimade la carretera. Esto hace que el vehículo sea pesado arriba y fácil de volcarse. Los tanques con líquidos tienen facilidad para volcarse.

    Las pruebas han demostrado que los tanques pueden volcarse yendo al límite de velocidad marcado para las curvas. Tome las curvas de la carretera o de las rampasde entrada o de salida a ella muy por debajo de las velocidades señaladas.

    PELIGRO DE OLEAJE

    El oleaje del líquido resulta del movimiento de éste dentro de tanques parcialmente llenos. Este movimiento puede tener efectos negativos para el manejo del vehículo. Por ejemplo, al llegar a una parada, el líquido produce olas adelante y atrás. Cuando la ola golpea el extremo del tanque, tiende a empujar al camión en el sentido en que ella se mueve.

    Si el camión va sobre una superficie resbaladiza, como el hielo, la ola puede empujar un camión parado hacia el centro de la intersección.

    El conductor de un camión tanque necesita tener mucho dominio en el manejo del vehículo.

    COMPUERTAS

    Algunos tanques para líquidos están divididos en varios tanques menores mediante compuertas. Al cargar y descargar estos tanques menores, el conductor debe poner atención a la distribución delpeso.

    No ponga demasiado peso en el frente o en la parte posterior del vehículo.

    TANQUES DEFLECTORES

    Los tanques para líquidos tienen compuertas con orificios que dejan pasar el líquido. Estos deflectores ayudan a controlar el oleaje del líquido hacia adelante y hacia atrás. Sin embargo, aún así,el oleaje que puede producirse hacia los lados, es capaz de causar el vuelco del vehículo.

    TANQUES SIN DEFLECTORES

    Los remolques tanque sin deflectores (a veces llamados “de interior liso”), no tienen nada por dentro que amortigüe el flujo del líquido. Por eso, el oleaje hacia adelante y hacia atrás es muy fuerte. Los vehículos-tanque sin deflectores suelen ser los que transportan productos alimenticios (por ejemplo leche). (Las reglas de salubridad prohiben el uso de deflectores debido a la dificultad para limpiar elinterior del tanque). Sea sumamente cauteloso (lento y cuidadoso) cuando maneje vehículos-tanque de interior liso, especialmente al arrancar y al parar.

    MERMA

    Nunca llene por completo un tanque con su carga líquida. Los líquidos se expanden al calentarse y hay que dejar espacio libre para esta expansión. Esto es lo que se llama merma. Como diferentes líquidos se expanden en volúmenes diferentes, requieren también diferente cantidad de merma disponible. Infórmese del requisito de merma cuando transporte líquidos a granel.

    ¿CUÁNTO CARGAR?

    Un tanque lleno de líquido denso (como es el caso de algunos ácidos) puede exceder los límites legales de peso. Por esta razón, muchas veces usted no podrá llenar más que parcialmente los tanques con líquidos pesados. El volumen de líquido que ha de cargarse en un tanque depende de

    • El volumen de la expansión del líquido en tránsito.

    • El peso del líquido.

    • Los límites legales de peso.

    REGLAS DE SEGURIDAD EN LA CONDUCCIÓN

    Para manejar vehículos tanque con seguridad, es necesario recordar y seguir las reglas de seguridad de la conducción.

    Algunas de ellas son:

    MANEJE CON SUAVIDAD

    • Debido al alto centro de gravedad y al oleaje del líquido, el conductor debe arrancar, disminuir la velocidad y detenerse suavemente. También debe hacer virajes y cambios de carril suaves.

    FRENAR

    • Si debe parar repentinamente para evitar un accidente, use el frenado controlado o frenado “a golpes” (“stab”). También vale la pena recordar que si hace maniobras bruscas con el volante, corre el peligro de volcarse.

    CURVAS

    • Disminuya la velocidad antes de las curvas, luego acelere levemente durante ella. La velocidad indicada para la curva podría ser demasiado rápida para un vehículo tanque.

    DISTANCIA DE PARO

    • Recuerde cuánto espacio necesita para detener su vehículo y que los caminos mojados requieren el doble de la distancia normal de parada. Los vehículos tanque vacíos necesitan más espacio que los llenos.

    PATINAR

    • No vire, acelere ni frene con exceso. Si lo hace, el vehículo puede patinar. En los remolquestanque, si las ruedas de dirección o las ruedas del remolque empiezan a patinar el remolque puede plegarse sobre el vehículo. Se deben tomar las medidas apropiadas cada vez que un vehículo empiece a patinar y hacer que las ruedas recuperen su tracción.

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    01-07-2005
    NOM Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia, Empaque, Envase y Embalaje |

    SECRETARIA DE SALUD

    NORMA Oficial Mexicana NOM-189-SSA1/SCFI-2002, Productos y servicios. Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

    NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-189-SSA1/SCFI-2002, PRODUCTOS Y SERVICIOS. ETIQUETADO Y ENVASADO PARA PRODUCTOS DE ASEO DE USO DOMESTICO.

    ERNESTO ENRIQUEZ RUBIO, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con fundamento en los artículos 34 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o. fracción XXII, 13 apartado A) fracción I, 194 fracción I, 195, 197, 210, 273, 274 y demás aplicables de la Ley General de Salud; 38 fracciones II y VII, 39 fracción V y 40 fracciones I, V, XI y XII, 41, 43, 47 fracción IV y 53 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28, 31 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o., 8o., 15, 25, 198 y quinto transitorio y demás aplicables del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios; 2 literal C fracción II, 34 y 36 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 23 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y 2 fracciones II y III, 7 fracción XVI, y 11 fracciones I y II del Decreto por el que se crea la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, me permito ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la siguiente Norma Oficial Mexicana NOM-189-SSA1/SCFI-2002. Productos y servicios. Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico, y

    CONSIDERANDO

    Que con fecha 9 agosto de 1999, en el cumplimiento de lo previsto en el artículo 46 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Dirección General de Calidad Sanitaria de Bienes y Servicios, ahora Dirección General de Control Sanitario de Productos y Servicios, presentó al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, el anteproyecto de la presente Norma
    Oficial Mexicana.

    Que con fecha 19 de junio de 2000, en el cumplimiento de lo previsto en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de la siguiente Norma Oficial Mexicana a efecto de que los interesados dentro de los siguientes sesenta días naturales posteriores a dicha publicación, presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Regulación y Fomento Sanitario.

    Que con fecha previa, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las respuestas a los comentarios recibidos por el mencionado Comité, en los términos del artículo 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

    Que en atención a las anteriores consideraciones, contando con la aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, se expide la siguiente:

    NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-189-SSA1/SCFI-2002, PRODUCTOS Y SERVICIOS. ETIQUETADO
    Y ENVASADO PARA PRODUCTOS DE ASEO DE USO DOMESTICO

    PREFACIO

    En la elaboración de la presente Norma participaron los siguientes organismos e instituciones:

    SECRETARIA DE SALUD
    Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
    Dirección General de Control Sanitario de Productos y Servicios
    Dirección General de Salud Ambiental

    SECRETARIA DE ECONOMIA
    Dirección General de Normas
    Dirección General de Política de Comercio Interior

    PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
    Coordinación General de Investigación

    CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA TRANSFORMACION

    CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE ACEITES, GRASAS, JABONES Y DETERGENTES

    AMWAY DE MEXICO, S.A. DE C.V.

    COLGATE-PALMOLIVE, S.A. DE C.V.

    CENTRO DERMATOLOGICO D. LADISLAO DE LA PASCUA

    DETERGENTES INDUSTRIALES MEXICANOS, S.A. DE C.V.

    INDUSTRIAS ALEN, S.A. DE C.V.

    PROCTER & GAMBLE DE MEXICO, S.A. DE C.V.

    MARVIL MEXICANA, S.A. DE C.V.

    SC JOHNSON AND SON, S.A. DE C.V.

    INDICE

    1. Objetivo y campo de aplicación

    2. Referencias

    3. Definiciones

    4. Símbolos y abreviaturas

    5. Clasificación

    6. Requisitos de etiquetado

    7. Requisitos de envasado

    8. Presentación de la información

    9. Declaraciones no permitidas

    10. Concordancia con normas internacionales y mexicanas

    11. Bibliografía

    12. Observancia de la Norma

    13. Vigencia

    1. Objetivo y campo de aplicación

    1.1 Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer los requisitos de información sanitaria y comercial que deben contener las etiquetas de los productos de aseo de uso doméstico, para elegir una mejor opción de compra, así como los lineamientos sanitarios para su envasado y así evitar que su uso represente un riesgo a la salud.

    1.2 Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en el territorio nacional para las personas físicas y morales que se dedican a su proceso o importación.

    2. Referencias

    Esta Norma se complementa con las siguientes normas vigentes:

    2.1     NOM-002-SCFI-1993       Productos preenvasados. Contenido neto, tolerancias y métodos de verificación.

    2.1     NOM-008-SCFI-1993       Sistema General de Unidades de Medida.

    2.2     NOM-030-SCFI-1993       Información comercial-Declaración de cantidad en la etiqueta-Especificaciones.

    3. Definiciones

    Para fines de esta Norma se entiende por:

    3.1 Coadyuvante o ayudas de procesos, a la sustancia o materia, excluidos aparatos, utensilios y aditivos, que no se considera como ingrediente por sí mismo en el producto y se emplea intencionalmente en la elaboración de materias primas, productos o sus ingredientes, para lograr una finalidad tecnológica durante el tratamiento o la elaboración que puede dar lugar a la presencia no intencionada, pero inevitable de residuos o derivados en el producto final.

    3.2 Consumidor , a la persona física o moral que adquiere o disfruta como usuario final los productos de aseo de uso doméstico.

    3.3 Denominación específica , al nombre particular que recibe un producto y que se encuentra asociado a la(s) característica(s) que lo distinguen dentro de una clasificación general y lo restringen en aplicación, efecto, estructura, función y uso particular.

    3.4 Denominación genérica , al nombre que recibe un grupo de productos, que en función de su uso tienen características comunes y que representa cada uno de los distintos tipos o clases en que se
    pueden ordenar.

    3.5 Embalaje , al material que envuelve, contiene y protege debidamente los envases primarios o envases secundarios en su caso, que facilita y resiste las operaciones de almacenamiento y transporte, no destinado para su venta al consumidor en dicha presentación.

    3.6 Envase colectivo , al recipiente o envoltura en el que se encuentran contenidos dos o más variedades diferentes de productos preenvasados, destinados para su venta al consumidor en dicha presentación.

    3.7 Envase múltiple , al recipiente o envoltura en el que se encuentran contenidos dos o más productos preenvasados iguales en su composición, que sólo varían en sus propiedades sensoriales o de tamaño, y destinados para su venta al consumidor en dicha presentación.

    3.8 Envase presurizado , al envasado a presión provisto de una válvula de mando que con un gas propulsor permite proyectar en el aire al producto en diferentes formas.

    3.9 Envase primario , al recipiente destinado a contener un producto y que entra en contacto directo con el mismo, conservando su integridad física, química y sanitaria.

    3.10 Envase resistente a niños , al envase diseñado o construido de tal manera que presente dificultad para ser abierto por niños de cinco años.

    3.11 Envase secundario , al que contiene al envase primario de manera individual.

    3.12 Etiqueta , al marbete, rótulo, inscripción, marca, imagen gráfica u otra forma descriptiva que se haya escrito, impreso, estarcido, marcado, en relieve o en hueco, grabado, adherido, precintado o anexado al empaque o envase del producto.

    3.13 Ingrediente , a la sustancia que forma parte de la composición o fórmula del producto terminado.

    3.14 Leyendas precautorias , al texto o representación gráfica que informe y, en su caso, prevenga al consumidor, sobre los posibles daños a la salud que ocasione la presencia de un ingrediente específico o el mal uso o aplicación del producto.

    3.15 Lote , a la cantidad de un producto elaborado en un mismo ciclo, integrado por unidades homogéneas.

    3.16 Proceso , al conjunto de actividades relativas a la obtención, elaboración, fabricación, preparación, conservación, mezclado, acondicionamiento, envasado, manipulación, transporte, distribución, almacenamiento y expendio o suministro al público de productos.

    3.17 Producto a granel , al producto que debe pesarse, medirse o contarse en presencia del consumidor por no encontrarse preenvasado al momento de su venta.

    3.18 Producto corrosivo , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso causa destrucción o alteraciones irreversibles en el tejido vivo por acción química en el sitio de contacto.

    3.19 Producto de aseo de uso doméstico , a los productos definidos en el numeral 3.20 y cuya formulación y comercialización está destinada a los consumidores que los usan o aplican en las diferentes áreas del hogar o instalaciones similares, tales como: oficinas, escuelas y hospitales, entre otros.

    3.20 Productos de aseo , a las sustancias o mezclas de sustancias que se emplean de forma directa o indirecta, independientemente de su estado físico, destinadas a: la limpieza, lavado e higiene de objetos, superficies y fibras textiles y que tienen por objeto desprender o eliminar la suciedad y las manchas; proporcionar un determinado aroma o eliminar malos olores del ambiente; impartir un acabado lustroso a objetos y superficies, modificar y acondicionar la textura o cualquier otra característica de las telas; desobstruir los ductos sanitarios de las aguas residuales y pluviales y los demás con fines análogos que determine la Secretaría.

    3.21 Productos especiales para textiles , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias que facilitan el aseo y mantenimiento de fibras textiles al modificar o acondicionar la textura o cualquier otra característica de las telas. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes productos: almidones o aprestos, blanqueadores, productos para el planchado, prelavadores, desmanchadores y suavizantes.

    3.22 Producto inflamable , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso tiene un punto de inflamación menor o igual a 37,8ºC, prende fácilmente y se quema rápidamente, generalmente
    de forma violenta.

    3.23 Producto irritante , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso causa un efecto inflamatorio reversible en el tejido vivo por acción química en el sitio de contacto.

    3.24 Productos multifuncionales , a los productos de aseo de uso doméstico que debido a su formulación pueden tener varias de las funciones tecnológicas descritas en los numerales 3.21, 3.25, 3.26, 3.27, 3.28 y 3.29, así como alguna otra función tecnológica diferente de las anteriores pero que no es la función principal.

    3.25 Productos para desobstruir conductos sanitarios, a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias cuya acción química o biológica remueve materia presente en los conductos sanitarios de las aguas residuales y pluviales que pudieran obstruirlas. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los destapacaños.

    3.26 Productos para el ambiente , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias usados con el objeto de impartir un aroma al ambiente o prevenir o enmascarar o eliminar malos olores. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes productos: aromatizantes, desodorantes, enmascarantes y los eliminadores
    o controladores de malos olores del ambiente.

    3.27 Productos para higiene , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias que disminuye el desarrollo de microorganismos de la superficie donde se aplique.
    En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los desinfectantes.

    3.28 Productos para la limpieza , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias que eliminan o disminuyen la suciedad orgánica e inorgánica de las superficies donde se aplica. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa
    los siguientes productos: detergentes, jabones de lavandería, desengrasantes, limpiadores, desmanchadores y removedores.

    3.29 Productos para protección o acabado lustroso , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias de origen natural o sintético que proporcionan a una superficie un acabado protector o reparador, estético, brillante o una combinación de ellos. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes productos: ceras, lustradores, abrillantadores y selladores.

    3.30 Productos preenvasados , a los productos que cuando son colocados en un envase de cualquier naturaleza, no se encuentra presente el consumidor y la cantidad de producto contenido en él no puede ser alterada, a menos que el envase sea abierto o modificado perceptiblemente.

    3.31 Producto tóxico , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso y que en función de la concentración, vía de administración y tiempo de exposición puede causar trastornos estructurales o funcionales que provoquen daños a la salud o la muerte.

    3.32 Superficie de información , al área del envase primario o secundario, distinta a la superficie principal de exhibición.

    3.33 Superficie principal de exhibición , a la parte de la etiqueta o envase a la que se le da mayor importancia por ostentar el nombre, la marca comercial, y la denominación genérica o, en su caso, específica, excluyendo las tapas y fondos de las latas y frascos; y los hombros y cuellos de botellas.

    4. Símbolos y abreviaturas

    Cuando en esta Norma se haga referencia a los siguientes símbolos y abreviaturas se entiende por:

    °C      grados Celsius

    Cuando en la presente Norma se mencione a la Secretaría, debe entenderse que se trata de la Secretaría de Salud.

    5. Clasificación

    Los productos objeto de esta Norma con base a su función tecnológica se clasifican en:

    5.1 Productos especiales para textiles

    5.2 Productos multifuncionales

    5.3 Productos para desobstruir conductos sanitarios

    5.4 Productos para el ambiente

    5.5 Productos para higiene

    5.6 Productos para la limpieza

    5.7 Productos para protección o acabado lustroso

    y otros que determine la Secretaría.

    6. Requisitos de etiquetado

    6.1 Etiquetado sanitario

    6.1.1 Denominación genérica y específica del producto.

    6.1.1.1 En la superficie principal de exhibición del envase primario o secundario de los productos preenvasados objeto de esta Norma, debe figurar la denominación genérica y, en su caso, específica.

    6.1.1.2 La denominación genérica se podrá establecer haciendo referencia a la presentación o función
    del producto.

    6.1.1.3 La denominación específica se podrá establecer haciendo referencia al lugar donde se aplicará
    el producto.

    6.1.2 Identificación del responsable del proceso.

    6.1.2.1 En los productos nacionales, debe figurar el nombre, la denominación o la razón social y domicilio (calle, número, código postal, ciudad y estado) del productor o responsable de la fabricación. En el caso de productos importados, esta información debe ser proporcionada por el importador a la autoridad competente, a solicitud de ésta.

    6.1.2.2 Para el producto nacional que sea maquilado, la leyenda “Hecho para” seguido del nombre y domicilio de la persona física o moral, licenciatario o causahabiente propietario de la marca.

    6.1.2.3 Tratándose de productos importados debe figurar el nombre, la denominación o la razón social y el domicilio del importador (calle, número, código postal, ciudad y estado), mismos que podrán incorporarse en la etiqueta del producto, en el territorio nacional después del despacho aduanero y antes de su comercialización.

    6.1.2.4 Para los productos de importación que hayan sido envasados en México deben dar cumplimento a lo dispuesto en los numerales 6.1.2.3 y 6.2.2.1.

    6.1.3 Declaración de la lista de ingredientes.

    6.1.3.1 La lista de ingredientes de los productos objeto de esta Norma debe figurar en la superficie de información del envase primario o, en su caso, envase secundario. La declaración debe hacerse de la siguiente manera:

    6.1.3.1.1 Debe ir precedida por el término “ingredientes” y enlistarse por orden cuantitativo decreciente.

    6.1.3.1.2 Los ingredientes activos, solventes, propelentes, sustancias corrosivas y aquellas que den origen a las leyendas precautorias, deben declararse con el nombre químico o técnico más comúnmente usado o utilizar una nomenclatura química internacionalmente reconocida.

    6.1.3.1.3 Los demás ingredientes deben declararse y, para ello, podrá emplearse la denominación genérica, la denominación química para grupos o familias ya establecidas o la denominación funcional del ingrediente, entre los que se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes:

    -         Fosfatos

    -         Fosfonatos

    -         Tensoactivos aniónicos

    -         Tensoactivos catiónicos

    -         Tensoactivos anfotéricos

    -         Tensoactivos no iónicos

    -         Blanqueadores base oxígeno

    -         Blanqueadores base cloro

    -         EDTA

    -         Acido nitrilotriacético

    -         Fenoles y fenoles halogenados

    -         Hidrocarburos aromáticos

    -         Hidrocarburos alifáticos

    -         Hidrocarburos halogenados

    -         Ceras

    -         Silicones

    -         Sulfatos

    -         Carbonatos

    -         Silicatos

    -         Zeolitas

    -         Policarboxilatos

    6.1.3.1.4 En el caso de que una empresa haya desarrollado un ingrediente o una mezcla de ingredientes que promuevan una innovación en el mercado de los productos objeto de esta Norma, podrán declararse utilizando el nombre patentado o registrado por ejemplo: Bitrex®, Teflon®, etc. Los documentos que avalen la patente o el registro estarán a disposición de la Secretaría, cuando ésta lo solicite.

    6.1.3.1.5 Las enzimas, colorantes, aromas, fragancias y coadyuvantes o ayudas de p