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DOT-4 *

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    México Química Delta DOT-3, MEZCLA EUZKADI 442 Carretera Teoloyucan-Huehuetoca 259 Col.Barrios Santa Maria Caliacac
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    3300 Mexico, D.F.
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    02800 Azcapotzalco, Distrito Federal
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    1317910 Sao Paulo, Sao Paulo
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    México Raloy Lubricantes LIQUIDO PARA FRENOS DOT 4, LIQUIDO PARA FRENOS DOT 3 Av. Del Convento 111 Col.Parque Industrial
    52600 Santiago Tianguistenco, Edo. de Méx.
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    Colombia DURANCARS DEL ORIENTE Líiquido para frenos dot, Liiquido para frenos dot CARRERA 16 N° 20-72 Col.SAN FRANCISCO
    0 BUCARAMANGA, DURANCARS DEL ORIENTE
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    México Productos Quimicos MRC Base líquido de frenos DOT 4, Base líquido de frenos DOT 3 Volcán de Jorullo # 1877 Col.El Colli Urbano
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    México Industria Química del Centro Polietilenglicol 400, PEG 400 Centeno 546 Col.Granjas México
    8400 MEXICO, D.F.
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    Chile Perez & Jacard SORBAMOL 420, TIERRAS DE FULLER ACTIVADAS, R-404A, MEZCLA AZEOTROPICA DE HFC 125 (GAS FORANE FX70), POLIESTIRENO NEAR PRIME 4220, PAI RESIRENE 4220 Miraflores 222 Piso 15 Col.No aplica
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    45680 El Salto, Jalisco
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    México REPRESENTACIONES ESPECIALES HCR VIOLETA CRISTALINA(IC.42555)IND., VIALES DE VIDRIO AMBAR 4ML, VERDE ERIO B I.C 440R, VALVULA PARA 41055F- AURELIANO VALVERDE #10 Col.PRESIDENTES EJIDALES
    04470 México, D.F.
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    México Lubrizol de México Avalure® UR 450 Polyurethane Dispersion, Avalure® UR 425 Polyurethane Dispersion, Avalure® UR 405 Polyurethane Dispersion, Resina facil de procesar por extrusion, dureza 45D Av,. Interceptor Poniente No. 69 Col.Parque Industrial La Joya
    54730 Cuautitlán Izcalli, Edo. de Méx.
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    8653 liquido frenos 288000 Onzas
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    Colombia Cundi gerente PARA DISTRIBUCIÓN
    25313 liquido de frenos DOT 3 y tanques 8000 Litros
    Anual
    Colombia valle ingeniero de produccion necesito precios y calidad ademas si se puede muestra para saber la calidad del producto ...
    29577 liquido para frenos dot 100 Toneladas
    Anual
    Venezuela Zulia Maracaibo distribuidor liga para frenos en el occidente del pais (Venezuela)
    30645 aceite de freno DOT 3 50000 Toneladas
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    Puerto Rico PR PRESIDENTE
    114961 liga para frenos DOT 3 1 Piezas
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    Venezuela MIRANDA PRESIDENTE REQUIERO SABER SI UDS. SON PROVEEDORES DE LIGA PARA FRENOS DOT 3, AGRADEZCO GRACIAS!
    120989 Dot-bal 3 Toneladas
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    293609 liquido de frenos dot 3 y 4 5000 Toneladas
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    Perú LIMA G. DE VENTAS cert. especificacion

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    Costa Rica 4LIFE . Col..
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    México 4ever Inks Mexicana la amargura #132 Col.lomas de la herradura
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    México 4u Logistics,S.A. de S.V. José María Rico no. 55 P.B. Col.Col del Valle
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    07-Febrero-2006
    British Petroleum y la italiana ENI interesadas en Repsol-YPF
      
         Fuente:  QuimiNet

    El gigante British Petroleum (BP) y el grupo italiano ENI podrían lanzar una Oferta Pública de Acciones (OPA) para comprar Repsol-YPF.

    Esto se dio a conocer despues de la caída de Repsol en la Bolsa del 10 por ciento, después de que diera de baja un 25 por ciento de sus reservas el pasado 26 de enero. Además del vencimiento de la “acción de oro” (golden share), un blindaje que permitía al gobierno español protegerla de compradores indeseables. Pese a ello, quien sí podría frenar la ofensiva de eventuales compradores de Repsol-YPF es el gobierno de Argentina, debido a que el estado argentino conserva plenamente su derecho a vetar cualquier avance significativo en el capital de la empresa petrolera.

    Con la baja del 25 por ciento de sus reservas de crudo, el valor de Repsol-YPF cayó de 36,528 millones de dólares a 32,470 millones.

    Cuando el gobierno de Felipe González impulso un amplio proceso de privatización, dotó a las empresas que estaban en esa situación de una alternativa legal llamada “golden share” que permitía al Estado oponerse a cualquier intento de control por grupos extranjeros u opciones no deseadas. Por disposición de la Unión Europea, Repsol pierde esa protección. No sale a la venta una acción de oro, simplemente deja de existir con lo que se elimina el blindaje y ahora Repsol puede ser comprada.

    Con la caída del precio de las acciones más el hecho del vencimiento de la acción de oro”, hace que el grupo sea vulnerable ante un posible intento de compra por una petrolera extranjera. Por su parte las empresas ENI y BP, no han dado declaraciones al respecto.

     

    25-Junio-2003
    Con nueva prueba genética, Roche da un paso importante hacia la medicina personalizada
      
         Fuente:   El Espectador

    Roche Holdings AG se dispone a lanzar la primera prueba genética capaz de determinar cómo un paciente reaccionará a gran variedad de medicamentos comúnmente recetados. La prueba, que en principio venderá a 400 laboratorios estadounidenses muy especializados, presagia lo que los expertos en salud creen que transformará la forma en que se desarrollan comercializan y recetan los fármacos.

    • Los medicamentos estarán personalizados, se espera que se erradiquen los riesgos y modifiquen la forma de recetar porque los médicos primero tendrán que tomar una muestra de ADN para indicar cómo tomar una medicina específica, de acuerdo a su perfil genético.

    • Walter Koch, director de farmacogenética en la división de diagnóstico molecular de Roche, afirmó que se venderá a un precio inicial de 350 y 400 dólares, agregó que la prueba es capaz de determinar hacia qué campo es propenso el paciente para que los médicos ajusten la dosis. (Por:Vanessa Furhmans)

     

    25-Febrero-2004
    Comprará Yamanouchi a Fujisawa
      
         Industria: Farmacéutica
         Tipo: Reportes de resultados y acciones
         Fuente:  Excélsior

    La empresa japonesa Yamanouchi Pharmaceutical Co Ltd informó que comprará a su rival Fujisawa Pharmaceutical Co Ltd en una operación valorada en 7,760 mdd, para crear un gigante en el mercado japonés de medicamentos que mueve 50 mil mdd.

    • "La fusión sería la mejor solución para que ambas empresas sobrevivan". indicó el director general de Yamanouchi Toichi Takeneka.

    • "Yamanouchi es fuerte en Europa y Fujisawa en EU", dijo Tyasuhiro Nakazawa, analista de Mitsubishi Securities.

    • Yamanouchi es fuerte en los tratamientos para la úlcera y las afecciones urinarias, es más conocido por el fármaco Harnal. Fujisawa fabrica el medicamento inmunosupresor Prograf, se concentra en tratamientos relacionados con el sistema inmunitario.

    • La fusión se convertirá en el segundo fabricante de medicamentos en Japón, luego de Takeda Chemical Industries con ventas anuales de alrededor de 8,500 mdd. Tendrá la segunda fuerza de ventas con 2,400 miembros, luego de Pfizer Inc que tiene 3,200.

    • Analistas afirmaron que la fusión puede hacer que los fabricantes japoneses rivales sigan el ejemplo según sientan nerviosismo por la presencia de empresas occidentales como Roche Holding AG que adquirió una participación mayoritaria en Chugai Pharmaceutical Co Ltd en 2002. (Reuters)

     

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    03-03-2006
    Definición de sustancias tóxicas, inflamables y explosivas
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Petroquímica, Química | Productos y Servicios relacionados: Ambiental, Seguridad Industrial y Protección Personal

    DEFINICIÓN DE SUSTANCIAS TÓXICAS, INFLAMABLES Y EXPLOSIVAS.

    La cantidad y las características físicas y químicas de las sustancias involucradas en una actividad industrial o de servicios (en proyecto o en operación), así como en un transporte, constituyen los factores de mayor importancia para definir su grado de riesgo. Es por ello, que se han constituido listados de sustancias peligrosas reguladas (principalmente tóxicas o explosivas e inflamables), para las cuales se han fijado cantidades de reporte o de control.

    En términos generales las sustancias tóxicas, inflamables y explosivas se clasifican en:

    Sustancias de toxicidad aguda : Una sustancia es considerada como un tóxico agudo de acuerdo a que: su concentración capaz de producir la muerte de la mitad o el 50 por ciento (CL50) de los animales expuestos vía inhalación durante ocho horas sea de 0.5 mg/l de aire; o bien que su dosis dérmica que provoca la muerte del 50 por ciento (DL50) de los animales expuestos sea de 50 mg/kg de peso corporal; o que su dosis oral (DL50) sea equivalente a 25 mg/kg de peso corporal. En ausencia de estos valores, se utilizan las concentraciones o dosis más bajas que son letales para cualquier animal de prueba.

    Sustancias inflamables : Son aquellas capaces de formar una mezcla, con el aire, en concentraciones tales que las haga formar una flama espontáneamente o por la acción de una chispa. La concentración de dicha mezcla se considera equivalente al límite inferior de inflamabilidad. Dichas sustancias son consideradas como inflamables si poseen un punto de inflamación menor a 60 ºC, una presión de vapor absoluta que no exceda de 2.81 Kg/cm 2 y temperatura de ebullición de 37.8 ° C. Un líquido inflamable es definido por la Asociación Nacional de Protección contra el Fuego (NFPA) como aquel líquido con un punto de flasheo por debajo de los 37.8 ° C. La misma NFPA establece las siguientes subclasificaciones para estos líquidos:

    Clase 1A : son aquellos que tienen puntos de flasheo por debajo de los 22.8 ° C y que tienen un punto de ebullición por debajo de 37.8 ° C.
    Clase 1B : son aquellos que tienen puntos de flasheo por debajo de los 22.8 ° C y cuyo punto de ebullición es o se encuentra por arriba de 37.8 ° C.
    Clase II: son aquellos que tienen puntos de flasheo de 0 por arriba de los 37.8 ° C y debajo de los 60 ° C.
    Clase III: líquidos subdivididos en 2 subclases:
    Clase IIIA : todos aquellos que tienen puntos de flasheo de o por arriba de 60 ° C y por debajo de 93.3 ° C.
    Clase IIIA : todos aquellos que tienen puntos de flasheo de o por arriba de 93.3 ° C.

    Sustancias explosivas : Son aquellas que producen una expansión repentina, por turbulencia, originada por la ignición de cierto volumen de vapor inflamable, acompañada por ruido, junto con fuerzas físicas violentas capaces de dañar seriamente las estructuras por la expansión rápida de los gases.

     

    En México, para calcular las cantidades de reporte o de control, se tomó como referencia una distancia de 100 metros, en torno a las fuentes emisoras; dentro de la cual para el caso de sustancias tóxicas, se alcanzaran valores de concentraciones iguales al IDLH; en el caso de sustancias inflamables, se produjeran niveles de radiación térmica iguales a 5 kw/m 2 y para las sustancias explosivas, se presentaran ondas de sobrepresión de 0.5 psi.

    El criterio de distanciamiento de 100 metros se adoptó considerando que al desprenderse un gas o evaporarse una sustancia líquida tóxica o inflamable, se formara una nube con forma elíptica, que por la acción del viento, llevara a dicha sustancia a concentrarse en el extremo de la elipse (concentración IDLH para sustancias tóxicas y/o la concentración equivalente al Límite Inferior de Explosividad, LIE, para sustancias inflamables). Para ello, se tomaron en cuenta las consideraciones señaladas en la Guía de Acciones de Emergencia para selección de materiales peligrosos, publicada en 1978 por el Departamento de Transporte (DOT) de Estados Unidos.

    Cada país incluye las sustancia en los listados tomando en cuenta otros factores como la existencia de la sustancia, su utilización, la frecuencia en que se haya visto involucrada en accidentes y la gravedad de las repercusiones de los mismos.

    En el caso de los Estados Unidos de América, el listado de sustancias reguladas por la Sección 112 (r) de la Ley del Aire Limpio comprende 77 sustancias tóxicas, 63 inflamables y las explosivas listadas por el Departamento del Transporte; por su parte el listado de la Directiva del Consejo de la Unión Europea promulgada en 1982 reúne 180 sustancias tóxicas, inflamables y explosivas. En Canadá, se han establecido tres listados de sustancias peligrosas; la lista 1, es una lista corta que incluye a las sustancias de alta prioridad comúnmente encontradas en el país en fuentes fijas y en el transporte en cantidades por arriba de los umbrales considerados en las cantidades de reporte, por lo cual existe una alta probabilidad de que causen muertes al ocurrir un accidente. La lista 2, es una lista más larga, e incluye a las mismas sustancias de la lista 1 manejadas en cantidades inferiores, así como otras que en caso de liberación súbita pudieran causar fatalidades, y la lista 3 comprende otras sustancias peligrosas frecuentemente encontradas en Canadá pero en cantidades mucho menores y que tienen poca probabilidad de verse involucradas en accidentes graves.

    Cabe destacar que también existen variaciones en la forma en que se fija la cantidad de reporte o de control de una sustancia peligrosa de un país a otro, que dependen de la forma en que se concibe la distancia que separa a las unidades que la contienen en la misma o en distintas áreas de una misma instalación, como se indica a continuación.

    En el caso de la legislación de Estados Unidos, se considera que en una fuente fija se encuentra una cantidad de reporte o de control, cuando la cantidad total de la sustancia regulada contenida en un proceso es superior al umbral o límite establecido.

    Mientras que por proceso se entiende cualquier actividad que involucra a la sustancia regulada y que incluye cualquier uso, almacenamiento, manufactura, manejo o movilización de la misma, o combinaciones de estas actividades. También se considera como un proceso unitario a varios recipientes físicamente interconectados o a varios recipientes cercanos conteniendo la sustancia regulada, que en el caso de un accidente pueden verse involucrados en la liberación de la misma.

    A su vez, se define por fuente fija, cualquier edificio, estructura, equipo, instalación o actividades fijas emisoras de sustancias reguladas, que pertenecen a una misma empresa, y que están localizadas en una o más propiedades contiguas, controladas por un mismo operador, y a partir de las cuales puede producirse la liberación accidental de dichas sustancias.

    En dicho país, la lista de sustancias reguladas está basada en la toxicidad aguda, historia de accidentes y volatilidad. Los valores de las cantidades de control o umbrales (TQ) de las sustancias tóxicas, están comprendidos entre 500 y 20 mil libras, mientras que para las sustancias inflamables se fija un TQ de 10 mil libras y para las explosivas de cinco mil.

    En el caso de la Directiva del Consejo de la Unión Europea (82/501/CEE), las cantidades de reporte o de control, se refieren a cada instalación o conjunto de instalaciones del mismo fabricante cuando la distancia entre las mismas no es suficiente para evitar, en circunstancias previsibles, un aumento de los riesgos de accidentes graves. O bien, se refieren a cada conjunto de instalaciones de un mismo fabricante cuando la distancia que las separa sea inferior a aproximadamente 500 metros.

    En México, de acuerdo con la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, publicada en 1988, la clasificación de las actividades riesgosas se sustentó en el uso de sustancias peligrosas en cantidades que ameritaran su control (llamadas cantidades de reporte). De ahí que se elaboraran y publicaran en el Diario Oficial de la Federación, listados de sustancias tóxicas (el 28 de marzo de 1990) e inflamables y explosivas (el 4 de mayo de 1992), y sus cantidades de reporte.

    Para determinar las cantidades umbrales o límites, denominadas cantidades de reporte de las sustancias identificadas como tóxicas, la concentración máxima fue comparada con los niveles máximos permitidos (dosis) que aseguren el bienestar y salud del ser humano. Con base en la aplicación de modelos matemáticos, se simuló la dispersión de una nube de gas o vapor, emitida accidentalmente, mediante lo cual se determinó la concentración máxima de cada sustancia que se podría alcanzar a una cierta distancia a partir de la fuente, en condiciones meteorológicas estables.

    Las sustancias incluidas en los listados, se seleccionaron a partir de diversas listas tales como: el listado de sustancias identificadas por la Agencia Ambiental de los Estados Unidos de América como agudamente tóxicas; listados de sustancias consideradas por la Ley General de Salud, de la Secretaría de Salud; listado de sustancias que requieren permiso para su importación a territorio nacional; así como sustancias para las cuales se han fijado límites de exposición a nivel ocupacional por la Secretaria de Trabajo y Previsión Social.

    Después de establecer una comparación entre los listados anteriores, se decidió la inclusión de todas las sustancias que:

    • tienen un IDLH menor de 10 mg/m 3 ,
    • se producen, manejan o transportan en México en grandes volúmenes (aunque no sean tóxico-agudas, porque en caso de liberarse podrían presentar problemas serios al considerarse su concentración en el ambiente),
    • se encuentren en cantidades tales que de producirse una liberación, ya sea por fuga o derrame de las mismas, provocaría la formación de nubes inflamables cuya concentración sería semejante a la de su límite inferior de inflamabilidad, en un área determinada por una franja de 100 m de longitud en torno a las instalaciones o medio de transporte dados,
    • generen ondas de sobre presión de 1 lb/pulg. 2 en una franja similar a la anterior en el caso de formación de nubes explosivas.

    En total se reunieron en los dos listados 481 sustancias (233 tóxicas y 248 inflamables y explosivas). Está previsto, siguiendo el ejemplo de los países que han revisado y adecuado sus listados conforme a la experiencia y al avance en el conocimiento, someter a revisión los listados actuales para su adecuación. En particular, porque se ha identificado que en ellos se han incluido las diversas especies químicas que se encuentran en un mismo producto comercial, como es el caso del propano, butano, 1-buteno, 2-buteno, 2-butino, 2-metil-propeno, propileno y propino, contenidos en el gas LP y que no requerirían ser considerados por separado. Lo mismo ocurre con la gasolina, sobre la cual se detallan 38 especies, o bien, con otras sustancias que cuentan con diversos isómeros. Lo cual hace innecesariamente largos los listados y no contribuye a disminuir los riesgos en su manejo. En el anexo de este documento se comparan las sustancias y sus cantidades de reporte listadas en México, con las de otros países.

    Es importante tener presente que para decidir como clasificar las actividades altamente riesgosas en México, no se creyó conveniente simplemente adoptar alguna de las clasificaciones de otro país, ya que nuestra realidad puede ser totalmente distinta, el grado de conciencia y capacidad de manejar los materiales peligrosos puede diferir y la vulnerabilidad de las poblaciones vecinas a las actividades riesgosas puede ser más alto.

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    01-01-2003
    Escalas de Dureza y Dureza de Polímeros Comunes
    Por: Editorial QuimiNet / Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Plásticos, Polímeros |
    Escalas de Dureza y Dureza de Polímeros Comunes
    La dureza de un material es una propiedad fundamental que debe tomarse en cuenta al diseñar una pieza. Es frecuente encontrar datos de dureza de plásticos y/o elastómeros expresados en diferentes escalas (por ejemplo: Shore A, Shore D, Rockwell) lo que en ocasiones dificulta la comparación rápida entre dos materiales.

    Haciendo click en la siguiente liga, usted podrá ver de modo gráfico la relación que existe entre las escalas de dureza mencionadas arriba, los rangos de dureza en los que se encuentran los plásticos y elastómeros y los valores típicos de dureza de varios materiales comunes.

    Haga click aquí para ver la gráfica

     

    01-01-2003
    Condiciones de Secado y de Proceso para Resinas Comunes
    Por: Editorial QuimiNet / Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Plásticos, Polímeros |
    Condiciones de Secado y de Proceso para Resinas Comunes

    Algunas resinas absorben humedad en condiciones ambientales. Durante los procesos de inyección o extrusión, el exceso de humedad combinado con la alta temperatura de proceso pueden atacar a la resina y causar la degradación de la misma y/o tener efectos negativos en la apariencia de la pieza/lámina/película plástica. Estas condiciones también deben tomarse en cuenta al seleccionar una resina, pues de ello depende la inversión necesaria para tener un equipo de secado adecuado, además de los costos de secado, la flexibilidad para procesar diversas resinas (de uno o varios colores) y el tiempo requerido para cambiar de un material a otro y/o reaccionar rápido.

    A continuación se muestran las condiciones de proceso recomendadas para secar resinas, así como las temperaturas recomendadas de masa fundida y de molde para las mismas.

    Haga click aquí para ver gráfica

     

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