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SISTEMAS DE ENVASADO DEL AZÚCAR *

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Proveedores de:Sistemas de envasado del azúcar 

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    Colombia DP Ingeniería Sistemas de envasado del azúcar, Elevadores de azúcar Calle 29 No.27 - 40 Ofic 601 Edificio Banco de Bogotá Col.
    0 Palmira,
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    México Robotica e Instrumentacion Industrial sistemas de envasado, sistemas de etiquetado Vicente Ferrera No. 113 Col.Obispado
    00000 Monterrey, Nuevo León
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    Estados Unidos Serac sistemas de envasado, envasado de lacteos 300 Wesgate Dr. 60188 Col.Carol Stream
    000 USA, USA
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    México Envasadores Flexibles Automaticos sistemas integrales de envasado Vaqueros No. 74 - F Col.Santa Isabel Industrial
    00000 México, D.F.
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    México Platinum Pack Sistemas integrales de envasado Vaqueros 74-F Col.Santa Isabel Industrial
    9820 México, D.F.
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    México Grupo Usvac sistemas de filtración azúcar, filtros para azúcar Colorado No. 71 Col.Napoles
    00000 México, D.F.
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    México IPP Proveedor Mundial de Servicios Sistemas de envasado, tecnología de paletizado, manejo de materiales Rio Nilo No. 47 Col.Cuauhtemoc
    6500 México, D.F.
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    México Induchem Envasado, Envasado en sachets, Envasado en "sachets", Envasado de producto Mirasol No.112 Col.Satélite
    62460 Cuernavaca, Morelos
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    México Grupo Empac envasado, envasado de sobres Czda. de los Cedros No. 960 Col.Ciudad Granja
    45010 Zapopan, Jal.
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    Colombia Productos Naturales Envasado Cl. 18 No. 68 D - 60 Col.-
    0 Colombia, Colombia
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    Argentina Relaciones Industriales ENVASADO, EQUIPOS PARA ENVASADO Rondeau 447 5° Piso "A" Col.Córdoba
    5000 Argentina, Argentina
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    México Mexarcom envasado 0000 Col.0000
    00000 D.F, D.F.
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    México GUINAMA Envasado, Producción y envasado Apartado 6049 E 46080 Col.
    46080 Valencia, España
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    Argentina DISTRIBUIDORA SAN JOSE Gas envasado Lanin 256 Col.
    0 Neuquén, Neuquén
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    México Escowill Envasado de cosméticos Vainilla 235 Col.Col. Granjas México
    0 D.F., D.F.
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    18828 bolsa en bobina 3000 TM
    Anual
    México EJECUTIVO DE VENTAS NECESITAMOS BOLSAS DE CALIBRE 300 DE 19 X 27 CMS. A 4 TINTAS/2 Y 2. USTEDES ELABORAN ...
    40789 envases 10000 Unidad
    Mensual
    México D.F. GTE. MERCADOTECNIA urgen cotizaciones
    2721 frascos ambar 1000 Unidad
    Anual
    México Gerente de Operaciones
    3048 silica gel 1 TM
    Anual
    México director general
    3079 pistola para atomizadores 1000 Unidad
    Anual
    México encargada me gustaria recibir informacion de sus catalogo de productos y costo de los mismos. GRACIAS.
    3991 envases pet 1.500 ml cristalino 150 Unidad
    Anual
    México D.F gerente
    4028 sistemas para medir dureza brinell y rockwell 1 TM
    Anual
    México Tamaulipas Investigación y Desarrollo
    4129 envases PET diferentes capacidades 5000 Unidad
    Anual
    México Morelos Desarrollo de Productos botellas( y sus tapas) de .500 mls., 1 y 2 litros tarnsparentes para envasado de productos para ...
    4373 Envases para perfume 60 ml 10000 TM
    Anual
    México México Director General
    5178 sistemas de laboratorio 100 kg
    Anual
    México tabasco especialista tecnico b requerimos informacion de material y equipo de laboratorio

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    México Máquinas y Sistemas para Envasado na Col.na
    04545 na, na
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    México Alta Tecnologia en Envasado Calle Poniente 150 No. 838 Col.Industrial Vallejo
    02300 México, D.F.
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    México Sisca Sistemas de Carga na Col.na
    000na Queretaro, Qro.
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    México Sistemas de Abaste Industrial y Control Calle 16 No. 200 Col.jardines de Anahuac
    00000 San Nicolas de la Garza, N.L.
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    México Sistemas de Inf y Automatizaciión Heriberto Frias, 1439-604 Col.Del Valle
    00000 ,
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    México SISTEMAS INTEGRALES DE TRANSPORTACION IN Calle Francisco de Figueroa No. 4043 Col.Fracc. Residencial el Fresno
    27018 GOMEZ PALACIO, DGO
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    México Sistemas IQ Morelia No. 40 Col.Vasco de Quiroga
    59380 Morelia, Mich.
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    Costa Rica Sistemas de Ventaneria Col.
    12345 ,
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    México Sistemas de Encuadernación na Col.na
    000na na, na
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    México Agua Sistemas Calzada al Desierto de los Leones # 31-201 Col.San Angel
    1000 México, D.F.
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    AZUCAR 6362 Brasil Sao Paulo 12500 TM Grado alimenticio (food grade) 251 Dólar de los EUA EL PRECIO ES VARIABLE AL CIERRE DIARIO DE LA BOLSA DE LONDRES CON UN DESCUENTO APROX ...
    Maquinaria y Equipo de Envasado nuevos y Seminuevos 12860 México Estado de Mexico 100 L Grado alimenticio (food grade) 0 Bolívar venezolano Fabricamos Maquinaria para envasado de productos quimicos, farmaceuticos, plantas de agua, ...

       
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    05-Septiembre-2006
    Invertirá Pemex en barco petrolero
      
         Fuente:  Notimex / Intelite

    Petróleos Mexicanos (PEMEX) invertirá 700 millones de dólares para un barco de proceso y almacenamiento de crudo que llegará a las costas de Tabasco el mes próximo.

    PEMEX, actualmente utiliza plataformas de producción y después de obtener el petróleo es procesado en un tren de plataformas o se envía a tierra. Con el nuevo buque la empresa podrá realizar el procesamiento y almacenamiento del crudo si necesidad de construir más plataformas o trasladarlo a tierra.

    Con la compra del buque-tanque a una compañía noruega, le empresa mexicana dará un salto tecnológico que le permitirá ahorrar tiempo y elevar la eficiencia para el aprovechamiento de hidrocarburos contenidos en yacimientos marinos.

    El Sistema Flotante de Producción, Almacenamiento y Descarga (FPSO) consiste en un gran buque-tanque anclado al fondo marino que se diseña para procesar y almacenar la producción de pozos submarinos cercanos. Un FPSO puede satisfacer las necesidades exploración y explotación de campos marginales económicos situados en áreas profundas alejadas donde no existen tuberías. El barco también permite descargar periódicamente el petróleo almacenado a buques menores, los cuales transportan el hidrocarburo a instalaciones para su transformación posterior.

    El buque-tanque que adquirirá Pemex sólo será de proceso y almacenamiento, no de producción.

    Lo relevante de la nueva tecnología, que sirve para yacimientos ubicados hasta a tres mil metros de tirante de agua, es que PEMEX no tendrá que adquirir equipos y sistemas intermedios como las denominadas tensada hasta para mil 400 metros, Mini TLP, SPAR o SEMI para profundidades de hasta tres mil metros.

    Actualmente, el buque está en construcción en diversas partes del mundo y luego será armado, para después llegar a las costas mexicanas en septiembre o noviembre próximo a más tardar.

    Existe en el Golfo de México un barco estacional (el Takuntak) que sólo es utilizado para almacenar el petróleo, pero con la nueva embarcación se podrá procesar y almacenar el hidrocarburo, para luego transferirlo.

    La nueva adquisición de PEMEX permitirá ahorrar nueve meses en el desarrollo del campo petrolero Ku-Maloob-Zaap (KMZ), cuya producción junto con la que se obtenga de Chicontepec (yacimiento en tierra) contribuirá a compensar el declive en la producción de Cantarell.

     

    05-Septiembre-2006
    Bavaria invertirá en nueva Cervecería del Valle en Colombia
      
         Fuente:  QuimiNet

    Bavaria, la compañía líder de bebidas en Colombia, anunció la inversión de 175 millones de dólares en la nueva cervecería ubicada en Yumbo, municipio cercano a Cali, en la región del Valle del Cauca, con el fin de abastecer la creciente demanda, particularmente del occidente colombiano.

    La Cervecería del Valle reemplazará la actual producción de las instalaciones del centro de Cali que alcanzan actualmente los 1.3 millones de hectolitros, y está cerca de cumplir 80 años de funcionamiento y no pueden ampliarse por las restricciones del Plan de Ordenamiento Territorial (POT).

    Se espera que la nueva cervecería entre en operación a finales del 2007 y tendrá una capacidad inicial de 3.5 millones de hectolitros, capacidad que aumentará en el 2009 a 4.5 millones de hectolitros. Tendrá un concepto moderno de diseño y estará equipada con lo último en tecnología, con estándares de calidad y productividad de clase mundial, y se convertirá en un modelo a seguir para otras cervecerías. Esta planta será dos veces más grande de lo inicialmente anunciado y tendrá dos nuevos trenes de envase, una planta de envasado de barriles y una línea de envasado en lata a partir de 2009. Se espera que la Cervecería del Valle emplee aproximadamente 200 personas.

    Con esta inversión, Bavaria y SABMiller reafirman su compromiso con el país para la modernización de la industria cervecera, y para afrontar la creciente demanda y las exigencias de los consumidores.

    Bavaria, S. A., es la mayor compañía de bebidas en Colombia. Sus marcas de cerveza Águila, Águila Light, Póker, Costeña, Pilsen, Club Colombia, Brava, Costeñita, Pony Malta, Agua Brisa, Agua Brisa con gas, Tutti Fruti, Malta Leona, Malta Leona Cool, Cola y Pola, son líder en Colombia.

     

    29-Agosto-2006
    Química Delta, distribuidora de productos químicos y petroquímicos
      
         Fuente:  QuimiNet

    Química Delta, distribuidora de productos químicos y petroquímicos

    Química Delta S. A de C. V., es una empresa con 32 años en la distribución de productos químicos y petroquímicos en México.

    Contamos con una infraestructura competente a nivel mundial (tanques de almacenamiento, bodega de productos secos, sistemas integrales de administración por computadora, sistemas de control de inventarios y sistemas logísticos, entre otros), que nos colocan como el distribuidor de productos con mayor capacidad instalada y uno de los cinco más importantes en México.

    Brindamos a nuestros clientes un servicio personalizado de la mejor calidad con los precios más competitivos del mercado nacional.

    Nuestra amplia gama de productos, nos permiten atender, por mencionar algunas, a las siguientes industrias:

    • Adhesivos y resinas
    • Farmacoquímicas y Cosméticos
    • Metal Mecánica
    • Automotriz
    • Plásticos y Huleras
    • Pinturas y Tintas
    • Extracción de aceites
    • Intermediarios Químicos
    • Papel e Impresión
    • Textil

     

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    16-01-2006
    ¿Sabía que el azúcar hace a los plásticos biodegradables?
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Empaque, Envase y Embalaje, Adhesivos, Hules y cauchos, Plásticos, Polímeros | Productos y Servicios relacionados: Ambiental
    ¿Sabía que el azúcar hace a los plásticos biodegradables?

    Los plásticos son materiales de variados usos que han desplazado a la madera y al vidrio de una gran cantidad de aplicaciones que incluyen la industria de la construcción, alimenticia, farmacéutica y la del transporte. Los plásticos convencionales se producen a partir de reservas fósiles de energía como el petróleo. Estos polímeros perduran en la naturaleza por largos períodos de tiempo y por tanto se acumulan, generando así grandes cantidades de residuos sólidos. Muchos de estos materiales pueden ser reciclados, sin embargo, este proceso produce grandes cantidades de sustancias tóxicas que afectan notablemente el medio ambiente.

    Por sus diversas características, el plástico ha sido considerado un material de suma importancia en el uso cotidiano. Pero su uso intensivo ha generado un problema de residuos difícil de manejar. Tienen la desventaja de no ser degradables, por lo que son responsables en gran parte de los residuos contaminantes que se acumulan en la naturaleza.

    Como alternativa viable a esta problemática surgieron los plásticos biodegradables. En contraste con los plásticos convencionales estos pueden ser producidos a partir de fuentes renovables de energía como carbohidratos.

    En la actualidad, la producción de plástico biodegradable está experimentando un resurgimiento de interés por cuestiones de medio ambiente y de reciclado, iniciandose una demanda de nuevo por parte de los industriales

    Recientes decubrimientos indican que al mezclar azúcar con ciertos plásticos éstos se vuelven comestibles apetitosos para las bacterias. Así los plásticos que sobreviven normalmente por décadas en los tiraderos de basura comienzan a biodegradarse en pocos días.

    Los experimentos se han llevado a cabo con polímeros como el polietileno, polipropileno y poliestireno que son los que ocupan alrededor de una quinta parte del volumen de los desechos urbanos en aplicaciones como las bolsas, sacos, envases desechables y empaques en general.

    Estos estudios se realizan al mezclar pequeñas cantidades de ciertas sustancias que proporcionan un gancho químico entre el polímero y la glucosa o sacarosa, de manera que se forman estructuras colgantes de azúcar sobre la cadena principal del polímero.

    Menos del tres por ciento en peso del polímero final es azúcar, así que el material no se ve afectado en sus propiedades generales, sin embargo, bacterias del tipo pseudomonas y bacilos pueden romper las cadenas al consumir el plástico, estimulando así su degradación.

    Al alcanzar la total degradación, los productos finales son bióxido de carbono y agua, sin embargo, durante el proceso pueden producirse otros compuestos como ácidos grasos o aldehídos, sin confirmarse hasta ahora si son o no tóxicos.

    Se han probado otros aditivos para hacer biodegradabes al polietileno, poliestireno y polipropileno, pero han sido tóxicos y pueden inhibirse en los sistemas tradicionales donde se dispone la basura ante la falta de oxígeno y condiciones adecuadas de humedad. También existen los aditivos fotodegradables que provocan la degradación térmica del polímero mediante la captación de luz ultravioleta y el oxígeno, pero han resultado costosos y difíciles de utilizar.

    Para conocer algunos proveedores de plástico reciclado, haga click aquí.

    Fuentes:

    PLÁSTICO, La revista de la actividad del plástico en México, Mayo-Junio 2003, pág. 20
    http://www.degradable.com.co/problema/index.shtml
    http://www.eco-sitio.com.ar/pagina.htm

     

    01-07-2005
    NOM Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia, Empaque, Envase y Embalaje |

    SECRETARIA DE SALUD

    NORMA Oficial Mexicana NOM-189-SSA1/SCFI-2002, Productos y servicios. Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

    NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-189-SSA1/SCFI-2002, PRODUCTOS Y SERVICIOS. ETIQUETADO Y ENVASADO PARA PRODUCTOS DE ASEO DE USO DOMESTICO.

    ERNESTO ENRIQUEZ RUBIO, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con fundamento en los artículos 34 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o. fracción XXII, 13 apartado A) fracción I, 194 fracción I, 195, 197, 210, 273, 274 y demás aplicables de la Ley General de Salud; 38 fracciones II y VII, 39 fracción V y 40 fracciones I, V, XI y XII, 41, 43, 47 fracción IV y 53 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28, 31 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o., 8o., 15, 25, 198 y quinto transitorio y demás aplicables del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios; 2 literal C fracción II, 34 y 36 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 23 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y 2 fracciones II y III, 7 fracción XVI, y 11 fracciones I y II del Decreto por el que se crea la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, me permito ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la siguiente Norma Oficial Mexicana NOM-189-SSA1/SCFI-2002. Productos y servicios. Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico, y

    CONSIDERANDO

    Que con fecha 9 agosto de 1999, en el cumplimiento de lo previsto en el artículo 46 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Dirección General de Calidad Sanitaria de Bienes y Servicios, ahora Dirección General de Control Sanitario de Productos y Servicios, presentó al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, el anteproyecto de la presente Norma
    Oficial Mexicana.

    Que con fecha 19 de junio de 2000, en el cumplimiento de lo previsto en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de la siguiente Norma Oficial Mexicana a efecto de que los interesados dentro de los siguientes sesenta días naturales posteriores a dicha publicación, presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Regulación y Fomento Sanitario.

    Que con fecha previa, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las respuestas a los comentarios recibidos por el mencionado Comité, en los términos del artículo 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

    Que en atención a las anteriores consideraciones, contando con la aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, se expide la siguiente:

    NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-189-SSA1/SCFI-2002, PRODUCTOS Y SERVICIOS. ETIQUETADO
    Y ENVASADO PARA PRODUCTOS DE ASEO DE USO DOMESTICO

    PREFACIO

    En la elaboración de la presente Norma participaron los siguientes organismos e instituciones:

    SECRETARIA DE SALUD
    Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
    Dirección General de Control Sanitario de Productos y Servicios
    Dirección General de Salud Ambiental

    SECRETARIA DE ECONOMIA
    Dirección General de Normas
    Dirección General de Política de Comercio Interior

    PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
    Coordinación General de Investigación

    CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA TRANSFORMACION

    CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE ACEITES, GRASAS, JABONES Y DETERGENTES

    AMWAY DE MEXICO, S.A. DE C.V.

    COLGATE-PALMOLIVE, S.A. DE C.V.

    CENTRO DERMATOLOGICO D. LADISLAO DE LA PASCUA

    DETERGENTES INDUSTRIALES MEXICANOS, S.A. DE C.V.

    INDUSTRIAS ALEN, S.A. DE C.V.

    PROCTER & GAMBLE DE MEXICO, S.A. DE C.V.

    MARVIL MEXICANA, S.A. DE C.V.

    SC JOHNSON AND SON, S.A. DE C.V.

    INDICE

    1. Objetivo y campo de aplicación

    2. Referencias

    3. Definiciones

    4. Símbolos y abreviaturas

    5. Clasificación

    6. Requisitos de etiquetado

    7. Requisitos de envasado

    8. Presentación de la información

    9. Declaraciones no permitidas

    10. Concordancia con normas internacionales y mexicanas

    11. Bibliografía

    12. Observancia de la Norma

    13. Vigencia

    1. Objetivo y campo de aplicación

    1.1 Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer los requisitos de información sanitaria y comercial que deben contener las etiquetas de los productos de aseo de uso doméstico, para elegir una mejor opción de compra, así como los lineamientos sanitarios para su envasado y así evitar que su uso represente un riesgo a la salud.

    1.2 Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en el territorio nacional para las personas físicas y morales que se dedican a su proceso o importación.

    2. Referencias

    Esta Norma se complementa con las siguientes normas vigentes:

    2.1     NOM-002-SCFI-1993       Productos preenvasados. Contenido neto, tolerancias y métodos de verificación.

    2.1     NOM-008-SCFI-1993       Sistema General de Unidades de Medida.

    2.2     NOM-030-SCFI-1993       Información comercial-Declaración de cantidad en la etiqueta-Especificaciones.

    3. Definiciones

    Para fines de esta Norma se entiende por:

    3.1 Coadyuvante o ayudas de procesos, a la sustancia o materia, excluidos aparatos, utensilios y aditivos, que no se considera como ingrediente por sí mismo en el producto y se emplea intencionalmente en la elaboración de materias primas, productos o sus ingredientes, para lograr una finalidad tecnológica durante el tratamiento o la elaboración que puede dar lugar a la presencia no intencionada, pero inevitable de residuos o derivados en el producto final.

    3.2 Consumidor , a la persona física o moral que adquiere o disfruta como usuario final los productos de aseo de uso doméstico.

    3.3 Denominación específica , al nombre particular que recibe un producto y que se encuentra asociado a la(s) característica(s) que lo distinguen dentro de una clasificación general y lo restringen en aplicación, efecto, estructura, función y uso particular.

    3.4 Denominación genérica , al nombre que recibe un grupo de productos, que en función de su uso tienen características comunes y que representa cada uno de los distintos tipos o clases en que se
    pueden ordenar.

    3.5 Embalaje , al material que envuelve, contiene y protege debidamente los envases primarios o envases secundarios en su caso, que facilita y resiste las operaciones de almacenamiento y transporte, no destinado para su venta al consumidor en dicha presentación.

    3.6 Envase colectivo , al recipiente o envoltura en el que se encuentran contenidos dos o más variedades diferentes de productos preenvasados, destinados para su venta al consumidor en dicha presentación.

    3.7 Envase múltiple , al recipiente o envoltura en el que se encuentran contenidos dos o más productos preenvasados iguales en su composición, que sólo varían en sus propiedades sensoriales o de tamaño, y destinados para su venta al consumidor en dicha presentación.

    3.8 Envase presurizado , al envasado a presión provisto de una válvula de mando que con un gas propulsor permite proyectar en el aire al producto en diferentes formas.

    3.9 Envase primario , al recipiente destinado a contener un producto y que entra en contacto directo con el mismo, conservando su integridad física, química y sanitaria.

    3.10 Envase resistente a niños , al envase diseñado o construido de tal manera que presente dificultad para ser abierto por niños de cinco años.

    3.11 Envase secundario , al que contiene al envase primario de manera individual.

    3.12 Etiqueta , al marbete, rótulo, inscripción, marca, imagen gráfica u otra forma descriptiva que se haya escrito, impreso, estarcido, marcado, en relieve o en hueco, grabado, adherido, precintado o anexado al empaque o envase del producto.

    3.13 Ingrediente , a la sustancia que forma parte de la composición o fórmula del producto terminado.

    3.14 Leyendas precautorias , al texto o representación gráfica que informe y, en su caso, prevenga al consumidor, sobre los posibles daños a la salud que ocasione la presencia de un ingrediente específico o el mal uso o aplicación del producto.

    3.15 Lote , a la cantidad de un producto elaborado en un mismo ciclo, integrado por unidades homogéneas.

    3.16 Proceso , al conjunto de actividades relativas a la obtención, elaboración, fabricación, preparación, conservación, mezclado, acondicionamiento, envasado, manipulación, transporte, distribución, almacenamiento y expendio o suministro al público de productos.

    3.17 Producto a granel , al producto que debe pesarse, medirse o contarse en presencia del consumidor por no encontrarse preenvasado al momento de su venta.

    3.18 Producto corrosivo , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso causa destrucción o alteraciones irreversibles en el tejido vivo por acción química en el sitio de contacto.

    3.19 Producto de aseo de uso doméstico , a los productos definidos en el numeral 3.20 y cuya formulación y comercialización está destinada a los consumidores que los usan o aplican en las diferentes áreas del hogar o instalaciones similares, tales como: oficinas, escuelas y hospitales, entre otros.

    3.20 Productos de aseo , a las sustancias o mezclas de sustancias que se emplean de forma directa o indirecta, independientemente de su estado físico, destinadas a: la limpieza, lavado e higiene de objetos, superficies y fibras textiles y que tienen por objeto desprender o eliminar la suciedad y las manchas; proporcionar un determinado aroma o eliminar malos olores del ambiente; impartir un acabado lustroso a objetos y superficies, modificar y acondicionar la textura o cualquier otra característica de las telas; desobstruir los ductos sanitarios de las aguas residuales y pluviales y los demás con fines análogos que determine la Secretaría.

    3.21 Productos especiales para textiles , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias que facilitan el aseo y mantenimiento de fibras textiles al modificar o acondicionar la textura o cualquier otra característica de las telas. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes productos: almidones o aprestos, blanqueadores, productos para el planchado, prelavadores, desmanchadores y suavizantes.

    3.22 Producto inflamable , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso tiene un punto de inflamación menor o igual a 37,8ºC, prende fácilmente y se quema rápidamente, generalmente
    de forma violenta.

    3.23 Producto irritante , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso causa un efecto inflamatorio reversible en el tejido vivo por acción química en el sitio de contacto.

    3.24 Productos multifuncionales , a los productos de aseo de uso doméstico que debido a su formulación pueden tener varias de las funciones tecnológicas descritas en los numerales 3.21, 3.25, 3.26, 3.27, 3.28 y 3.29, así como alguna otra función tecnológica diferente de las anteriores pero que no es la función principal.

    3.25 Productos para desobstruir conductos sanitarios, a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias cuya acción química o biológica remueve materia presente en los conductos sanitarios de las aguas residuales y pluviales que pudieran obstruirlas. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los destapacaños.

    3.26 Productos para el ambiente , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias usados con el objeto de impartir un aroma al ambiente o prevenir o enmascarar o eliminar malos olores. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes productos: aromatizantes, desodorantes, enmascarantes y los eliminadores
    o controladores de malos olores del ambiente.

    3.27 Productos para higiene , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias que disminuye el desarrollo de microorganismos de la superficie donde se aplique.
    En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los desinfectantes.

    3.28 Productos para la limpieza , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias que eliminan o disminuyen la suciedad orgánica e inorgánica de las superficies donde se aplica. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa
    los siguientes productos: detergentes, jabones de lavandería, desengrasantes, limpiadores, desmanchadores y removedores.

    3.29 Productos para protección o acabado lustroso , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias de origen natural o sintético que proporcionan a una superficie un acabado protector o reparador, estético, brillante o una combinación de ellos. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes productos: ceras, lustradores, abrillantadores y selladores.

    3.30 Productos preenvasados , a los productos que cuando son colocados en un envase de cualquier naturaleza, no se encuentra presente el consumidor y la cantidad de producto contenido en él no puede ser alterada, a menos que el envase sea abierto o modificado perceptiblemente.

    3.31 Producto tóxico , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso y que en función de la concentración, vía de administración y tiempo de exposición puede causar trastornos estructurales o funcionales que provoquen daños a la salud o la muerte.

    3.32 Superficie de información , al área del envase primario o secundario, distinta a la superficie principal de exhibición.

    3.33 Superficie principal de exhibición , a la parte de la etiqueta o envase a la que se le da mayor importancia por ostentar el nombre, la marca comercial, y la denominación genérica o, en su caso, específica, excluyendo las tapas y fondos de las latas y frascos; y los hombros y cuellos de botellas.

    4. Símbolos y abreviaturas

    Cuando en esta Norma se haga referencia a los siguientes símbolos y abreviaturas se entiende por:

    °C      grados Celsius

    Cuando en la presente Norma se mencione a la Secretaría, debe entenderse que se trata de la Secretaría de Salud.

    5. Clasificación

    Los productos objeto de esta Norma con base a su función tecnológica se clasifican en:

    5.1 Productos especiales para textiles

    5.2 Productos multifuncionales

    5.3 Productos para desobstruir conductos sanitarios

    5.4 Productos para el ambiente

    5.5 Productos para higiene

    5.6 Productos para la limpieza

    5.7 Productos para protección o acabado lustroso

    y otros que determine la Secretaría.

    6. Requisitos de etiquetado

    6.1 Etiquetado sanitario

    6.1.1 Denominación genérica y específica del producto.

    6.1.1.1 En la superficie principal de exhibición del envase primario o secundario de los productos preenvasados objeto de esta Norma, debe figurar la denominación genérica y, en su caso, específica.

    6.1.1.2 La denominación genérica se podrá establecer haciendo referencia a la presentación o función
    del producto.

    6.1.1.3 La denominación específica se podrá establecer haciendo referencia al lugar donde se aplicará
    el producto.

    6.1.2 Identificación del responsable del proceso.

    6.1.2.1 En los productos nacionales, debe figurar el nombre, la denominación o la razón social y domicilio (calle, número, código postal, ciudad y estado) del productor o responsable de la fabricación. En el caso de productos importados, esta información debe ser proporcionada por el importador a la autoridad competente, a solicitud de ésta.

    6.1.2.2 Para el producto nacional que sea maquilado, la leyenda “Hecho para” seguido del nombre y domicilio de la persona física o moral, licenciatario o causahabiente propietario de la marca.

    6.1.2.3 Tratándose de productos importados debe figurar el nombre, la denominación o la razón social y el domicilio del importador (calle, número, código postal, ciudad y estado), mismos que podrán incorporarse en la etiqueta del producto, en el territorio nacional después del despacho aduanero y antes de su comercialización.

    6.1.2.4 Para los productos de importación que hayan sido envasados en México deben dar cumplimento a lo dispuesto en los numerales 6.1.2.3 y 6.2.2.1.

    6.1.3 Declaración de la lista de ingredientes.

    6.1.3.1 La lista de ingredientes de los productos objeto de esta Norma debe figurar en la superficie de información del envase primario o, en su caso, envase secundario. La declaración debe hacerse de la siguiente manera:

    6.1.3.1.1 Debe ir precedida por el término “ingredientes” y enlistarse por orden cuantitativo decreciente.

    6.1.3.1.2 Los ingredientes activos, solventes, propelentes, sustancias corrosivas y aquellas que den origen a las leyendas precautorias, deben declararse con el nombre químico o técnico más comúnmente usado o utilizar una nomenclatura química internacionalmente reconocida.

    6.1.3.1.3 Los demás ingredientes deben declararse y, para ello, podrá emplearse la denominación genérica, la denominación química para grupos o familias ya establecidas o la denominación funcional del ingrediente, entre los que se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes:

    -         Fosfatos

    -         Fosfonatos

    -         Tensoactivos aniónicos

    -         Tensoactivos catiónicos

    -         Tensoactivos anfotéricos

    -         Tensoactivos no iónicos

    -         Blanqueadores base oxígeno

    -         Blanqueadores base cloro

    -         EDTA

    -         Acido nitrilotriacético

    -         Fenoles y fenoles halogenados

    -         Hidrocarburos aromáticos

    -         Hidrocarburos alifáticos

    -         Hidrocarburos halogenados

    -         Ceras

    -         Silicones

    -         Sulfatos

    -         Carbonatos

    -         Silicatos

    -         Zeolitas

    -         Policarboxilatos

    6.1.3.1.4 En el caso de que una empresa haya desarrollado un ingrediente o una mezcla de ingredientes que promuevan una innovación en el mercado de los productos objeto de esta Norma, podrán declararse utilizando el nombre patentado o registrado por ejemplo: Bitrex®, Teflon®, etc. Los documentos que avalen la patente o el registro estarán a disposición de la Secretaría, cuando ésta lo solicite.

    6.1.3.1.5 Las enzimas, colorantes, aromas, fragancias y coadyuvantes o ayudas de proceso se podrán incluir con sus nombres genéricos, a menos que sean las causantes del riesgo del producto, de ser este el caso se cumplirá con lo indicado en el numeral 6.1.3.1.2.

    6.1.4 Instrucciones de uso.

    6.1.4.1 Cuando el uso, manejo o conservación del producto requiera de instrucciones, por las características del mismo, dicha información debe presentarse en la superficie de información de la etiqueta del envase primario o en su caso, del envase secundario. En caso de no existir espacio suficiente, las instrucciones de uso podrán ir impresas en un instructivo anexo al envase y en este último se indicará en la superficie de información el siguiente texto: “Léase instructivo anexo”.

    6.1.5 Declaración del lote.

    6.1.5.1 En cualquier parte del envase primario o secundario, debe figurar en todos los productos objeto de esta Norma, la identificación del lote o dato que permita la rastreabilidad del producto con una indicación en clave o en lenguaje claro, ya sea grabado, marcado con tinta indeleble o de cualquier otro modo similar.

    6.1.6 Leyendas precautorias y recomendaciones.

    De acuerdo al tipo de producto, el fabricante debe incluir en la etiqueta, cuando menos, las leyendas precautorias o recomendaciones de seguridad referidas a los aspectos que se mencionan en este apartado de manera contrastante y visibles en condiciones normales de compra y uso y cuya redacción debe ser clara y que no induzca error al consumidor.

    6.1.6.1 En los productos tóxicos debe figurar:

    6.1.6.1.1 Que contiene sustancias tóxicas cuya ingestión, inhalación o contacto directo inmediato o prolongado, según corresponda, pueden originar graves daños a la salud.

    6.1.6.1.2 Que no se deje al alcance de los niños.

    6.1.6.1.3 Incluir el símbolo que identifica a una sustancia con propiedades venenosas, de manera contrastante y de tamaño proporcional a la capacidad del envase (véase figura 1).

    6.1.6.2 En los productos corrosivos debe figurar:

    6.1.6.2.1 En la superficie principal de exhibición: “Lea la etiqueta antes de usar este producto”.

    6.1.6.2.2 Que no reutilice el envase y que una vez terminado el contenido se deseche el mismo.

    6.1.6.2.3 Que para su empleo utilice guantes.

    6.1.6.2.4 Lo dispuesto en el numeral 6.1.6.1.2, así como la inclusión del siguiente símbolo que identifica a una sustancia con propiedades corrosivas, de manera contrastante y de tamaño proporcional a la capacidad del envase (véase figura 2).

    6.1.6.2.5 La palabra “corrosivo” en un tamaño proporcional a la capacidad del envase.

    6.1.6.2.6 Leyendas que señalen:

    Las acciones a seguir en caso de ingesta, mal uso o mala aplicación del producto, por ejemplo:

    6.1.6.2.6.1 Que en caso de ingestión accidental, no se provoque vómito y se obtenga ayuda médica
    de inmediato.

    6.1.6.2.6.2 Que en caso de contacto con la piel o con los ojos, enjuague con abundante agua y obtenga ayuda médica.

    6.1.6.3 En los productos inflamables debe figurar:

    6.1.6.3.1 Los textos: “inflamable” en un tamaño proporcional a la capacidad del envase y “Mantener lejos del fuego y de instalaciones eléctricas”.

    6.1.6.