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TINTURA *

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    Argentina Adeps Lanae Tintura Calle Marsella y Entremuros s/nº Polígono Industrial de Berisso Edificio 73 -76 y 69 Col.Berisso
    1923 Buenos Aires, Buenos Aires
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    México Diafra Surgisan® tintura, Tintura de benzalconio (merthiolate) Calle Central No. 13-B Col.Fracc. Industrial Alce Blanco
    53560 Naucalpan, Edo. de Méx.
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    México Macame y Compañia TINTURA DE BENJUI AL 20%, TINTURA DE YODO Ejido Tepepan No. 25 Col.Ejidos de Culhuacan
    04420 México, D.F.
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    Chile Volta Chile Tintura de belladona, Tintura de valeriana 0 Col.
    0 ,
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    Colombia NOPCO Colombiana FIJADOR DE TINTURA, IGUALADOR DE TINTURA Calle 27B No. 49-39 Col.ND
    1911 Bello, Antioquia
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    México Distribuidora Quimica Textil retardantes de tintura Adalberto Tejeda 29 Col.Los Olivos
    13210 MEXICO, D.F.
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    Colombia Riviere Villamizar y Cia. TINTURA DE BENJUI Calle 4 No. 98-21 Col.nd
    15151 Cali,
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    Argentina Drogueria Prest TINTURA DE ACONITO, TINTURA DE ALCACHOFAS OSVALDO CRUZ 2472 Col.Capital Federal
    1293 Buenos Aires, Capital Federal
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    Colombia Inali TINTURA DE BENJUI Calle 4 No. 98-21 Col.na
    121 Cali, na
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    Colombia Colombiana de Resinas Igualador de tintura carrera 42 No. 53 - 26 Col.Itagui
    0 Itagui, Antioquia
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    México Hospitales y Quirófanos Tintura de benjui Murillo No. 44 Col.Mixcoac
    3700 D.F., México
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    Argentina Surfactan Acelerantes de tintura - Carrier, Agentes de tintura pigmentaria - wash - out, Agentes de enzimaje para la tintura, Auxiliares para el foulardado- tintura en continuo Malvinas Argentinas 4589 Col.Victoria
    1644 Buenos Aires, Buenos Aires
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    México Basf Mexicana Auxiliares para la tintura Insurgentes Sur 975 Col.Cd. de los Deportes
    3710 MEXICO, D.F.
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    México Ciba Especialidades Químicas México Auxiliares para la tintura Calzada de Tlalpan 3058 Col.Santa Ursula Coapa
    4850 MEXICO, D.F.
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    México Productos Quimicos Reykomex FRAGANCIA TINTURA ENTURBIANTE Calle Tte. Javier Martínez Valle No. 313 Bis Col.Escuadrón 201
    9060 Ciudad de México, D.F.
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  • IDProductoConsumoPais del clienteEstadoPuestoObservaciones
    2951 Colorantes a la cuba 10000 kg
    Anual
    Guatemala Planta
    9719 aditivos para fibras textiles 15 TM
    Anual
    Perú junin 15
    10084 colorantes dispersos .celliton. 1000 kg
    Anual
    Ecuador PICHINCHA gerente por favor necesitamos importar los colorantes dispersos de molecula pequeña la basf ...
    14725 Productos para la industria textil 5 TM
    Anual
    Ecuador PICHINCHA GERENTE GENERAL Buscamos proveedores productores de auxiliares textiles para algodón y/o poliéster, especialmente ...
    23768 tintura bejui 100 L
    Anual
    Chile santiago qf
    28248 Nylon 6 150000 kg
    Anual
    Colombia Antioquia Gerente Nylon texturizado tipo 6 ó 66, en 78D/24F/2, 110D/24 ó 34F/2, S.M
    33955 violeta de genciana 1 TM
    Anual
    México Edo de Mex. Gerente
    35885 Tintura de Benjui 50 kg
    Anual
    Venezuela Distrito Capital Comprador
    38181 belladona 20 kg
    Anual
    Cuba Playa Especialista de Produccion Necesito el procedimiento tecnico para elaborar la tintura de belladona a partir del extracto seco
    40580 equipos de tintura - radiant 1 Unidad
    Anual
    México Puebla Asistente Direccion General Estamos buscando distribuidores y/o representantes en Mexico de este tipo de equipo para laboratorio textil

       
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    21-Enero-2002
    La medicina de China amenaza fauna silvestre
      
         Fuente:  Intélite
    Millones de animales salvajes son sacrificados anualmente en China para producir polvos, ungüentos y tinturas que son utilizados en la denominada medicina tradicional china. Mientras que la acupuntura y los masajes son inofensivos desde el punto de vista de la protección de la naturaleza, los preparados, que contienen partes de animales hacen que cada vez más especies estén en peligro de extinción. 

    • Sandra Altherr de la organización de protección de animales Pro Wildlife.
    • Asia.  
       
       
       
     

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    16-08-2006
    Los tipos de suavizantes textiles
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Textil |

    Los tipos de suavizantes textiles

    Los suavizantes textiles, que pertenecen al grupo de tensoactivos catiónicos, son aplicados normalmente en forma de emulsión. Una emulsión es una dispersión de un líquido en otro líquido (suavizante+agua), en la cual el tamaño de partícula es superior a dos micras.

    Los suavizantes textiles son productos que confieren a los materiales textiles una serie de propiedades deseables por los usuarios. Entre ellas destacan la mejora al sentido del tacto, ya que logra tejidos más suaves y por lo tanto, más agradables y lisos.

    Industrias Proeza, S. A. de C. V., brinda a la industria textil una amplia gama de productos auxiliares como: suavizantes, detergentes, humectantes, secuestrantes, dispersantes, lubricantes, etc., para todo tipo de fibras naturales, sintéticas y sus mezclas, así como para tejido de punto.

    En el caso de los suavizantes, la empresa maneja los siguientes:

    Suavizante

    Características

    PROSUAV CVR

    Suavizante que proporciona a los textiles de tejido de 100% algodón y sus mezclas con poliéster, tactos llenos, hinchados y sedosos. Ayuda al tejido a que disminuya la fricción del material con las cuchillas de corte y las agujas de confección.

    PROSUAV RWN

    Suavizante antiestático para fibras acrílicas, mezclas de poliamida y lana proporcionando un tacto suave, liso e hinchado. Puede utilizarse conjuntamente en el baño de tintura de colorantes catiónicos y no presta efecto retardante. Tiene un buen efecto antiestático, reduciendo éstas de las fibras acrílicas.

    PROSUAV RWP

    Suavizante hecho a base de mezclas de ácidos grasos y ceras politilénicas, que proporcionan a los textiles de algodón y sus mezclas tactos muy sedosos e hinchados, telas confortables, también aplicable para todas las mezclas de algodón.

    PROSUAV RWP-N

    Con la aplicación del PROSUAC RWP-N, se obtienen en los géneros textiles elaborados a base de 100% algodón y sus mezclas con fibras sintéticas, tactos de gran calidad, ya que provee al género de tactos llenos, sedosos e hinchados.

    PROSUAV OPC

    Es un suavizante hecho a base de ácidos grasos que confiere a las prendas ya confeccionadas tactos agradables, confiere lisura superficial, no perjudica a las solideces de los colorantes, (frote, luz, lavado). Es biodegradable al 90%

    PROSUAV WK 303

    Suavizante para fibras acrílicas y sus mezclas con nylon, que proporciona a los géneros tactos suaves, lisos e hinchados, puede utilizarse en los baños de tinturas con colorantes catiónicos sin que esto repercuta en un efecto retardante. Reduce las cargas electrostáticas de las fibras acrílicas.

    PROSOFT AG JET

    Suavizante desarrollado para los tejidos de 100% algodón OPEN END y sus mezclas. Es una mezcla de productos derivados de ácidos grasos y tensoactivos que proporcionan una excelente suavidad, tactos llenos y lisos.

    PROSOFT CF 330 B

    Es un excelente lubricante para el proceso de afelpado, muy recomendado para fibras delulósicas (algodón 100%), y sintéticas (poliéster 100%), y sus mezclas. No vira los tonos y la aplicación no es en grandes cantidades.

    PROSOFT CF 330 COLOR

    Excelente suavizante y lubricante que confiere a las fibras de algodón y sus mezclas así como también al poliéster tactos sedosos, llenos y que favorece enormemente al proceso de afelpado, reduciendo costo de operación ya que utiliza muy poco producto.

    PROSILK SK

    Es una emulsión reactiva de polisiloxano aminofuncional diseñada para el acabado durable de fibras textiles.

    PROPOL 500

    Suavizante para el tratamiento posterior de textiles e hilados de algodón y sus mezclas. El PROPOL 500 tiene un efecto mínimo sobre la solidez a la termomigración de los colorantes dispersos, no afecta el matiz de las tinturas así como en los blancos ópticos. El PROPOL 500 confiere tactos suaves y llenos del material y reduce la fricción entre el material fibra, facilitando el corte y cosido, y así poder aumentar la velocidad de las máquinas de corte y costura. Excelente lubricante antiquiebres.

    PROPOL PLUS

    Suavizante para el tratamiento posterior de textiles e hilados de algodón y sus mezclas. El PROPOL PLUS tiene un efecto mínimo sobre la solidez a la termomigración de los colorantes dispersos, no afecta el matiz de las tinturas así como en los blancos ópticos. El PROPOL 500 confiere tactos suaves y llenos del material y reduce la fricción entre el material fibra, facilitando el corte y cosido, y así poder aumentar la velocidad de las máquinas de corte y costura. Excelente lubricante antiquiebres.

    QUALYSOFT OP

    Suavizante no iónico de tipo universal con buena resistencia al amarillamiento. Para ser usado en fibras naturales y sus mezclas, confiere tactos lisos y muy llenos.

    Conozca el Perfil, Productos, Dirección y Teléfono de Industrias Proeza.

    O bien, haga contacto directo con Industrias Proeza para solicitar mayor información sobre sus suavizantes, dando clic en el producto de su interés.

     

     

    22-11-2005
    Todo lo que quería saber del PET
    Por: QuimiNet / Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia, Empaque, Envase y Embalaje, Farmacéutica, Plásticos |

    Polietilen Tereftalato (PET)

    Contenido:

    • Descripción
    • Tipos de PET
    • Características generales
    • Proceso de producción del PET
    • Aplicaciones
    • Historia

    Descripción

    El polietilen tereftalato (PET, PETE), es un polímero plástico, lineal, con alto grado de cristalinidad y termoplástico en su comportamiento, lo cual lo hace apto para ser transformado mediante procesos de extrusión, inyección, inyección-soplado y termoformado. Es extremadamente duro, resistente al desgaste, dimensionalmente estable, resistente a los químicos y tiene buenas propiedades dieléctricas.

    Su formula es:

    El PET tiene una temperatura de transición vítrea baja (temperatura a la cual un polímero amorfo se ablanda). Esto ocasiona que los productos fabricados con dicho material no puedan calentarse por encima de dicha temperatura (por ejemplo, las botellas fabricadas con PET no pueden calentarse para su esterilización y posterior reutilización).

    El PET se obtiene mediante la condensación del etilenglicol y el ácido tereftálico, el cual asume el papel primario en las fibras y materiales de moldeo.

    El PET es un plástico de alta calidad que se identifica con el número uno, o las siglas PET, rodeado por tres flechas en el fondo de los envases fabricados con este material, según sistema de identificación SPI.

    PET

    Tipos de PET

    Se pueden distinguir tres tipos fundamentales de PET, el grado textil, el grado botella y el grado film.

    El grado textil fue la primera aplicación industrial del PET. Durante la Segunda Guerra Mundial, se usó para reemplazar las fibras naturales como el algodón o el lino. Al poliéster (nombre común del PET grado textil), se le reconocieron   excelentes cualidades desde un inicio para el proceso textil, entre las que se encuentran su alta resistencia a la deformación y su estabilidad dimensional, además del fácil cuidado de la prenda tejida (lavado y secado rápidos sin necesidad de planchado). Entre algunas limitaciones que presenta este material son: difícil tintura, la formación de pilling (bolitas) y la acumulación de electricidad estática, problemas para los que se han desarrollado soluciones eficaces.

    El grado botella se comenzó a producir en Europa a partir de 1974 y su primera comercialización se llevó a cabo en los EUA. Desde entonces ha experimentado un gran crecimiento y una continua demanda, debida principalmente a que el PET ofrece características favorables en cuanto a resistencia contra agentes químicos, gran transparencia, ligereza, menores costos de fabricación y comodidad en su manejo. La más reciente y exitosa aplicación del PET, es el envasado   de aguas minerales, también se ha comenzado a utilizar en el envasado de productos farmacéuticos, de droguería o alimenticios como salsas, mermeladas, miel.

    El PET grado film , se utiliza en gran cantidad para la fabricación de películas fotográficas, de rayos X y de audio.

    Características generales

    Entre las características más importantes que presenta el PET, se encuentran:

    • Cristalinidad
    • Buen comportamiento frente a esfuerzos permanentes
    • Alta resistencia al desgaste
    • Muy buen coeficiente de deslizamiento
    • Buena resistencia química
    • Buenas propiedades térmicas
    • Muy buena barrera a CO2, aceptable barrera a O2 y humedad.
    • Totalmente reciclable
    • Aprobado para su uso en productos que deban estar en contacto con productos alimentarios.
    • Viscosidad intrínseca: La VI (Viscosidad Intrínseca) del material es dependiente de la longitud de su cadena polimérica. Entre más larga la cadena polimérica, más rígido es el material y por lo tanto más alta la VI.
    • Ligero
    • Alto grado de transparencia y brillo, que conserva el sabor y el aroma de los alimentos.

    Las propiedades físicas del PET y su capacidad para cumplir diversas especificaciones técnicas han sido las razones por las que el material ha alcanzado un desarrollo relevante en la producción de fibras textiles y en la producción de una gran diversidad de envases, especialmente en la producción de botellas, bandejas, flejes y láminas.

    Proceso de producción del PET

    El proceso para la producción de envases es descrito a continuación:

    La resina se presenta en forma de pequeños cilindros o chips, los cuales, secos, se funden e inyectan a presión en máquinas de cavidades múltiples; de las que se producen las preformas (recipientes aún no inflados y que sólo presentan la boca del envase en forma definitiva). Después, las preformas son sometidas a un proceso de calentamiento preciso y gradual, posteriormente se colocan dentro de un molde y se les estira por medio de una varilla o pistón hasta alcanzar su tamaño definitivo, entonces se les infla con aire a presión hasta que toman la forma del molde y se forma el envase típico.

    Mediante un diagrama de flujo, se describe el proceso completo de producción de un envase de PET, considerando desde la materia prima hasta el producto terminado.

    Aplicaciones

    Entre algunas de las aplicaciones que tiene el PET, se encuentran:

    • Se utiliza para envases de:
      • Bebidas carbónicas
      • Aguas minerales
      • Aceite
      • Zumos, tés
      • Vinos y bebidas alcohólicas
      • Detergentes y productos de limpieza
      • Productos cosméticos
      • Salsas y otros alimentos
      • Productos químicos y lubricantes
      • Productos para tratamientos agrícolas
    • Películas
      • Contenedores alimentarios
      • Cintas de audio/video
      • Fotografía
      • Aplicaciones eléctricas
      • Electrónicas
      • Embalajes especiales
      • De Rayos X
    • Otros usos:
      • Tubos
      • Perfiles
      • Marcos
      • Paredes
      • Construcción
      • Piezas inyectadas
      • Fibras Textiles

    Historia

    El PET, también conocido como   tereftalato de polietileno, fue patentado como un polímero para fibra por J. R. Whinfield y J. T. Dickson en 1941. La producción comercial de fibra de poliéster comenzó en 1955; desde entonces, el PET ha presentado un continuo desarrollo tecnológico hasta lograr un alto nivel de sofisticación basado en el crecimiento de la demanda del producto a escala mundial y a la diversificación de sus posibilidades de uso.

    Whinfield y Dickson junto con los inventores W. K. Birtwhistle y C. G. Ritchiethey crearon la primera fibra de poliester llamada Terileno en 1941 (primera producción de Industria Química Imperial o ICI). La segunda fibra de poliéster fue el Dacrón de DuPont.

    Según DuPont, “en 1920, DuPont estaba en competencia directa con Industria Química Imperial. DuPont e ICI acordaron en octubre de 1929 compartir información acerca de las patentes e investigaciones desarrolladas. En 1952, la alianza de las compañías fue disuelta. El polímero que después llego a ser poliestireno tiene inicios en las escrituras de Wallace Carothers. Sin embargo, DuPont se dedicó a concentrarse en una investigación más prometedora, el nylon. Cuando DuPont reasumió su investigación del poliéster, la ICI había patentado el poliestireno de Terileno. En 1950, una planta piloto en Seaford, Delaware, facilitó la producción del la fibra de Dacrón (poliéster) con la modificación de la tecnología del nylon”.

    A partir de 1976 se comenzó a usar el PET para la fabricación de envases ligeros, transparentes y resistentes principalmente para bebidas, sin embargo el PET ha tenido un desarrollo extraordinario para empaques.

    A lo largo de los 20 años que lleva en el mercado, el PET se ha diversificado en múltiples sectores sustituyendo a materiales tradicionalmente implantados o planteando nuevas alternativas de envasado impensables hasta el momento.

    Esta diversificación tan importante ha originado que el PET haya experimentado un gran crecimiento en su consumo y que siga siendo el material de embalaje que actualmente presenta las mayores expectativas de crecimiento a nivel mundial.

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    Para conocer proveedores de Botella de PET haga click aquí

    Fuentes

    http://www.abc-pack.com/default.php/name/Pet/cPath/76 http://www.telecable.es/personales/albatros1/quimica/industria/oxieteno.htm
    http://www.uc.org.uy/ambiente/plastico.htm
    http://en.wikipedia.org/wiki/Polyethylene_terephthalate
    http://composite.about.com/od/glossaries/l/bldef_p411.htm
    http://inventors.about.com/library/inventors/blpolyester.htm
    http://www.fida.es:8001/fida/VisNot?id=7df051f76b411a4a92b25585c374fc
    http://www.sma.df.gob.mx/rsolidos/04/01clave.pdf

     

    01-01-2006
    Requisitos Regulatorios Para el Mercadeo de Cosméticos en los Estados Unidos de Norte América
    Por: FDA / Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Cosmética, Farmacéutica |

    Requisitos Regulatorios Para el Mercadeo de Cosméticos en los Estados Unidos de Norte América

    Los cosméticos vendidos o distribuidos en los Estados Unidos, manufacturados en el país o importados, deben estar de acuerdo con las estipulaciones de la Ley Federal de Drogas, Alimentos y Cosméticos (FD&C Act), la Ley Justa de Empaquetado y Rotulación, (Fair Packaging and Labeling Act (FPLA), y las regulaciones publicadas bajo la autoridad de estas leyes.

    Las regulaciones publicadas por la Administración de Drogas y Alimentos (FDA) están codificadas en el Título 21 del Código de Regulaciones Federales (21 CFR). Las regulaciones pertinentes a los cosméticos están indicadas en el 21 CFR, partes 700 a 740 (21 CFR 700 to 740). Las regulaciones sobre colores añadidos a los cosméticos se encuentran en el 21 CFR 73, 74 y 82. Copias de los volúmenes del 21 CFR que contienen estas regulaciones pueden obtenerse a precio corriente del Superintendente de Documentos, U.S. Government Printing Office, Washington DC 20402, teléfono (202) 783-3238.

    La ley Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos (FD&C Act) define los cosméticos como artículos para ser aplicados en el cuerpo humano para limpiar, embellecer, aumentar el atractivo físico o alterar la apariencia sin afectar la estructura del cuerpo o sus funciones. Incluidos en esta definición hay productos como las cremas para la piel, lociones, perfumes, lápices para los labios, esmaltes para las uñas, preparaciones para el maquillaje de la cara y los ojos, champúes para el lavado del cabello, ondulados permanentes, tinturas de colores para el pelo, dentífricos, desodorantes y cualquier otro material deseado como ingrediente de un producto cosmético. Productos de jabón que consisten principalmente de una sal alcalina de un ácido graso, que en su etiqueta no hacen ninguna afirmación fuera de la de limpiar el cuerpo humano, bajo la ley, no son considerados como cosméticos.

    Cosméticos que También son Drogas

    Los productos que son cosméticos y a la vez se usan para tratar o prevenir una enfermedad, o que de alguna manera afectan la estructura o las funciones del cuerpo humano, son considerados como drogas y deben cumplir, no solamente con las estipulaciones de los cosméticos, sino también con las de las drogas. Ejemplos de algunos de ellos, son los dentífricos anticaries, (e.g., cremas dentales con fluoruro) cremas con hormonas, preparaciones para protegerse contra las quemaduras de los rayos solares, antisudorales que a la vez son desodorantes y champúes para el cabello que al mismo tiempo combaten la caspa.

    Los cosméticos más comunes que también son drogas, se venden sin receta médica o sobre el mostrador. Muchas son drogas nuevas cuya seguridad y efectividad hubo de ser comprobada por la agencia antes de ser puesta al mercado. Una droga nueva es una que generalmente no es reconocida por los expertos como segura y efectiva bajo las condiciones del uso deseado, o que ha sido reconocida pero no usada hasta tal punto o tiempo bajo ciertas condiciones.

    Las condiciones regulatorias para drogas son más extensas que las condiciones para los cosméticos. Por ejemplo, el Acto Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos exige que los manufactureros de drogas se registren con la FDA cada año y actualicen sus listas de todas las drogas manufacturadas dos veces por año. Véase 21 CFR 207. Además las drogas deben ser manufacturadas de acuerdo a las buenas prácticas y regulaciones acostumbradas y codificadas en 21 CFR 210 y 211.

    Cosméticos Adulterados o Falsamente Marcados

    El Acto Federal de Alimentos Drogas y Cosméticos prohíbe la distribución de cosméticos que han sido adulterados o falsamente marcados. Un cosmético se considera adulterado o falsamente marcado si contiene una substancia que pueda convertir el producto en algo peligroso o perjudicial para los consumidores bajo condiciones de uso normal; si el producto contiene una substancia sucia, podrida o en estado de putrefacción; si el envase está hecho de una substancia peligrosa; si ha sido manufacturado o mantenido bajo condiciones antihigiénicas, en donde haya podido contaminarse con suciedad, convirtiéndose en un peligro para los consumidores; o si no es una tintura para el cabello que contiene un colorante añadido de un color no permitido.

    Tinturas de alquitrán para el cabello con una advertencia prescrita por la ley en la etiqueta, ilustraciones y una "prueba de emplasto" para determinar la sensibilidad alérgica, están libres de la estipulación de adulteración, aún si causan irritación en la piel o de otra manera son perjudiciales para el cuerpo humano. Las tinturas para las pestañas y las cejas no están incluidas en esta exención. Todas las tinturas en los productos para el teñido de pestañas y cejas, deben ser aprobados por la FDA para tales usos.

    Un cosmético se considera falsamente marcado cuando su etiqueta o rótulo es falso o engañoso, no tiene la información requerida o está incompleta, o si el recipiente o envase ha sido manufacturado o llenado de manera fraudulenta.

    La Seguridad de los Cosméticos

    Aunque el Acto Federal de Drogas, Alimentos y Cosméticos no exige a los manufactureros de cosméticos ni sus distribuidores prueba de la seguridad de sus productos, la FDA recomienda enfáticamente a los primeros, llevar a cabo pruebas toxicológicas y de otra índole, apropiadas para comprobar la seguridad de sus cosméticos. Si la seguridad de un cosmético no es adecuadamente comprobada, el producto será considerado como falsamente marcado y puede ser sujeto a medidas regulatorias, a menos que su rótulo exhiba la siguiente manifestación de alarma: "Advertencia - La seguridad de este producto no ha sido determinada. Véase 21 CFR 740.10.

    Con la excepción de colorantes añadidos y unos pocos ingredientes prohibidos, los manufactureros de cosméticos pueden, bajo responsabilidad personal, usar esencialmente cualquier materia o substancia cruda como ingrediente de un cosmético y lanzar el producto al mercado sin aprobación alguna. La ley exige que los colorantes añadidos a alimentos, drogas y cosméticos deben ser verificados y aprobados por la FDA en cuanto a seguridad, según sea su uso en el futuro. Un cosmético con un colorante añadido que no pertenezca a la lista y no ha sido aprobado por la FDA para un uso definido, es considerado alterado y sujeto a acción reguladora. La lista de los aditivos aprobados para el uso de los cosméticos está en el 21 CFR 73, 74 y 82.

    El uso de los siguientes ingredientes en los cosméticos es restringido o prohibido: bitional, compuestos de mercurio, cloruro de vinilo, salicilanilides halogenados, complejos de zirconio en cosméticos de aerosol, cloroformo, cloruro de metileno, propulsantes de clorofluorocarburo y exaclorofeno. Véase 21 CFR 700.11 a 700.23 y 250.250. La agencia también considera como cosméticos adulterados, productos para las uñas que contengan metilo metacrilato monóme o aquellos con más de 5% de formaldehido. Aunque no prohibido por ley o la regulación, los manufactureros de productos de fragancias cosméticas voluntariamente han acordado no usar, o por lo menos limitar, el uso máximo de niveles de ciertos ingredientes escogidos que son causa de despigmentación y reacciones alérgicas irritantes, neurotóxicas o fototóxicas.

    Registro Voluntario

    Aunque el Acto Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos no exige a las firmas de cosméticos que registren con la FDA los establecimientos de manufactura ni las formulaciones, o hace asequible datos sobre seguridad o cualquier otra información, antes de que un producto salga al mercado en los Estados Unidos, los manufactureros y distribuidores de cosméticos pueden rendir esta información voluntariamente. El registro voluntario de una firma o producto y la asignación de un número de registro por la agencia, no significa que ha sido aprobado por la FDA . Cualquier uso del número de un registro en la rotulación debe estar acompañado de una carta de renuncia muy clara como lo prescribe la regulación. Véase 21 CFR 710, 720 y 730.

    Rotulación de Cosméticos

    Los cosméticos distribuidos en los Estados Unidos deben cumplir las regulaciones de la rotulación publicadas por la FDA, bajo la autoridad del FD&C Act y el FPLA. La rotulación significa todos los rótulos, etiquetas, material escrito, impreso, ilustrado en el empaque o acompañando un producto. Las afirmaciones exigidas bajo la autoridad del Acto FD&C deben aparecer en la parte interior lo mismo que en cualquier envase exterior o envoltura del producto. Los requisitos del FPLA, por ejemplo, la rotulación acerca de los ingredientes y la declaración de la cantidad neta del contenido en el panel principal, solamente corresponden a la etiqueta del envase exterior. Las demandas del rotulado están codificadas en el 21 CFR 701 y 740. Cosméticos llevando información falsa o engañosa o de cualquier manera no siendo rotulados de acuerdo con los requisitos, pueden ser catalogados como marcados falsamente y sujetos a acción reguladora.

    El panel principal de exhibición, por ejemplo, es la parte del rótulo seguramente más exhibida o examinada bajo circunstancias normales de venta, (21 CFR 701.10) y generalmente lleva el nombre del producto. Este panel debe identificar describiendo por el nombre o por una ilustración, la naturaleza o uso del producto y ofrecer una descripción precisa de la cantidad neta del contenido del cosmético en el paquete en términos de peso, unidad de medida, o una combinación de unidad de medida y peso. La declaración debe ser clara y precisa, tal como lo ordena la regulación.

    La cantidad neta de contenidos de un cosmético sólido, semisólido o viscoso, debe ser en términos de libras y onzas y una afirmación de medida líquida debe ser en los términos del galón norteamericano (U.S. gallon) de 231 pulgadas cúbicas, cuarto, pinta y subdivisiones de onza fluida de ahí en adelante. Si la cantidad neta del contenido sobrepasa una libra o una onza, debe ser expresada en onzas, seguida de un paréntesis ( ) por una declaración de la unidad entera más larga (por ejemplo, libras y onzas o cuartos y pintas y onzas). La cantidad neta del contenido, puede además manifestarse in términos del sistema métrico de pesos y medidas.

    El nombre y dirección de la firma distribuyendo el producto, debe figurar en un panel de información del rótulo (21 CFR 701.12. La dirección debe ser completa con nombre de la calle, ciudad, estado y código postal (zip code). Si la firma aparece en la lista de una ciudad corriente o directorio telefónico, la dirección de la calle puede ser omitida. Si el distribuidor no es el manufacturero o empacador, esta información debe figurar en el rótulo por medio de la frase "Manufacturado por ..." o "Distribuido por ..." o un lenguaje similar.

    La Ley de Tarifas o Legislación Arancelaria de 1930 (19 U.S.C. 1304) exige que todos los artículos importados mencionen en el rótulo, el nombre del país de origen en el idioma inglés. (Véase también 19 CFR 134)

    Todo el lenguaje y afirmaciones requeridas por las regulaciones deben ser presentadas en el idioma inglés y deben ser colocadas en los rótulos con claridad y prominencia, de manera que sean fácilmente vistos y comprendidos por los consumidores, bajo las acostumbradas condiciones de compra. (21 CFR 701.2).

    Declaración de Ingredientes

    Los cosméticos producidos o distribuidos al por menor a consumidores para su cuidado personal, deben llevar una declaración de ingredientes (21 CFR 701.3). Los cosméticos no distribuidos comúnmente en ventas al por menor, por ejemplo, preparaciones para el cabello o productos de maquillaje usados por profesionales en los consumidores en sus establecimientos, o limpiadores de la piel obtenibles por la clientela en sus sitios de empleo, están exentos de este requisito, siempre y cuando los productos no sean vendidos también en establecimientos profesionales, o lugares de trabajo para su consumo en el hogar.

    La presentación de los ingredientes debe ser prominente, clara de manera fácil de ver y leer al comprarla. Puede aparecer en uno de los paneles de información del envase exterior, por ejemplo, en un panel de información del cartón plegadizo, caja o envoltorio si el envase inmediato está empacado así. Si no ha sido empacado en un envase exterior, debe aparecer en un panel de información del frasco, tubo o botella conteniendo el producto. La presentación de los ingredientes también puede aparecer en una etiqueta, cinta o tarjeta firmemente adherida al envase exterior. Las letras no deben medir menos de 1/16 pulgada de altura (21 CFR 701.3 (b). Si el total de la superficie disponible para lleval el rotulado es menos de 12 pulgadas cuadradas, las letras no pueden ser menos de 1/32 de pulgada en altura, (21 CFR 701.3 (p) ). La rotulación de ingredientes fuera del empaque es permitido cuando el cosmético ha sido mantenido en anaqueles o charoles, o herméticamente empacado en un cartón plegadizo cuya superficie de empaque es menor de 12 pulgadas cuadradas (21 CFR 701.3 (i) ).

    Los ingredientes deben ser explicados en orden descendiente de importancia. Colorantes añadidos (21 VFR 701.3 (f) (3) e ingredientes presentes al uno por ciento o menos (21 CFR 701.3 (f) (2) ) pueden ser mencionados después de los ingredientes presentes, en concentraciones excediendo el uno por ciento sin tener en cuenta el predominio. Los ingredientes deben ser identificados por los nombres establecidos o adoptados por regulación (21 CFR 701.3 (c); aquellos aceptados por la FDA como exentos de información pública pueden ser mencionados como "y otros ingredientes" (21 CFR 701.3 (a) ).

    Los cosméticos que a la vez son drogas deben identificar primero los ingredientes medicinales (si es más de uno), como "ingredientes activos" antes de enumerar los ingredientes de los cosméticos (21 CFR 701.3 (d) )

    Advertencias en el Rótulo

    Cosméticos potencialmente peligrosos para los consumidores cuando son erróneamente usados deben exhibir advertencias apropiadas en el rótulo o etiqueta, a más de las instrucciones de seguridad para su uso. Las advertencias deben ser vistosas y aparecer en lugar prominente. Algunas cosméticos requieren advertencias y sugieren cautela en la manera prescrita por las regulaciones (21 CFR 740). Cosméticos en empaques a presión (aerosol) rociadores de desodorantes femeninos y ampollas para hacer burbujas de jabón para los bebés, son ejemplos de productos que deben llevar este tipo de advertencias.

    Paquetes a Prueba de Violación

    Productos para la higiene oral (enjuagues refrescantes para la boca) y todos los productos cosméticos vaginales (duchas, tabletas) deben ser empaquetados a prueba de violación al ser vendidos al por menor. Un paquete es considerado a prueba de violencia cuando tiene un indicador o barrera de entrada (una cinta selladora, un cartón sellado, tubo, bolsa o recipiente aerosol), el cual al ser fracturado a la fuerza, alerta al consumidor que una violación ha ocurrido. El indicador deberá tener un diseño claro e inconfundible (tapa rompible, ampolla plástica) o apariencia (palabra, viñeta o ilustración) para imposibilitar la substitución. El distintivo a prueba de violación puede envolver el producto inmediato, el envase exterior o ambos. El paquete también debe mostrar en forma prominente una advertencia alertando al consumidor acerca del distintivo. Esta advertencia debe permanecer sin daño alguno aunque el distintivo sea destrozado o removido. Véase 21 CFR 700.25.

    Autoridad Para el Cumplimiento de la Ley

    Para el cumplimiento de la ley, la FDA puede llevar a cabo exámenes e investigaciones, inspeccionar establecimientos en donde los productos han sido manufacturados o retenidos y embargar cosméticos adulterados (perjudiciales), falsamente marcados (incorrectamente, engañosamente rotulados o envasados). A productos extranjeros adulterados o falsamente marcados, les será rehusada la entrada a los Estados Unidos. Para prevenir futuros cargamentos de productos adulterados o falsamente marcados, la agencia tiene el derecho de solicitar de una corte de distrito federal, una orden de restricción contra el manufacturero o distribuidor del cosmético violador. Además, la FDA también puede iniciar acción criminal contra una persona violando la ley. Ejemplos de productos detenidos son preparaciones para las uñas conteniendo metilo metacrilato o formaldehido, algunos productos para teñir cejas y pestañas conteniendo combinaciones prohibidas de tintes de carbón-alquitrán y productos contaminados con microorganismos peligrosos.

    Información adicional relacionada con los requisitos para el mercadeo de cosméticos debe ser dirigida a la Administración de Drogas y Alimentos, División de Colores y Cosméticos (HFF-440) 200 C Street SW, Washington, DC 20204. Preguntas con respecto a los requisitos para el mercadeo de productos que a la vez son cosméticos y drogas, también deben ser dirigidas a: Division of Drug Labeling, OTC Compliance Branch (HFN-312), 5600 Fishers Lane, Rockville, MD 20857.

    Información obtenida de

    Administración de Drogas y Alimentos de los Estados Unidos
    Centro de Seguridad de Alimentos y Nutrición Aplicada
    IAS* Folleto: 1992
    http://www.cfsan.fda.gov/~mow/scos-hdb.html

     

     

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