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CINTA PARA SOBRE PERMANENTE *

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    México Ecosistemas Internacionales México cinta para sobre permanente, cinta para sobres removible Taurin No. 36 Col.Juarez
    06600 México, D.F.
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    Argentina Cicloquimica rojo permanente Morón 2329 Col.na
    1409 Buenos Aires, na
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    Colombia Química Alemana Permanente en Frío Centro Histórico, Calle 20 5- 84 Col.Chapinero
    0 Colombia, Bogotá
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    Argentina Benny Pen Argentina Marcador permanente Julian Alvarez 570 Col.
    1414 Buenos Aires,
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    México Poliformas Plasticas TR-900 Desmoldante Semi-Permanente, TR-910 Sellador Semi-Permanente, TR-920 Sellador Semi-Permanente, TR-930 Desmoldante Semi-Permanente Calzada Ignacio Zaragoza 488 Col.Federal
    15700 MEXICO, D.F.
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    México Macame y Compañia MARCADOR PERMANENTE NEGROAS, MARCADORES TINTA PERMANENTE PARA LABORATORIO AZUL, MARCADORES TINTA PERMANENTE PARA LABORATORIO NEGRO, SOBRE GENERADOR GASPAK Ejido Tepepan No. 25 Col.Ejidos de Culhuacan
    04420 México, D.F.
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    México Abaquim Barita Blanco Permanente, Barita Blanco Permanente Cerrada de Colima No. 4 Col.Roma
    6700 México, D.F.
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    México Distribuidora Gráfica Novaro Asesoría Técnica Permanente avasolo 292 Col.fuentes de tepepan
    16000 MEXICO, D.F.
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    México Mextran Papel Adhesivo permanente, Papel Adhesivo acrilico permanente Abendules No. 105 Col.Santa Maria Insurgentes
    06430 México, D.F.
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    México Poliflex Sellador permanente flexible Constitución no.3907 Col.Jardines de San Rafael
    67110 Monterrey, Nuevo León
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    México Corporativo Industrial Tultitlán Fijadores para resistencia permanente Av. San Antonio 131-A Col.Barrio la concepcion
    54900 Ciudad de México, Tultitlán
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    México Dynamic Consultant Medidor SX50 doppler permanente, Medidor ultrasónico modelo DCT6088 permanente, Medidor ultrasónico de flujo triton TX10 transit time permanente Marina Nacional No. 200 Edif. 3-14 Col.Anáhuac
    11320 México, D.F.
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    México Pixel Press Bolsas Genéricas de Stock Permanente Av. Xcaret, esq. La Costa, SM 36, M 22 Centro Comercial Las Palmas, Lo. 1-2 Col.
    77000 Cancún, Q. Roo
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    Argentina COMPAÑIA IND. DE SELLADORES Y ADHESIVOS adhesivo de vinilico de tack permanente, Adhesivo de vinilico de tack permanente CS-1151 Jose Morelos No. 5040 Col.
    1603 Buenos Aires, Villa Martelli
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    México Energía Controlada de México Motores de corriente directa imán permanente Antiguo Camino a SAn Pedro Mártir No.187 L-2 Col.Chimalcoyotl
    14630 Distrito Federal, D.F.
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    2843 tarimas 300 Unidad
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    México black belt
    3607 cintas adhesivas 1 TM
    Anual
    México DISTRITO FEDERAL JEFE DE COMPRAS
    4250 cintas adhesivas 500000 Unidad
    Anual
    México D.F. GERENTE DE COMPRAS
    4740 envases 0 TM
    Anual
    México México Gerente
    4777 corcho en polvo granulado 500 kg
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    México Estado de mexico Director General
    4895 cintas 1000 TM
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    México chiapas profesionista
    5253 separadores 1000 Unidad
    Anual
    México Nuevo Leon Black belt
    5282 cintas adhesivas 500 TM
    Anual
    México Guanajuato Auxiliar
    5643 eliminador de olores 0 TM
    Anual
    México nuevo leon coordinador administrativo
    5719 antiderrapante 300 Unidad
    Anual
    México veracruz propietaria cinta antiderrapante color negro 25 mm * 4.57 m

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    México Cintas y Equipos Devek Cafetal No. 11 Col.Granjas México
    08400 México, D.F.
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    México Cintas Plásticas Calle 1-B No. 92 Col.San José de la Escalera Vallej
    07630 México, D.F.
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    México Uniones Permanentes Lago de Chapultepec No. 220 Col.5 de Mayo
    11490 México, D.F.
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    Argentina EDUARDO J BACIGALUPO CINTAS ADHESIVAS R.E.de San Martín 620/24 Col.CAPITAL FEDERAL
    0 Buenos Aires, Bs. As.
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    Etiqueta, Cinta Impresíon (Ribbon) y Equipos de Impresíon 9671 México Edo. Mex. 1 Rollos Sin grado específico 1 Ofrecemos todo tipo de Etiquetas, Cintas de impresión y equipos de impresión para ...

       
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    05-Septiembre-2006
    Suzano Petroquímica llega al mercado de envases
      
         Fuente:  QuimiNet

    La compañía brasileña Suzano Petroquímica se encuentra implementando su programa de inteligencia competitiva destinado a las necesidades del mercado de embalajes y brindarle soluciones anticipadas.

    Ejemplo de este programa son las nuevas aplicaciones para polipropileno que la compañía ha desarrollado y con las que espera obtener ganancias por 30 millones de reales en los próximos 4 años. Con el fin de que el polipropileno le gane espacios a otros materiales (como el vidrio o el aluminio) se han realizado una serie de convenios con empresas transformadoras de plásticos, embalajes y usuarios finales, sobre todo de la industria alimenticia.

    De acuerdo a esto, se preveé que la presencia de la empresa en el mercado de polipropileno aumente entre un 2 y 3 por ciento. Actualmente, la empresa mantiene el 27.5 por ciento del mercado de ese material en ese país.

     

    05-Septiembre-2006
    Bayer MaterialScience eleva el precio de policarbonatos
      
         Fuente:  Boletin de Prensa Bayer

    Bayer MaterialScience AG aumentó los precios de venta para sus líneas de policarbonatos: Apec®, Makrolon®, Bayblend®, y Makroblend® de policarbonatos en US $0.256 ($0.20 euros) por kilogramo a partir del primero de septiembre del 2006.

    Este incremento aplica a todas las entregas en la región EMEA/LA (Europa, Medio Oriente, África/América Latina).

    Se ha informado a los clientes individualmente sobre los cambios a los precios. Las obligaciones contractuales en existencia cuando los aumentos del precio entren en vigor no serán afectadas.

     

    05-Septiembre-2006
    Intentan frenar la epidemia de tabaco
      
         Industria: Artículos médicos, Cuidado personal, Sector salud, Tabaco
         Tipo: Gobierno, Situación del mercado, Asuntos sociales y de ONGs, Educación, Industria en general
         Fuente:  Intélite

    La mayoría de los médicos consideran el tabaco como uno de los principales enemigos en la salud de sus pacientes, pero reconocen las dificultades para combatir esta “epidemia” destacaron expertos internacionales.

    • Así lo reveló una de las mayores encuestas mundiales sobre actitud de 2,836 médicos en 16 países ante el tabaquismo, cuyos resultados fueron presentados el Congreso Mundial de Cardiología, en Barcelona, España.

    • “Los gobiernos tienen el desafío de acabar con la epidemia del tabaco, para lo que requiere una estrategia global”, declaró el profesor de medicina de la Universidad de Ottawa, Canadá, Andrew Pipe.

    • Cada año se producen casi cinco millones de muertes por enfermedades relacionadas con el consumo del tabaco, según estimaciones de la OMC “y todos tenemos que esforzarnos para frenarlo”, agregó.

     

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    01-01-2006
    Revelado secreto sobre el aceite de las semillas de ricino
    Por: Departamento de Agricultura de EE.UU. / Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia |

    Plantas de ricino, la fuente de uno de los mejores aceites industriales del mundo, están gradualmente revelando los secretos de cómo producen esta valiosa sustancia. Científicos con el Servicio de Investigación Agrícola (ARS) en Albany, California, están investigando sus mecanismos misteriosos.

    El aceite de ricino es único y es valorado como un lubricante para maquinas pesadas o para hacer grasas, productos farmacéuticos, pinturas y más.

    Los estudios de los investigadores han revelado, por primera vez, el papel esencial que un gen, llamado RcDGAT, podría tener en dirigir la planta de ricino a agregar al aceite el componente más importante, conocido como ricinoleato.

    Ricinoleato es seguro y no contiene ricina, la toxina natural de las semillas de ricino. La parte 'ricin' en el nombre "ricinoleato" viene del nombre científico de la planta, el cual es Ricinos communis.

    El químico Thomas A. McKeon del ARS realizó el estudio en el centro de investigación en Albany junto con el químico Jiann-Tsyh Lin y la bióloga molecular Xiaohua He .

    El año pasado, los científicos solicitaron una patente para el gen. Ahora, los investigadores siguen agregando el gen nuevamente identificado a las levaduras en experimentos de laboratorio para determinar más sobre cómo utilizar la capacidad de RcDGAT de producir aceite.

    La idea de producir el aceite superior de ricino en otra planta – una que es segura y fácil de cultivar en EE.UU. – no es nueva. Pero RcDGAT probablemente sería más importante en llevar a cabo esta hazaña que otros genes en la planta de ricino.

    Cada año, EE.UU. importa aceite de ricino con un valor estimado de 50 millones de dólares, primariamente de India y principalmente para usos industriales.

    La compañía Dow Chemical de Midland, Michigan, proveyó algunos fondos para la investigación mediante un acuerdo de investigación y desarrollo con ARS, la agencia principal de investigaciones científicas del Departamento de Agricultura de EE.UU.

    Para conocer proveedores de aceite de ricino haga click aquí

     

    12-01-2006
    Todo sobre el Policarbonato (PC)
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Plásticos, Polímeros |

    Todo sobre el Policarbonato (PC)

    El policarbonato es un poliéster, con una estructura química repetitiva de moléculas de Bisfenol A, ligados juntos a otros grupos carbonatos (-O-CO-O-) en una molécula larga.

    Cadena de policarbonato

    Toma su nombre por los grupos carbonatos en su cadena principal. También es conocido como policarbonato de Bisfenol A, porque se elabora a partir del Bisfenol A y fosgeno. Su formula condensada es la siguiente:


    Los policarbonatos son un grupo particular de termoplásticos (pueden ser moldeado en caliente). Son trabajados, moldeados y termoreformados fácilmente, estos plásticos son ampliamente usados en la fabricación del “cristal a prueba de balas” por ser un material muy durable.

    Hay otro tipo de policarbonato que es usado para la fabricación de lentes, por ser liviano y transparente. Este nuevo policarbonato vino a sustituir la pesadez de los lentes de cristal, ya que no solo es más liviano que el cristal, sino que tiene un índice de refracción mucho más alto. Eso significa que la luz se refracta más que en el cristal. Es un material termorrígido, es decir, que no se funde y no puede moldearse nuevamente.

    Como ya se había mencionado, el policarbonato se obtiene a partir del Bisfenol A y fosgeno. El mecanismo comienza con la reacción del Bisfenol A con hidróxido de sodio para dar la sal sódica del Bisfenol A.

    La sal sódica de Bisfenol A reacciona con el fosgeno (un compuesto bastante desagradable que era el arma química preferida de la Primera Guerra Mundial), para producir el policarbonato.

    Entre las propiedades características del policarbonato, se encuentran:

    • Buena resistencia al impacto
    • Buena resistencia a la temperatura, ideal para aplicaciones que requieren esterilización
    • Buena estabilidad dimensional
    • Buenas propiedades dieléctricas
    • Escasa combustibilidad
    • Es amorfo, transparente y tenaz, con tendencia al agrietamiento
    • Tiene buenas propiedades mecánicas, tenacidad y resistencia química
    • Es atacado por los hidrocarburos halogenados, los hidrocarburos aromáticos y las aminas
    • Es estable frente al agua y los ácidos
    • Buen aislante eléctrico
    • No es biodegradable

    Esta combinación de características ha conducido a muchas aplicaciones benéficas, durables y únicas en el sector electrónico, aplicaciones domésticas, equipos de oficina, en la industria de la construcción, ingeniería automotriz, envases de alimento y bebida, dispositivos médicos y equipos de seguridad, entre otros, como se observa en la siguiente gráfica:

    Eléctrico y Electrónica: teléfonos celulares, computadoras, máquinas de fax, cajas de fusibles, interruptores de seguridad, enchufes, enchufes de alto voltaje.

    Medios Ópticos: discos compactos (CD's), DVD's y C-Rom.

    Automotor: cubiertas del espejo, luces traseras, direccionales, luces de niebla y los faros.

    Aplicaciones y bienes de consumo: calderas eléctricas, refrigeradores, licuadoras, máquinas de afeitar eléctricas e incluso secadoras de pelo.

    Tiempo libre y Seguridad: cascos de protección personal ligeros, gafas de sol, anteojos de esquí, visores resistentes, cubiertas de binoculares y brújulas, lentes de uso común, lentes de ciclismo, luces de barcos y hebillas de botas de esquí.

    Botellas y empacado: biberones, botellas de agua y leche, recipientes para microondas.

    Médico y cuidado de la salud: incubadoras plásticas, dializadores de riñón, oxigenadotes de sangre, conexiones de tubos, unidades de infusión, lentes para una visión correcta, tubo respirador, utensilios esterilizables

    Vidriado y lámina : cristales de seguridad para los juegos de jockey y bancos, escudos de policías, lámina de esmaltado para invernaderos y estadios.

     

    Historia

    El policarbonato es un polímero que se descubrió casi por casualidad y fue explotado comercialmente muchos años después de su desarrollo industrial.

    Los primeros estudios sobre este polímero datan del año 1928 cuando el investigador químico E. I. Carothers de la mercantil DuPont, realizando un estudio sistemático sobre las resinas de poliéster, buscando un polímero para la producción de nuevo tejidos, empezó a examinar los policarbonatos alifáticos.

    Pasaron muchos años y los estudios continuaron aunque cambiando de dirección y fin. Para el año 1952, el científico H. Schell de la firma Bayer, cumple con éxito los primeros estudios en laboratorio para la fabricación de policarbonatos.

    Paralelamente a los estudios de H. Schnell otros científicos también fueron activos para entonces. En 1953 Daniel Fox de la mercantil General Electric descubre en el laboratorio la producción de este polímero.

    En el año 1954,. Schnell de la Bayer, presenta la patente tan solo 9 días antes que la de General Electric. Este motivo hace necesario una intervención política para evitar un enfrentamiento entre las dos sociedades.

    En el año 1959 el policarbonato “Makrolon” de la firma Bayer entra en producción y un año después en 1960 fue el turno del “Lexan” de la firma General Electric, por lo que “Makrolon” y “Lexan” son nombres comerciales del policarbonato.

    Los años siguientes al lanzamiento del policarbonato no fueron precisamente brillantes y a la industria le costaba asimilar e intuir las ventajas económicas de utilizar este nuevo tecnopolímero. El hecho de que este material fuese increíblemente transparente y con excelentes propiedades de resistencia térmica y mecánica, unido a un elevado índice de oxígeno, no era considerado interesante por los sectores económicos.

    Estas actitudes de rechazo cambiaron gracias al trabajo de marketing americano que tomo la iniciativa y demostró, por entonces, como este material estaba aún muy lejos de descubrir las áreas auténticas de sus aplicaciones.

    En 1982, el primer CD de audio fue introducido al mercado, rápidamente reemplazo a las cintas de audio. Dentro de los siguientes 10 años, la tecnología de los medios ópticos incluían los CD-ROMs y dentro de 15 años los DVDs. Todos estos sistemas ópticos de almacenaje dependen del policarbonato.

    Desde mediados de los 80's, las botellas de agua de 18 litros hechas de policarbornato llegaron a reemplazar las pesadas y frágiles botellas de vidrio. Estas botellas ligeras y resistentes al rompimiento, pueden ahora ser encontradas en muchos lugares públicos y oficinas.

    La versatilidad el policarbonato lo hacen excelente para una creación funcional, así como productos artísticamente agradables. Pueden ser fácilmente moldeados y teñidos de cientos de colores, para productos como espejos de carros, cubiertas de celulares, contenedores para microondas y pueden ser transparentes para el uso en lentes de uso diario.

    Si desea contactar empresas que fabriquen y distribuyan el policarbonato, haga click aquí

    Fuentes e información adicional:

    http://html.rincondelvago.com/plasticos-en-la-industria-alimentaria.html
    http://www.pslc.ws/spanish/pc.htm
    http://www.mtas.es/insht/plastico/FT_7_1_C.htm
    http://www.apme.org/media/public_documents/20020712_161322/polycarbonate_summary.htm
    http://en.wikipedia.org/wiki/Polycarbonate
    http://www.sinopticos.com/policarbonato.html

     

    28-01-2006
    Regulaciones de la FDA sobre alimentos y cosméticos
    Por: Boletin FDA / Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia, Cosmética |

    Regulaciones de la FDA sobre las responsabilidades relativas a los alimentos y los cosméticos

    Resumen de los requisitos legales que afectan a la fabricación y a la distribución de alimentos y productos cosméticos dentro de e importados a los Estados Unidos.

    La FDA establece regulaciones para todos los productos alimenticios y sus derivados, con excepción de los productos procesados a partir del huevo y de las carnes y las aves, incluyendo productos combinados (por ej. guisos, pizza), que contengan dos o más por ciento de carne de ave o productos derivados o tres o más por ciento de carnes rojas o productos derivados, los cuales regula el Servicio de Seguridad e Inspección Alimenticia del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (United States Department of Agricultures's Food Safety and Inspection Service, FSIS). Las frutas, los vegetales y otras plantas se encuentran regulados por el Servicio de Inspección de la Salud de los Animales y las Plantas (Department's Animal and Plant Health Inspection Service, APHIS), a fin de prevenir la introducción de enfermedades y pestes de las plantas a los Estados Unidos. El Servicio de Marketing de Agricultura (Agricultural Marketing Service, AMS) del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (United States Agricultural Department, USDA) lleva a cabo la clasificación voluntaria de las frutas y los vegetales.

    La FDA tiene bajo su responsabilidad el control de todas las bebidas sin alcohol y de los vinos que contengan menos del 7% de alcohol. Todas las bebidas alcohólicas, excepto las bebidas de vino (por ej., los jugos de fruta fermentados) que contengan menos del 7 % de alcohol están reguladas por la Oficina de Bebidas Alcohólicas, Tabaco y Armas de Fuego del Departamento de Tesorería (Bureau of Alcohol, Tobacco and Firearms of the Department of Treasury).

    Además, la Agencia de Protección del Medioambiente (Environment Protection Agency, EPA) también regula los pesticidas. EPA determina el grado de seguridad de los productos pesticidas, establece los niveles de tolerancia de los desechos de pesticidas presentes en los alimentos conforme a una Sección de la Ley Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos ( Section of the Federal Food, Drug, and Cosmetic Act, FD&C Act) y se encarga de publicar instrucciones para el uso correcto de los pesticidas. Es responsabilidad de la FDA hacer cumplir las tolerancias establecidas por EPA.

    Dentro de los Estados Unidos, el cumplimiento de la ley establecida por el FD&C Act se asegura por medio de inspecciones regulares a las instalaciones y de inspecciones de los productos, análisis de muestras, actividades educativas y procedimientos legales. La FDA dispone de un número de procedimientos y medidas para hacer cumplir la ley del FD&C Act y de esa manera proteger la salud pública, la seguridad y el bienestar general.

    El distribuidor de los productos que se hallaran alterados o mal marcados podrá destruir voluntariamente o extraer el producto del mercado, o bien alguaciles de los EE.UU. podrán incautar estos productos bajo órdenes obtenidas por la FDA de los tribunales de distrito. Las personas o firmas responsables de la violación podrán ser llevadas a juicio en juzgados federales y si se encontraran culpables quedar sujetos a una multa o a encarcelamiento. Los casos de violaciones continuas pueden prohibirse por orden de incautación de los juzgados federales. La violación de un mandato judicial se castiga como desacato a los tribunales. Dependiendo de las circunstancias se podrán emplear todo tipo de procedimientos normativos.

    El fabricante o despachante puede iniciar el retiro voluntario de un producto del mercado o hacerlo a pedido de la FDA. En la ley del FD&C Act existen provisiones especiales sobre el retiro de alimentos infantiles del mercado. Si bien la cooperación del productor o despachante con la FDA en una situación de retiro puede evitar la necesidad de procedimientos judiciales, no exime a la persona o firma de la responsabilidad por las violaciones.

    El dueño de los alimentos tiene la responsabilidad, cuando se trata de comercio interestatal, de asegurarse que el artículo cumple con las provisiones del FD&C Act, la Ley de Envasado y Etiquetado Correctos (Fair Packaging and Labeling Act, FPLA), y las regulaciones que éstos implementan. En general, estas leyes exigen que el producto alimenticio sea seguro y limpio y que la etiqueta que porta sea honesta e informativa.

    EL FD&C Act le otorga a la FDA la autoridad para establecer e imponer estándares sanitarios sobre el producto alimenticio. La copia adjunta del Título 21 del Código de Regulaciones Federales, Parte 110 (Title 21, Code of Federal Regulations, Part 110 (21 CFR Part 110) contiene las regulaciones actualizadas de la Buenas Prácticas de Manufactura (Good Manufacturing Practice, GMP) para la fabricación, envasado y manipulación de los alimentos para humanos respecto al personal, los edificios e instalaciones, el equipo y los controles de procesamiento del producto, los cuales si se cumplen cuidadosamente, pueden asegurarle a los fabricantes cierto grado de garantía de que sus productos son seguros y sanitarios. En 21 CFR § 110.110, la FDA reconoce que no es posible cultivar, cosechar y procesar cultivos sin ningún defecto. En consecuencia, la Agencia ha publicado Niveles de Acción respecto a Defectos en las Comidas (Food Defect Action Levels). Estos niveles de acción respecto a defectos se establecen sobre la base de que los productos no contengan amenazas a la salud. Si no existiera un nivel de acción respecto al defecto, se tomarán decisiones normativas basándose en el estudio de cada caso en particular.

    La alternativa al establecimiento de niveles de acción respecto a defectos en los alimentos, sería que se insistiera en la mayor utilización de sustancias químicas para el control de insectos, roedores y otros agentes de contaminación naturales. La FDA publicó "niveles de acción" respecto a sustancias venenosas y nocivas a fin de controlar los niveles de contaminación en los alimentos para humanos y para animales (vea el folleto adjunto). Sin embargo, un juzgado en Estados Unidos invalidó los "niveles de acción" de las sustancias venenosas o nocivas, alegando motivos de procedimiento. Mientras tanto se utilizan los Niveles de Acción para Sustancias Venenosas o nocivas en los Alimentos para Humanos y Animales (Action Levels for Piosonous or deleterious Substances in Human Food and Animal Feed) simplemente como directrices que no poseen la "fuerza y el efecto" de la ley. La Agencia aclaró que los niveles de composición constituyen guías para el procedimiento más que normas de peso.

    La FDA no aprueba, ni autoriza o emite permisos relativos al envío de productos locales dentro del comercio interestatal. Sin embargo, todos los procesadores comerciales, ya sea extranjeros o nacionales, de alimentos enlatados con bajo nivel acídico (low-acid canned foods, LACF) envasados en recipientes herméticamente cerrados o de alimentos acidificados (acidified foods, AF), tienen la obligación, por ley, de registrar cada planta procesadora. Además, cada proceso de LACF o AF debe presentarse a la FDA y su aplicación debe ser aceptada por esta institución antes de que el producto pueda ser distribuido a través del comercio interestatal.

    Un alimento bajo en ácidos se define como cualquier alimento, fuera de las bebidas alcohólicas, con un equilibrio terminado de pH mayor al 4,6 y una actividad acuosa mayor al 0,85 – muchos productos alimenticios enlatados son productos LACF y por lo tanto los envasadores deben cumplir los procedimientos de registro y aplicación del caso. La única excepción son los tomates y los productos basados en tomate, ya que tienen un equilibrio terminado de pH menor al 4,7. Un alimento acidificado es un alimento bajo en ácido al que se le agrega ácido/s o alimento/s ácido/s obteniéndose un producto con un equilibrio de acabado de pH del 4,6 o menor.

    Las regulaciones del FDA respecto a los LACF exigen que cada envase herméticamente cerrado que contenga un alimento procesado bajo en ácido lleve una marca con un código de identificación que esté permanentemente a la vista. La identificación requerida deberá señalar, en código, el establecimiento donde se envasó el producto y el período del día en que el producto fue envasado (21CFR $113.60(c)). No existe una regulación que determine que un producto deba ser envíado, en los Estados Unidos, dentro de un período de tiempo estipulado a partir del momento de su fabricación. Si un LACF o un AF se procesa de manera apropiada, no necesitará condiciones especiales de envío o almacenamiento.

    Nuestra reglamentación exige que personas expertas en el procesamiento térmico de alimentos bajos en ácido en envases herméticamente cerrados, establezcan una programación para el procesamiento de LACF o de lo contrario, que se posean las instalaciones adecuadas para tomar dichas determinaciones (21 CFR $113.83). Todos los factores que sean esenciales para el proceso deberán ser especificados por la autoridad en procesamiento durante el proceso programado. El procesador del alimento deberá llevar un control de todos los factores críticos dentro de los límites especificados en la programación del producto.

    La FDA tiene la responsabilidad de establecer la identidad estadounidense, la calidad y el llenado de los envases, conforme a las normas que gobiernen los estándares de un número de productos alimenticios. Los estándares de alimentos, que básicamente consisten en definiciones del contenido y la calidad del alimento, se establecen de acuerdo a las previsiones del FD&C Act. Se han establecido estándares para una gran variedad de productos. Estos estándares le dan al consumidor cierta garantía sobre el tipo y la cantidad de los principales ingredientes presentes en estos productos. Un alimento que pertenece al grupo de productos para el cual se han promulgado estándares de alimentos, deberá cumplir con ese estándar o, de los contrario, se determinará que está en incumplimiento de la ley, y en consecuencia quedará sujeto al proceder reglamentario.

    Se han hecho enmiendas al FD&C Act que establecen requerimientos nutritivos para alimentos infantiles y le otorgan a la FDA autoridad para establecer las prácticas de fabricación correctas y el requerimiento de cantidades de sustancias nutritivas apropiadas, el control de calidad de estos nutrientes y el mantenimiento de registros e informes. De conformidad con estos ajustes, la autoridad para inspeccionar las fábricas se amplió también a la autoridad para inspeccionar los registros de los fabricantes, los controles de calidad y los resultados de las pruebas, necesarios para determinar el buen cumplimiento del FD&C Act.

    La FDA transformó en obligatorios los procedimientos del Punto Crítico de Control en el Análisis de Peligros (Hazard Analysis Critical Control Point (HACCP)) para la industria de los mariscos y pescados a fin de asegurar que el procesamiento, envasado, almacenamiento y distribución sean seguros tanto respecto a los pescados como a los productos derivados, nacionales e importados. El HACCP es un sistema por el cual los procesadores de alimentos evalúan el tipo de peligros que podrían afectar sus productos, instituyen los controles necesarios pasa evitar que estos peligros se materialicen, supervisan el desempeño de los controles y mantienen un registro de esta supervisión como una práctica de rutina. El propósito de las regulaciones propuestas por el HACCP es establecer controles preventivos obligatorios a fin de garantizar la seguridad de los mariscos que se venden en forma comercial tanto dentro de los Estados Unidos como en el exterior. La FDA examinará la aceptabilidad de los controles HACCP además sus actividades de control tradicionales.

    Las regulaciones sobre el etiquetado de alimentos que se encuentran en 21 CFR 101 y 105 contienen los requisitos que, de cumplirse adecuadamente, resultan en un etiquetado de alimentos honesto e informativo. El etiquetado obligatorio de los alimentos incluye la declaración de identidad (nombre común o usual del producto – 21 CFR §101.3); la declaración de la cantidad neta del contenido (21 CFR §101.105); el nombre y lugar de operación del fabricante, empaquetador o distribuidor (21 CFR §101.5); y, si fuera elaborado con dos o más ingredientes, se deberá detallar cada ingrediente en orden descendiente o según la predominancia, por su nombre común o usual (21 CFR §101.4 y §101.6). Especias, sabores y algunos colorantes, además de aquellos productos que se venden como tales, se podrán designar como especias, sabores y colorantes, sin tener que nombrar a cada uno. Sin embargo, aquellos alimentos que contengan un colorante aditivo que esté sujeto a la certificación de la FDA deberán declarar el colorante junto al resto de los ingredientes.

    El 6 de enero de 1993, la FDA emitió las últimas reglas respecto al etiquetado de los alimentos tal como lo exige la Ley de Etiquetado y Educación sobre Sustancias Nutritivas (Nutrition Labeling and Education Act (NLEA). Estas reglas, que se incluyen en el folleto adjunto sobre etiquetado de alimentos, examina seriamente muchos de los aspectos de las regulaciones existentes sobre el tema, principalmente el etiquetado relativo al nivel nutritivo de los alimentos y temas relacionados. Las regulaciones de NLEA se aplican solamente a los alimentos locales envíados a través del comercio interestatal y a productos alimenticios cuya importación se ofrece a los Estados Unidos. El etiquetado de los productos alimenticios que se exportan a países extranjeros deberán cumplir con los requisitos establecidos por dichos países.

    Si la etiqueta de un producto alimenticio no cumple con la enumeración de elementos requerida por el FD&C Act, por la FPLA y las regulaciones que estas leyes promulgan, o si la etiqueta adjudica al producto características no justificadas, el producto se categorisa como mal etiquetado. El FD&C Act proporciona para estos casos, medidas de acción tanto civiles como criminales. La FPLA permite medidas tanto de incautación como de prohibición. La responsabilidad legal sobre el cumplimiento de los términos establecidos por cada una de estas Leyes y sus regulaciones, en lo que atañe al etiquetado, corre por cuenta del fabricante, envasador o distribuidor, cuando los productos ingresan dentro del proceso de comercio interestatal. La etiqueta de un producto alimenticio puede incluir el Código Universal del Producto (Universal Product Code, UPC) más un número de símbolos que pueden significar que la marca está registrada con la Oficina de Patentes de los Estados Unidos (U.S Patent Office); que el contenido literario y artístico de la etiqueta se encuentra protegido contra su violación por las leyes de propiedad intelectual de los Estados Unidos; y que el alimento se ha elaborado y/o cumple con las leyes alimenticias de ciertos grupos religiosos. Es importante resaltar que ni el UPC ni cualquier otro de los símbolos mencionados anteriormente son obligatorios ni se encuentran bajo la autoridad de ninguna de las leyes que establece la FDA

    El FD&C Act requiere la aprobación previa al lanzamiento en el mercado de aditivos alimenticios (sustancias cuyo uso intencionado resulta, o se prevé en forma razonable que puede resultar, directa o indirectamente, en que el aditivo se convierta en un componente del alimento o que afecte las características de un alimento). El proceso de aprobación involucra un examen muy cuidadoso de la seguridad del aditivo según su propósito. Luego de la aprobación del aditivo alimenticio, se publica una regulación sobre su debida utilización en el Código de Regulaciones Federales (Code of Federal Regulations, CFR). Tal como se define en el CFR, el término seguro significa "…que existe una certeza razonable, conforme al juicio de científicos competentes, de que la sustancia no es peligrosa en las condiciones de uso propuestas. Dado el nivel actual del conocimiento científico, es imposible establecer con completa certeza la absoluta ausencia de peligro en el uso de una sustancia determinada. El cumplimiento con las formalidades prevías al lanzamiento en el mercado de un producto conforme a lo establecido por el FD&C Act asegura, por cierto, que el riesgo de que ocurran efectos adversos por culpa de un aditivo alimenticio es de un nivel aceptablemente pequeño.

    Las regulaciones del FDA sobre suplementos dietéticos se encuentra bajo la autoridad del Dietary Supplements Health and Education Act de 1994. Esta reglamentación garantiza que los alimentos sean etiquetados de forma segura y apropiada y que cualquier enfermedad o reclamo asociado con la salud esté apoyado científicamente. Las provisiones legales que gobiernan sobre la seguridad de los suplementos dietéticos dependen de que el producto constituya legalmente un alimento o una medicina. En cualquiera de las dos instancias el fabricante está obligado a elaborar un producto seguro. Para medicinas nuevas se requiere el examen de la FDA sobre la seguridad del producto previo a su lanzamiento en el mercado.

    El propósito de la etiqueta en los suplementos dietéticos es establecer el contenido del producto, las cantidades del contenido, la forma en la que deberá ser utilizado y las precauciones necesarias para garantizar su uso correcto y toda otra información asumiendo que sea verdadera y no engañosa. Si el suplemento dietético es un alimento, la NLEA conducirá un examen de las posibles enfermedades o reclamos asociados a la salud, de acuerdo a las provisiones establecidas al respecto. No se requiere aprobación de la FDA para comercializar un producto cosmético en los Estados Unidos. Con la excepción de colorantes aditivos y de algunos ingredientes prohibidos o restringidos, los fabricantes de cosméticos podrán utilizar básicamente, bajo su responsabilidad, cualquier materia prima como ingrediente de un cosmético y comercializar el producto sin necesitar aprobación.

    Los efectos terapéuticos que se adjudica al producto, ya sea directos o implicados, no son pertinentes en el caso del etiquetado de cosméticos. Los productos cosméticos que también tienen el propósito de tratar o prevenir enfermedades, o afectan a la estructura o a las funciones del cuerpo, se consideran tanto cosméticos como medicinas; en consecuencia deberán cumplir con las provisiones legales tanto para los cosméticos como para las medicinas.

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    Para obtener más información sobre el cumplimiento de los requisitos legales del FDA y recibir asistencia relacionada con las regulaciones sobre productos cosméticos y alimenticios de la FDA, diríjase a:

    Industry Activities Staff (HFS-565) Center for Food Safety And Applied Nutritioon Food and Drug Administration 200 C Street, S.W. Washington, DC 20204 Teléfono: (202) 205-5251

    Sitio Web en la Internet: http://www.fda.gov

     

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