Colonia cítrica *

Página de información de Colonia cítrica y productos similares de QuimiNet. QuimiNet es un Portal Industrial Líder en el mundo, donde encontrará mucha Información y Herramientas de Negocio. A continuación un índice de la información contenida en esta página:

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Si usted desea saber quién vende, comercializa, distribuye u ofrece Colonia cítrica o productos similares, a continuación le mostramos una lista de vendedores o comercializadores que son fabricantes (productores), exportadores, distribuidores y en general suplidores / proveedores de Colonia cítrica. Para poder elegir mejor, en el listado puede ver de acuerdo a su ubicación donde comprar Colonia cítrica, solicitar información, precios o una cotización a las empresas que venden, exportan, manejan, manufacturan, ofrecen o comercializan este producto:

Empresa Producto Información de contacto
Improrex Colonia cítrica Somos proveedores de Colonia cítrica en Av. San Martín 4049
C.P. 12300 . Uruguay
Datos y productos de Improrex
YARCHE INTERNACIONAL cobertura: México Colonia: Ofrecemos Colonia: en Oleoducto 3132 Col. Alamo Industrial
Guadalajara, Jalisco C.P. 44490 . México
Datos y productos de YARCHE INTERNACIONAL
Gheram cobertura: México Colonia Somos un proveedor de Colonia en Vainilla #365 Col. Granjas Mexico
Mexico, D.F. C.P. 08400 . México
Datos y productos de Gheram
Tecfrasa cobertura: México, Centro y Sudamerica Fragancia Colonia, Fragancia Colonia frech, Fragancia Agua de colonia flor de naranja Somos proveedores de Fragancia Colonia en Javier Martínez Valle No. 313 BIS Col. Escuadrón 201
Ciudad de México, D.F. C.P. 09060 . México
Datos y productos de Tecfrasa
Iclab S.A. de C.V. cobertura: Latinoamérica Cuenta colonia, Cuenta colonias, Contador de colonias, Contadores de colonias, medidores de halos ( proyector óptico ) Ofrecemos Cuenta colonia en Calz. de los Gallos No. 154 Col. Plutarco Elias Calles
D.F., D.F. C.P. 11350 . México
Datos y productos de Iclab S.A. de C.V.
HAGUSSA cobertura: Latinoamérica Contador de colonia, Contador de colonias Somos un proveedor de Contador de colonia en Guadalupe Victoria No. 1.13 Mz. 96 Col. Tepalcates
México, D.F. C.P. 09210 . México
Datos y productos de HAGUSSA
Prest ESENCIA DE COLONIA, PECTINA CITRICA MRS 351 Somos proveedores de ESENCIA DE COLONIA en OSVALDO CRUZ 2472 Col. Capital Federal
Buenos Aires, Capital Federal C.P. 1293 . Argentina
Datos y productos de Prest
Laboratorio Rovic cobertura: TODO EL MUNDO Colonia Shower, Colonia para perros Ofrecemos Colonia Shower en WILLIAMS REBOLLEDO 1930 Col. cccc
SANTIAGO, Chile C.P. 00000 . Chile
Datos y productos de Laboratorio Rovic
José Manuel Ugrin Bode cobertura: Latinoamérica Colonia Inglesa, Colonias Somos un proveedor de Colonia Inglesa en . México
Datos y productos de José Manuel Ugrin Bode
Comercializadora Prims cobertura: Ecuador Colonia Prims, Colonia Arex con Bomba Somos proveedores de Colonia Prims en Los Geranios y Carlos Mantilla casa 2 Conjunto san Ignacio Col. San Jose de Moran
Quito, Pichincha . Ecuador
Datos y productos de Comercializadora Prims
Serra Morena cobertura: Canadá, Cabo Verde, Bolívia, Barbados, Austrália, Portugal, Suíça, Trinidad e Tobago águas de colonia Somos fornecedores de águas de colonia en Rua Assungui, 642 CEP 04131-001 Col. Bairro: Vl. Gumercindo
São Paulo, São Paulo C.P. 04131 . Brasil
Datos y productos de Serra Morena
REPRESENTACIONES ESPECIALES HCR cobertura: México CUENTA COLONIA ROJO, PECTINA CITRICA (RAPIDA/LENTA), CUENTA COLONIAS TIPO QUEBEC CON ILUMINACION, CUENTA COLONIAS NEGRO Somos un proveedor de CUENTA COLONIA ROJO en AURELIANO VALVERDE #10 Col. PRESIDENTES EJIDALES
México, D.F. C.P. 04470 . México
Datos y productos de REPRESENTACIONES ESPECIALES HCR
Suprima Cosmo-Tech cobertura: Mundial Colonia para el bebé, Colonia para el bebé Somos proveedores de Colonia para el bebé en Ground Floor, Flat #1, Ameya Sagar CHS Col. Gawanpada, Mulund - East
Mumbai, India C.P. 40081 . India
Datos y productos de Suprima Cosmo-Tech
Plásticos Burgos Frasco para colonia Ofrecemos Frasco para colonia en Las Dalias 3180 Col. Macul
Santiago, Chile . Chile
Datos y productos de Plásticos Burgos
Química Alemana Colonia Alemana Klauss Somos suplidores de Colonia Alemana Klauss en Centro Histórico, Calle 20 5- 84 Col. Chapinero
Colombia, Bogotá . Colombia
Datos y productos de Química Alemana
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Solicitudes de compradores de: Colonia cítrica

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Si usted desea conocer solicitudes de Compradores de Colonia cítrica o productos similares, a continuación le mostramos una lista de requerimientos de suministro o solicitudes de cotización, importación o compra de Colonia cítrica. Para poder contactar a los Compradores, Importadores, Demandadores o Clientes de Colonia cítrica vea el listado de requerimientos y solicíteles información
ID Producto de Interés Consumo Ubicación Puesto Observaciones
144387 Compra de AGUA DE COLONIA 30 Piezas
Mensual
Comprador de AGUA DE COLONIA en SONORA, México PROPIETARIA FLOR DE NARANJO SANBORS tamaños varios

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Mensaje al comprador
473987 Compra de Contador de colonia 1 Piezas
Única vez
Comprador de Contador de colonia en La vega, República Dominicana Investigador

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Mensaje al comprador
243150 Compra de colonia para perros 120 Litros
Mensual
Comprador de colonia para perros en Tachira, Venezuela presidente Estoy interesado si tienen precio para venezuela en colonia para perro a nivel industrial ...

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Mensaje al comprador
281862 Compra de Agua de colonia flor de naranja 10 Litros
Quincenal
Comprador de Agua de colonia flor de naranja en Sonora, México Propietario Ando buscando una colonia similar a la colonia de flor de naranja de sanborns. un saludo espero ...

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Mensaje al comprador
532773 Compra de Agua de colonia flor de naranja 20 Piezas
Semanal
Comprador de Agua de colonia flor de naranja en baja california sur, México encargada

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Mensaje al comprador
540958 Compra de Agua de colonia flor de naranja 10 Piezas
Mensual
Comprador de Agua de colonia flor de naranja en sinaloa, México gerenta solicito precios

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Mensaje al comprador
6018 Compra de pectina citrica 20 Kilogramos
Anual
Comprador de pectina citrica en D.F., México Propietario

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Mensaje al comprador
5823 Compra de pectina cìtrica 25 Kilogramos
Anual
Comprador de pectina cìtrica en Estado de Mèxico, México Propietario Estoy iniciando operaciones

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Mensaje al comprador
11753 Compra de PECTINA CITRICA 5 Toneladas
Anual
Comprador de PECTINA CITRICA en Lima, Perú GERENTE DE COMERCIALIZACION COTIZAR ,PRECIOS FOB O CIF CALLAO/PERU

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Mensaje al comprador
16419 Compra de Pectina citrica 1 Toneladas
Anual
Comprador de Pectina citrica en La Paz, Bolivia Gerente-propietario Necesito precios FOB

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Mensaje al comprador
Busque clientes de los productos que vende:
(Escriba el producto para el que busca clientes)

Clientes o compradores de: Colonia cítrica

Si conoce compradores de este producto y desea compartir la información haga clic aquí     Ir menú Δ

Si usted desea saber quién compra, busca, importa, solicita, consume o requiere Colonia cítrica o productos similares, a continuación le presentamos una lista de algunos potenciales compradores de Colonia cítrica o similares seleccionados:

No. de Oportunidad Comprador de Colonia cítrica Ubicación del comprador Cantidad requerida Información de contacto Opine y Califique
132850
(25-Nov-2007)
mañuska
buenos aires, Argentina
4 Piezas
Para pruebas
131430
(20-Nov-2007)
Universidad del Magdalena
Magdalena, Colombia
1 Piezas
Mensual
128193
(11-Nov-2007)
UNLaR
La Rioja, Argentina
1 Kilogramos
Semestral
125083
(1-Nov-2007)
Equipos y Controles Industriales Interna
puebla, México
1 Piezas
Única vez
113585
(28-Sep-2007)
Promart, s.a.
Ventas, Guatemala
200 Piezas
Trimestral

Empresas que incluyen en su nombre el término Colonia cítrica

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Si usted desea conocer empresas que incluyan en sus nombres o denominaciones (incluso
las que no se muestran en esta sección) el término Colonia cítrica o similares, a
continuación le presentamos una lista de ellas. Usted puede conocer más
sobre ellas y solicitar información dando clic a cada una:
Empresa Dirección / Información de contacto
Zabala # 1327 Esc. 103
Montevideo C.P. 11000 , Uruguay
 
Blvd. Moctezuma 1125-4 Col. Fracc. Valle Real 1er Sector
Saltillo, Coahuila C.P. 25198 , México
 
España
 
Guatemala
 
Sur 13 y Oriente 4 No. 602
Orizaba, Veracruz , México
 
4a Sur Oriente #1493 Col. Centro
Tuxtla Gutierrez, Chiapas C.P. 29000 , México
 

Noticias que incluyen en su texto el término Colonia cítrica

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Si usted requiere leer Noticias que incluyan en su texto el término Colonia cítrica (Parcial o Completamente), a continuación le presentamos una lista de las notas relacionadas publicadas en el portal. Las noticias incluyen principalmente informacion Comercial, Información o Condiciones de Mercado, Ampliaciones, Nuevas Plantas o Fusiones, Ofertas de Empresas, Legislación, Resultados, Lanzamientos, Entrevistas, Incrementos o Bajas de Precio y mucho más. Usted puede leer de forma gratuita cada noticia y cuando la nota es larga dar click en Ampliar para ver la noticia completa.

06-Octubre-2000
Explosión en la colonia Morelos
  
     Fuente:  Intélite
En el DF, en la colonia Morelos, se generó la explosión fuera de una casa, cuatro miembros de una familia tuvieron que ser internados de un hospital, ya que cuando levantaron una bolsa de plástico del piso explotó un artefacto.  

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04-Septiembre-2000
Decomisan cohetes en la colonia Morelos
  
     Fuente:  Intélite
Fueron decomisados mil cohetes en el cruce de Matamoros y Peralvillo en la colonia Morelos, esto como parte del operativo para detectar material pirotécnico previo a las fiestas patrias.

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17-Noviembre-2005
Alerta amarilla en la colonia Vasco de Quiroga
  
     Industria: Petróleo y Energía, Petroquímica
     Tipo: Accidentes
     Fuente:  Monitor

Hay alerta amarilla en la colonia Vasco de Quiroga, debido a que hay una fuga de gasolina, informó la delegación Gustavo A. Madero y agregó que más de 800 personas han sido trasladadas a albergues ubicados en el deportivo Los Galeana y garantizó que sus hogares permanecerán vigilados.

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Artículos que incluyen en su texto el término Colonia cítrica

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Si usted requiere información de Colonia cítrica que incluyan en su texto el término Colonia cítrica (Parcial o Completamente), a continuación le presentamos una lista de artículos exclusivos publicados en el portal. Los artículos pueden incluir Definición del producto, Información Técnica, Propiedades, Características, Condiciones de Manejo y Disposición, Tipos, Usos y Aplicaciones, Nuevos Desarrollos, Problemas asociados, todo tipo de información de Colonia cítrica y mucho más. Usted puede leer en forma gratuita cada artículo y dar clic en Ampliar para ver el contenido completo:


08-12-2008
Potencial de antibiótico y conteo de colonias - resultados confiables en segundos
Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia, Cosmética, Farmacéutica | Productos y Servicios relacionados: Material y Equipo de Laboratorio

Potencial de antibiótico y conteo de colonias - resultados confiables en segundos

La tecnología de imagen digital en color automatiza la lectura y análisis de ensayos de potencia de antibióticos, y el conteo de colonias. Este sistema completo de Microbiología Industrial es ideal para hacer pruebas de aseguramiento y control de calidad en los laboratorios microbiológicos de productos farmacéuticos, alimentos, nutrientes y cosméticos.

TRINITRY V3, cumple con lineamientos de conformidad con BPL y 21 CFR Parte 11 de requerimientos para firma electrónica y sigue estrictamente los lineamientos de las farmacopeas USP, JP, EP, BP y del AOAC respecto al método de análisis cuantitativo en ensayos de difusión en agar.

Sistema digital de análisis de imagen TRINITY™ V3

  • Reduce el tiempo de lectura y cálculos de las pruebas en 95%. Elimina todos los errores de transcripción. Y provee mayor exactitud, precisión consistencia y confiabilidad en los resultados obtenidos en comparación con los métodos de lectura manual.
  • Cada placa es leída, calculada y registrada en menos de 1 segundo.
  • Cada lote de placas es leída y registrada a una velocidad de 6 placas por minuto.
  • Capaz de leer placas de ensayo transparentes, opacas, coloreadas, y sangre agar.
  • Un número ilimitado de imágenes digitales a color de las placas pueden guardarse e imprimirse.
  • Cumple con los requerimientos del 21CFR Parte 11 (CODE OF FEDERAL REGISTRY) para los requerimientos de firma electrónica, control de acceso multinivel y auditoría de gestión total 7. Cumple con todos los requerimientos de las buenas prácticas de laboratorio. BPL.
  • Incluye documentos con protocolo de validación para la Calificación de Instalación (IQ) y Calificación de Operación (OQ) y Calificación de Desempeño (PQ)
  • La Calificación de Desempeño (PQ) implica por recomendación de la US-FDA la lectura de varios ensayos en paralelo con el método actualmente empleado para documentar la equivalencia substancial de los resultados obtenidos.
  • El ensayo con TRINITY™ puede incorporarse en la rutina del laboratorio sin alterar de forma alguna los métodos manuales actualmente en uso, materiales, organismos, patrones de vaciado en las placas o de documentación gubernamental.
  • Los resultados de los ensayos pueden ser exportados en formatos de texto o binarios que pueden ser leídos con muchos otros programas.
  • Flexibilidad en la definición por el usuario de los campos, permite adecuación de los reportes de resultados.
  • Los procedimientos de operación y ayuda, están disponibles paso a paso en la pantalla de tacto TOUCH SCREEN a solicitud del usuario en el menú

Ensayo de potencia de antibióticos por difusión en agar

  • Sistema digitalizador de imágenes en color, que lee, mide y registra en menos de un segundo Las Zonas de inhibición de crecimiento de bacterias y levaduras en las placas
  • El sistema de software TRINITY™ V3 opera bajo los lineamientos de los métodos y materiales recomendados y documentados por USP(Farmacopea de los EUA/US-FDA-CFR), EP (Farmacopea Europea), BP (Farmacopea Británica), JP (Farmacopea japonesa) y la AOAC (Asociación de Comunidades Analíticas)
  • Capacidad para leer placas de 90-100 mm. de diámetro
  • Lee, mide y registra diámetros de zonas de inhibición con precisión de 0.1 mm
  • Ajuste del umbral de sensibilidad que permite lectura con precisión y consistencia de placas difíciles de leer.
  • La medición de los diámetros de las zonas está disponible en pantalla para ser revisada por el usuario y ser aceptada o modificada por el usuario. El usuario puede volver a medir, o desechar una zona con sus límites. Los cálculos se efectúan automáticamente.
  • Al finalizar la lectura los cálculos de concentración y potencia de los antibióticos, se lleva a cabo instantáneamente. El sistema permite varias opciones de cálculo para mayor flexibilidad.
  • Opción para verificar la medición de las zonas en resultados marginales.
  • Las variaciones de placa a placa es tomada en consideración para los cálculos.
  • Muestra datos preliminares y graficas en pantalla para revisión, guardado e impresión (USP Farmacopea)
  • Construye la curva estándar con concentraciones conocidas y desconocidas y mostrando los puntos claramente (USP Farmacopea)
  • Calcula el coeficiente de correlación, desviación estándar, y los valores de concentración de la muestra y valores de concentración originales. (USP Farmacopea)
  • Lee y calcula los resultados de hasta 8 placas (EP Farmacopea Europea)
  • Ejecuta los cálculos de (ANOVA Análisis de variación) (EP Farmacopea Europea)
  • Lee y calcula los resultados de hasta 15 placas (JP Farmacopea Japonesa)
  • Incluye opción de cálculos de potencia (JP Farmacopea Japonesa)

Ensayo de potencia de antibióticos en placa de gran formato

  • Registra los diámetros de las zonas directamente al software con el empleo de un vernier digital vía USB
  • Tanto las muestras como los desconocidos se colocan en una sola placa de gran formato.
  • Puede leer cualquier tamaño de placa y distribución de muestras incluyendo los platos de bioensayos de 243 mm de NUNC en Dinamarca.
  • Cuenta con formatos flexibles incluyendo de 2 a 10 estándares, replicados de 1 a 5 y desconocidos de 1 a 100. Las opciones en configuración de muestras incluye: cuadrado latino, aleatorio, secuencial, y a voluntad del usuario.
  • Construye la curva estándar con concentraciones conocidas y desconocidas y mostrando los puntos claramente
  • Calcula el coeficiente de correlación, desviación estándar, y los valores de concentración de la muestra y valores de concentración originales
  • Permite promediar los resultados de dos placas idénticas
  • Muestra datos preliminares y graficas en pantalla para revisión, guardado e impresión

Ensayo de Contar Colonias

  • Sistema digitalizador de imágenes en color, que instantáneamente lee y cuenta colonias de bacterias, hongos y levaduras y partículas en las placas de prueba y de investigación en menos de un segundo en agar claro, opaco o de sangre.
  • Puede leer placas redondas de cualquier tamaño hasta 150 mm
  • Puede contar la placa entera, medias placas y cuadrantes. o áreas definidas por el usuario. Cada segmento de la placa se cuenta independientemente así como la cuenta de la placa total.
  • Sigue las directrices de conteo aeróbico de placas de acuerdo al Manual de Bacteriología Analítica de la FDA (BAM) que proporciona los procedimientos preferidos de la FDA para los laboratorios para el análisis microbiológico de alimentos y de cosméticos.
  • Capacidad de contar una variedad amplia de tipos de la placa, incluyendo: 3M ™ Petrifilm ™, Siembras en espiral, el análisis de Ames, agar cromogénico, análisis de Phage/placa, Placas vaciadas, Filtros de membrana, y retículas, etc.
  • Puede diferenciar las colonias contadas con base en tamaño. El usuario puede definir hasta 10 rangos del tamaño y ser contadas simultáneamente.
  • Puede diferenciar las colonias contadas con base en similitud de color. El usuario puede definir uno ó más colores para ser contadas simultáneamente.
  • Opción para separa automáticamente las colonias colindantes en contacto generando las cuentas adicionales. Las colonias grandes pueden ser divididas en cuentas múltiples. Con base en criterios flexibles de variación de tamaño.
  • La colonia detectable más pequeña es 0.1 milímetros y el tamaño de colonia más pequeño discriminable es de 0.15 mm
  • Capacidad de definir el área de conteo para excluir los bordes y las imperfecciones en las placas.
  • Cuenta colonias en papel de filtro/matriz/membrana con o sin retículas impresas (las retículas no son necesarias en cuentas automatizadas).
  • Cuenta las placas inoculadas en espiral, y puede calcular automáticamente la concentración final.
  • Cada colonia contada es marcada con color en la pantalla. Pueden eliminarse o agregarse colonias manualmente con el clic del Mouse (marcadas con diferente color)
  • El ajuste de la exposición puede mejorar las imágenes de bajo contraste, y se puede guardar en memoria con el perfil de la placa contada.
  • Todos los parámetros de conteo optimizados pueden ser guardados en memoria para ser usados como plantilla.
  • Lee e interpreta placas de bacterias y levaduras en diversos tipos de agares cromogénicos comerciales (Ej. CHROMagar® de BD)

Para más detalle sobre el equipo, haga clic aquí.

Proveedores de analizadores de imágenes para microbiología

A continuación le presentamos a Scimericas, proveedor de analizadores de imágenes para microbiología:

Scimericas es una empresa especializada en la venta de aparatos de precisión para laboratorio clínico, de investigación e industrial. En potencial de antibiótico y conteo de colonias Scimericas tiene la solución, lectura de hasta 360 placas por hora sin errores de transcripción resultados confiables en segundos.

Conozca el Perfil, Productos, Dirección y Teléfono de Scimericas.

O bien, haga contacto directo con Scimericas para solicitar mayor información sobre el sistema digital de análisis de imagen TRINITY™ V3.

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13-02-2006
Manejo de efluentes de sangre en la industria de matanza vacuna
Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Agro, Alimenticia | Productos y Servicios relacionados: Ambiental

CONVIERTA SU PROBLEMA DE EFLUENTES CON LA SANGRE, EN UN PRODUCTO RENTABLE CON MERCADO NACIONAL e INTERNACIONAL

El proceso de sacrificio

Cuando el animal está maduro y ha alcanzado su peso óptimo, está listo para el sacrificio. Una vez que llega a los corrales del matadero, debe reposar entre 8 a 24 horas en ayuno, sólo con agua antes del sacrificio. El reposo y ayuno es necesario para facilitar la eviseración, reduciendo las posibilidades de punción del tracto intestinal y contaminación de la canal. El animal es arreado hacia la nave principal mediante un pasillo angosto, pasa a un brete donde es golpeado en la frente mediante variados implementos mecánicos (martillo detonador o martillo neumático) cayendo inmediatamente aturdido al suelo. Es izado por las patas traseras, degollado y desengrado al inicio de la cadena de producción.

La sangre entera usualmente fluye hacia las cañerías formando parte de los efluentes , la sangre es un medio de cultivo poderoso para las bacterias que contaminan las aguas residuales del matadero, además de su mal olor al descomponerse en las lagunas de sedimentación y oxidación.

Para evitar este problema Galaxie Secado Spray ofrece al mercado la solución de Secado por Atomización

UNA TECNOLOGIA ECOLOGICAMENTE AMIGABLE

GALAXIE ; con más de 200 equipos instalados, lo asesora poniendo a su servicio, toda la experiencia y tecnología.

•  Reduzca a más de un 65% la inversión de su planta de efluentes.

•  Rápido retorno de la inversión.

•  Economice problemas con entidades oficiales, multas, clausuras por contaminación ambiental.

•  Alto rendimiento, pues el proceso es muy rápido (algunos segundos).

•  Proceso continuo y constantemente controlado.

•  Homogeneidad de la producción.

•  5 modelos standard con evaporación de 20 a 2.000 Ltrs/hora y mayores a pedido

 

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ANTECEDENTES de GALAXIE como PROVEEDOR de la INDUSTRIA de SUBPRODUCTOS de MATANZA VACUNA

GALAXIE es una empresa con 35 años en el mercado Mundial y más de 200 equipos instalados en América Latina, EE.UU., Canadá, Europa, Rusia, Sudáfrica, Indonesia, India y Arabia Saudita.

Nuestra experiencia, nos pone a la altura que exigen las necesidades de Secado y Tratamiento de Efluentes en la Industria de hoy.

GALAXIE fabrica Plantas de Secado Spray (Spray Drying) de diferentes capacidades, cuyo diseño reúnen condiciones optimas para el secado de productos para la Industria de Subproductos de la Matanza Vacuna; como ser, Aminoácidos totales en polvo, Sangre entera en polvo, Hemoglobina y Plasma en polvo, Hígado desecado en polvo, Peptona de hígado en polvo, Peptona de restos de carne en polvo, Tauro Cólico (Bilis) en polvo, etc. etc. etc.

Mencionamos a continuación las firmas que disponen de nuestros equipos en nuestro país y en el exterior, especificando el tipo de productos que se elaboran.

Ind. Quim. ALIMENTARIAS (ARGENTINA) - Ind. PROTEINICAS ARGENTINAS (ARGENTINA) - ENCOMIN (CHILE) - Frig. LA CATEDRAL (ARGENTINA) - PROTARGEN (ARGENTINA) - EMP. AGROIND. SAN ALBERTO (BOLIVIA) - Frig. VIVORATA (ARGENTINA) - Prod. NUTRIVEN (VENEZUELA) - Frig. MEATEX (ARGENTINA) - NUTRAL (SWIFT) (ARGENTINA) - CEVAL (BRASIL) - BOLIVAR INDUSTRIAS (ARGENTINA) - Frig. RIO SECO (ARGENTINA) - FRIGORIFICO DE OSORNO (CHILE) - Frig. VILLA OLGA (ARGENTINA) - QUICKFOOD (ARGENTINA) - Establec. COLONIA (URUGUAY) - GRANJA TRES ARROYOS (ARGENTINA) - Frig. PANDO (URUGUAY) - POLLOLIN (ARGENTINA) - Frig. LAS PIEDRAS (URUGUAY) - Frig. CAÑUELAS (ARGENTINA):

Estas Industrias elaboran Sangre entera en polvo o separada en Plasma y Hemoglobina en polvo.

RAFAEL CURLAT (Argentina): Elaboran Hígado de vacuno y Páncreas en polvo.

EMPAXPORT (Argentina): Elaboran Productos Opoterápicos en polvo.

BIORED (Chile): Elaboran Tauro Cólico (Bilis) en polvo.

 

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01-05-2005
NOM-019-STPS-2004 CONSTITUCION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE
Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Plásticos |

Esta Norma entra en vigor el día 5 de marzo de 2005,

CARLOS MARÍA ABASCAL CARRANZA , Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 16 y 40, fracciones I  y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 512, 523, fracción I, 524 y 527 último párrafo de la Ley Federal del Trabajo; 3º, fracción  XI, 38, fracción II, 40, fracción VII, 41, 43 al 47 y 52 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal  sobre Metrología y Normalización; 3º, 4º, 123 al 126 y 130  del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo; 3º, 5º y 18 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 22 de octubre de 1997 fue publicado en el Diario Oficial de Federación  el Acuerdo por el que se modifica en forma integral la Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-1993, Relativa a la constitución, registro y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, para quedar como sigue: Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-1993, Constitución y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo;

Que esta Dependencia a mi cargo, con fundamento en el artículo cuarto transitorio, primer párrafo del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 1997, ha considerado necesario realizar diversas modificaciones a la referida Norma Oficial Mexicana, las cuales tienen como finalidad adecuarla a las disposiciones establecidas en el ordenamiento reglamentario mencionado;

Que con fecha 29 de julio de 2003, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 46, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social presentó ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Anteproyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM‑019‑STPS‑1993, y que el citado Comité lo consideró correcto y acordó que se publicara como proyecto en el Diario Oficial de la Federación;

Que con objeto de cumplir con lo dispuesto en los artículos 69-E y 69-H de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el Anteproyecto correspondiente fue sometido a la consideración de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, la que dictaminó favorablemente en relación al mismo;

Que con fecha 27 de mayo de 2004, en cumplimiento del Acuerdo del Comité y de lo previsto en el artículo 47, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM‑019‑STPS‑1993, Constitución y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, para quedar como NOM-019-STPS-2003, Constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, a efecto de que, dentro de los siguientes 60 días naturales a dicha publicación los interesados presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo;

Que habiendo recibido comentarios de cinco promoventes, el Comité referido procedió a su estudio y resolvió oportunamente sobre los mismos, publicando esta Dependencia las respuestas respectivas en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre de 2004  en cumplimiento a lo previsto por el artículo 47, fracción III, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización;

Que derivado de la incorporación de los comentarios presentados al proyecto de NOM-019-STPS-2003, Constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, así como de la revisión final del propio proyecto, se realizaron diversas modificaciones con el propósito de dar congruencia jurídica y certeza en cuanto a las disposiciones que aplican para las comisiones de seguridad e higiene, tomando en consideración desde luego, los principios de mejora regulatoria y simplificación administrativa, y

Que en atención a las anteriores consideraciones y toda vez que el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo otorgó la aprobación respectiva, se expide la siguiente:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-019-STPS-2004, CONSTITUCIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE EN LOS CENTROS DE TRABAJO.

Índice

1. Objetivo
2. Campo de aplicación
3. Definiciones
4. Obligaciones del patrón
5. Obligaciones de los trabajadores
6. Constitución
7. Organización
8. Funcionamiento
9. Asuntos no previstos
10. Procedimiento para la evaluación de la conformidad

Apéndice A.  Datos mínimos que debe contener el acta de constitución de la comisión
Apéndice B.  Datos mínimos que debe contener el acta de verificación
Apéndice C. Dictamen de verificación de la NOM-019-STPS-2004, Constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo

11. Vigilancia
12. Concordancia con normas internacionales
13. Bibliografía

Transitorio

Guía de referencia. Información mínima para la investigación de causas de accidentes y enfermedades de trabajo

1. Objetivo

Establecer los lineamientos para la constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.

2. Campo de aplicación

La presente Norma rige en el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo.

3. Definiciones

Para efectos de la presente Norma se establecen las siguientes definiciones:

a)  Accidente de trabajo: es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste;

b)  Actos inseguros: son las acciones realizadas por el trabajador, que omite o viola el método o medidas aceptadas como seguras;

c)  Autoridad del trabajo; Autoridad laboral: son las unidades administrativas competentes de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, que realizan funciones de inspección en materia de seguridad e higiene de trabajo, y las correspondientes de las entidades federativas y del Distrito Federal que actúen en auxilio de ellas;

d)  Actividades peligrosas: es el conjunto de tareas derivadas de los procesos de trabajo, que generan condiciones inseguras y sobre exposición a los agentes físicos, químicos o biológicos, capaces de provocar daño a la salud de los trabajadores o al centro de trabajo;

e)  Centro de trabajo: todo aquel lugar, cualquiera que sea su denominación, en el que se realicen actividades de producción, de comercialización o de prestación de servicios, o en el que laboren personas que estén sujetas a una relación de trabajo;

f)  Condiciones inseguras: son las situaciones o circunstancias peligrosas que derivan de los elementos que conforman el medio ambiente laboral y pueden hacer posible la ocurrencia de un accidente, enfermedad de trabajo o daño material;

g)  Condiciones peligrosas: son aquellas que pueden provocar un incidente, accidente o una enfermedad de trabajo;

h)  Enfermedad del trabajo: es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios. Serán consideradas, en todo caso, enfermedades de trabajo, las consignadas en la Tabla del artículo 513 de la Ley Federal del Trabajo;

i)  Incidente: acontecimiento no deseado que ocasiona o puede ocasionar daños al proceso, maquinaria, equipo y/o a las instalaciones del centro de trabajo, pero que en circunstancias diferentes, podría haber derivado en lesiones para las personas y que requiere ser investigado para considerarlo en la adopción de medidas preventivas;

j)  Ley: Ley Federal del Trabajo;

k)  Reglamento: Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo;

l)  Riesgos de trabajo: son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo de su trabajo;

m)  Sindicato: el sindicato titular del contrato colectivo de trabajo o administrador del contrato ley, y

n)  Verificación: la constatación ocular y documental del cumplimiento del Reglamento y de las normas de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo.

4. Obligaciones del patrón

4.1  Mostrar a la autoridad del trabajo, cuando ésta así lo solicite, los documentos que la presente Norma le obligue a elaborar o poseer.

4.2  Participar en la constitución, organización y funcionamiento de la comisión.

4.3  Vigilar el funcionamiento de la comisión.

4.4  Proporcionar a los integrantes de la comisión la capacitación y adiestramiento en materia de seguridad e higiene necesarios para el adecuado ejercicio de sus funciones, de acuerdo con un programa que para tal efecto se establezca y donde se incluya al menos: nombre del tema, nombre del participante, nombre y firma de quien autoriza, fecha en que se realizará, y si es el caso, firma del instructor. Esta capacitación y adiestramiento debe otorgarse por lo menos una vez por año.

4.5  Atender las recomendaciones sobre las medidas preventivas de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo que le señale la comisión, de acuerdo a las actas de verificación que ésta levante y a las que se deriven de la investigación de las causas de los riesgos de trabajo.

4.6  Dar facilidades y permisos necesarios a los integrantes de la comisión para el desempeño de sus funciones.

4.7  Proporcionar a la comisión, la información que le solicite sobre los procesos de trabajo, las materias primas y sustancias utilizadas en los mismos, los incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo, así como el resultado de las investigaciones practicadas con motivo de los riesgos de trabajo.

4.8  Si no hubiera sindicato, requerir a los trabajadores para que nombren a sus representantes en la comisión.

4.9  Difundir, fijar y mantener en lugar(es) visible(s) del centro de trabajo la relación actualizada de los integrantes de la comisión, precisando el puesto, turno y área de trabajo de cada uno de ellos, así como los resultados de las investigaciones de las causas de los riesgos de trabajo ocurridos y las medidas preventivas dictadas a fin de evitar su recurrencia.

5. Obligaciones de los trabajadores

5.1  Designar a los representantes que integrarán la comisión, a través del sindicato, seleccionándolos formalmente mediante consulta entre los trabajadores del centro de trabajo. A falta de sindicato, la mayoría de los trabajadores realizarán la designación respectiva.

5.2  Participar como miembros de la comisión, cuando sean designados y apoyar el funcionamiento de la misma proporcionándole información sobre condiciones peligrosas y actos inseguros que existan en el centro de trabajo y la requerida para la investigación de las causas de accidentes y enfermedades de trabajo.

5.3  Atender las recomendaciones sobre las medidas preventivas de seguridad e higiene en el trabajo que les señale la comisión, de acuerdo a las actas de verificación que ésta levante conforme a la normatividad y experiencias técnicas en la materia.

5.4  Asistir a cursos, talleres, diplomados o cualquier otro medio de capacitación o adiestramiento que en materia de salud, seguridad e higiene se imparta, de conformidad con el programa que al efecto se establezca de manera conjunta por quienes integran la comisión.

6. Constitución

6.1  Las comisiones deben integrarse en los centros de trabajo en un plazo no mayor de treinta días hábiles, a partir de la fecha de iniciación de actividades, y éstas deben contar con su acta de constitución en aquellos centros de trabajo que ya se encuentren laborando y mostrarla a la autoridad laboral cuando se los requiera.

6.2  El patrón debe formalizar la constitución de la comisión en sesión con los miembros que se hayan seleccionado y con la representación del sindicato, si lo hubiera. En esta sesión se levantará el acta de integración correspondiente que debe contener como mínimo la información que se enuncia en el Apéndice A. Esta acta debe ser exhibida cuando la autoridad laboral así lo requiera.

6.3  De la integración.

6.3.1 Integrar una comisión de seguridad e higiene por cada centro de trabajo.

6.3.1.1 La comisión de seguridad e higiene debe integrarse de la siguiente manera:

a)  en el caso de que el centro de trabajo cuente con menos de 15 trabajadores, la comisión de seguridad e higiene debe estar integrada por un trabajador y por el patrón o su representante, y asumirán las funciones y responsabilidades establecidas en la presente Norma;

b)  para el caso de que el centro de trabajo cuente con 15 trabajadores o más, la comisión de seguridad e higiene debe estar integrada, invariablemente, por un coordinador y un secretario, así como por los vocales que acuerden el patrón o sus representantes, y el sindicato o el representante de los trabajadores cuando no exista la figura sindical, asumiendo las funciones y responsabilidades establecidas en esta norma.

Nota.- además de la comisión de seguridad e higiene que refiere el inciso b), las empresas podrán organizarse internamente, considerando el número de trabajadores, la rama industrial, el grado de riesgo y la región geográfica, para lo cual establecerán las funciones y responsabilidades que acuerden el patrón o sus representantes y el sindicato o el representante de los trabajadores cuando no exista la figura sindical, para el cumplimiento de esta Norma.

6.4  La representación de los trabajadores debe estar conformada por aquéllos que desempeñen sus labores directamente en el centro de trabajo y que, preferentemente, tengan conocimientos o experiencia en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo.

7. Organización

7.1  La comisión se organizará en los términos que señala el apartado 6.3.1.1. En caso de no existir sindicato, podrán designar el número de vocales que acuerden ambas representaciones.

Para cumplir con las funciones que señala esta Norma, el coordinador, el secretario y los vocales recibirán capacitación, conforme a lo previsto en el Reglamento.

7.1.1 El coordinador será responsable de:

a)  Presidir las reuniones de trabajo de la comisión;

b)  Dirigir y coordinar el funcionamiento de la comisión;

c)  Integrar en el acta de verificación de la comisión, la propuesta de medidas para la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo que emitan los miembros de ella, constatando que estén sustentadas en la normatividad en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo;

d)  Promover la participación responsable de los integrantes de la comisión y constatar que cada uno de ellos cumpla con las tareas asignadas;

e)  Presentar al patrón la programación anual de las verificaciones, a fin de integrarlas en el programa de seguridad e higiene de la empresa o en la relación de actividades a cumplir, conforme a lo establecido en el artículo 130 del Reglamento;

f)  Vigilar que se realicen las investigaciones de las causas de accidentes de trabajo para su análisis e integrar las conclusiones en el acta de verificación, la cual será turnada al secretario;

g)  Elaborar al término de la verificación, conjuntamente con el secretario, el acta de verificación de la comisión, misma que será validada mediante la firma de todos los que hayan participado en la misma y entregarla al patrón de inmediato;

h)  Participar conjuntamente con el secretario en las inspecciones de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo que practique la autoridad laboral en el centro de trabajo;

i)  Coadyuvar con el  patrón en asesorar a los vocales y al personal de los centros de trabajo, para la detección de condiciones peligrosas presentes en su medio ambiente laboral;

j)  Solicitar, previo acuerdo de la comisión, la sustitución de sus integrantes;

k)  Proponer al patrón, los temas de capacitación necesarios para mejorar el desempeño de la comisión de seguridad e higiene en el trabajo.

7.1.2 El secretario será responsable de:

a)  Mantener bajo custodia copia del acta de constitución, y de la evidencia documental que se genere por la sustitución o cambio de algún integrante, así como de la capacitación de los integrantes de la propia comisión;

b)  Convocar a los integrantes de la comisión para efectuar las verificaciones programadas;

c)  Organizar y apoyar el desarrollo de las reuniones de trabajo de la comisión, de acuerdo con el coordinador;

d)  Integrar al acta de verificación de la comisión, la relación de las violaciones a la normatividad y condiciones peligrosas encontradas en la verificación;

e)  Integrar al acta de verificación las recomendaciones para la prevención, eliminación o reducción de condiciones peligrosas o actos inseguros que aseguren la integridad de los trabajadores y la protección del medio ambiente de trabajo e instalaciones, con fundamento en la normatividad aplicable y en experiencias operativas en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo;

f)  Integrar al acta de verificación, los resultados de las investigaciones de incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo, así como las recomendaciones que se apliquen para evitar su recurrencia;

g)  Participar conjuntamente con el coordinador en las inspecciones de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo que practique la autoridad laboral en los centros de trabajo;

h)  Asesorar a los vocales y al personal de los centros de trabajo en la verificación y en la detección de condiciones peligrosas presentes en el mismo;

i)  Mantener bajo custodia una copia de las actas de verificación por lo menos doce meses más a partir de la terminación del programa anual de verificación, para revisar el seguimiento de las propuestas de medidas para la prevención de incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo, así como cualquier documentación que se relacione con la integración, funcionamiento y organización de la comisión;

j)  Vigilar que los integrantes de la comisión que participaron en la verificación firmen el acta respectiva;

k)  Conjuntamente con el coordinador, presentar y entregar el acta de verificación al patrón;

l)  Integrar el programa anual de capacitación para los integrantes de la comisión con los temas en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo que hayan sido aprobados por la comisión de seguridad e higiene, para optimizar el desempeño del grupo.

7.1.3 Los vocales serán responsables de:

a)  Participar en la verificación;

b)  Detectar y recabar información sobre condiciones peligrosas y necesidades de capacitación y actualización en temas de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo en el área que le designe verificar la comisión a cada uno de ellos;

c)  Participar en la elaboración del acta correspondiente aportando sus observaciones y las violaciones a las normas que se detectaron durante la verificación;

d)  Apoyar las actividades de promoción y de orientación a los trabajadores, que se indiquen en el seno de la comisión.

7.2  En la sesión de integración de la comisión se nombrará al coordinador, secretario y los vocales que acuerden las partes, asentándolo en el acta de integración conforme a lo previsto en el inciso 6.2 de esta Norma. El puesto de coordinador lo ocupará el representante que designe el patrón; el secretario será el representante de los trabajadores designado por el sindicato, en caso de no existir la figura sindical, su selección se hará entre y por los integrantes de esta representación; los demás miembros de la comisión, serán nombrados vocales, y los nombramientos del coordinador, secretario y vocales tendrán una vigencia de dos años.

7.3  Los puestos de coordinador y secretario se alternarán cada dos años entre los representantes patronal y obrero.

7.4  En caso de ausencia temporal del coordinador o secretario de la comisión, su puesto será ocupado por uno de los vocales de la representación que corresponda. Cuando no exista vocal, se procederá a la designación respectiva de acuerdo al inciso 7.2.

7.5  Los integrantes de la comisión podrán ser sustituidos por acuerdo del patrón, del sindicato o de la mayoría de los trabajadores en caso de no existir sindicato, por los siguientes motivos:

a)  Negarse a cumplir con los procedimientos para evitar incidentes, accidentes o enfermedades de trabajo;

b)  No cumplir con las actividades establecidas por la propia comisión;

c)  No asistir a dos verificaciones programadas consecutivas de forma injustificada, o

d)  Por ausencia definitiva.

Nota: la comisión anexará al acta correspondiente, el nuevo nombramiento.

8.   Funcionamiento

Para vigilar el cumplimiento de las disposiciones que señala el Reglamento y las normas aplicables emitidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, las comisiones deben llevar a cabo las siguientes actividades:

8.1  Establecer una programación anual de verificaciones, asignando prioridades de acuerdo a los incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo y a las áreas con mayores condiciones peligrosas, dentro de los 15 días siguientes a la integración de la comisión, y posteriormente a más tardar en los primeros 15 días hábiles de cada año.

8.2  Realizar las verificaciones programadas; mensuales, bimestrales o trimestrales, según lo acordado en el programa anual, para detectar condiciones peligrosas.

8.3  Efectuar verificaciones extraordinarias en caso de accidentes o enfermedades de trabajo que generen defunciones o incapacidades permanentes, cambios en el proceso de trabajo con base en la información proporcionada por el patrón o a solicitud de los trabajadores, cuando reporten condiciones peligrosas que, a juicio de la propia comisión, así lo ameriten.

8.4  De cada una de las verificaciones se levantará un acta anotando las condiciones peligrosas y el incumplimiento, que en su caso existan, al Reglamento o a las normas aplicables en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo; las propuestas de medidas para su corrección; los resultados de las recomendaciones atendidas y el proceso de resolución de las que queden pendientes. Esta acta será entregada por el coordinador al patrón, quien la deberá conservar, al menos, por doce meses y exhibirla a la autoridad laboral cuando así lo requiera.

8.5  Investigar, analizar y registrar en el acta de verificación de la comisión, las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo y proponer medidas para prevenirlos.

8.6  Atender y asentar en las actas de verificación de la comisión, las condiciones peligrosas que le señalen los trabajadores, emitiendo las observaciones que correspondan, haciéndolas del conocimiento del patrón de manera inmediata.

8.7  Cuando la comisión sufra un cambio o modificación en sus integrantes ésta deberá proporcionar un curso de inducción a las funciones que desarrolle como nuevo integrante.

9. Asuntos no previstos

9.1 En caso de existir situaciones no definidas en la presente Norma, las partes podrán acudir ante la autoridad laboral competente para que resuelva lo procedente y ésta deberá dar respuesta en un lapso de 15 días hábiles. En caso de que la autoridad laboral no resuelva en dicho plazo, la propuesta que en su caso hayan presentado las partes, se entenderá aprobada.

10. Procedimiento para la evaluación de la conformidad

10.1  Unidades de verificación

a)  El patrón tendrá la opción de contratar una unidad de verificación acreditada y aprobada, en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento, para verificar el grado de cumplimiento con la presente Norma.

b)  Para obtener el directorio de unidades de verificación que están aprobadas ante la dependencia y puedan extender el dictamen de conformidad con esta Norma Oficial Mexicana, podrán ingresar a la página de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, vía Internet, en la dirección www.stps.gob.mx, en la sección de Servicios y Trámites de la Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo; aprobación de unidades de verificación.

c)  Las unidades de verificación contratadas a petición de parte deben verificar el grado de cumplimiento de los Apartados 4.2 al 4.9; los capítulos 6, 7 y 8 y los Apéndices A y B.

d)  Las unidades de verificación deben entregar al patrón el dictamen de verificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2004, Constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.

e)  La vigencia del dictamen de verificación emitido por la unidad de verificación será de dos años.

10.2  La evaluación de la conformidad consistirá en evaluar mediante la verificación documental y/o de interrogatorio, a través de los responsables de los centros de trabajo que atiendan en su caso, la diligencia de la autoridad laboral o la vista de la unidad de verificación de conformidad con lo siguiente:

1.  Acta constitutiva de la comisión de seguridad e higiene y, en su caso, sus actualizaciones conforme al Capítulo 6 y Apéndice A de la presente Norma, vía documental y solicitar la presencia de los integrantes de la comisión.

2.  Programa anual de verificación acordado conforme a las prioridades o cuando existan cambios por causas extraordinarias, vía documental.

3.  Actas de verificación ordinarias o extraordinarias (según sea el caso) de acuerdo al programa anual establecido en el centro de trabajo conforme al Capítulo 8 y Apéndice B de la presente Norma y la existencia de evidencias de seguimiento de las medidas solicitadas en las actas generadas en los doce meses anteriores, vía documental.

4.  Cumplimiento de las obligaciones del patrón especificadas en el apartado 4 de la presente Norma, vía documental, ocular e interrogatorio.

5.  Evidencias documentales de que ha capacitado y adiestrado a la comisión en temas relacionados con la seguridad e higiene y tratándose de nuevos integrantes, que éstos estén considerados en el programa de capacitación.

6.  Que los integrantes de la comisión de seguridad e higiene, están capacitados para cumplir con sus funciones y responsabilidades, conforme al programa anual de verificación.

7.  Que la comisión de seguridad e higiene realiza las verificaciones y las correspondientes actas ordinarias o extraordinarias, según sea el caso, de las condiciones de seguridad e higiene que deben prevalecer en el centro de trabajo, conforme al programa anual establecido para tal fin.

8.  Que la comisión de seguridad e higiene desarrolla sus responsabilidades y funciones conforme se especifica en las secciones 7 y 8 de la presente Norma.

10. 3  De la documentación.

a)  Los dictámenes de verificación que emita la unidad de verificación aprobada y acreditada seran reconocidos por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

b)  El dictamen de verificación favorable que emita la unidad de verificación debe indicar que el centro de trabajo cumple con lo que establece esta Norma Oficial Mexicana y debe estar conforme con lo que se indica en el Apéndice C.

c)  La violación a cualquiera de las disposiciones establecidas en este procedimiento de evaluación de la conformidad, motivará la multa, suspensión o revocación de la aprobación de la unidad de verificación.

d)  Las evaluaciones de la conformidad por unidades de verificación se podrán efectuar sin perjuicio de las atribuciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para realizar las visitas de inspección conforme a la Ley Federal del Trabajo y a las disposiciones reglamentarias por parte de la autoridad del trabajo en cualquier momento.

Apéndice A.
Datos mínimos que debe contener el acta de constitución de la comisión.

A.1 Datos de la empresa.

a)    Nombre, denominación o razón social;
b)    Registro patronal del IMSS;
c)    Domicilio;
d)    Teléfono, fax, correo electrónico;
e)    Rama o actividad económica;
f)     Fecha de inicio de actividades;
g)    Número de trabajadores del centro de trabajo.

A.2 Datos de la comisión.

a)    Nombre de los integrantes: coordinador, secretario y vocales;
b)    Número de centros de trabajo en los que rige la comisión (domicilio, RFC y registro patronal del IMSS);
c)    Fecha de integración (día, mes y año);
d)    Nombre y firma del representante del patrón, y
e)    Nombre y firma del representante de los trabajadores.

Nota.-se debe llenar un acta con toda la información requerida en este Apéndice, por cada   comisión y por cada centro de trabajo que exista.

Apéndice B.
Datos mínimos que debe contener el acta de verificación.

a)   Fecha del acta;
b)   Número consecutivo del acta;
c)   Lugar en que se reúne la comisión para preparar el acta de verificación;
d)   La hora en que se reúne la comisión para preparar el acta de verificación;
e)   Fecha en que se reúne la comisión para preparar el acta de verificación;
f)     Periodo que comprende la verificación;
g)    Denominación del centro de trabajo;
h)    Denominación de la comisión;
i)     Domicilio (calle, número, colonia, ciudad, entidad federativa, código postal);
j)     Cantidad total de trabajadores;
k)    Mencionar si se trata de una verificación ordinaria (conforme al programa anual) o si es extraordinaria;
l)     Áreas, instalaciones o centros de trabajo verificados (deben coincidir con el programa anual);
m)   Las condiciones peligrosas detectadas durante el recorrido por las instalaciones del centro de trabajo;
n)    La causa-efecto de cada condición o acto inseguro detectado;
o)    Citar la normatividad que se está incumpliendo en materia de seguridad,  higiene y  medio ambiente de trabajo;
p)    Recomendar la solución que por consenso en el seno de la comisión se considere como la óptima para prevenir, eliminar o reducir condiciones peligrosas;
q)    Asignar la prioridad con la que se deben atender las recomendaciones;
r)     Designar al responsable de atender directamente la recomendación;
s)     El avance de las recomendaciones en proceso;
t)     La causa de las recomendaciones pendientes;
u)    El resultado de las recomendaciones atendidas;
v)    Los resultados del análisis de los incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo ocurridos en el periodo que se reporta, así como las medidas que se recomienden para evitar su recurrencia;
w)   Actividades relevantes;
x)    Asuntos generales;
y)    Nombre y firma de los representantes del patrón, integrantes de la comisión, y
z)    Nombre y firma de los representantes de los trabajadores que participaron en la verificación.

Apéndice C.
Dictamen de verificación de la NOM-019-STPS-2004, Constitución, organización
y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.

C.1 De conformidad con lo dispuesto en los artículos 3o. fracciones IV-A, XVII, 68,70, 70-C, 73, 74, 84, 85, 86, 87, 88, 91, 92, 94, 97, 98 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y demás disposiciones legales aplicables, en mi carácter de representante legal de La Unidad de Verificación con registro número:…….………………….., con acreditación vigente de fecha:……………………. otorgada por la entidad de acreditación autorizada y con aprobación vigente de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social otorgada en oficio número:………………. de fecha:…………………….. emite el presente dictamen favorable ( ) no favorable ( ) habiéndose aplicado el procedimiento para la evaluación de la conformidad correspondiente a la NOM-019-STPS-2004, Constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.

C.2 Datos del visitado:

a)   Número del dictamen;
b)   Fecha de inicio;
c)   Fecha de conclusión;
d)   Nombre o razón social del visitado;
e)   Giro del centro de trabajo;
f)    Domicilio;
g)   Calle y número;
h)   Colonia o población;
i)    Municipio o población;
j)    Ciudad o estado;
k)   Código postal;
l)    Teléfono y fax, y
m)   Correo electrónico.

C.3 Representante:

a)   Nombre;
b)   Teléfono y fax, y
c)   Correo electrónico.

C.4 Declaro bajo protesta de decir verdad, que los datos asentados en el dictamen de verificación son verdaderos, acepto la responsabilidad que pudiera derivarse de la veracidad de los mismos, haciéndome acreedor a las sanciones que en su caso procedan.

C.5 Datos del titular de la unidad de verificación:

a)    Nombre y firma de la unidad de verificación;
b)    Domicilio;
c)    Calle y número;
d)    Colonia o población;
e)    Municipio o población;
f)     Ciudad o estado;
g)    Código postal;
h)    Teléfono y fax;
i)     Correo electrónico;
j)     Número de acreditación, y
k)    Número de aprobación.

11. Vigilancia

La vigilancia del cumplimiento de esta Norma Oficial Mexicana corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

12.  Concordancia con normas internacionales

No existe concordancia con alguna norma internacional, al momento de su elaboración.

13.  Bibliografía

a)   Ley Federal del Trabajo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de abril de 1970;
b)   Reglamento de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 1997;
c)   Ley de Prevención de Riesgos Laborales. España. Ley 31/1995, 8 de noviembre de 1995, pp. 42-44, y
d)    Legislación sobre Seguridad en el Trabajo. Canadá. Memorándum de Entendimiento México-Canadá. Intercambio Documental. 1993.

Transitorio

ÚNICO.- La presente Norma entrará en vigor a los 60 días siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Guía de Referencia
Información mínima para la investigación de causas de accidentes y enfermedades de trabajo

El contenido de esta guía es un complemento para la mejor comprensión de la presente Norma, y no es de cumplimiento obligatorio.

Esta guía indica de manera general, los puntos que pueden observarse para realizar la investigación de las causas de accidentes y enfermedades de trabajo.

1.- Identificación:

a)    Datos generales del centro de trabajo: razón social, domicilio;
b)    Datos generales del trabajador accidentado o enfermo: edad, sexo, puesto de trabajo, antigüedad en el puesto y antigüedad en la empresa;
c)    Accidente: lugar, hora y fecha cuando ocurrió;
d)    Enfermedad: fecha en que se manifiesta.

2.- Descripción: secuencia de cómo sucedió el accidente o enfermedad de trabajo.

3.- Consecuencias: enfermedad o parte del cuerpo que sufrió lesión, daños materiales y costo estimado.

4.- Análisis:

a)    Agente: físicos, químicos, biológicos, psicosociales y ergonómicos;
b)    Acto inseguro;
c)    Condiciones inseguras;
d)    Actividades peligrosas;
e)    Condiciones peligrosas.

5.- Probabilidad de recurrencia del accidente: (frecuente, ocasional, raro).

6.- Gravedad potencial del daño: (grave, serio, leve).

7.- Prevención: medidas de control propuestas para evitar los actos y condiciones inseguras (condiciones peligrosas).

8.- Observaciones.

9.- Datos de los integrantes de la comisión que investigan los accidentes o enfermedades: nombre, firma y fecha.

Dado en la ciudad de México, Distrito Federal, a los treinta días del mes de noviembre de dos mil cuatro.

EL SECRETARIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

CARLOS MARÍA ABASCAL CARRANZA

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