Reducen multas a BASF y Daiichi por cártel de vitaminas
  Fuente: Reuters / Intélite
La Unión Europea redujo las multas estipuladas a BASF y Daiichi Pharmaceutical Co. Ltd., quienes habian sido acusadas de formar un cartel para fijar el precio de vitaminas.
La multa a BASF fue disminuida de 296 millones de euros a 237 millones de euros y a Daiichi Pharmaceutical, parte de Daiichi Sankyo Co. Ltd., de aproximadamente 23.5 millones de euros a 18 millones de euros.
La Corte de Primera Instancia basó las reducciones en el hecho de que la Comisión (Europea) erró al establecer que BASF había actuado como instigador o líder de los carteles vinculados a la vitamina C y D3, betacaroteno y carotinoides y había subestimado la importancia de la cooperación de BASF y Daiichi.
Los productos involucrados en el càrtel son las vitaminas A, B1, B2, B6, D3, C, E, betacaroteno y las vitaminas premezcladas que se encuentran en cereales, pasteles, jugos, leche, comida animal, fármacos y cosméticos.
30-Marzo-2006
Reducen multas a Basf y Daiichi por los acuerdos en el mercado de las vitaminas
  Fuente: Newswire
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) rebajó hoy las multas que había impuesto la Comisión Europea a las empresas Basf y Daiichi por infringir el derecho comunitario de competencia al haber participado en una serie de acuerdos en el mercado de las vitaminas.
El TUE considera que Basf no fomentó estos acuerdos y que la Comisión no tuvo suficientemente en cuenta la cooperación proporcionada por Basf y por Daiichi en la investigación, por lo que considera que se impusieron multas demasiado elevadas.
El caso se inició cuando el 21 de noviembre de 2001 la Comisión Europea constató que varias empresas habían violado el derecho comunitario sobre competencia al participar en una serie de acuerdos que afectaban a doce mercados distintos de productos vitamínicos y las multó con un total de 855,23 millones de euros.
Dos de estas empresas fueron la alemana BASF, que se vio obligada a abonar una multa por valor de 296.16 millones, y la empresa japonesa Daiichi, que había participado con BASF y Hoffman-La Roche en un acuerdo en el mercado de la vitamina B5, por lo que tuvo que pagar 23.4 millones.
Las dos empresas recurrieron la decisión ante el Tribunal y solicitaron que se anulara o redujera la multa. Hoy el Tribunal europeo ha rechazado la mayoría de las alegaciones de BASF y Daiichi, pero considera que la Comisión cometió algunos errores en el cálculo de las multas, y que éstas tienen que ser más bajas.
En el caso de BASF, el Tribunal constata que la Comisión no ha demostrado que la empresa alemana haya tenido un papel de líder o incitador en los acuerdos alcanzados en el mercado de la vitamina C, D3, betacaroteno y caroteno, por los que reduce el total de la multa de 296,16 a 236,845 millones de euros.
En el caso de Daiichi, el TUE reduce la multa impuesta a la empresa japonesa de 23,4 a 18 millones de euros, al entender que el Ejecutivo comunitario no ha tenido suficientemente en cuenta la cooperación de la compañía japonesa.
14-Octubre-2003
¿Fabrica alimentos? ¿Sabe si está utilizando colorantes de buena calidad?
  Fuente: Boletín QuimiNet.com
El fabricante de alimentos
debe ser muy cuidadoso en el uso de colorantes aprobados y certificados para
los productos que han de ser empleados y en destino final de los mismos, considerando
que si son productos de exportación deben cumplir con las regulaciones de los
países de destino.
Para los consumidores de
alimentos es importante seleccionar los productos fabricados por empresas reconocidas
por su control de calidad de materias primas y productos finales, si se tiene
en cuenta que en muchas partes del mundo existen fabricantes de alimentos inescrupulosos
que usan aditivos no aprobados o certificados en alimentos. Cabe recordar que
los colorantes naturales, a pesar de no requerir certificación, deben cumplir
con todos los demás requisitos y por lo tanto ser sometidos al mismo proceso
que los colorantes sintéticos antes de ser aprobados para la producción de alimentos.
Los productores deben tener
en cuenta que la sobredosis de color, aunque no tóxica, podría dañar la composición
del alimento y atrofiar su vida de estantería. De hecho, hasta la fecha, ninguna
legislación, excepto la europea, indica la utilización de dosis máximas de color
en productos terminados.
Los siguientes son algunos
colorantes sintéticos que son aprobados tanto en Europa como en los Estados
Unidos para uso en alimentos:
COLOR
C.I
Código del color
USA
EEC
Tartrazina
19140
FD&C Yellow 5
Tartrazine
E102
Amarillo
ocaso
15985
FD&C Yellow 6
Sunset Yellow FCF E110
Eritrosina
45430
FD&C Red 3
Erythosine
E123
Rojo
Allura
16035
FD&C Red 40
Allura Red AC
E129
Azul
Brillante
42090
FD&C Blue 1
Brillant Blue FCF
E 132
Los productores de alimentos
que contengan colorantes deben estar muy atentos a la legislación extranjera,
sobre todo si están pensando en exportar sus productos, pues podrían ser rechazados
por utilizar un color no permitido en el país.
Siempre es más recomendable
utilizar colorantes naturales, ya que estos son totalmente inofensivos. Los
colores que Natukolor produce son extraídos de achiote mexicano y cochinilla
o aceite de palma en el caso de betacaroteno, por lo cual no tienen ningún
riesgo involucrado.
Si desea más información
y quiere contactar a un experto en el tema, llene el formato y un técnico
de Natukolor se pondrá en contacto con usted para asesorarlo y guiarlo.
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Los aditivos desempeñan una variedad de funciones útiles en los alimentos, las que, por lo general, damos por sentado. Se podrían eliminar algunos aditivos si estuviéramos dispuestos a cultivar, cosechar, moler nuestros propios alimentos, dedicar muchas horas a la cocción y al envasado o aceptar los riesgos de la descomposición. Por ese motivo es que muchos consumidores confían en los muchos beneficios tecnológicos, estéticos y convenientes que proporcionan los aditivos.
A continuación algunas de las razones por las cuales se agregan aditivos a los alimentos:
Aditivos para mantener o mejorar la seguridad y la frescura de los alimentos
Los conservantes retardan la descomposición de los productos que causa el moho, el aire, las bacterias, los hongos o la levadura. Además de mantener la calidad de los alimentos, también ayudan a controlar la contaminación que puede causar enfermedades, como por ejemplo, el mortal botulismo. Un grupo de conservantes — los antioxidantes — evitan que las grasas, los aceites y los alimentos que los contienen se vuelvan rancios o adquieran un sabor desagradable. También evitan que los trozos de frutas frescas, como por ejemplo las manzanas, adquieran una coloración marrón al entrar en contacto con el aire.
Aditivos para mejorar o mantener el valor nutricional de los alimentos
Las vitaminas y los minerales (y la fibra) se agregan a muchos alimentos para compensar los que faltan en la dieta de la persona o que se pierden durante el procesamiento, o bien para mejorar la calidad nutricional de un alimento. Dicho proceso de fortificación y enriquecimiento ha ayudado a reducir la desnutrición en los Estados Unidos y en otros países del mundo. Todos los productos que contienen nutrientes agregados deben estar correctamente etiquetados.
Las especias, los sabores naturales y artificiales y los endulzantes se agregan para mejorar el sabor de los alimentos. Los colores mantienen o mejoran la apariencia. Los emulsificantes, estabilizantes y espesantes otorgan a los alimentos la textura y la consistencia que los consumidores esperan. Los agentes leudantes permiten que los productos horneados aumenten de tamaño durante la cocción. Algunos aditivos ayudan a controlar la acidez y alcalinidad de los alimentos, mientras que otros ingredientes ayudan a mantener el sabor y el atractivo de los alimentos que tienen un contenido bajo de grasa.
Tipos de ingredientes alimenticios
A continuación se incluye un resume de los ingredientes más comunes y del motivo por el que se usan y también algunos ejemplos de los nombres que pueden figurar en las etiquetas de los productos. Algunos aditivos se usan para más de un propósito.
Evita la descom-posición
de los alimentos que producen las bacterias, el moho, los hongos o la levadura (antimicro-bianos), retardan o evitan los cambios en el color, sabor o textura, y la ranciedad (anti-oxidantes); mantienen la frescura.
Salsas y jaleas de frutas, bebidas, productos horneados, carnes curadas, aceites y margarinas, cereales, aderezos, botanas, frutas y verduras
ácido ascórbico, ácido cítrico, benzoato de sodio, propionato de sodio, eritorbato de sodio, nitrato de sodio, sorbato de calcio, sorbato de potasio, BHA, BHT, EDTA, tocoferoles (Vitamina E)
Bebidas, productos horneados, confituras, azúcar de mesa, sustitutos, muchos alimentos procesados
Sucrosa (azúcar), glucosa, fructosa, sorbitol, mannitol, jarabe de maíz, jarabe de maíz de alta fructosa, sacarina, aspartamo, sucralosa, acesulfame de potasio (acesulfame-K), neotamo
Compensan la pérdida de color que se produce
por la exposición
a la luz, aire, temperaturas extremas, humedad y condiciones de almace-namiento, corrige las variaciones naturales en color, realzan los colores naturales, proporcionan color a alimentos “divertidos” que carecen de color.
Muchos alimentos procesados (dulces, botanas, queso untable, margarina, gaseosas, mermeladas, gelatinas, rellenos para tartas y flanes)
Azules FD&C Nos. 1 y 2, Verde FD&C No. 3, Rojo FD&C Nos. 3 y 40, Amarillo
FD&C No. 5 (tartrazina) y No. 6, Naranja B, Citrus Rojo No. 2, extracto de anato, betacaroteno, extracto de ollejo de la uva, extracto de cochineal o carmin, oleoresina de la páprika, colorante caramelo, jugos de frutas y verduras, azafrán (Nota: No es necesario incluir a los aditivos colorantes exentos en las etiquetas de los alimentos, aunque se los puede declarar simplemente como “con agregado de colorantes o color”)
Agregan sabores específicos (naturales y sintéticos)
Flanes y rellenos para tartas, mezclas para postres de gelatina, mezclas para tortas, aderezos para ensaladas, caramelos, gaseosas, cremas heladas, salsa barbacoa
Proporcionan la textura esperada y una sensación “cremosa” en la boca
Productos horneados, aderezos, postres congelados, confituras, mezclas para tortas y postres y productos lácteos
Olestra, gel de celulosa, carragenan, polidextrosa, almidón modificado, proteína de clara de huevo micro-particulada, goma guar, goma xantan, concentrado de proteína de suero
Reemplazan a las vitaminas y a los minerales que se pierden durante el procesamiento (enrique-cimiento), agregan los nutrientes que pueden estar faltando en la dieta (fortificación)
Harinas, panes, cereales, arroz, maccaroni, margarina, sal, leche, bebidas de frutas, barras energéticas, bebidas instantáneas para el desayuno
Cloruro de tiamina, riboflavina (Vitamina B2), niacina, niacinamida, ácido fólico o folato, beta-caroteno, yoduro de potasio, sulfato ferroso o hierro, alfa tocoferoles, ácido ascórbico, Viamina D, aminoácidos (L-triptófano, L-lisina, L-leucina, L-metionina)
Permiten la suave combinación de los ingredientes, evitan la separación, mantiene estables a los productos emulsificados, reducen la pegajosidad, controlan la cristalización, mantienen a los ingredientes dispersos y ayudan a que los productos se disuelvan con más facilidad
Aderezos para ensaladas, mantequilla de maní, chocolates, margarina, postres congelados
Lecitina de soja, mono- y diglicéridos, yemas de huevo, polisorbatos, mono-estearato de sorbitan
Aceite para cocinar en aerosol, crema batida, gaseosas
Dióxido de carbono, óxido nitroso
¿Qué es un aditivo para alimentos?
Un aditivo, en su sentido más amplio, es cualquier sustancia que se agregue a los alimentos. Legalmente, el término hace referencia a “cualquier sustancia cuyo propósito resulte o pueda llegar a resultar — directa o indirectamente — un componente o agente que afecte las características de cualquier alimento”. Esta definición incluye a cualquier sustancia que se utilice en la producción, procesamiento, tratamiento, empaque, transporte o almacenamiento de los alimentos. Sin embargo, el propósito de la definición legal es imponer un requisito de aprobación anterior a la salida al mercado.
Por lo tanto, en esta definición se excluye a los ingredientes cuyo uso se reconoce como seguro (es decir, no requieren la autorización del gobierno), a los ingredientes que habían sido aprobados por la FDA o por el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos antes de la sanción de las leyes que regulan a los aditivos. También se excluyen los aditivos colorantes y pesticidas porque en su caso se aplican otros requisitos de aprobación previos a la salida al mercado.
Los aditivos alimenticios directos son aquellos que se agregan a los alimentos para obtener un propósito específico. Por ejemplo, la goma xantan — que se utiliza para dar textura a aderezos para ensalada, leche chocolatada, rellenos de panadería, flanes y otros alimentos — es un aditivo directo. La mayoría de los aditivos directos están identificados en la etiqueta de información de los alimentos.
Los aditivos alimenticios indirectos son los que se incorporan a los alimentos en cantidades minúsculas a través del empaque, en el depósito o como consecuencia de la manipulación. Por ejemplo, durante el depósito de los productos es posible que diminutas cantidades de las sustancias del empaque se incorporen a los alimentos. Los fabricantes de empaques para alimentos deben probar ante la FDA que todos los materiales que entran en contacto con los alimentos son seguros para obtener la autorización de uso.
¿Qué es un aditivo colorante?
Un aditivo colorante es cualquier tintura, pigmento o sustancia que cuando se agrega o aplica a un alimento, medicamento o producto cosmético, o al cuerpo humano, es capaz (ya sea solo o como consecuencia de reacciones con otras sustancias) de impartir color.
La FDA está encargada de regular todos los aditivos colorantes para asegurar que los alimentos que contienen aditivos colorantes son seguros y pueden ingerirse, contienen sólo ingredientes aprobados y están correctamente etiquetados. Los aditivos colorantes se utilizan en los alimentos por muchas razones: 1) para compensar la pérdida de color que se produce por la exposición a la luz, aire, temperaturas extremas, humedad y condiciones de almacenamiento, 2) para corregir las variaciones naturales en color, 3) para realzar los colores naturales, y 4) para proporcionar color a alimentos “divertidos” que carecen de color.
Sin los aditivos colorantes, las bebidas colas no serían marrones, la margarina no sería amarilla y el helado de menta no sería verde. En la actualidad se reconoce a los aditivos colorantes como una parte importante de casi todos los alimentos procesados que consumimos.
La FDA clasifica a los colores permitidos en 2 grupos: los que necesitan certificación y los exentos de certificación. Igualmente, ambos deben aprobar rigurosos estándares de seguridad antes de ser aprobados e incluidos en las listas de productos autorizados para usarse en los alimentos.
Los colores certificados son producidos artificialmente (o fabricados por el hombre) y se los usa ampliamente porque imparten colores intensos, uniformes, son más económicos y se combinan más fácilmente para crear una variedad de tonalidades. Hay nueve aditivos colorantes certificados aprobados para su uso en los Estados Unidos (por ej. FD&C amarillo no. 6. Ver el cuadro si desea leer la lista completa). Los colores alimenticios certificados no agregan sabores no deseados a los alimentos.
Los colores que están exentos de certificación incluyen a los pigmentos que se derivan de fuentes naturales como las verduras, los minerales o los animales. Los aditivos colorantes derivados de productos naturales son más costosos que los colores certificados y pueden agregar sabores no deseados a los alimentos. Algunos ejemplos de estos colores son el extracto de annatto (amarillo), las remolachas deshidratadas (rojo azulado a marrón), caramelo (amarillo a tostado), betacaroteno (amarillo a naranja) y el extracto de ollejo de uva (rojo, verde).
¿Cómo se aprueban los aditivos para su uso en los alimentos?
En la actualidad, los aditivos alimenticios y los colorantes se estudian con mayor detenimiento, se regulan y supervisan con más atención que en otras épocas. La FDA tiene la responsabilidad legal primaria de determinar que son seguros para el uso. Para comercializar un nuevo aditivo alimenticio o colorante (o antes de usar un aditivo ya aprobado para un uso distinto), un fabricante u otro patrocinador deberá primero presentar un pedido de autorización ante la FDA. Dichas peticiones deben acompañarse de pruebas que demuestren la seguridad del uso que se le pretende dar. Desde 1999 y como consecuencia de legislación de reciente sanción, los aditivos indirectos han sido aprobados a través de un proceso de notificación previo a la salida al mercado que requiere la presentación de la misma información que se debía presentar junto con la petición.
Cuando la FDA evalúa la seguridad de una sustancia y cuando decide si aprobarla o no, toma en cuenta lo siguiente: 1) la composición y las propiedades de la sustancia, 2) la cantidad que se puede llegar a consumir, 3) los efectos inmediatos y a largo plazo que pueden tener en la salud y 4) otros varios factores de seguridad. La evaluación determina un nivel apropiado de uso que incluye un margen de seguridad incorporado — un factor que permite cierta inseguridad con relación a los niveles de consumo que se supone no son nocivos. En otras palabras, los niveles de uso que son aprobados son mucho más bajos que los que podrían llegar a tener algún efecto adverso.
En razón de las limitaciones inherentes de la ciencia, la FDA jamás podrá estar absolutamente segura de que no existan riesgos cuando se usen ciertas sustancias. Por consiguiente, la FDA debe determinar — sobre la base de la información científica disponible — si existe una seguridad razonable de que los consumidores no correrán riesgos cuando usen los aditivos de la manera propuesta.
Una vez aprobado, la FDA emite normas tales como los tipos de alimentos en los que se puede usar el aditivo, la cantidad máxima que se puede utilizar, y la forma en que se lo debe identificar en la etiqueta de los alimentos. En 1999 se modificaron los procedimientos y ahora la FDA debe consultar con el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos durante el proceso de revisión cuando se trate de ingredientes propuestos para su uso en carnes y aves. A continuación, los funcionarios federales supervisan el nivel de consumo de los nuevos aditivos y los resultados de cualquier investigación nueva que se realice sobre la seguridad.
Si las evidencias nuevas sugieren que un producto que ya está en el mercado podría no ser tan seguro, o si los niveles de consumo se han modificado lo suficiente como para requerir otra evaluación, las autoridades federales pueden prohibir su uso o ordenar la realización de más estudios para determinar si el uso puede aún considerarse seguro.
Las normas conocidas con el nombre de Buenas Prácticas de Fabricación (Good Manufacturing Practices (GMP)) limitan las cantidades de aditivos y colorantes permitidos en los alimentos para lograr el efecto deseado.
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Reproducido con el permiso de International Food Information Council Foundation, (
marzo de 2005
).
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etc.
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