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AGENTES TENSOACTIVOS ANFOTERICOS *

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Proveedores de:agentes tensoactivos anfotericos 

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    México Industrias Greher agentes tensoactivos anfotericos, agentes tensoactivos Av. Centenario No. 17 Col.Paraje Xahuento
    54960 Tultepec, Edo. de Méx.
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    México Surfaquimia y Compañia AGENTES TENSOACTIVOS ANFOTERICOS, AGENTES TENSOACTIVOS Agua Marina No. 3022 Col.Agua Blanca
    45236 Zapopan, Jal.
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    México Clariant (México) Tensoactivos anfotericos, Agentes Tensoactivos, Agentes tensoactivos no ionicos, Agentes tensoactivos no ionicos Blvd. Toluca # 46 Col.El Conde
    53500 Naucalpan, Edo. de Méx.
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    México Degussa México Tensoactivos Anfotericos, Tensoactivos Calz. México-Xochimilco 5149 Col.Arenal
    22252 MEXICO, D.F.
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    México Croda México tensoactivos anfotericos, AGENTES TENSOACTIVOS Av. Lic. Juan Fernandez Albarran No.34 Col.Industrial San Pablo Xalpa
    54090 México, Edo. de Méx.
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    México Aquaquim agentes tensoactivos, agentes tensoactivos Calle 2da Sur No.4 Col.Independencia
    54900 México, Edo. de Méx.
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    México COSMOCEL agentes tensoactivos, agentes tensoactivos no ionicos VIA A MATAMOROS 1501 NTE Col.INDUSTRIAL NOGALAR
    66480 SAN NICOLAS DE LOS GARZA, N.L.
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    México DPS Mexicana agentes tensoactivos, tensoactivos Lago de Chapala No. 58 Col.Anáhuac
    11320 México, D.F.
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    México Internacional Products and Organic Solut agentes tensoactivos, tensoactivos Miramontes No. 2783-104 Col.Jardines de Coyoacán
    04890 México, D.F.
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    México Millikan agentes tensoactivos, agentes humectantes Lázaro Cárdenas No.37 Col.El Mirador
    54080 México, Edo. de Méx.
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    México Promociones y Asesorias Empresariales agentes tensoactivos, agentes secuestrantes Prol. Calle 16 No. 71 Col.San Pedro de los Pinos
    01180 México, D.F.
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    México Quimica7 agentes tensoactivos Pascual Orozco No.79 Col.San Miguel Iztacalco
    8650 México, D.F.
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    México Quimicos y Derivados agentes tensoactivos, agentes de flotacion CARR. PANAMERICANA KM. 314 Col.ND
    36730 SALAMANCA, Gto.
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    México Viar Corporacion Agentes Tensoactivos, Agentes Tensoactivos Jesús Jiménez Gallardo No. 1 esq. Ebanistas Col.Fracc. Industrial Xhala
    54714 Cuautitlán Izcalli, Edo. de Méx.
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    México Stepan México Agentes tensoactivos anionicos, Agentes tensoactivos cationicos Av. uniones 150 Col.zona industrial
    87310 Matamoros, Tamps.
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    Solicitudes de productos relacionados con:agentes tensoactivos anfotericos 

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  • IDProductoConsumoPais del clienteEstadoPuestoObservaciones
    5154 agentes tensoactivos 5000 TM
    Anual
    México d.f gerente
    9504 agentes tensoactivos para la agricultura 5 TM
    Anual
    Uruguay Montevideo Técnico Responsabe agente surfactante para la formulación de glifosato potásico al 48%w/v en ácido glifosato.
    18284 agentes tensoactivos 200 kg
    Anual
    México Tlaxcala dueño
    19390 agentes tensoactivos 20000 L
    Anual
    Colombia Cundinamarca Director de Laboratorio
    2623 Tensoactivos 200 lb
    Anual
    Venezuela Director Tecnico como aditivo en las diluciones de pesticidas para uniformar la mezcla y mejorar la adherencia ...
    3623 agentes blanqueadores 2000 kg
    Anual
    México AGUASCALIENTES GERENTE
    4903 tensoactivos no iónicos derivados de sacarosa 10 TM
    Anual
    Argentina Tucuman Gte.Gral. Nuestra empresa está interesada en contactarse con empresas de Mexico con el propósito de presentarles ...
    5225 agentes esponjantes 1000 Unidad
    Anual
    México Durango gerente busco proveedores de aluminio
    5446 agentes promotores adherencia 800 kg
    Anual
    México nuevo leon ing. de manufactura Se requiere un aditivo promotor de adherencia cuando el plastisol sea curado a temperatura entre 100 y 150 ...
    7209 agentes* espumantes 2400 kg
    Anual
    México Puebla Investigacion y Desarrollo Requerimos fichas tecnicas, costo por kilogramo de producto, lugar y tiempo de entrega

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    México Agentes Aduanales Grupo Noguera Av. 602 S/N Edificio Agentes Aduanales local 16 Col.Zona Federal Aerropuerto
    0 df, df
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    México TENSOACTIVOS Y QUIMICOS Código Agrario No. 5115 Col.Plutarco Elías Calles
    64108 Monterrey, N.L.
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    México TENSOACTIVOS DE OCCIDENTE CALLE DOS No. 10542 Col.PARQUE INDUSTRIAL EL SALTO
    44100 EL SALTO, Jal.
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    22-Agosto-2006
    Huntsman aumenta el precio de etilenamina
      
         Fuente:  Boletín de Prensa Huntsman

    Huntsman Performance Products, división del negocio Huntsman Corporation anunció el aumento del precio off-list de los productos de etilenamina a partir del primero de septiembre o como el contrato lo permita.

    Huntsman aumentará los precios off-list de los siguientes productos en US$0.03/lb:

    • Etilendiamina (EDA)

    • Aminoetilpiperazina (AEPHP)

    • Dietilentriamina (DETA)

    • Trietilentriamina (TETA)

    • Tetraetilenpentamina (TEPA)

    • Aminoetiletanolamina (AEEA)

    • Poliaminas Pesadas (E100)(EA275)

    • Todos los productos de mezclado de etilenamina

    • Todos los productos de piperazina

    Además, los precios off-list de los agentes de curación epoxi de la serie de productos de etilenamina aumentarán en US$0.06/lb.

     

    09-Agosto-2006
    ¿Necesita Ácido Oxálico?, aproveche está oferta
      
         Industria: Madera
         Fuente:  QuimiNet

    ¿Necesita Ácido Oxálico?, aproveche está oferta

    El ácido oxálico, o también llamado ácido etanodioico, es incoloro, cristalino, compuesto orgánico tóxico, de la familia de los ácidos carboxilicos, soluble en agua, alcohol y éter. Diferente a otros ácidos carboxilicos, el ácido oxálico (y el ácido fórmico), se oxida fácilmente y se combina con calcio, hierro, sodio, magnesio o potasio para formar sales menos solubles llamadas oxalatos. El ácido oxálico y los oxalatos son útiles como agentes reductores en fotografía, blanqueador, y removedor de herrumbre.

    Usos del ácido oxálico

    Son ampliamente usados como agentes purificantes en la industria farmacéutica, agente de precipitado en el procesos de metal de tierrar raras, agente blanqueador en la industria textil y de madera, removedor de herrumbre en el tratamiento del metal, tratamiento del agua residual, ácido limpiador en lavanderias y en radiadores de automobiles.

    Logo Químicos, empresa líder en distribución de productos químicos para la industria en general, pone a su dispoción el ácido oxálico a un precio accesible para toda el área Andina.

    Producto: Ácido Oxálico

    Cantidad: 7 Toneladas

    Precio: 915 dólares/tonelada

    Para conocer los diferentes productos que ofrece Logo Químicos, haga click aquí.

    Si desea contactarlos y aprovechar esta oferta, haga click aquí.

     

    09-Agosto-2006
    Huntsman aumenta la fabricación de amina de especialidad
      
         Fuente:  Boletín de Prensa Huntsman

    Huntsman Corporation amplió su capacidad de fabricación agente Diglicolamina (agente DGA), una amina, la cual aumentará de capacidad en más del 20 por ciento.

    La ampliación de la planta de manufactura Port Nenches, Texas de Huntsman, está terminada, mientras que una ampliación similar en la planta de aminas de especialidad de la compañía en Llanelli, Wales será terminada durante el cuarto trimestre de este año. Huntsman además inició estudios de ingeniería con el objetivo de brindar capacidad adicional en línea en un plazo de 18 meses.

    Huntsman es el fabricante líder a nivel mundial del agente DGA, junto a su co-producto, la morfolina. Los agentes DGA sirven para eliminar el dióxido de carbono, el ácido sulfúrico y otras impurezas de los flujos de gas natural y del proceso de refinación.

    También es usado por la industria electrónica para la fabricación de pantallas LCD y circuitos impresos. También se utiliza como fluido de proceso para la industria metalmecánica y como intermediario para shampus y catalizadores de espuma de poliuretano.

     

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    16-02-2006
    Detección Inteligente de Agentes Patógenos
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia | Productos y Servicios relacionados: Material y Equipo de Laboratorio
    Detección Inteligente de Agentes Patógenos

    Los nuevos métodos de detección e identificación de patógenos microbianos, basados en el ADN, ofrecen ventajas tanto para los productores como para los consumidores. La seguridad microbiológica de los alimentos continúa suscitando gran preocupación entre todos los componentes de la cadena alimentaria, del campo a la mesa.

    Productores, transformadores y encargados de la elaboración de alimentos toman todas las precauciones posibles para evitar que la comida que ofrecen pueda provocar una intoxicación. Entre los sistemas para la gestión de la seguridad alimentaria que han demostrado ya resultados satisfactorios cabe mencionar el sistema de Buenas Prácticas de Fabricación y el denominado Análisis de Riesgos y Control de Puntos Críticos. Un aspecto importante de estos sistemas preventivos que garantizan la seguridad, es que determinan si los patógenos en potencia se encuentran en los productos en crudo o en el entorno de la cadena de producción alimentaria en cuestión.

    Tiempo y precisión

    Las pruebas de detección de agentes patógenos siempre han requerido largos análisis a cargo de personal muy cualificado. En la última década, esos análisis tradicionales se han sustituido por métodos que se sirven del ADN, mucho más rápidos. Un técnico puede realizarlos en cuestión de pocas horas, mientras que las técnicas antiguas podían llevarle varios días a un microbiólogo altamente preparado. Estos nuevos métodos, al utilizar información genética para detectar las bacterias, proporcionan resultados más precisos que los tradicionales, basados en las características bioquímicas e inmunológicas, que estaban sujetos a las condiciones del entorno.

    Tanto de tan poco

    Muchos de los nuevos métodos dependen de la ampliación enzimática o reacción en cadena de la polimerasa (polymerase chain reaction, PCR), que ha revolucionado en los últimos años gran parte de la biología molecular, ya que permite obtener cantidades considerables de ADN a partir de muestras ínfimas. Otros se basan en una técnica denominada hibridación del ADN. Los primeros resultan de gran utilidad para confirmar la presencia o ausencia de agentes patógenos determinados en los alimentos. Para comprobar la existencia de un germen en particular, como la bacteria de la salmonela, se toma una muestra del alimento en cuestión y se favorece el desarrollo de cualquier bacteria en él. Se extrae luego el ADN de las bacterias y, mediante la técnica de PCR, se amplifican las pequeñas cantidades de ADN extraídas hasta obtener cantidades fáciles de identificar. La PCR sólo amplificará el ADN del organismo elegido (en este caso, la salmonela) y, de estar presente, resultará fácil de detectar. Diversos métodos de producción comercial para toda una serie de bacterias patógenas están ya disponibles.

    En busca de la pareja ideal

    Cuando se trata de identificar de forma precisa ciertos patógenos en materias primas, a lo largo de la cadena de producción o en los productos finales, se aplican técnicas basadas en la hibridación del ADN, que proporcionan las "huellas" del ADN de los microbios. Existe una versión automatizada de este sistema, que compara la huella del ADN de cualquier muestra con otras almacenadas en una base de datos y archiva luego el prototipo, así como las referencias relativas a su origen.

    Al cotejar esas huellas características a través de todo el proceso de producción alimentaria, se puede establecer el origen del agente patógeno. A modo de ejemplo, una empresa del sector alimentario detectó recientemente el Estafilococo de la epidermis en sus productos mediante los procedimientos de garantía de calidad habituales. La tecnología reciente permitió descubrir que, de entre las diversas fuentes posibles de dicho espécimen patógeno en la planta de producción, el origen de la contaminación eran las manos de un empleado, con lo que pudieron tomarse medidas correctivas inmediatas y de bajo coste, en lugar de verse forzados a suspender la actividad para realizar una costosísima descontaminación general.

    Gracias a estos nuevos métodos novedosos basados en el ADN, se puede identificar rápidamente el origen de patógenos y retirar de la venta los alimentos afectados. Es indudable que tanto los productores como los consumidores se benefician de estas técnicas, que permiten llevarles la delantera a los agentes patógenos.

    Si desea contactar a empresas proveedoras de equipos para detección de agentes patógenos haga click aquí

    Fuente: www.eufic.org

     

     

     

    16-08-2006
    Los tipos de suavizantes textiles
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Textil |

    Los tipos de suavizantes textiles

    Los suavizantes textiles, que pertenecen al grupo de tensoactivos catiónicos, son aplicados normalmente en forma de emulsión. Una emulsión es una dispersión de un líquido en otro líquido (suavizante+agua), en la cual el tamaño de partícula es superior a dos micras.

    Los suavizantes textiles son productos que confieren a los materiales textiles una serie de propiedades deseables por los usuarios. Entre ellas destacan la mejora al sentido del tacto, ya que logra tejidos más suaves y por lo tanto, más agradables y lisos.

    Industrias Proeza, S. A. de C. V., brinda a la industria textil una amplia gama de productos auxiliares como: suavizantes, detergentes, humectantes, secuestrantes, dispersantes, lubricantes, etc., para todo tipo de fibras naturales, sintéticas y sus mezclas, así como para tejido de punto.

    En el caso de los suavizantes, la empresa maneja los siguientes:

    Suavizante

    Características

    PROSUAV CVR

    Suavizante que proporciona a los textiles de tejido de 100% algodón y sus mezclas con poliéster, tactos llenos, hinchados y sedosos. Ayuda al tejido a que disminuya la fricción del material con las cuchillas de corte y las agujas de confección.

    PROSUAV RWN

    Suavizante antiestático para fibras acrílicas, mezclas de poliamida y lana proporcionando un tacto suave, liso e hinchado. Puede utilizarse conjuntamente en el baño de tintura de colorantes catiónicos y no presta efecto retardante. Tiene un buen efecto antiestático, reduciendo éstas de las fibras acrílicas.

    PROSUAV RWP

    Suavizante hecho a base de mezclas de ácidos grasos y ceras politilénicas, que proporcionan a los textiles de algodón y sus mezclas tactos muy sedosos e hinchados, telas confortables, también aplicable para todas las mezclas de algodón.

    PROSUAV RWP-N

    Con la aplicación del PROSUAC RWP-N, se obtienen en los géneros textiles elaborados a base de 100% algodón y sus mezclas con fibras sintéticas, tactos de gran calidad, ya que provee al género de tactos llenos, sedosos e hinchados.

    PROSUAV OPC

    Es un suavizante hecho a base de ácidos grasos que confiere a las prendas ya confeccionadas tactos agradables, confiere lisura superficial, no perjudica a las solideces de los colorantes, (frote, luz, lavado). Es biodegradable al 90%

    PROSUAV WK 303

    Suavizante para fibras acrílicas y sus mezclas con nylon, que proporciona a los géneros tactos suaves, lisos e hinchados, puede utilizarse en los baños de tinturas con colorantes catiónicos sin que esto repercuta en un efecto retardante. Reduce las cargas electrostáticas de las fibras acrílicas.

    PROSOFT AG JET

    Suavizante desarrollado para los tejidos de 100% algodón OPEN END y sus mezclas. Es una mezcla de productos derivados de ácidos grasos y tensoactivos que proporcionan una excelente suavidad, tactos llenos y lisos.

    PROSOFT CF 330 B

    Es un excelente lubricante para el proceso de afelpado, muy recomendado para fibras delulósicas (algodón 100%), y sintéticas (poliéster 100%), y sus mezclas. No vira los tonos y la aplicación no es en grandes cantidades.

    PROSOFT CF 330 COLOR

    Excelente suavizante y lubricante que confiere a las fibras de algodón y sus mezclas así como también al poliéster tactos sedosos, llenos y que favorece enormemente al proceso de afelpado, reduciendo costo de operación ya que utiliza muy poco producto.

    PROSILK SK

    Es una emulsión reactiva de polisiloxano aminofuncional diseñada para el acabado durable de fibras textiles.

    PROPOL 500

    Suavizante para el tratamiento posterior de textiles e hilados de algodón y sus mezclas. El PROPOL 500 tiene un efecto mínimo sobre la solidez a la termomigración de los colorantes dispersos, no afecta el matiz de las tinturas así como en los blancos ópticos. El PROPOL 500 confiere tactos suaves y llenos del material y reduce la fricción entre el material fibra, facilitando el corte y cosido, y así poder aumentar la velocidad de las máquinas de corte y costura. Excelente lubricante antiquiebres.

    PROPOL PLUS

    Suavizante para el tratamiento posterior de textiles e hilados de algodón y sus mezclas. El PROPOL PLUS tiene un efecto mínimo sobre la solidez a la termomigración de los colorantes dispersos, no afecta el matiz de las tinturas así como en los blancos ópticos. El PROPOL 500 confiere tactos suaves y llenos del material y reduce la fricción entre el material fibra, facilitando el corte y cosido, y así poder aumentar la velocidad de las máquinas de corte y costura. Excelente lubricante antiquiebres.

    QUALYSOFT OP

    Suavizante no iónico de tipo universal con buena resistencia al amarillamiento. Para ser usado en fibras naturales y sus mezclas, confiere tactos lisos y muy llenos.

    Conozca el Perfil, Productos, Dirección y Teléfono de Industrias Proeza.

    O bien, haga contacto directo con Industrias Proeza para solicitar mayor información sobre sus suavizantes, dando clic en el producto de su interés.

     

     

    01-07-2005
    NOM Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia, Empaque, Envase y Embalaje |

    SECRETARIA DE SALUD

    NORMA Oficial Mexicana NOM-189-SSA1/SCFI-2002, Productos y servicios. Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

    NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-189-SSA1/SCFI-2002, PRODUCTOS Y SERVICIOS. ETIQUETADO Y ENVASADO PARA PRODUCTOS DE ASEO DE USO DOMESTICO.

    ERNESTO ENRIQUEZ RUBIO, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con fundamento en los artículos 34 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o. fracción XXII, 13 apartado A) fracción I, 194 fracción I, 195, 197, 210, 273, 274 y demás aplicables de la Ley General de Salud; 38 fracciones II y VII, 39 fracción V y 40 fracciones I, V, XI y XII, 41, 43, 47 fracción IV y 53 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28, 31 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o., 8o., 15, 25, 198 y quinto transitorio y demás aplicables del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios; 2 literal C fracción II, 34 y 36 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 23 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y 2 fracciones II y III, 7 fracción XVI, y 11 fracciones I y II del Decreto por el que se crea la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, me permito ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la siguiente Norma Oficial Mexicana NOM-189-SSA1/SCFI-2002. Productos y servicios. Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico, y

    CONSIDERANDO

    Que con fecha 9 agosto de 1999, en el cumplimiento de lo previsto en el artículo 46 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Dirección General de Calidad Sanitaria de Bienes y Servicios, ahora Dirección General de Control Sanitario de Productos y Servicios, presentó al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, el anteproyecto de la presente Norma
    Oficial Mexicana.

    Que con fecha 19 de junio de 2000, en el cumplimiento de lo previsto en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de la siguiente Norma Oficial Mexicana a efecto de que los interesados dentro de los siguientes sesenta días naturales posteriores a dicha publicación, presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Regulación y Fomento Sanitario.

    Que con fecha previa, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las respuestas a los comentarios recibidos por el mencionado Comité, en los términos del artículo 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

    Que en atención a las anteriores consideraciones, contando con la aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, se expide la siguiente:

    NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-189-SSA1/SCFI-2002, PRODUCTOS Y SERVICIOS. ETIQUETADO
    Y ENVASADO PARA PRODUCTOS DE ASEO DE USO DOMESTICO

    PREFACIO

    En la elaboración de la presente Norma participaron los siguientes organismos e instituciones:

    SECRETARIA DE SALUD
    Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
    Dirección General de Control Sanitario de Productos y Servicios
    Dirección General de Salud Ambiental

    SECRETARIA DE ECONOMIA
    Dirección General de Normas
    Dirección General de Política de Comercio Interior

    PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
    Coordinación General de Investigación

    CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA TRANSFORMACION

    CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE ACEITES, GRASAS, JABONES Y DETERGENTES

    AMWAY DE MEXICO, S.A. DE C.V.

    COLGATE-PALMOLIVE, S.A. DE C.V.

    CENTRO DERMATOLOGICO D. LADISLAO DE LA PASCUA

    DETERGENTES INDUSTRIALES MEXICANOS, S.A. DE C.V.

    INDUSTRIAS ALEN, S.A. DE C.V.

    PROCTER & GAMBLE DE MEXICO, S.A. DE C.V.

    MARVIL MEXICANA, S.A. DE C.V.

    SC JOHNSON AND SON, S.A. DE C.V.

    INDICE

    1. Objetivo y campo de aplicación

    2. Referencias

    3. Definiciones

    4. Símbolos y abreviaturas

    5. Clasificación

    6. Requisitos de etiquetado

    7. Requisitos de envasado

    8. Presentación de la información

    9. Declaraciones no permitidas

    10. Concordancia con normas internacionales y mexicanas

    11. Bibliografía

    12. Observancia de la Norma

    13. Vigencia

    1. Objetivo y campo de aplicación

    1.1 Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer los requisitos de información sanitaria y comercial que deben contener las etiquetas de los productos de aseo de uso doméstico, para elegir una mejor opción de compra, así como los lineamientos sanitarios para su envasado y así evitar que su uso represente un riesgo a la salud.

    1.2 Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en el territorio nacional para las personas físicas y morales que se dedican a su proceso o importación.

    2. Referencias

    Esta Norma se complementa con las siguientes normas vigentes:

    2.1     NOM-002-SCFI-1993       Productos preenvasados. Contenido neto, tolerancias y métodos de verificación.

    2.1     NOM-008-SCFI-1993       Sistema General de Unidades de Medida.

    2.2     NOM-030-SCFI-1993       Información comercial-Declaración de cantidad en la etiqueta-Especificaciones.

    3. Definiciones

    Para fines de esta Norma se entiende por:

    3.1 Coadyuvante o ayudas de procesos, a la sustancia o materia, excluidos aparatos, utensilios y aditivos, que no se considera como ingrediente por sí mismo en el producto y se emplea intencionalmente en la elaboración de materias primas, productos o sus ingredientes, para lograr una finalidad tecnológica durante el tratamiento o la elaboración que puede dar lugar a la presencia no intencionada, pero inevitable de residuos o derivados en el producto final.

    3.2 Consumidor , a la persona física o moral que adquiere o disfruta como usuario final los productos de aseo de uso doméstico.

    3.3 Denominación específica , al nombre particular que recibe un producto y que se encuentra asociado a la(s) característica(s) que lo distinguen dentro de una clasificación general y lo restringen en aplicación, efecto, estructura, función y uso particular.

    3.4 Denominación genérica , al nombre que recibe un grupo de productos, que en función de su uso tienen características comunes y que representa cada uno de los distintos tipos o clases en que se
    pueden ordenar.

    3.5 Embalaje , al material que envuelve, contiene y protege debidamente los envases primarios o envases secundarios en su caso, que facilita y resiste las operaciones de almacenamiento y transporte, no destinado para su venta al consumidor en dicha presentación.

    3.6 Envase colectivo , al recipiente o envoltura en el que se encuentran contenidos dos o más variedades diferentes de productos preenvasados, destinados para su venta al consumidor en dicha presentación.

    3.7 Envase múltiple , al recipiente o envoltura en el que se encuentran contenidos dos o más productos preenvasados iguales en su composición, que sólo varían en sus propiedades sensoriales o de tamaño, y destinados para su venta al consumidor en dicha presentación.

    3.8 Envase presurizado , al envasado a presión provisto de una válvula de mando que con un gas propulsor permite proyectar en el aire al producto en diferentes formas.

    3.9 Envase primario , al recipiente destinado a contener un producto y que entra en contacto directo con el mismo, conservando su integridad física, química y sanitaria.

    3.10 Envase resistente a niños , al envase diseñado o construido de tal manera que presente dificultad para ser abierto por niños de cinco años.

    3.11 Envase secundario , al que contiene al envase primario de manera individual.

    3.12 Etiqueta , al marbete, rótulo, inscripción, marca, imagen gráfica u otra forma descriptiva que se haya escrito, impreso, estarcido, marcado, en relieve o en hueco, grabado, adherido, precintado o anexado al empaque o envase del producto.

    3.13 Ingrediente , a la sustancia que forma parte de la composición o fórmula del producto terminado.

    3.14 Leyendas precautorias , al texto o representación gráfica que informe y, en su caso, prevenga al consumidor, sobre los posibles daños a la salud que ocasione la presencia de un ingrediente específico o el mal uso o aplicación del producto.

    3.15 Lote , a la cantidad de un producto elaborado en un mismo ciclo, integrado por unidades homogéneas.

    3.16 Proceso , al conjunto de actividades relativas a la obtención, elaboración, fabricación, preparación, conservación, mezclado, acondicionamiento, envasado, manipulación, transporte, distribución, almacenamiento y expendio o suministro al público de productos.

    3.17 Producto a granel , al producto que debe pesarse, medirse o contarse en presencia del consumidor por no encontrarse preenvasado al momento de su venta.

    3.18 Producto corrosivo , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso causa destrucción o alteraciones irreversibles en el tejido vivo por acción química en el sitio de contacto.

    3.19 Producto de aseo de uso doméstico , a los productos definidos en el numeral 3.20 y cuya formulación y comercialización está destinada a los consumidores que los usan o aplican en las diferentes áreas del hogar o instalaciones similares, tales como: oficinas, escuelas y hospitales, entre otros.

    3.20 Productos de aseo , a las sustancias o mezclas de sustancias que se emplean de forma directa o indirecta, independientemente de su estado físico, destinadas a: la limpieza, lavado e higiene de objetos, superficies y fibras textiles y que tienen por objeto desprender o eliminar la suciedad y las manchas; proporcionar un determinado aroma o eliminar malos olores del ambiente; impartir un acabado lustroso a objetos y superficies, modificar y acondicionar la textura o cualquier otra característica de las telas; desobstruir los ductos sanitarios de las aguas residuales y pluviales y los demás con fines análogos que determine la Secretaría.

    3.21 Productos especiales para textiles , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias que facilitan el aseo y mantenimiento de fibras textiles al modificar o acondicionar la textura o cualquier otra característica de las telas. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes productos: almidones o aprestos, blanqueadores, productos para el planchado, prelavadores, desmanchadores y suavizantes.

    3.22 Producto inflamable , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso tiene un punto de inflamación menor o igual a 37,8ºC, prende fácilmente y se quema rápidamente, generalmente
    de forma violenta.

    3.23 Producto irritante , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso causa un efecto inflamatorio reversible en el tejido vivo por acción química en el sitio de contacto.

    3.24 Productos multifuncionales , a los productos de aseo de uso doméstico que debido a su formulación pueden tener varias de las funciones tecnológicas descritas en los numerales 3.21, 3.25, 3.26, 3.27, 3.28 y 3.29, así como alguna otra función tecnológica diferente de las anteriores pero que no es la función principal.

    3.25 Productos para desobstruir conductos sanitarios, a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias cuya acción química o biológica remueve materia presente en los conductos sanitarios de las aguas residuales y pluviales que pudieran obstruirlas. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los destapacaños.

    3.26 Productos para el ambiente , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias usados con el objeto de impartir un aroma al ambiente o prevenir o enmascarar o eliminar malos olores. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes productos: aromatizantes, desodorantes, enmascarantes y los eliminadores
    o controladores de malos olores del ambiente.

    3.27 Productos para higiene , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias que disminuye el desarrollo de microorganismos de la superficie donde se aplique.
    En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los desinfectantes.

    3.28 Productos para la limpieza , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias que eliminan o disminuyen la suciedad orgánica e inorgánica de las superficies donde se aplica. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa
    los siguientes productos: detergentes, jabones de lavandería, desengrasantes, limpiadores, desmanchadores y removedores.

    3.29 Productos para protección o acabado lustroso , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias de origen natural o sintético que proporcionan a una superficie un acabado protector o reparador, estético, brillante o una combinación de ellos. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes productos: ceras, lustradores, abrillantadores y selladores.

    3.30 Productos preenvasados , a los productos que cuando son colocados en un envase de cualquier naturaleza, no se encuentra presente el consumidor y la cantidad de producto contenido en él no puede ser alterada, a menos que el envase sea abierto o modificado perceptiblemente.

    3.31 Producto tóxico , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso y que en función de la concentración, vía de administración y tiempo de exposición puede causar trastornos estructurales o funcionales que provoquen daños a la salud o la muerte.

    3.32 Superficie de información , al área del envase primario o secundario, distinta a la superficie principal de exhibición.

    3.33 Superficie principal de exhibición , a la parte de la etiqueta o envase a la que se le da mayor importancia por ostentar el nombre, la marca comercial, y la denominación genérica o, en su caso, específica, excluyendo las tapas y fondos de las latas y frascos; y los hombros y cuellos de botellas.

    4. Símbolos y abreviaturas

    Cuando en esta Norma se haga referencia a los siguientes símbolos y abreviaturas se entiende por:

    °C      grados Celsius

    Cuando en la presente Norma se mencione a la Secretaría, debe entenderse que se trata de la Secretaría de Salud.

    5. Clasificación

    Los productos objeto de esta Norma con base a su función tecnológica se clasifican en:

    5.1 Productos especiales para textiles

    5.2 Productos multifuncionales

    5.3 Productos para desobstruir conductos sanitarios

    5.4 Productos para el ambiente

    5.5 Productos para higiene

    5.6 Productos para la limpieza

    5.7 Productos para protección o acabado lustroso

    y otros que determine la Secretaría.

    6. Requisitos de etiquetado

    6.1 Etiquetado sanitario

    6.1.1 Denominación genérica y específica del producto.

    6.1.1.1 En la superficie principal de exhibición del envase primario o secundario de los productos preenvasados objeto de esta Norma, debe figurar la denominación genérica y, en su caso, específica.

    6.1.1.2 La denominación genérica se podrá establecer haciendo referencia a la presentación o función
    del producto.

    6.1.1.3 La denominación específica se podrá establecer haciendo referencia al lugar donde se aplicará
    el producto.

    6.1.2 Identificación del responsable del proceso.

    6.1.2.1 En los productos nacionales, debe figurar el nombre, la denominación o la razón social y domicilio (calle, número, código postal, ciudad y estado) del productor o responsable de la fabricación. En el caso de productos importados, esta información debe ser proporcionada por el importador a la autoridad competente, a solicitud de ésta.

    6.1.2.2 Para el producto nacional que sea maquilado, la leyenda “Hecho para” seguido del nombre y domicilio de la persona física o moral, licenciatario o causahabiente propietario de la marca.

    6.1.2.3 Tratándose de productos importados debe figurar el nombre, la denominación o la razón social y el domicilio del importador (calle, número, código postal, ciudad y estado), mismos que podrán incorporarse en la etiqueta del producto, en el territorio nacional después del despacho aduanero y antes de su comercialización.

    6.1.2.4 Para los productos de importación que hayan sido envasados en México deben dar cumplimento a lo dispuesto en los numerales 6.1.2.3 y 6.2.2.1.

    6.1.3 Declaración de la lista de ingredientes.

    6.1.3.1 La lista de ingredientes de los productos objeto de esta Norma debe figurar en la superficie de información del envase primario o, en su caso, envase secundario. La declaración debe hacerse de la siguiente manera:

    6.1.3.1.1 Debe ir precedida por el término “ingredientes” y enlistarse por orden cuantitativo decreciente.

    6.1.3.1.2 Los ingredientes activos, solventes, propelentes, sustancias corrosivas y aquellas que den origen a las leyendas precautorias, deben declararse con el nombre químico o técnico más comúnmente usado o utilizar una nomenclatura química internacionalmente reconocida.

    6.1.3.1.3 Los demás ingredientes deben declararse y, para ello, podrá emplearse la denominación genérica, la denominación química para grupos o familias ya establecidas o la denominación funcional del ingrediente, entre los que se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes:

    -         Fosfatos

    -         Fosfonatos

    -         Tensoactivos aniónicos

    -         Tensoactivos catiónicos

    -         Tensoactivos anfotéricos

    -         Tensoactivos no iónicos

    -         Blanqueadores base oxígeno

    -         Blanqueadores base cloro

    -         EDTA

    -         Acido nitrilotriacético

    -         Fenoles y fenoles halogenados

    -         Hidrocarburos aromáticos

    -         Hidrocarburos alifáticos

    -         Hidrocarburos halogenados

    -         Ceras

    -         Silicones

    -         Sulfatos

    -         Carbonatos

    -         Silicatos

    -         Zeolitas

    -         Policarboxilatos

    6.1.3.1.4 En el caso de que una empresa haya desarrollado un ingrediente o una mezcla de ingredientes que promuevan una innovación en el mercado de los productos objeto de esta Norma, podrán declararse utilizando el nombre patentado o registrado por ejemplo: Bitrex®, Teflon®, etc. Los documentos que avalen la patente o el registro estarán a disposición de la Secretaría, cuando ésta lo solicite.

    6.1.3.1.5 Las enzimas, colorantes, aromas, fragancias y coadyuvantes o ayudas de proceso se podrán incluir con sus nombres genéricos, a menos que sean las causantes del riesgo del producto, de ser este el caso se cumplirá con lo indicado en el numeral 6.1.3.1.2.

    6.1.4 Instrucciones de uso.

    6.1.4.1 Cuando el uso, manejo o conservación del producto requiera