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RESPLANDORES RELIGIOSOS *

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    19-Octubre-2005
    Cabildean obispos con AN y PRI posiciones políticas
      

         Tipo: Gobierno
         Fuente:  La Jornada

    Integrantes de la Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) tuvieron acercamientos con políticos del PAN y el PRI para exponerles la necesidad de que en el país haya plena libertad religiosa -que incluye poseer medios de comunicación y ser candidatos a puestos de elección popular, aunque por derecho canónico se les prohíbe-, así como plantearles su preocupación por los ''ataques'' que se dan en contra de la vida.

    • Entre los personajes con quienes recientemente se encontraron están Manuel Espino, presidente del PAN, y el diputado priista Manlio Fabio Beltrones.

    • Interrogado al respecto, el secretario general de la CEM, obispo Carlos Aguiar Retes, consideró que tuvieron una respuesta receptiva a sus inquietudes, mismas que también presentarán a quienes resulten candidatos presidenciales, así como a los líderes de las bancadas en la Cámara de Diputados.

    • El anhelo de libertad religiosa lo plantean también en Roma los jerarcas católicos mexicanos que participan en un sínodo de obispos, entre ellos el presidente del organismo José Guadalupe Martín Rábago, donde por cierto el viernes pasado el cardenal Alfonso López Trujillo, presidente del Pontificio Consejo para la Familia, señaló que los católicos que defienden políticas contrarias a la vida, especialmente si son figuras públicas, no tienen derecho a recibir la comunión.

    • Los obispos, según se afirmó, buscan reunirse también con integrantes del Partido de la Revolución Democrática, de donde surge la propuesta para legalizar la eutanasia en el DF y desde donde también se impulsó la ley que permite, en la ciudad de México, abortar cuando el producto es resultado de una violación o por malformaciones congénitas.

    • ''Los acercamientos -confirmó el obispo de Texcoco- se buscan por ambas partes, nada más es cuestión de afinar los momentos en los cuales podemos encontrarnos, y de parte de los tres partidos hay buena voluntad, interés, como también lo hay de frentes como la Unión Nacional de Trabajadores, con quienes ya nos acercamos.

    • En Roma, por otra parte, está por concluir el sínodo de obispos, y entre los múltiples temas que abordan prelados de todas partes del mundo se encuentra la lucha por una ''justa libertad religiosa para profesar y proclamar abiertamente la propia religión'', y continuar pregonando por justicia y paz, según informaron en un reciente comunicado tres de los cuatro religiosos mexicanos que sesionan en esa asamblea, y que son, además del presidente de la CEM y el arzobispo de Guadalajara, cardenal Juan Sandoval Iñiguez, los obispos Miguel Angel Alba Díaz, de La Paz; Juan Manuel Mancilla Sánchez, auxiliar de Texcoco, y José Trinidad González Rodríguez, auxiliar de Guadalajara.

    • Durante los trabajos iniciales de ese encuentro, el cardenal López Trujillo destacó que es necesario que los políticos católicos acepten el Evangelio, el magisterio de Dios y ''la recta razón'' como parte de su responsabilidad. ''Los políticos y los legisladores deben saber que proponiendo o defendiendo proyectos de leyes en favor del divorcio, uniones entre homosexuales, el aborto y más, tienen una grave responsabilidad y deben poner remedio al mal llevado a cabo para poder acceder a la comunión con el Señor, que es camino, verdad y vida.'' (Reportero: Alma E. Muñoz)

     

    02-Agosto-2005
    Niega Frenk que vaya a dejar su cargo en la Ssa tras solicitud de varios panistas
      
         Industria: Farmacéutica, Gobierno, Sector salud
         Tipo: Gobierno, Asuntos sociales y de ONGs
         Fuente:  La Jornada

    Julio Frenk rechazó que vaya a dejar su cargo al frente de la Ssa, luego de que algunos panistas así lo exigieron, tras aprobar la inclusión de la píldora de anticoncepción de emergencia (AE) en el cuadro básico de medicamentos.

    • Los invitó, al igual que el resto de los ciudadanos que así lo requieran, a despejar dudas sobre los efectos de la pastilla recurriendo al Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, o acudir, como ya hacen distintos grupos, como los religiosos, a la Segob para concertar un encuentro con científicos y conocer la más reciente información respecto a que el anticonceptivo no es abortivo.

    • Reiteró que en la Ssa están muy atentos a cualquier petición de encuentro o información sobre el tema, pero aclaró que nadie le ha solicitado su renuncia, “así es que todo mundo tiene derecho a expresar su opinión”, como hicieron grupos religiosos. (Reportero: Alma E. Muñoz)

    Otros actores:

    Vicente Fox Quesada, presidente de México

    Carlos Abascal, secretario de Gobernación

     

    27-Junio-2005
    TLC EU-Centroamérica enfrentará la aprobación del congreso
      
         Fuente:  Notimex / Intelite

    El Acuerdo de Libre Comercio entre Estados Unidos y Centroamérica y República Dominicana (CAFTA-RD) enfrenta está semana el primer reto para su aprobación legislativa.

    El líder de la minoría demócrata en el Senado, Harry Reid, señaló que los republicanos presentarán está semana el acuerdo en la Cámara Alta, empezando con su votación en el Comité de Finanzas del Senado, donde se espera sea aprobado con facilidad.

    En el Senado se requiere una mayoría simple de 51 de los 100 votos para aprobar el acuerdo, enviado este viernes en forma oficial por la administración del presidente George W. Bush al Congreso, que dispone de 90 días para su ratificación o rechazo.

    Los republicanos tienen 55 escaños, por lo que en el escenario descrito por el líder de la minoría demócrata, sólo necesitarían a un par de demócratas para aprobarlo.

    El destino del CAFTA-RD es más incierto en la Cámara de Representantes, donde los demócratas se han coaligado con líderes latinos, obispos, organizaciones comunitarias hispanas y hasta con religiosos de América Central, en oposición al acuerdo.

    En la Cámara de Representantes se requieren 218 de los 435 votos. Los republicanos tienen 231, frente a 202 de los demócratas, 1 independiente y una vacante.

    Benjamín Cardin, el demócrata de más alto rango en el poderoso Comité de Medios y Procedimientos de la Cámara de Representantes, sostuvo este viernes que los demócratas no disponen en este momento de los 218 votos para aprobar CAFTA-RD.

    La administración Bush buscará utilizar su capital político para conseguir los votos necesarios, lo que ha generado reportes de que la Casa Blabca ha buscado ofrecer incentivos a los entre 20 y 23 legisladores republicanos opuestos al acuerdo.

    El tema del azúcar es uno de los más sensibles en las negociaciones, pero la Casa Blanca presenta el acuerdo como clave para el futuro de América Central.

    En uno de sus recientes mensajes sabatinos, Bush sostuvo que la expansión del comercio es vital para los trabajadores y consumidores estadunidenses, conforme se hace cumplir en forma "vigorosa" las leyes comerciales existentes y se abren mercados extranjeros.

    Estados Unidos exporta cada año más de 15 mil millones de dólares a República Dominicana y Centroamérica, haciendo a la región el décimo tercer mercado más grande de exportación en el mundo para bienes y servicios estadunidenses.

    Las exportaciones de Estados Unidos y de Centroamérica han crecido 71 por ciento a la región desde 1996 y han totalizado 10 mil 900 millones de dólares desde 2003.

    Cifras estadunidenses muestran que más del 70 por ciento de las ventas de países del CAFTA-RD ingresan a Estados Unidos libres de aranceles.

     

     

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    10-01-2006
    ¿Qué es la Natamicina?
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia |

    ¿Qué es la Natamicina?

    Los antibióticos, producidos por microorganismos o sintéticos, inhiben a los microorganismos en grandes diluciones. Como consecuencia del gran éxito terapéutico de los antibióticos en las enfermedades bacterianas, era natural que se ensayasen como conservadores frente al deterioro microbiano de los alimentos. Estos ensayos se realizaron entre 1945 y 1960 y la mayoría de los antibióticos se comprobaron en múltiples alimentos perecederos de todas las formas imaginables. A medida que fue aumentando el miedo a los microorganismos resistentes a los antibióticos fue disminuyendo el empleo de los antibióticos como conservadores de los alimentos. En las industrias que procesaban carne de aves se observaron desarrollos de bacterias resistentes a los antibióticos corrientemente utilizados. Por lo tanto se vio muy pronto que el empleo corriente de antibióticos como conservadores alimenticios podía convertirlos en ineficaces debido a que se habían seleccionado floras alterantes resistentes a los mismos. Los dos antibióticos más importantes empleados en muchos países con fines conservadores alimenticios son la natamicina y la nisina.

    La natamicina (llamado antes pimaricina) es un antibiótico originado por streptomyces natalensis; su principal efecto es antifúngico y está permitido en algunos países. In vitro inhibe el desarrollo de hongos productores de anatoxinas en maníes crudos triturados. Ello constituye una ventaja considerable, lo que para algunos expertos sería suficiente para superar cualquier objeción acerca del empleo de este antibiótico en los alimentos. Para embutidos, concentraciones de natamicina de unas 1000 ppm permitieron que se conservaran bien, sin sufrir ataques fúngicos. El antibiótico puede aplicarse con salmuera, baños o en forma de "spray" y el embutido puede realizarse en diferentes tipos de tripas. Este tratamiento determinó una concentración superficial de 2 ppm/cm2 que se consideró que no tenía importancia toxicológica. Probablemente la aplicación más importante de la natamicina es para tratar la corteza del queso, tanto blando como duro, por inmersión en baños, o rociándolo con suspensiones de 500 ppm de natamicina. El antibiótico puede detectarse en la corteza y su penetración varía de acuerdo con el tipo de queso. También se empleó la natamicina en las películas para envolver queso; su efecto conservador se pierde si se aplica después de desarrollado el micelio. Ciertos mohos, (p. ej. Aspergillus flavus) producen enzimas que inactivan la natamicina.

    Descripción detallada: La pimaricina es un prototipo molecular de los macrólidos polienos glicosilados, importante para la terapia antifungica y una promesa de futuro por su actividad antiviral, su capacidad de estímulo de la respuesta inmune, y su acción en sinergia con otras drogas antifúngicas o compuestos antitumorales.

    Es producida por Streptomyces natalensis y ampliamente utilizada en el sector alimenticio para prevenir la contaminación por hongos tanto de quesos como de otros alimentos no estériles (carnes curadas, salchichas, etc). Debido a su extremadamente baja toxicidad en células de mamífero se ha venido utilizando durante más de una década como un conservante alimenticio autorizado tanto por la Unión Europea (aditivo E235), como por la "Administración de Alimentos y Drogas" de los E.E.U.U. (FDA) para preservar los alimentos de su contaminación por mohos y por lo tanto de los posibles riesgos inherentes a la ingestión de micotoxinas.

    Varias cepas superproductoras de pimaricina de Streptomyces natalensis han sido obtenidas como resultado de un programa de mejora de cepas (mutación y selección clásicas).

    La tecnología para producir el antifúngico mediante el uso de cultivos líquidos de cepas superproductoras de Streptomyces natalensis también ha sido desarrollada. La transferencia de tecnología incluye cepas superproductoras y los conocimientos técnicos del proceso de fermentación.

    La pimaracina es un antibiótico producido por las bacterias: Streptomyces natalensis y S. chattanoogensis .

    Función y características:
    Usada como conservante, principalmente contra los hongos. La pimaricina se utiliza como agente antifungico para proteger quesos contra la contaminación por hongos filamentosos (mohos). Su baja solubilidad la hace muy apropiada para su uso en el tratamiento superficial de quesos duro y de fiambres.

    Productos:
    Quesos, (superficie exterior de los) productos cárnicos, etc.

    Ingesta diaria admisible:
    Máximo 0.3 mg/kg de peso corporal.

    Efectos colaterales:
    Es metabolizada por el hígado y excretada. No hay ningún efecto colateral en las concentraciones usadas.

    Restricciones dietéticas:
    Ninguna - la pimaracina puede ser consumida por todos los grupos religiosos y los vegetarianos (estrictos y no estrictos).


    Cortesía de Globe Chemicals S.A. de C. V.

     

    28-01-2006
    Regulaciones de la FDA sobre alimentos y cosméticos
    Por: Boletin FDA / Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia, Cosmética |

    Regulaciones de la FDA sobre las responsabilidades relativas a los alimentos y los cosméticos

    Resumen de los requisitos legales que afectan a la fabricación y a la distribución de alimentos y productos cosméticos dentro de e importados a los Estados Unidos.

    La FDA establece regulaciones para todos los productos alimenticios y sus derivados, con excepción de los productos procesados a partir del huevo y de las carnes y las aves, incluyendo productos combinados (por ej. guisos, pizza), que contengan dos o más por ciento de carne de ave o productos derivados o tres o más por ciento de carnes rojas o productos derivados, los cuales regula el Servicio de Seguridad e Inspección Alimenticia del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (United States Department of Agricultures's Food Safety and Inspection Service, FSIS). Las frutas, los vegetales y otras plantas se encuentran regulados por el Servicio de Inspección de la Salud de los Animales y las Plantas (Department's Animal and Plant Health Inspection Service, APHIS), a fin de prevenir la introducción de enfermedades y pestes de las plantas a los Estados Unidos. El Servicio de Marketing de Agricultura (Agricultural Marketing Service, AMS) del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (United States Agricultural Department, USDA) lleva a cabo la clasificación voluntaria de las frutas y los vegetales.

    La FDA tiene bajo su responsabilidad el control de todas las bebidas sin alcohol y de los vinos que contengan menos del 7% de alcohol. Todas las bebidas alcohólicas, excepto las bebidas de vino (por ej., los jugos de fruta fermentados) que contengan menos del 7 % de alcohol están reguladas por la Oficina de Bebidas Alcohólicas, Tabaco y Armas de Fuego del Departamento de Tesorería (Bureau of Alcohol, Tobacco and Firearms of the Department of Treasury).

    Además, la Agencia de Protección del Medioambiente (Environment Protection Agency, EPA) también regula los pesticidas. EPA determina el grado de seguridad de los productos pesticidas, establece los niveles de tolerancia de los desechos de pesticidas presentes en los alimentos conforme a una Sección de la Ley Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos ( Section of the Federal Food, Drug, and Cosmetic Act, FD&C Act) y se encarga de publicar instrucciones para el uso correcto de los pesticidas. Es responsabilidad de la FDA hacer cumplir las tolerancias establecidas por EPA.

    Dentro de los Estados Unidos, el cumplimiento de la ley establecida por el FD&C Act se asegura por medio de inspecciones regulares a las instalaciones y de inspecciones de los productos, análisis de muestras, actividades educativas y procedimientos legales. La FDA dispone de un número de procedimientos y medidas para hacer cumplir la ley del FD&C Act y de esa manera proteger la salud pública, la seguridad y el bienestar general.

    El distribuidor de los productos que se hallaran alterados o mal marcados podrá destruir voluntariamente o extraer el producto del mercado, o bien alguaciles de los EE.UU. podrán incautar estos productos bajo órdenes obtenidas por la FDA de los tribunales de distrito. Las personas o firmas responsables de la violación podrán ser llevadas a juicio en juzgados federales y si se encontraran culpables quedar sujetos a una multa o a encarcelamiento. Los casos de violaciones continuas pueden prohibirse por orden de incautación de los juzgados federales. La violación de un mandato judicial se castiga como desacato a los tribunales. Dependiendo de las circunstancias se podrán emplear todo tipo de procedimientos normativos.

    El fabricante o despachante puede iniciar el retiro voluntario de un producto del mercado o hacerlo a pedido de la FDA. En la ley del FD&C Act existen provisiones especiales sobre el retiro de alimentos infantiles del mercado. Si bien la cooperación del productor o despachante con la FDA en una situación de retiro puede evitar la necesidad de procedimientos judiciales, no exime a la persona o firma de la responsabilidad por las violaciones.

    El dueño de los alimentos tiene la responsabilidad, cuando se trata de comercio interestatal, de asegurarse que el artículo cumple con las provisiones del FD&C Act, la Ley de Envasado y Etiquetado Correctos (Fair Packaging and Labeling Act, FPLA), y las regulaciones que éstos implementan. En general, estas leyes exigen que el producto alimenticio sea seguro y limpio y que la etiqueta que porta sea honesta e informativa.

    EL FD&C Act le otorga a la FDA la autoridad para establecer e imponer estándares sanitarios sobre el producto alimenticio. La copia adjunta del Título 21 del Código de Regulaciones Federales, Parte 110 (Title 21, Code of Federal Regulations, Part 110 (21 CFR Part 110) contiene las regulaciones actualizadas de la Buenas Prácticas de Manufactura (Good Manufacturing Practice, GMP) para la fabricación, envasado y manipulación de los alimentos para humanos respecto al personal, los edificios e instalaciones, el equipo y los controles de procesamiento del producto, los cuales si se cumplen cuidadosamente, pueden asegurarle a los fabricantes cierto grado de garantía de que sus productos son seguros y sanitarios. En 21 CFR § 110.110, la FDA reconoce que no es posible cultivar, cosechar y procesar cultivos sin ningún defecto. En consecuencia, la Agencia ha publicado Niveles de Acción respecto a Defectos en las Comidas (Food Defect Action Levels). Estos niveles de acción respecto a defectos se establecen sobre la base de que los productos no contengan amenazas a la salud. Si no existiera un nivel de acción respecto al defecto, se tomarán decisiones normativas basándose en el estudio de cada caso en particular.

    La alternativa al establecimiento de niveles de acción respecto a defectos en los alimentos, sería que se insistiera en la mayor utilización de sustancias químicas para el control de insectos, roedores y otros agentes de contaminación naturales. La FDA publicó "niveles de acción" respecto a sustancias venenosas y nocivas a fin de controlar los niveles de contaminación en los alimentos para humanos y para animales (vea el folleto adjunto). Sin embargo, un juzgado en Estados Unidos invalidó los "niveles de acción" de las sustancias venenosas o nocivas, alegando motivos de procedimiento. Mientras tanto se utilizan los Niveles de Acción para Sustancias Venenosas o nocivas en los Alimentos para Humanos y Animales (Action Levels for Piosonous or deleterious Substances in Human Food and Animal Feed) simplemente como directrices que no poseen la "fuerza y el efecto" de la ley. La Agencia aclaró que los niveles de composición constituyen guías para el procedimiento más que normas de peso.

    La FDA no aprueba, ni autoriza o emite permisos relativos al envío de productos locales dentro del comercio interestatal. Sin embargo, todos los procesadores comerciales, ya sea extranjeros o nacionales, de alimentos enlatados con bajo nivel acídico (low-acid canned foods, LACF) envasados en recipientes herméticamente cerrados o de alimentos acidificados (acidified foods, AF), tienen la obligación, por ley, de registrar cada planta procesadora. Además, cada proceso de LACF o AF debe presentarse a la FDA y su aplicación debe ser aceptada por esta institución antes de que el producto pueda ser distribuido a través del comercio interestatal.

    Un alimento bajo en ácidos se define como cualquier alimento, fuera de las bebidas alcohólicas, con un equilibrio terminado de pH mayor al 4,6 y una actividad acuosa mayor al 0,85 – muchos productos alimenticios enlatados son productos LACF y por lo tanto los envasadores deben cumplir los procedimientos de registro y aplicación del caso. La única excepción son los tomates y los productos basados en tomate, ya que tienen un equilibrio terminado de pH menor al 4,7. Un alimento acidificado es un alimento bajo en ácido al que se le agrega ácido/s o alimento/s ácido/s obteniéndose un producto con un equilibrio de acabado de pH del 4,6 o menor.

    Las regulaciones del FDA respecto a los LACF exigen que cada envase herméticamente cerrado que contenga un alimento procesado bajo en ácido lleve una marca con un código de identificación que esté permanentemente a la vista. La identificación requerida deberá señalar, en código, el establecimiento donde se envasó el producto y el período del día en que el producto fue envasado (21CFR $113.60(c)). No existe una regulación que determine que un producto deba ser envíado, en los Estados Unidos, dentro de un período de tiempo estipulado a partir del momento de su fabricación. Si un LACF o un AF se procesa de manera apropiada, no necesitará condiciones especiales de envío o almacenamiento.

    Nuestra reglamentación exige que personas expertas en el procesamiento térmico de alimentos bajos en ácido en envases herméticamente cerrados, establezcan una programación para el procesamiento de LACF o de lo contrario, que se posean las instalaciones adecuadas para tomar dichas determinaciones (21 CFR $113.83). Todos los factores que sean esenciales para el proceso deberán ser especificados por la autoridad en procesamiento durante el proceso programado. El procesador del alimento deberá llevar un control de todos los factores críticos dentro de los límites especificados en la programación del producto.

    La FDA tiene la responsabilidad de establecer la identidad estadounidense, la calidad y el llenado de los envases, conforme a las normas que gobiernen los estándares de un número de productos alimenticios. Los estándares de alimentos, que básicamente consisten en definiciones del contenido y la calidad del alimento, se establecen de acuerdo a las previsiones del FD&C Act. Se han establecido estándares para una gran variedad de productos. Estos estándares le dan al consumidor cierta garantía sobre el tipo y la cantidad de los principales ingredientes presentes en estos productos. Un alimento que pertenece al grupo de productos para el cual se han promulgado estándares de alimentos, deberá cumplir con ese estándar o, de los contrario, se determinará que está en incumplimiento de la ley, y en consecuencia quedará sujeto al proceder reglamentario.

    Se han hecho enmiendas al FD&C Act que establecen requerimientos nutritivos para alimentos infantiles y le otorgan a la FDA autoridad para establecer las prácticas de fabricación correctas y el requerimiento de cantidades de sustancias nutritivas apropiadas, el control de calidad de estos nutrientes y el mantenimiento de registros e informes. De conformidad con estos ajustes, la autoridad para inspeccionar las fábricas se amplió también a la autoridad para inspeccionar los registros de los fabricantes, los controles de calidad y los resultados de las pruebas, necesarios para determinar el buen cumplimiento del FD&C Act.

    La FDA transformó en obligatorios los procedimientos del Punto Crítico de Control en el Análisis de Peligros (Hazard Analysis Critical Control Point (HACCP)) para la industria de los mariscos y pescados a fin de asegurar que el procesamiento, envasado, almacenamiento y distribución sean seguros tanto respecto a los pescados como a los productos derivados, nacionales e importados. El HACCP es un sistema por el cual los procesadores de alimentos evalúan el tipo de peligros que podrían afectar sus productos, instituyen los controles necesarios pasa evitar que estos peligros se materialicen, supervisan el desempeño de los controles y mantienen un registro de esta supervisión como una práctica de rutina. El propósito de las regulaciones propuestas por el HACCP es establecer controles preventivos obligatorios a fin de garantizar la seguridad de los mariscos que se venden en forma comercial tanto dentro de los Estados Unidos como en el exterior. La FDA examinará la aceptabilidad de los controles HACCP además sus actividades de control tradicionales.

    Las regulaciones sobre el etiquetado de alimentos que se encuentran en 21 CFR 101 y 105 contienen los requisitos que, de cumplirse adecuadamente, resultan en un etiquetado de alimentos honesto e informativo. El etiquetado obligatorio de los alimentos incluye la declaración de identidad (nombre común o usual del producto – 21 CFR §101.3); la declaración de la cantidad neta del contenido (21 CFR §101.105); el nombre y lugar de operación del fabricante, empaquetador o distribuidor (21 CFR §101.5); y, si fuera elaborado con dos o más ingredientes, se deberá detallar cada ingrediente en orden descendiente o según la predominancia, por su nombre común o usual (21 CFR §101.4 y §101.6). Especias, sabores y algunos colorantes, además de aquellos productos que se venden como tales, se podrán designar como especias, sabores y colorantes, sin tener que nombrar a cada uno. Sin embargo, aquellos alimentos que contengan un colorante aditivo que esté sujeto a la certificación de la FDA deberán declarar el colorante junto al resto de los ingredientes.

    El 6 de enero de 1993, la FDA emitió las últimas reglas respecto al etiquetado de los alimentos tal como lo exige la Ley de Etiquetado y Educación sobre Sustancias Nutritivas (Nutrition Labeling and Education Act (NLEA). Estas reglas, que se incluyen en el folleto adjunto sobre etiquetado de alimentos, examina seriamente muchos de los aspectos de las regulaciones existentes sobre el tema, principalmente el etiquetado relativo al nivel nutritivo de los alimentos y temas relacionados. Las regulaciones de NLEA se aplican solamente a los alimentos locales envíados a través del comercio interestatal y a productos alimenticios cuya importación se ofrece a los Estados Unidos. El etiquetado de los productos alimenticios que se exportan a países extranjeros deberán cumplir con los requisitos establecidos por dichos países.

    Si la etiqueta de un producto alimenticio no cumple con la enumeración de elementos requerida por el FD&C Act, por la FPLA y las regulaciones que estas leyes promulgan, o si la etiqueta adjudica al producto características no justificadas, el producto se categorisa como mal etiquetado. El FD&C Act proporciona para estos casos, medidas de acción tanto civiles como criminales. La FPLA permite medidas tanto de incautación como de prohibición. La responsabilidad legal sobre el cumplimiento de los términos establecidos por cada una de estas Leyes y sus regulaciones, en lo que atañe al etiquetado, corre por cuenta del fabricante, envasador o distribuidor, cuando los productos ingresan dentro del proceso de comercio interestatal. La etiqueta de un producto alimenticio puede incluir el Código Universal del Producto (Universal Product Code, UPC) más un número de símbolos que pueden significar que la marca está registrada con la Oficina de Patentes de los Estados Unidos (U.S Patent Office); que el contenido literario y artístico de la etiqueta se encuentra protegido contra su violación por las leyes de propiedad intelectual de los Estados Unidos; y que el alimento se ha elaborado y/o cumple con las leyes alimenticias de ciertos grupos religiosos. Es importante resaltar que ni el UPC ni cualquier otro de los símbolos mencionados anteriormente son obligatorios ni se encuentran bajo la autoridad de ninguna de las leyes que establece la FDA

    El FD&C Act requiere la aprobación previa al lanzamiento en el mercado de aditivos alimenticios (sustancias cuyo uso intencionado resulta, o se prevé en forma razonable que puede resultar, directa o indirectamente, en que el aditivo se convierta en un componente del alimento o que afecte las características de un alimento). El proceso de aprobación involucra un examen muy cuidadoso de la seguridad del aditivo según su propósito. Luego de la aprobación del aditivo alimenticio, se publica una regulación sobre su debida utilización en el Código de Regulaciones Federales (Code of Federal Regulations, CFR). Tal como se define en el CFR, el término seguro significa "…que existe una certeza razonable, conforme al juicio de científicos competentes, de que la sustancia no es peligrosa en las condiciones de uso propuestas. Dado el nivel actual del conocimiento científico, es imposible establecer con completa certeza la absoluta ausencia de peligro en el uso de una sustancia determinada. El cumplimiento con las formalidades prevías al lanzamiento en el mercado de un producto conforme a lo establecido por el FD&C Act asegura, por cierto, que el riesgo de que ocurran efectos adversos por culpa de un aditivo alimenticio es de un nivel aceptablemente pequeño.

    Las regulaciones del FDA sobre suplementos dietéticos se encuentra bajo la autoridad del Dietary Supplements Health and Education Act de 1994. Esta reglamentación garantiza que los alimentos sean etiquetados de forma segura y apropiada y que cualquier enfermedad o reclamo asociado con la salud esté apoyado científicamente. Las provisiones legales que gobiernan sobre la seguridad de los suplementos dietéticos dependen de que el producto constituya legalmente un alimento o una medicina. En cualquiera de las dos instancias el fabricante está obligado a elaborar un producto seguro. Para medicinas nuevas se requiere el examen de la FDA sobre la seguridad del producto previo a su lanzamiento en el mercado.

    El propósito de la etiqueta en los suplementos dietéticos es establecer el contenido del producto, las cantidades del contenido, la forma en la que deberá ser utilizado y las precauciones necesarias para garantizar su uso correcto y toda otra información asumiendo que sea verdadera y no engañosa. Si el suplemento dietético es un alimento, la NLEA conducirá un examen de las posibles enfermedades o reclamos asociados a la salud, de acuerdo a las provisiones establecidas al respecto. No se requiere aprobación de la FDA para comercializar un producto cosmético en los Estados Unidos. Con la excepción de colorantes aditivos y de algunos ingredientes prohibidos o restringidos, los fabricantes de cosméticos podrán utilizar básicamente, bajo su responsabilidad, cualquier materia prima como ingrediente de un cosmético y comercializar el producto sin necesitar aprobación.

    Los efectos terapéuticos que se adjudica al producto, ya sea directos o implicados, no son pertinentes en el caso del etiquetado de cosméticos. Los productos cosméticos que también tienen el propósito de tratar o prevenir enfermedades, o afectan a la estructura o a las funciones del cuerpo, se consideran tanto cosméticos como medicinas; en consecuencia deberán cumplir con las provisiones legales tanto para los cosméticos como para las medicinas.

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    Para obtener más información sobre el cumplimiento de los requisitos legales del FDA y recibir asistencia relacionada con las regulaciones sobre productos cosméticos y alimenticios de la FDA, diríjase a:

    Industry Activities Staff (HFS-565) Center for Food Safety And Applied Nutritioon Food and Drug Administration 200 C Street, S.W. Washington, DC 20204 Teléfono: (202) 205-5251

    Sitio Web en la Internet: http://www.fda.gov

     

    23-01-2006
    Glosario de Carpintería y Ebanistería (F-I)
    Por: www.redeoficios.org / Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Construcción |

    PASAR A:

    A-B-C-D-E-F-G-H-I-J-K-L-M-N-O-P-Q-R-S-T-U-V-W-X-Y-Z

    - F -

    Facilidad del pulido : Está íntimamente relacionado con la clase de material que se trabaja. Si es de tejido fino, las superficies quedarán bien alisadas, destacándose mucho la vistosidad de la fibra y la belleza del color. Las maderas aptas para un buen pulido, encerado, barnizado, laqueado, etc., pertenecen a las especies duras o semiduras. En las maderas blandas, las fibras se separan o se levantan, por lo que resulta difícil conseguir con ellas un acabado lustroso.

    Facistol : Gran atril sobre un pie, donde se colocan los libros para cantar.

    Fachada : Paramento exterior de un edificio, generalmente el principal. Confrontar, dar frente un edificio a otra cosa o lugar.

    Faetón : Carruaje de cuatro ruedas  y muchos asientos de costado.

    Falca : Defecto de una tabla o madero que le impide ser perfectamente lisos o rectos. /Cuña, pieza de madera o metal en forma de ángulo diedro y agudo. /Cualquier objeto empleado como cuña.

    Faldistorio : Sillón de honor, del tipo de tijera, generalmente usado por altas dignidades. Deriva del latín faldistorium .

    Faldón : Pieza estructural de un mueble que une la parte superior de las patas por debajo de la tapa o asiento.

    Falsa Escuadra : Véase Escuadra Falsa .

    Falsas lengüetas : Tiras delgadas que se pegan para reforzar y alinear los ensambles.

    Falsear : Desviar un corte ligeramente en la dirección perpendicular.

    Fallanca : Vierteaguas de una puerta o ventana.

    Falleba : Herraje para el cierre de ventanas. Constan de unas varillas de hierro, cuyos extremos están acodillados, y aseguran las hojas entre sí, y con el marco; van sostenidas por puentes, y el movimiento de rotación se hace por medio de una manija o un pomo. /Españoleta.

    FAS : Siglas internacionales para la clasificación de primeras y segundas categorías de maderas.

    Felodermis : Tejido que se parece al parénquima cortical producido en forma centrípeta por el felógeno (cámbium del súber) como parte de la peridermis de tallos y raíces en las plantas con semilla.

    Felógeno : Meristema lateral secundario que origina el súber hacia fuera y  felodermis hacia adentro.

    Fendas : Véase Grietas .

    Fernandino (Estilo): Corresponde este estilo al reinado de Fernando VII (1814-1833) en España. En él se manifiesta la influencia francesa que se extendía por todo el continente. No tiene unas características formales propias, pues se trata de una adaptación de nuestro país de los modelos del estilo Imperio de Percier y Fontaine. Este estilo no consigue captar la delicadeza y grandiosidad del Imperio francés. Los muebles españoles son pesados, llegando incluso a resultar un poco toscos. Los ejemplares de mayor perfección son los de los palacios reales, entre ellos los de Aranjuez y La Granja. Se utilizó sobre todo la madera de caoba, a la que se incorporaron bronces cincelados y marquetería de pequeños dibujos.

    Festón : Adorno a manera de guirnalda.

    Fiadores : Garfios que sostienen por debajo los canalones de cinc de los tejados.

    Fibra : Conducto seco de sabia que sigue la longitud del tronco del árbol. Fibras  libriformes : fibras del leño. Fibras  tabicadas o septadas : fibras de paredes poco engrosadas, citoplasma vivo dividido por finos septos.

    Filete : Es una moldura pequeña, cuya sección recta es generalmente un cuadrado o rectángulo. / Llámense filetes unas tiras de madera u otros materiales, de un ancho variable (de 1 mm. en adelante), que se embuten en el chapeado o en madera maciza, para dar más realce al trabajo.

    Filigrana : Ornamentación calada, fina y delicada.

    Filo de Corte : Parte aguda de una herramienta cortante que sirve para cortar a través de la fibra, por delante y a cada lado de la herramienta cortante propia./Sección.

    Flamero : Adorno en forma de candelabro.

    Flamígero : Período de decadencia del gótico en Europa. Se caracteriza por el empleo de elementos alargados en forma de llama.

    Fleco : Adorno de hilos o cordoncillos colgantes.

    Flecha o Sagita : Es la altura del vértice sobre la horizontal del arranque.

    Fleje : Véase Prensa para cuadros .

    Flexibilidad : Es la propiedad que tienen algunas maderas de poderse doblar o ser curvadas en sentido de su longitud, sin romperse. Si son elásticas, vuelven a su forma primitiva cuando ha cesado la fuerza que las presionó. La madera verde, húmeda o caliente, es más flexible que la seca. Las maderas viejas o secas no admiten presiones bruscas ni exceso de carga; las jóvenes tienen mayor límite de deformación.

    Flexión : Es el trabajo impuesto a una pieza cualquiera que, descansando sobre dos apoyos, soporta un peso uniformemente repartido en su longitud, o situado sólo en un punto, o sobre varios puntos determinados.

    Flexómetro : Se trata de una cinta métrica de menos de 10 metros de longitud. / Véase Metro .

    Foliáceo : ( Del Latín. Folium = Hoja) . Que tiene forma de hoja.

    Formaleta : Armazón que sostiene provisionalmente un arco o bóveda, así como una construcción.

    Formalete : Arco de medio punto.

    Formaría : Maderaje de una techumbre.

    Formica : Material recubierto por una de sus caras con una resina artificial, brillante y muy resistente.

    Formón : ( Eusquera : Trintxa; Catalán : Enformador; Gallego : Trencha; Valenciano : Informador). Herramienta metálica de forma plana y afilada en punta, con mango de madera o plástico, utilizada en carpintería para labrar y tallar la madera. También se le llama trencha. Si su perfil es semicircular, se llama gubia. Semejante al escoplo, pero más ancho de boca y menos grueso. De punta corriente. El que acaba en corte oblicuo. Formón de mortaja : Formón de sección rectangular, usado para cortar y desbastar. Se utiliza acompañado de un mazo para dirigir los cortes. Formón escoplo : Es el formón con sección más gruesa. Se utiliza para trabajos de mayor robustez. Formón rectangular : Es el formón que no tiene biseles laterales. /Sacabocados con que se cortan las hostias y otras cosas de forma circular.

    Fotosíntesis : Proceso en virtud del cual los organismos con clorofila, como las plantas verdes, las algas y algunas bacterias, capturan energía en forma de luz y la transforman en energía química. Prácticamente toda la energía que consume la vida de la biosfera terrestre (la zona del planeta en la cual hay vida) procede de la fotosíntesis. /Proceso natural que se produce cuando la energía, en forma de luz, es absorbida por la clorofila, produciendo los nutrientes de los que viven las planta.

    Frailera : Mesa rectangular de madera, larga y estrecha.

    Frailero : Nombre dado a cierto tipo de sillón característico del Renacimiento Español, que aún hoy sigue construyéndose en su infinidad de modelos.

    Framiré : Árbol originario de África. Tiene fibra recta, a veces entrelazada, presenta taninos amarillos, polvo puede causar irritaciones en algunos individuos. Su duramen es medianamente impregnable, es semipesada. Es aplicada en mobiliario y ebanistería, tableros contrachapados, chapas para recubrimientos decorativos y tornería. También llamado Bajii , Emeri , Idigbo .

    Fresa : Herramienta de corte con aristas o cuchillas que se utiliza para labrar la madera o los metales. Se utiliza con una fresadora, nunca se debe fresar con un taladro.

    Fresadora : ( Eusquera : Fresatzeko makina ; Catalán : Fresadora; Gallego : Fresadora; Valenciano : Fresadora; Inglés : Milling machine; Alemán : Fräsmaschine) Herramienta eléctrica para fresar madera o metales.

    Fresar : Se denomina así al acto de labrar, alisar, obtener ranuras de forma diversa o tallar engranajes.

    Fresno : Fresno común, Fresno europeo, Fresno negro. Origen: Europa a Asia Menor. Árbol de la familia de las oleáceas, con tronco grueso, de 25 a 30 metros de altura. Gran cantidad de taninos se dan cita en la corteza del fresno, aunque cada día lo utilizamos menos. La madera de fresno resulta excelente para diversos productos de carpintería. Se talla con facilidad, permitiendo la fabricación de utensilios delicados. Su dura elasticidad la hace apropiada para fabricar bates de béisbol. Madera blanda con tinte rosa pálido. Muy apreciada en ebanistería. Es buena como combustible y como forraje. Varios compuestos del fresno tienen aplicaciones farmacéuticas.

    Friso : Elemento decorativo compuesto por una franja en la que se esculpen motivos ornamentales. /Parte del cornisamento que media entre el arquitrabe y la cornisa, donde suelen ponerse follajes u otros adornos.

    Fronda : Adornos de hojas salientes como excrecencias retorcidas o enrolladas en su extremidad, que bordean los glabetes o piñones. En el gótico suelen utilizarse para acusar las vertientes de los tejados.

    Frontispicio : Frontón remate triangular sobre la parte central de una fachada.

    Frontón : Coronación de la fachada griega en forma de triángulo. Se usa este mismo elemento aplicado a los muebles. Elemento arquitectónico de remate de fachadas y pórticos. Puede tener forma triangular o circular y su área interior se llama “ Tímpano ”. También se usa como remate de puertas y ventanas. Es típico de la arquitectura clásica.

    FS : Siglas internacionales para identificar la madera recién cortada del leño.

    Fungicida : Fitofármaco específico para combatir las enfermedades producidas por criptógamas (hongos y algunas bacterias).

    Fuste comercial : Parte del tronco de un árbol, comprendido entre el cuello de la raíz y la primera rama.

    Fuste : Parte de la columna que constituye el pie derecho, situado entre el capitel y la basa.

    - G -

    Gabinete : Aposento que se servía de tocador a las mujeres.

    Gablete : Remate en forma triangular, formado por dos líneas oblicuas, en ángulo muy agudo, que acusan las pendientes del tejado. Las aristas suelen ir decoradas con frondas y remates propios del estilo gótico.

    Gafas : Los dos ganchos que, sujetos con cuerdas o cadenas, sirven para agarrar los materiales de construcción transportados por poleas.

    Galbe : ( Voz francesa ) Pata suavemente curvada.

    Galbo : Curva muy suave en el perfil de un mueble o de un elemento (por ejemplo, columnas) para conseguir un efecto óptico. /Entasis.

    Galce : Gárgol, ranura en el canto de una tabla para machihembrarla con otra.

    Galería : Pieza larga y espaciosa, con muchas ventanas, o sostenida por columnas o pilares, que sirve para pasear o para colocar en ella cuadros adornos u otros objetos. /Corredor cubierto o con vidrieras, que da luz a las piezas interiores de las casas. /Bastidor que se coloca en la parte superior de una puerta o balcón para colgar en él las cortinas.

    Galga : Plantilla o gálibo usado en construcción como modelo de madera o hierro para realizar una bóveda o perfilar una moldura. /Herramienta que sirve para comprobar la dimensión o forma de una pieza. /Palo grueso y largo, que se ata por sus extremos a la caja del carro para que sirva de freno. /Féretro o andas en que se llevaba a enterrar a los pobres.

    Gálibo: Plantilla para medir perfiles. /Buena proporción de una columna.

    Galón : Adorno en forma de cinta engalanada.

    Galtera : (Voz Catalana ) Barboquejo ; barbiquejo ; barbuquejo =Quijada, carrillo.

    Galleta : Pequeña pieza en forma de balón de fútbol americano que se usa como refuerzo en un ensamble de galleta.

    Gallón : Ornamentación sobre superficies cóncavas en forma de molduras abultadas, ovales o de gajos de naranja.

    Game : ( Voz inglesa) Repisa o ménsula para colocar un busto o reloj.

    Gargol : Ranura longitudinal que se hace en una pieza para que encaje el canto de otra. / Machihembrado.

    Garlopa : ( Eusquera : Garlopa, Marrusketa ; Catalán : Garlopo; Gallego : Garlopa; Valenciano : Garlopa) Es un cepillo largo de 50 a 80 cm. y ancho de 5 a 8 cm., provisto de mango y doble cuchilla. Se utiliza para labrar superficies planas. /Cepillo largo y con puño, que sirve para igualar las superficies de la madera ya cepillada, especialmente en las junturas de las tablas.

    Garlopín : Es una garlopa corta, de unos 40 cm. y con una sola cuchilla. Se utiliza para desbastar.

    Garra : Terminación de pata de mueble semejante a la de ciertos animales (león, águila, etc.).

    Garrucha : Mecanismo a través del que una soga, cable o cadena puede moverse para obtener ventajas mecánicas. Polea.

    Gato : Instrumento de hierro que sirve para agarrar fuertemente la madera y traerla a donde se pretende. Se usa para echar aros a las cubas, y en el oficio de portaventanero. Máquina compuesta de un engranaje de piñón y cremallera, con un trinquete de seguridad, que sirve para levantar grandes pesos a poca altura. También se hace con una tuerca y un husillo. Implemento que se usa en construcción, en los trabajos de restauración o remodelación, para sostener el peso de una parte de la construcción mientras se procede a efectuar el trabajo requerido. Gato de tornillo : Aparato mecánico para levantar pesos, que funciona por medio de un tornillo; el ejemplo más conocido de estos instrumentos son los gatos para levantar coches. Gato hidráulico : Dispositivo de izada que mediante una palanca exterior pone en funcionamiento una bomba impelente, mediante la utilización de un líquido como agua o aceite. Gato para el encolado de cantos : Es un apretador que se utiliza en combinación con una prensa.

    Gaveta : Cajón corredizo que hay entre los escritorios y papeleras, sirve para guardar lo que se quiere tener a mano. /Mueble que tiene uno o varios de estos cajones.

    Gema : Parte de un madero escuadrado donde, por escasez de dimensiones ha quedado parte de la corteza.

    Geminada/o : Hueco, arcada o ventanas unidas dos a dos. /Ventana formada por dos partes iguales.

    Gesso : Asta blanca que se utiliza para la creación de distintas texturas y como imprimación.

    Gimnosperma : Espermatófito en el que las semillas no se encuentran en el interior de un ovario; las coníferas son el grupo más conocido de gimnospermas.

    Glifo : Canal vertical poco profundo, en general de sección angular, labrada en una superficie plana o curva.

    Gola : Es una moldura compuesta de doble curvatura, una cóncava y otra convexa. Puede estar invertida. /Moldura con perfil en forma de “S”.

    Goma arábica : Polvo blanco o incoloro, soluble en agua, que se obtiene de la goma de ciertas variedades de acacia. Se emplea en ocasiones para realizar la mezcla de pinturas transparentes.

    Goma laca : Es una resina natural, de color encarnado, que se forma en algunos árboles de la India, por la exudación producida por las picaduras de algunos insectos y los restos de estos mismos animales. Es soluble en alcohol, empleándose para la preparación de barniz fino. / Sustancia secretada por el insecto llamado cochinilla de la laca y que se utiliza para fabricar un barniz, llamado goma laca, que se utiliza en ebanistería y se aplica frotando la madera con un paño o hilos de algodón impregnado de barniz.

    Gomas y Resinas : Son compuestos orgánicos, producidos por excreciones de los vegetales al practicar incisiones en una corteza, fluyendo al exterior, y solidificándose en una masa vítrea al contacto del aire. Suelen tener distinta dureza, y coloraciones amarillas o rojizas, más o menos transparentes.