Frutilla *

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Si usted desea saber quién vende, comercializa, distribuye u ofrece Frutilla o productos similares, a continuación le mostramos una lista de vendedores o comercializadores que son fabricantes (productores), exportadores, distribuidores y en general suplidores / proveedores de Frutilla. Para poder elegir mejor, en el listado puede ver de acuerdo a su ubicación donde comprar Frutilla, solicitar información, precios o una cotización a las empresas que venden, exportan, manejan, manufacturan, ofrecen o comercializan este producto:

Empresa Producto Información de contacto
Saporiti frutilla Somos proveedores de frutilla en Bartolomé Mitre 2364/66 (1039)
buenos aires, buenos aires . México
Datos y productos de Saporiti
Improrex Frutilla Ofrecemos Frutilla en Av. San Martín 4049
C.P. 12300 . Uruguay
Datos y productos de Improrex
Benefrut cobertura: Repùblica Mexicana, con posibilidades del exterior. frutilla, jalea de frutilla Somos un proveedor de frutilla en Bodega T-80, Central de Abasto, Col. Zona Urbana Ejidal Iztapalapa
Mexico C.P. 09040 . México
Datos y productos de Benefrut
Soaljo cobertura: Argentina y Latinoamérica Sabor Frutilla Somos proveedores de Sabor Frutilla en B. Rivadavia 1435 Col. Valentín Alsina
Buenos Aires, Buenos Aires C.P. 1822 . Argentina
Datos y productos de Soaljo
Agro Futuro cobertura: Sudamérica Trébol Frutilla Ofrecemos Trébol Frutilla en Centro Col. Centro
Ciudad del este, . Paraguay
Datos y productos de Agro Futuro
Aguardientes y Licores Nono Don cobertura: - Licor de Frutilla Somos un proveedor de Licor de Frutilla en Olascoaga 1250 Col. Rosario-Santa Fe
Argentina, Buenos Aires C.P. 2000 . Argentina
Datos y productos de Aguardientes y Licores Nono Don
Izamal Corporation cobertura: México. Centroamerica Licor de frutilla Somos proveedores de Licor de frutilla en Centro x 24 Col. Centro
Izamal, Yucatan C.P. 97000 . México
Datos y productos de Izamal Corporation
Golden Farms cobertura: USA, EUROPA Frutilla liofilizada Ofrecemos Frutilla liofilizada en Av. Amazonas # 4430 y Villalengua
Quito, Pichincha . Ecuador
Datos y productos de Golden Farms
DIPLA DISTRIBUIDORA DEL PLATA cobertura: MUNDIAL VINAGRE DE FRUTILLA Somos un proveedor de VINAGRE DE FRUTILLA en Av Córdoba 1318 piso 14 "A" Col. CAPITAL FEDERAL
Buenos Aires, ARGENTINA C.P. C1055AAQ . Argentina
Datos y productos de DIPLA DISTRIBUIDORA DEL PLATA
ADINAT cobertura: mundial AN 134 FRUTILLA, AN 2108 ROJO - FRUTILLA Somos proveedores de AN 134 FRUTILLA en Gustavo A. Bécquer 940 Col. Villa Bosch
Buenos Aires, Argentina C.P. 1682 . Argentina
Datos y productos de ADINAT
ALFREDO FRANCIONI Esencias de frutilla Ofrecemos Esencias de frutilla en Coronel Niceto Vega 5531
Buenos Aires, Bs. As. C.P. 1414 . Argentina
Datos y productos de ALFREDO FRANCIONI
Benvenuto Mermelada de frutilla Somos un proveedor de Mermelada de frutilla en H. Yirigoyen 2576 Col. Capital Federal
Argentina, Buenos Aires C.P. 1090 . Argentina
Datos y productos de Benvenuto
Prest ESENCIA DE FRUTILLA POLVO, ESENCIA DE FRUTILLA LIQUIDA Somos proveedores de ESENCIA DE FRUTILLA POLVO en OSVALDO CRUZ 2472 Col. Capital Federal
Buenos Aires, Capital Federal C.P. 1293 . Argentina
Datos y productos de Prest
INMOBAL-NUTRER cobertura: - ESENCIA FRUTILLA 510882 Ofrecemos ESENCIA FRUTILLA 510882 en Rivadavia 1369 Col. B.A.
Buenos Aires, Buenos Aires C.P. 1033 . Argentina
Datos y productos de INMOBAL-NUTRER
Agrotolhuin cobertura: Actualmente Argentina. Potencialmente Sudamerica y Union Europea. Mulching Polietileno para Frutilla Somos un proveedor de Mulching Polietileno para Frutilla en Centenario 1825 Col. Beccar
San Isidro, Buenos Aires C.P. 1643 . Argentina
Datos y productos de Agrotolhuin
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Productos Relacionados

Solicitudes de compradores de: Frutilla

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Si usted desea conocer solicitudes de Compradores de Frutilla o productos similares, a continuación le mostramos una lista de requerimientos de suministro o solicitudes de cotización, importación o compra de Frutilla. Para poder contactar a los Compradores, Importadores, Demandadores o Clientes de Frutilla vea el listado de requerimientos y solicíteles información
ID Producto de Interés Consumo Ubicación Puesto Observaciones
440380 Compra de Frutilla 1 Piezas
Para pruebas
Comprador de Frutilla en tachira , Venezuela dueño

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137831 Compra de frutilla congelada 20 Kilogramos
Para pruebas
Comprador de frutilla congelada en Montevideo, Uruguay secretaria , durazno cubeteado congelado, mora congelada y frambuesa COTIZACION 10 y/o 20 kgs ...

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Mensaje al comprador
140728 Compra de ESENCIA DE FRUTILLA 1 Piezas
Diario
Comprador de ESENCIA DE FRUTILLA en Sta fe, Argentina subgerente de Control de Calidad ESENCIA DE FRUTILLA POLVO

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Mensaje al comprador
555779 Compra de pulpa de frutilla estado natural 5000 Kilogramos
Trimestral
Comprador de pulpa de frutilla estado natural en central, Paraguay tecnologo de produccion pulpa de frutilla estado natural sin sacarosa o semi entera; sugerenci aen stock para ...

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Mensaje al comprador
370751 Compra de esencia polvo de pino, frutilla, arpage, citronela y marina 10 Kilogramos
Quincenal
Comprador de esencia polvo de pino, frutilla, arpage, citronela y marina en s. del estero, Argentina socia preparacion desod.de ambiente

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Mensaje al comprador
360389 Compra de Saborizante en polvo de frutilla, cereza, frambuesa y crema para alimento de porcinos 100 Litros
Semestral
Comprador de Saborizante en polvo de frutilla, cereza, frambuesa y crema para alimento de porcinos en Rio Negro, Argentina Propietario Utilizado para saborizar miel pura.

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Busque clientes de los productos que vende:
(Escriba el producto para el que busca clientes)

Clientes o compradores de: Frutilla

Si conoce compradores de este producto y desea compartir la información haga clic aquí     Ir menú Δ

Si usted desea saber quién compra, busca, importa, solicita, consume o requiere Frutilla o productos similares, a continuación le presentamos una lista de algunos potenciales compradores de Frutilla o similares seleccionados:

No. de Oportunidad Comprador de Frutilla Ubicación del comprador Cantidad requerida Información de contacto Opine y Califique
140728
(21-Dic-2007)
LIF
Sta fe, Argentina
1 Piezas
Diario
137831
(11-Dic-2007)
felisatti s.a.
Montevideo, Uruguay
20 Kilogramos
Para pruebas

Precios de Frutilla o Similares

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Producto Fecha de Validez Precio Volumen Condiciones Tipo de Precio Tipo de Fuente Opine y Califique
Frutilla 31-Oct-2007
a
30-Nov-2007
0.400 USD 0 0 a Semanal loja, Ecuador Estimado Comprador que solicita el producto  

Noticias que incluyen en su texto el término Frutilla

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Si usted requiere leer Noticias que incluyan en su texto el término Frutilla (Parcial o Completamente), a continuación le presentamos una lista de las notas relacionadas publicadas en el portal. Las noticias incluyen principalmente informacion Comercial, Información o Condiciones de Mercado, Ampliaciones, Nuevas Plantas o Fusiones, Ofertas de Empresas, Legislación, Resultados, Lanzamientos, Entrevistas, Incrementos o Bajas de Precio y mucho más. Usted puede leer de forma gratuita cada noticia y cuando la nota es larga dar click en Ampliar para ver la noticia completa.

18-Marzo-2009
Incrementa México aranceles a productos de los Estados Unidos
  
     Industria: Cosmética, Enseres Domésticos, Gobierno, Hogar
     Tipo: Cambios de precios, Tratados comerciales, Economía
     Por:  QuimiNet  /  Fuente:  QuimiNet

DECRETO por el que se modifica el artículo 1 del diverso por el que se establece la Tasa Aplicable durante 2003, del Impuesto General de Importación, para las mercancías originarias de América del Norte, por lo que respecta a las mercancías originarias de los Estados Unidos de América, publicado el 31 de diciembre de 2002.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 131, de la propia Constitución; 2019 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte; 31 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 2o., 4o., fracción I y 14 de la Ley de Comercio Exterior, y
CONSIDERANDO
Que el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) fue aprobado por el Senado de la República el 22 de noviembre de 1993, según decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de diciembre del mismo año, cuyo decreto de promulgación fue publicado en ese órgano informativo el 20 de diciembre del mismo año y entró en vigor el 1 de enero de 1994;
Que los artículos 1108 y 1206, así como el Anexo I "Reservas en relación con medidas existentes y compromisos de liberalización" del TLCAN establecen la apertura de los servicios de transporte de carga en los estados fronterizos de México y de los Estados Unidos de América a partir del 18 de diciembre de 1995, y en todo el territorio de ambos países a partir del 1 de enero de 2000;
Que de conformidad con el Capítulo XX del TLCAN, que establece las disposiciones aplicables a los procedimientos para la solución de controversias, el 2 de febrero de 2000 se integró el panel arbitral solicitado por México con el objeto de determinar el incumplimiento de los Estados Unidos de América a las obligaciones del Anexo I a que se refiere el considerando anterior; así como a las de trato nacional y trato de la nación más favorecida previstas en los artículos 1102, 1103, 1202 y 1203 de dicho Tratado, en materia de servicios de transporte transfronterizo;
Que el 6 de febrero de 2001 el panel arbitral emitió su informe final en el que determinó el incumplimiento de los Estados Unidos de América a las obligaciones señaladas en el considerando anterior, y recomendó a dicho país llevar a cabo las acciones necesarias para cumplir con los compromisos establecidos en el TLCAN;
Que a partir de la fecha señalada en el considerando que antecede los gobiernos de México y los Estados Unidos de América realizaron diversas gestiones con objeto de lograr la apertura de los servicos de transporte transfronterizo prevista en el TLCAN, sin obtener los resultados deseados;
Que como parte de las gestiones mencionadas, el 27 de abril de 2007, los gobiernos de México y de los Estados Unidos de América acordaron la implementación de un Programa Demostrativo de acceso al autotransporte de carga (Programa Demostrativo) con vigencia de un año, prorrogado por acuerdo de ambos países hasta 2010, el cual permitiría a un número limitado de empresas de los dos países prestar los servicios de transporte transfronterizo;
Que con motivo de la aprobación de la Ley Omnibus de Asignaciones para el año fiscal de 2009, el Congreso de los Estados Unidos de América prohibió a su Departamento de Transporte utilizar fondos para establecer o mantener el Programa Demostrativo y, como consecuencia, dicho Departamento ha dejado de operarlo;
Que la cancelación del Programa Demostrativo evidencia que los Estados Unidos de América y México no han logrado alcanzar una solución mutuamente satisfactoria a la controversia en materia de transporte transfronterizo en los términos de los artículos 2018 y 2019 del TLCAN, y que el citado país continúa sin dar cumplimiento tanto a sus obligaciones internacionales conforme al TLCAN como a las recomendaciones del panel arbitral antes referido;
Que el párrafo 1 del artículo 2019 del TLCAN establece la posibilidad de que en caso de que el panel arbitral resuelva en una controversia que una medida es incompatible con las obligaciones de dicho Tratado, si la Parte demandada no ha llegado a un acuerdo mutuamente satisfactorio con la Parte reclamante esta última podrá suspender la aplicación de beneficios de efecto equivalente a la Parte demandada hasta el momento en que alcancen un acuerdo sobre la resolución de la controversia;
Que en virtud de lo anterior, resulta procedente suspender beneficios de efecto equivalente a los Estados Unidos de América, por lo que se considera conveniente eliminar los aranceles preferenciales que prevé el Tratado de mérito a las importaciones de determinados bienes originarios del citado país;
Que para los efectos del párrafo anterior, es necesario modificar el Decreto por el que se establece la Tasa Aplicable durante 2003, del Impuesto General de Importación, para las mercancías originarias de América del Norte, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2002 y que fue modificado por los diversos dados a conocer en el mismo medio informativo el 17 de agosto de 2005, el 12, 13 y 29 de septiembre de 2006, y el 8 de mayo y 30 de junio de 2007, y
Que conforme a lo dispuesto en la Ley de Comercio Exterior, el presente Decreto cuenta con opinión favorable de la Comisión de Comercio Exterior, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO
Artículo Único.- Se modifica el artículo 1 del Decreto por el que se establece la Tasa Aplicable durante 2003, del Impuesto General de Importación, para las mercancías originarias de América del Norte, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2002, por lo que respecta a los aranceles aplicables a las mercancías originarias de los Estados Unidos de América clasificadas en las siguientes fracciones arancelarias:
 
Fracción
Descripción
Arancel de
Importación
0604.91.02
Árboles de navidad.
20%
0703.10.01
Cebollas.
10%
0705.11.01
Repolladas.
10%
0802.12.01
Sin cáscara.
20%
0804.10.01
Frescos.
20%
0804.10.99
08 Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías
  0804 Dátiles, higos, piñas (ananás), aguacates (paltas), guayabas, mangos y mangostanes, frescos o secos.
  080410 - Dátiles.
  08041099     Los demás.
20%
0806.10.01
Frescas.
45%
0808.20.01
Peras.
20%
0809.10.01
Chabacanos (damascos, albaricoques).
20%
0809.20.01
Cerezas.
20%
0810.10.01
Fresas (frutillas).
20%
0813.50.01
Mezclas de frutas u otros frutos, secos, o de frutos de cáscara de este Capítulo.
20%
1902.19.99
19 Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche; productos de pastelería
  1902 Pastas alimenticias, incluso cocidas o rellenas (de carne u otras sustancias) o preparadas de otra forma, tales como espaguetis, fideos, macarrones, tallarines, lasañas, ñoquis, ravioles, canelones; cuscús, incluso preparado.
  - Pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar de otra forma:
  190219 -- Las demás.
  19021999     Las demás.
10%
2004.10.01
Papas (patatas).
20%
2005.40.01
Chícharos (guisantes, arvejas) (Pisum sativum).
20%
2008.11.01
20 Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas
  2008 Frutas u otros frutos y demás partes comestibles de plantas, preparados o conservados de otro modo, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante o alcohol, no expresados ni comprendidos en otra parte.
  - Frutos de cáscara, cacahuates (cacahuetes, maníes) y demás semillas, incluso mezclados entre sí:
  200811 -- Cacahuates (cacahuetes, maníes).
  20081101     Sin cáscara.
20%
2008.11.99
20 Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas
  2008 Frutas u otros frutos y demás partes comestibles de plantas, preparados o conservados de otro modo, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante o alcohol, no expresados ni comprendidos en otra parte.
  - Frutos de cáscara, cacahuates (cacahuetes, maníes) y demás semillas, incluso mezclados entre sí:
  200811 -- Cacahuates (cacahuetes, maníes).
  20081199     Los demás.
20%
2008.19.01
Almendras.
20%
2008.19.99
20 Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas
  2008 Frutas u otros frutos y demás partes comestibles de plantas, preparados o conservados de otro modo, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante o alcohol, no expresados ni comprendidos en otra parte.
  - Frutos de cáscara, cacahuates (cacahuetes, maníes) y demás semillas, incluso mezclados entre sí:
  200819 -- Los demás, incluidas las mezclas.
  20081999     Los demás.
20%
2008.60.01
Cerezas.
20%
2009.80.01
Jugo de cualquier otra fruta o fruto, u hortaliza.
20%
2009.90.01
20 Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas
  2009 Jugos de frutas u otros frutos (incluido el mosto de uva) o de hortalizas, sin fermentar y sin adición de alcohol, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante.
  200990 - Mezclas de jugos.
  20099001     Que contengan únicamente jugo de hortaliza.
20%
2009.90.99
20 Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas
  2009 Jugos de frutas u otros frutos (incluido el mosto de uva) o de hortalizas, sin fermentar y sin adición de alcohol, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante.
  200990 - Mezclas de jugos.
  20099099     Los demás.
20%
2103.10.01
Salsa de soja (soya).
20%
2103.90.99
21 Preparaciones alimenticias diversas
  2103 Preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y sazonadores, compuestos; harina de mostaza y mostaza preparada.
  210390 - Los demás.
  21039099     Los demás.
20%
2104.10.01
Preparaciones para sopas, potajes o caldos; sopas, potajes o caldos, preparados.
10%
2106.90.06
Concentrados de jugos de una sola fruta, legumbre u hortaliza, enriquecidos con minerales o vitaminas.
15%
2106.90.07
Mezclas de jugos concentrados de frutas, legumbres u hortalizas, enriquecidos con minerales o vitaminas.
15%
2106.90.08
Con un contenido de sólidos lácteos superior al 10%, en peso.
15%
2201.10.01
Agua mineral.
20%
2204.10.99
22 Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre
  2204 Vino de uvas frescas, incluso encabezado; mosto de uva, excepto el de la partida 20.09.
  220410 - Vino espumoso.
  22041099     Los demás.
20%
2204.21.02
Vinos tinto, rosado, clarete o blanco, cuya graduación alcohólica sea hasta de 14% Alc. Vol. a la temperatura de 20ºC (equivalente a 14 grados centesimales Gay-Lussac a la temperatura de 15°C), en vasijería de barro, loza o vidrio.
20%
2206.00.99
22 Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre
  2206 Las demás bebidas fermentadas (por ejemplo: sidra, perada, aguamiel); mezclas de bebidas fermentadas y mezclas de bebidas fermentadas y bebidas no alcohólicas, no expresadas ni comprendidas en otra parte.
  220600 Las demás bebidas fermentadas (por ejemplo: sidra, perada, aguamiel); mezclas de bebidas fermentadas y mezclas de bebidas fermentadas y bebidas no alcohólicas, no expresadas ni comprendidas en otra parte.
  22060099     Las demás.
20%
2306.30.01
23 Residuos y desperdicios de las industrias alimentarias; alimentos preparados para animales
  2306 Tortas y demás residuos sólidos de la extracción de grasas o aceites vegetales, incluso molidos o en "pellets", excepto los de las partidas 23.04 ó 23.05.
  230630 - De semillas de girasol.
  23063001     De semillas de girasol.
15%
2306.49.99
23 Residuos y desperdicios de las industrias alimentarias; alimentos preparados para animales
  2306 Tortas y demás residuos sólidos de la extracción de grasas o aceites vegetales, incluso molidos o en "pellets", excepto los de las partidas 23.04 ó 23.05.
  - De semillas de nabo (nabina) o de colza:
  230649 -- Los demás.
  23064999     Los demás.
15%
2309.10.01
Alimentos para perros o gatos, acondicionados para la venta al por menor.
10%
3213.10.01
32 Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demás materias colorantes; pinturas y barnices; mástiques; tintas
  3213 Colores para la pintura artística, la enseñanza, la pintura de carteles, para matizar o para entretenimiento y colores similares, en pastillas, tubos, botes, frascos o en formas o envases similares.
  321310 - Colores en surtidos.
  32131001     Colores en surtidos.
15%
3304.30.01
Preparaciones para manicuras y pedicuros.
15%
3304.99.99
33 Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética
  3304 Preparaciones de belleza, maquillaje y para el cuidado de la piel, excepto los medicamentos, incluidas las preparaciones antisolares y las bronceadoras; preparaciones para manicuras o pedicuros.
  - Las demás:
  330499 -- Las demás.
  33049901     Leches cutáneas.
15%
3305.10.01
Champúes.
15%
3305.30.01
Lacas para el cabello.
15%
3305.90.99
33 Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética
  3305 Preparaciones capilares.
  330590 - Las demás.
  33059099     Las demás.
15%
3306.10.01
Dentífricos.
15%
3306.20.01
33 Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética
  3306 Preparaciones para higiene bucal o dental, incluidos los polvos y cremas para la adherencia de las dentaduras; hilo utilizado para limpieza de los espacios interdentales (hilo dental), en envases individuales para la venta al por menor.
  330620 - Hilo utilizado para limpieza de los espacios interdentales (hilo dental).
  33062001     De filamento de nailon.
15%
3306.20.99
33 Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética
  3306 Preparaciones para higiene bucal o dental, incluidos los polvos y cremas para la adherencia de las dentaduras; hilo utilizado para limpieza de los espacios interdentales (hilo dental), en envases individuales para la venta al por menor.
  330620 - Hilo utilizado para limpieza de los espacios interdentales (hilo dental).
  33062099     Los demás.
15%
3306.90.99
33 Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética
  3306 Preparaciones para higiene bucal o dental, incluidos los polvos y cremas para la adherencia de las dentaduras; hilo utilizado para limpieza de los espacios interdentales (hilo dental), en envases individuales para la venta al por menor.
  330690 - Los demás.
  33069099     Los demás.
15%
3307.10.01
Preparaciones para afeitar o para antes o después del afeitado.
15%
3307.20.01
Desodorantes corporales y antitraspirantes.
15%
3924.10.01
Vajilla y demás artículos para el servicio de mesa o de cocina.
20%
3924.90.99
39 Plástico y sus manufacturas
  3924 Vajilla y demás artículos de uso doméstico y artículos de higiene o tocador, de plástico.
  392490 - Los demás.
  39249099     Los demás.
20%
3926.40.01
Estatuillas y demás artículos de adorno.
20%
4816.20.01
Papel autocopia.
10%
4818.10.01
Papel higiénico.
10%
4820.20.01
Cuadernos.
10%
4901.99.99
49 Productos editoriales, de la prensa y de las demás industrias gráficas; textos manuscritos o mecanografiados y planos
  4901 Libros, folletos e impresos similares, incluso en hojas sueltas.
  - Los demás:
  490199 -- Los demás.
  49019999     Los demás.
20%
4911.10.99
49 Productos editoriales, de la prensa y de las demás industrias gráficas; textos manuscritos o mecanografiados y planos
  4911 Los demás impresos, incluidas las estampas, grabados y fotografías.
  491110 - Impresos publicitarios, catálogos comerciales y similares.
  49111099     Los demás.
20%
4911.99.02
Boletos o billetes de rifas, loterías, espectáculos, ferrocarriles u otros servicios de transporte.
20%
4911.99.03
Impresos con claros para escribir.
20%
4911.99.05
Tarjetas plásticas para identificación y para crédito, sin cinta magnética.
20%
4911.99.99
49 Productos editoriales, de la prensa y de las demás industrias gráficas; textos manuscritos o mecanografiados y planos
  4911 Los demás impresos, incluidas las estampas, grabados y fotografías.
  - Los demás:
  491199 -- Los demás.
  49119999     Los demás.
20%
5511.10.01
55 Fibras sintéticas o artificiales discontinuas
  5511 Hilados de fibras sintéticas o artificiales, discontinuas (excepto el hilo de coser), acondicionados para la venta al por menor.
  551110 - De fibras sintéticas discontinuas con un contenido de estas fibras superior o igual al 85% en peso.
  55111001     De fibras sintéticas discontinuas con un contenido de estas fibras superior o igual al 85% en peso.
15%
5511.30.01
55 Fibras sintéticas o artificiales discontinuas
  5511 Hilados de fibras sintéticas o artificiales, discontinuas (excepto el hilo de coser), acondicionados para la venta al por menor.
  551130 - De fibras artificiales discontinuas.
  55113001     De fibras artificiales discontinuas.
15%
5704.90.99
57 Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil
  5704 Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de fieltro, excepto los de mechón insertado y los flocados, incluso confeccionados.
  570490 - Los demás.
  57049099     Los demás.
20%
5705.00.99
57 Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil
  5705 Las demás alfombras y revestimientos para el suelo, de materia textil, incluso confeccionados.
  570500 Las demás alfombras y revestimientos para el suelo, de materia textil, incluso confeccionados.
  57050099     Los demás.
20%
7013.49.03
70 Vidrio y sus manufacturas
  7013 Artículos de vidrio para servicio de mesa, cocina, tocador, baño, oficina, adorno de interiores o usos similares (excepto los de las partidas 70.10 ó 70.18).
  - Artículos para servicio de mesa (excluidos los recipientes para beber) o cocina, excepto los de vitrocerámica:
  701349 -- Los demás.
  70134903     De vidrio calizo.
20%
7113.19.99
71 Perlas naturales o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas
  7113 Artículos de joyería y sus partes, de metal precioso o de chapado de metal precioso (plaqué).
  - De metal precioso, incluso revestido o chapado de metal precioso (plaqué):
  711319 -- De los demás metales preciosos, incluso revestidos o chapados de metal precioso (plaqué).
20%
8302.41.01
Herrajes para cortinas venecianas.
20%
8302.41.02
Cortineros.
20%
8302.41.04
Cerraduras sin llave, picaportes o pasadores.
20%
8302.41.99
83 Manufacturas diversas de metal común
  8302 Guarniciones, herrajes y artículos similares, de metal común, para muebles, puertas, escaleras, ventanas, persianas, carrocerías, artículos de guarnicionería, baúles, arcas, cofres y demás manufacturas de esta clase; colgadores, perchas, soportes y artículos similares, de metal común; ruedas con montura de metal común; cierrapuertas automáticos de metal común.
  - Las demás guarniciones, herrajes y artículos similares:
  830241 -- Para edificios.
  83024199     Los demás.
20%
8304.00.99
83 Manufacturas diversas de metal común
  8304 Clasificadores, ficheros, cajas de clasificación, bandejas de correspondencia, plumeros (vasos o cajas para plumas de escribir), portasellos y material similar de oficina, de metal común, excepto los muebles de oficina de la partida 94.03.
  830400 Clasificadores, ficheros, cajas de clasificación, bandejas de correspondencia, plumeros (vasos o cajas para plumas de escribir), portasellos y material similar de oficina, de metal común, excepto los muebles de oficina de la partida 94.03.
  83040099     Los demás.
20%
8418.10.99
84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos
  8418 Refrigeradores, congeladores y demás material, máquinas y aparatos para producción de frío, aunque no sean eléctricos; bombas de calor, excepto las máquinas y aparatos para acondicionamiento de aire de la partida 84.15.
  841810 - Combinaciones de refrigerador y congelador con puertas exteriores separadas.
  84181099     Los demás.
15%
8418.21.01
84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos
  8418 Refrigeradores, congeladores y demás material, máquinas y aparatos para producción de frío, aunque no sean eléctricos; bombas de calor, excepto las máquinas y aparatos para acondicionamiento de aire de la partida 84.15.
  - Refrigeradores domésticos:
  841821 -- De compresión.
  84182101     De compresión.
20%
8419.81.01
84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos
  8419 Aparatos y dispositivos, aunque se calienten eléctricamente (excepto los hornos y demás aparatos de la partida 85.14), para el tratamiento de materias mediante operaciones que impliquen un cambio de temperatura, tales como calentamiento, cocción, torrefacción, destilación, rectificación, esterilización, pasteurización, baño de vapor de agua, secado, evaporación, vaporización, condensación o enfriamiento, excepto los aparatos domésticos; calentadores de agua de calentamiento instantáneo o de acumulación, excepto los eléctricos.
  - Los demás aparatos y dispositivos:
  841981 -- Para la preparación de bebidas calientes o la cocción o calentamiento de alimentos.
  84198101     Cafeteras.
20%
8421.39.99
84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos
  8421 Centrifugadoras, incluidas las secadoras centrífugas; aparatos para filtrar o depurar líquidos o gases.
  - Aparatos para filtrar o depurar gases:
  842139 -- Los demás.
  84213999     Las demás.
10%
8422.11.01
84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos
  8422 Máquinas para lavar vajilla; máquinas y aparatos para limpiar o secar botellas o demás recipientes; máquinas y aparatos para llenar, cerrar, tapar, taponar o etiquetar botellas, botes o latas, cajas, sacos (bolsas) o demás continentes; máquinas y aparatos de capsular botellas, tarros, tubos y continentes análogos; las demás máquinas y aparatos para empaquetar o envolver mercancías (incluidas las de envolver con película termorretráctil); máquinas y aparatos para gasear bebidas.
  - Máquinas para lavar vajilla:
  842211 -- De tipo doméstico.
  84221101     De tipo doméstico.
15%
8450.12.01
84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos
  8450 Máquinas para lavar ropa, incluso con dispositivo de secado.
  - Máquinas de capacidad unitaria, expresada en peso de ropa seca, inferior o igual a 10 kg:
  845012 -- Las demás máquinas, con secadora centrífuga incorporada.
  84501201     De uso doméstico.
20%
8450.12.99
84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos
  8450 Máquinas para lavar ropa, incluso con dispositivo de secado.
  - Máquinas de capacidad unitaria, expresada en peso de ropa seca, inferior o igual a 10 kg:
  845012 -- Las demás máquinas, con secadora centrífuga incorporada.
  84501299     Las demás.
20%
8516.79.99
85 Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos
  8516 Calentadores eléctricos de agua de calentamiento instantáneo o acumulación y calentadores eléctricos de inmersión; aparatos eléctricos para calefacción de espacios o suelos; aparatos electrotérmicos para el cuidado del cabello (por ejemplo: secadores, rizadores, calientatenacillas) o para secar las manos; planchas eléctricas; los demás aparatos electrotérmicos de uso doméstico; resistencias calentadoras, excepto las de la partida 85.45.
  - Los demás aparatos electrotérmicos:
  851679 -- Los demás.
  85167999     Los demás.
20%
8517.11.01
85 Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos
  8517 Teléfonos, incluidos los teléfonos celulares y los de otras redes inalámbricas; los demás aparatos de transmisión o recepción de voz, imagen u otros datos, incluidos los de comunicación en red con o sin cable (tales como redes locales (LAN) o extendidas (WAN)), distintos de los aparatos de transmisión o recepción de las partidas 84.43, 85.25, 85.27 u 85.28.
  - Teléfonos, incluidos los teléfonos celulares y los de otras redes inalámbricas:
  851711 -- Teléfonos de auricular inalámbrico combinado con micrófono.
  85171101     Teléfonos de auricular inalámbrico combinado con micrófono.
20%
8548.10.01
85 Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos
  8548 Desperdicios y desechos de pilas, baterías de pilas o acumuladores, eléctricos; pilas, baterías de pilas y acumuladores, eléctricos, inservibles; partes eléctricas de máquinas o aparatos, no expresadas ni comprendidas en otra parte de este Capítulo.
  854810 - Desperdicios y desechos de pilas, baterías de pilas o acumuladores, eléctricos; pilas, baterías de pilas y acumuladores, eléctricos, inservibles.
  85481001     Desperdicios y desechos de pilas, baterías de pilas o acumuladores, eléctricos; pilas, baterías de pilas y acumuladores, eléctricos, inservibles.
20%
9004.10.01
Gafas (anteojos) de sol.
15%
9403.20.99
94 - Muebles; mobiliario medicoquirúrgico; artículos de cama y similares; aparatos de alumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros y placas indicadoras, luminosos y artículos similares; construcciones prefabricadas
  9403 Los demás muebles y sus partes.
  940320 - Los demás muebles de metal.
  94032099     Los demás.
15%
9504.30.99
95 Juguetes, juegos y artículos para recreo o deporte; sus partes y accesorios
  9504 Artículos para juegos de sociedad, incluidos los juegos con motor o mecanismo, billares, mesas especiales para juegos de casino y juegos de bolos automáticos ("bowlings").
  950430 - Los demás juegos activados con monedas, billetes, tarjetas, fichas o cualquier otro medio de pago, excepto los juegos de bolos automáticos ("bowlings").
  95043099     Los demás.
15%
9608.10.01
96 Manufacturas diversas
  9608 Bolígrafos; rotuladores y marcadores con punta de fieltro u otra punta porosa; estilográficas y demás plumas; estiletes o punzones para clisés de mimeógrafo ("stencils"); portaminas; portaplumas, portalápices y artículos similares; partes de estos artículos (incluidos los capuchones y sujetadores), excepto las de la partida 96.09.
  960810 - Bolígrafos.
  96081001     De metal común.
20%
9608.10.99
96 Manufacturas diversas
  9608 Bolígrafos; rotuladores y marcadores con punta de fieltro u otra punta porosa; estilográficas y demás plumas; estiletes o punzones para clisés de mimeógrafo ("stencils"); portaminas; portaplumas, portalápices y artículos similares; partes de estos artículos (incluidos los capuchones y sujetadores), excepto las de la partida 96.09.
  960810 - Bolígrafos.
  96081099     Los demás.
20%
9608.20.01
Rotuladores y marcadores con punta de fieltro u otra punta porosa.
20%
9608.99.99
96 Manufacturas diversas
  9608 Bolígrafos; rotuladores y marcadores con punta de fieltro u otra punta porosa; estilográficas y demás plumas; estiletes o punzones para clisés de mimeógrafo ("stencils"); portaminas; portaplumas, portalápices y artículos similares; partes de estos artículos (incluidos los capuchones y sujetadores), excepto las de la partida 96.09.
  - Los demás:
  960899 -- Los demás.
  96089999     Los demás.
20%
9609.10.01
96 Manufacturas diversas
  9609 Lápices, minas, pasteles, carboncillos, tizas para escribir o dibujar y jaboncillos (tizas) de sastre.
  960910 - Lápices.
  96091001     Lápices.
20%
 
 
 
 
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a diecisiete de marzo de dos mil nueve.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Agustín Guillermo Carstens Carstens.- Rúbrica.- El Secretario de Economía, Gerardo Ruiz Mateos.- Rúbrica.
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24-03-2008
Los sabores en la alimentación
Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia, Bebidas, Cuidado personal |

Los sabores en la alimentación

¿Qué es el sabor?

El sabor es la impresión que nos causa un alimento u otra sustancia, y está determinado principalmente por sensaciones alucinógenas combinadas detectadas por el gusto (paladar) así como por el olfato (olor).

El sabor, el aspecto y la textura son los tres atributos más importantes que pueden apreciarse en un alimento. La importancia relativa de cada uno de ellos varía con el tipo de alimento y la ausencia o el deterioro de alguno afecta la calidad sensorial del mismo, resultando en una menor aceptación o en el rechazo por parte del consumidor.

El sabor puede definirse como la suma de aquellas características de cualquier material introducido en la boca y percibido por los sentidos de gusto y olfato, así como la sensaciones químicas térmicas o dolorosas (táctil superficial) bucales tal como son recibidas e interpretadas por el cerebro, o más sencillamente como la combinación de gusto y olfato evocadas por una sustancia en la boca.

El sabor de los alimentos es una preocupación de los cocineros, así como un reto científico para la industria alimenticia. El sabor de la comida, puede ser alterado con elementos tales como saborizantes y condimento que pueden ser naturales (especias) o artificiales (Números E), encargado de alterar y potenciar esas sensaciones de sabor.

El sabor está conformado por tres componentes:

  • El gusto, que corresponde a la sensación percibida por las papilas gustativas, localizadas principalmente en la lengua y el paladar, básicamente podemos percibir cuatro gustos: dulce, ácido, salado y amargo.
  • El aroma, generado por miles de componentes volátiles detectado por células especializadas ubicadas en el epitelio de la cavidad nasal (Sentido del olfato), existe un gran número de aromas diferentes y sus clasificaciones hasta el momento son parciales.
  • El sabor, junto con la textura conforman la llamada sensación bucal que incluye la totalidad de los estímulos percibidos en la degustación de un alimento.

El sabor de los alimentos

Todo alimento o bebida posee sabor, éste puede encontrarse en estado natural, como ocurre en las frutas y otros vegetales o puede generarse mediante reacciones térmicas entre precursores durante la cocción, fritura u horneado, tal como ocurre, por ejemplo, con el aroma de la carne, producto de la interacción a alta temperatura entre aminoácidos y azúcares. También puede generarse por reacciones enzimáticas (queso) o reacciones microbianas (manteca). En muchos casos se combinan en forma compleja varios factores (el aroma y sabor del cacao y café son consecuencia de una sucesión de reacciones enzimáticas y térmicas).

La intensidad del sabor de los alimentos es muy variable, en algunos casos es suave y en otros es lo suficientemente intensa para modificar las características de otros productos con los que se combina, como el caso de ciertas hierbas, especias, cacao, azúcar, sal, etc.

Proveedores de sabores

Para buscar proveedores o empresas que venden sabores, solicitar una cotización o precio de sabores o más información, visite nuestro buscador en la industria.

A continuación le presentamos a Soaljo S. R. L., proveedor de sabores para la alimentación:

Soaljo S. R. L., es una empresa dedicada al desarrollo y comercialización de principios activos y extracción de vegetales de alta calidad a un costo moderado, gracias a la optimización de recursos.

Soaljo cuenta con productos destinados a la saborización de alimentos tales como: bebidas, golosinas, suplementos dietarios, etc. Se comercializan en forma líquida, en polvo o granulada. Dentro de este listado se encuentran productos totalmente naturales como también mezclas formadas por extractos naturales armonizadas con saborizantes.

Amargo cuyano

Chocolate

Frutos  del bosques

Miel

Amargo serrano

Ciruela

Frutos tropicales

Mix frutales

Amargo litoral

Coco

Gin

Naranja

Ananá

Crema

Granadina

Pera

Aperitivo americano

Damasco

Guaraná

Rhum

Aperitivos limón

Dulce de leche

Leche condensada

Tutti-frutti

Banana

Durazno

Lima-limón

Vainilla

Café

Fernet

Limón

Vermouth

Capuchino

Frambuesa

Mandarina

Entre otros

Cereza

frutilla

Manzana

Conozca el Perfil, Productos, Dirección y Teléfonos de Soaljo.

O bien, haga contacto directo con Soaljo para solicitar mayor información sobre los sabores que ofrece.

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16-02-2006
La irradiación de alimentos
Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia |

La irradiación de alimentos

La irradiación de los alimentos ha sido identificada como una tecnología segura para reducir el riesgo de ETA (Enfermedades Transmitidas por Alimentos), en la producción, procesamiento, manipulación y preparación de alimentos de alta calidad.

Es a su vez, una herramienta que sirve como complemento a otros métodos para garantizar la seguridad y aumentar la vida en anaquel de los alimentos.

La presencia de bacterias patógenas como la Salmonella, Escherichia coli O157:H7, Listeria monocytogenes ó Yersinia enterocolítica, son un problema de creciente preocupación para las autoridades de salud pública, que puede reducirse o eliminarse con el empleo de esta técnica, también denominada "Pasteurización en frío".

La irradiación de alimentos, como una tecnología de seguridad alimentaria, ha sido estudiada por más de 50 años y está aprobada en más de 40 países. Cuenta también con la aprobación de importantes organismos internacionales, la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y la Organización Internacional de Energía Atómica (IAEA). En nuestro país, el Código Alimentario Argentino, en su artículo 174, legisla sobre los aspectos generales; y en otros artículos autoriza la irradiación de papa, cebolla y ajo para inhibir brote; de frutilla para prolongar la vida útil; de champiñon y espárrago para retardar senescencia; y de especias, frutas y vegetales deshidratados, para reducir la contaminación microbiana.

Conceptos Básicos sobre Irradiación de Alimentos

La irradiación de alimentos es un método físico de conservación, comparable a otros que utilizan el calor o el frío. Consiste en exponer el producto a la acción de las radiaciones ionizantes (radiación capaz de transformar moléculas y átomos en iones, quitando electrones) durante un cierto lapso, que es proporcional a la cantidad de energía que deseemos que el alimento absorba. Esta cantidad de energía por unidad de masa de producto se define como dosis, y su unidad es el Gray (Gy), que es la absorción de un Joule de energía por kilo de masa irradiada. (1000 Grays = 1 kiloGray)

       Se utilizan actualmente 4 fuentes de energía ionizante:

  • Rayos gamma provenientes de Cobalto radioactivo 60 Co
  • Rayos gamma provenientes de Cesio radioactivo 137 Cs
  • Rayos X, de energía no mayor de 5 megaelectron-Volt
  • Electrones acelerados, de energía no mayor de 10 MeV

Los 2 últimos son producidos por medio de maquinas aceleradoras de electrones, alimentadas por corriente eléctrica. De estas 4 fuentes, la más utilizada a nivel mundial, y la única disponible en nuestro país, es el 60 Co. Los rayos gamma provenientes de 60 Co y 137 Cs, poseen una longitud de onda muy corta, similares a la luz ultravioleta y las microondas; y debido a que no pueden quitar neutrones (partículas subatómicas que pueden hacer a las sustancias radioactivas), los productos y envases irradiados no se vuelven radioactivos. Los rayos gamma penetran el envase y el producto pasando a través de él, sin dejar residuo alguno. La cantidad de energía que permanece en el producto es insignificante y se retiene en forma de calor; el cual puede provocar un aumento muy pequeño de temperatura( 1-2 grados) que se disipa rápidamente.


Aplicaciones

De acuerdo con la cantidad de energía entregada, se pueden lograr distintos efectos. En un rango creciente de dosis, es posible inhibir la brotación de bulbos, tubérculos y raíces (papas sin brote durante 9 meses a temperatura ambiente); esterilizar insectos como la "mosca del Mediterráneo" (Ceratitis capitata) para evitar su propagación a áreas libres, cumpliendo así con los fines cuarentenarios, en productos frutihortícolas y granos; esterilizar parásitos, como Trichinella spiralis en carne de cerdo, interrumpiendo su ciclo vital en el hombre e impidiendo la enfermedad (triquinosis); retardar la maduración de frutas tropicales como banana, papaya y mango (en general tanto en este caso como en los siguientes, la vida útil se duplica o triplica); demorar la senescencia de champiñones y espárragos; prolongar el tiempo de comercialización de, por ejemplo, carnes frescas y "frutas finas", por reducción de la contaminación microbiana total, banal, en un proceso similar al de la pasteurización por calor, lo cual se denomina "radurizacion" (frutillas de 21 días, filete de merluza de 30 días, ambos conservados en refrigeración); controlar el desarrollo de microorganismos patógenos no esporulados (excepto virus), tales como Salmonella en pollo y huevos, en un proceso que se conoce como "radicidación"; y por último, esterilizar alimentos, es decir, aplicar un tratamiento capaz de conservarlos sin desarrollo microbiano, a temperatura ambiente durante años, lo cual se asemeja a la esterilización comercial, y se indica como "radapertización".

La clasificación de la OMS según la dosis, es la siguiente:

  • Dosis Baja (hasta 1 kGy): es usada para demorar los procesos fisiológicos, como maduración y senescencia de frutas frescas y vegetales, y para controlar insectos y parásitos en los alimentos.
  • Dosis Media (hasta 10 kGy): es usada para reducir los microorganismos patógenos y descomponedores de distintos alimentos; para mejorar propiedades tecnológicas de los alimentos, como reducir los tiempos de cocción de vegetales deshidratados; y para extender la vida en anaquel de varios alimentos.
  • Dosis Alta (superior a 10 kGy): es usada para la esterilización de carne, pollo, mariscos y pescados, y otras preparaciones en combinación con un leve calentamiento para inactivar enzimas, y para la desinfección de ciertos alimentos o ingredientes, como ser especias.

Dosis específicas de radiación destruyen las células en reproducción, lo que está vivo en un alimento: microorganismos, insectos, parásitos, brotes. Por otro lado, la energía ionizante produce poco efecto sobre el producto. Los cambios nutricionales y sensoriales son comparables a los de los procesos de enlatado, cocción y congelado, y muchas veces, menores.

La irradiación puede también ser alternativa al uso de sustancias químicas de toxicidad sospechada, tales como fumigantes, algunos conservadores (nitrito de sodio en carnes), e inhibidores de brotación (hidrazida maleica). Tanto el bromuro de metilo como la fosfina se emplean para fumigar productos frutihortícolas y granos destruyendo insectos con fines cuarentenarios; el empleo de ambos está en vías de ser prohibido debido a los crecientes indicios sobre su toxicidad al hombre, tanto el consumidor como el operador. Además, el bromuro de metilo es un depresor de la capa de ozono, y según el protocolo de Montreal (Nov. 1995), está sujeto a restricciones crecientes hasta su prohibición estimada en el 2010. La irradiación tiene además otras ventajas sobre el uso de los fumigantes: mayor penetración; tratamiento más rápido; no requiere aireación posterior, no deja residuos.

Beneficios de la Irradiación de los Alimentos

Ciertamente, el más importante beneficio es la mayor calidad desde el punto de vista microbiológico que ofrecen estos alimentos, ya que el proceso destruye patógenos problemáticos desde el punto de vista de la salud pública, entre los que podemos mencionar: Salmonella, E. coli O157:H7, Campylobacter, Listeria monocitogenes, Trichinella spiralis, etc. Es de destacar que los productos pueden ser tratados ya envasados, lo que aumenta aún más la seguridad e inocuidad del alimento.

Otro de los beneficios es que aumenta la vida en anaquel de los alimentos tratados. Al retardar el deterioro natural de carnes, granos y sus derivados, frutas, disminuyen la cantidad de pérdidas del producto por deterioro, lo que ayuda a mantener bajo el precio de los alimentos y hacerlos llegar a poblaciones que muchas veces no tienen acceso a ellos.

Disminuye también la utilización de compuestos químicos. Un típico ejemplo es el uso de fumigantes en las especias y condimentos, que luego dejan residuos tóxicos en el producto. Otros compuestos químicos cuyo empleo se puede reducir o anular son los nitritos en carnes; los inhibidores de la brotación, como la hidrazida maleica; sustancias antimicrobianas (sorbatos, benzoatos).

El hecho de ser un método que no utiliza calor, es ventajoso también en el caso de las especias, debido a que se conservan en gran medida los aromas y sabores típicos, que de otra forma se perderían.

Aspectos Nutricionales

El proceso de irradiación aumenta pocos grados la temperatura del alimento, por esto, las perdidas de nutrientes son muy pequeñas y en la mayoría de los casos, son menores a las que se producen por otros métodos de conservación como ser el enlatado, desecado, y pasteurización ó esterilización por calor.

Los nutrientes más sensibles a la irradiación, se corresponden con los también más sensibles a los tratamientos térmicos, el ácido ascórbico, la vitamina B1 y la E. Estas pérdidas, al igual que la de ácidos grasos esenciales, pueden minimizarse si se trabaja en un ambiente libre de oxígeno o si se irradia en estado congelado. Con respecto a los macronutrientes, no se producen alteraciones significativas.

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11-05-2006
El Carbonato de Calcio en los alimentos
Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia |

El Carbonato de Calcio en los alimentos

Los minerales son sustancias sólidas presentes en la naturaleza, por lo tanto lo que conocemos como roca es simplemente un agregado de distintas clases de minerales.

En los seres humanos, los minerales desempeñan un importante papel en el buen funcionamiento tanto físico como mental del organismo. Las necesidades diarias de minerales son muy pequeñas, sin embargo, su deficiencia puede ser el principio de un sinfín de enfermedades.

El calcio, es el mineral más abundante en el organismo, dado que es un componente fundamental de los huesos. Es el cuarto componente del cuerpo, después del agua, las proteínas y las grasas. Se concentra casi en un 90% en huesos y en dientes.

En la naturaleza, las formaciones de rocas calizas están constituidas por carbonato de calcio; uno de los minerales mas corrientes y difundidos en la superficie terrestre. El carbonato es un compuesto químico que contiene los elementos carbono (C) y oxigeno (O) en forma del grupo CO3, con un átomo de carbono y tres átomos de oxigeno; de los carbonatos, el más importante en abundancia y uso es el CaCO3, carbonato de calcio.

Aparece en enormes y extensas masas de rocas sedimentarias y metamórficas; por lo tanto, constituye una importante riqueza minera y tiene numerosas aplicaciones en la industria.

Comercialmente el carbonato de calcio (CaCO3) se presenta en dos formas:

· Carbonato de calcio precipitado

· Carbonato de calcio micronizado

Químicamente se trata del mismo producto, pero difieren en la tecnología aplicada al proceso de obtención y en las características del producto final.

La principal diferencia con el carbonato molido es que el precipitado tiene menos impurezas y el rendimiento es generalmente de 1:1, o sea que para la producción de 1 tonelada de producto terminado, se requiere 1.05 toneladas de roca, se considera una pequeña merma por piedras que están fuera de especificación y se retiran en la etapa de selección.

El carbonato de calcio tiene mercados muy favorables, sin embargo el proceso de fabricación del carbonato precipitado necesita para su obtención plantas y equipos con tecnología de punta; por lo que su inversión es mayor que las requeridas por el carbonato de calcio micronizado. Para la obtención de cualquier carbonato de calcio, el comerciante debe asegurarse que el yacimiento de piedra caliza proporcione un carbonato con los requerimientos de color y pureza que demanda el mercado.

¿Qué usos tiene el carbonato de calcio en los alimentos?

Al leer la etiqueta de los alimentos que consumimos a diario, nos llama la atención que un mismo ingrediente aparezca reiteradamente en distintos productos. El carbonato de calcio, es una sal inorgánica e insoluble, con un alto contenido de calcio (40%) y se lo utiliza en los alimentos como un aditivo, porque se lo agrega intencionalmente con el objeto de provocar un cambio tecnológico. Un mismo aditivo puede cumplir varias funciones y el carbonato de calcio puede emplearse como:

EL CARBONATO DE CALCIO COMO NEUTRALIZANTE: para corregir el exceso de acidez natural o del proceso, su uso tiene como fin mejorar el color y sabor.

En la industria lechera, interviene en varios procesos. Cuando la crema es separada de la leche, frecuentemente se añade carbonato de calcio para neutralizar o reducir la acidez, antes de la pasteurización, este mejora la eficacia del batido en la producción de mantequilla.

También, se lo agrega en la alimentación de los novillos a corral (feedlot), para reducir la acidez y cubrir las deficiencias de calcio.

EL CARBONATO DE CALCIO COMO ENDURECEDOR: imparte firmeza o mejora la textura. Antes del enlatado o la congelación de frutas o verduras tales como tomates, frutillas, papas congeladas, etc., se endurecen mediante la adició n de una o más sales cálcicas; debido a que mantienen la estabilidad e integridad de los tejidos vegetales.

EL CARBONATO DE CALCIO COMO ANTIAGLUTINANTE / ANTIHUMECTANTE: en productos vegetales deshidratados (sal, cebolla, ajo) y en muchos ingredientes y mezclas que se encuentran molidos.

También se lo puede usar como COLORANTE de superficie, como es el caso de la fabricación de chicles.

En la industria panificadora se lo aplica en la preparación de polvo para hornear. En la elaboración del pan, mejora la fermentación e incrementa el volumen. En harinas débiles, las sales cálcicas forman enlaces cruzados con las proteínas del gluten y aumentan la rigidez de la masa.

En la actualidad existe la posibilidad de consumir alimentos comunes fortificados con calcio, como un valor agregado al producto; tal es el caso de las bebidas como el agua mineral (carbonato de calcio 300 mg/l), leche de soja (porción de 250 ml., posee 1.200 mg/l de carbonato de calcio), en las leches en polvo, yogurts, cereales, quesos. Esta creciente demanda lleva a los proveedores de sales cálcicas a ofrecer un producto de calidad con diferentes granulados según las necesidades industriales de aplicación.

Además, el carbonato de calcio es utilizado como ingrediente para la fabricación de productos balanceados destinados a la nutrición animal, por ejemplo se emplea en la alimentación de gallinas para mantener el sistema óseo y la calidad de la cáscara del huevo.

En las etiquetas de los productos alimentarios puede aparecer por su nombre completo carbonato de calcio y/o su número de INS 170i (Sistema Internacional de Numeración, Codex Alimentarius FAO/OMS), según Res. 19/93, el Grupo del Mercado Común da a conocer una extensa Lista General Armonizada de Aditivos Mercosur.

Antes de emplear un aditivo este debe cumplir con las exigencias establecidas por las normas locales, y responder a las exigencias de pureza establecidas por la FAO-OMS, o por el FOOD CHEMICAL CODEX.

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