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MATERNA *

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    05-Abril-2006
    Mala absorción de lactosa, un problema común
      
         Industria: Alimenticia, Sector salud
         Tipo: Entrevistas
         Fuente:  La Crónica

    Un funcionario del Consejo Consultivo de Ciencias de la Presidencia de la República se enteró de que yo había trabajado durante una época en el problema de la mala absorción de lactosa y me sugirió que escribiera sobre el tema, lo que me pareció una buena idea.

    • La lactosa es el disacárido de la leche, que para absorberse en el intestino delgado tiene que ser digerido por una enzima, la lactasa, que la convierte en sus dos monosacáridos: glucosa y galactosa.

    • Los recién nacidos tienen una concentración adecuada de lactasa en el intestino, que les permite manejar con facilidad la lactosa presente en la leche materna, pero después del destete empieza a disminuir paulatinamente su concentración de manera que en el adulto, en casi todos los mamíferos incluyendo a nuestra especie, se tiene sólo alrededor del 10% de la concentración presente al nacimiento.

    • Por cierto que para este propósito, se es adulto a partir de los seis años y esto se llama deficiencia primaria de lactasa del tipo adulto (DPLTA), para distinguirla de: 1) una condición muy rara que es la deficiencia congénita de lactasa; y 2) la deficiencia secundaria de lactasa, consecutiva a diversos trastornos que afectan al intestino, incluyendo la desnutrición.

    • La población mundial se puede dividir en este respecto en dos grupos: 1) aquellos en que entre el 60% y el 100% de la población son mal absorbedores de lactosa; y 2) en los que sólo entre el 2% y el 30% lo son.

    • Los primeros son los más numerosos: en el medio oriente y zona mediterránea se incluyen árabes, griegos y judíos, además de los nacidos en el sur de Italia. La mayor parte de los grupos asiáticos tienen DPLTA con excepción de los habitantes de ciertas regiones de la India.

    • Se puede incluir a la mayor parte de los pueblos africanos y a los amerindios de todo el continente, incluyendo a México. En el segundo grupo se encuentran los moradores del norte de Europa y algunos grupos de africanos, que tienen en común con los anteriores el que se han dedicado al pastoreo por varios miles de años y desde entonces consumen leche.

    • La hipótesis es que, dado que la leche es un buen alimento, pudo haber actuado como agente selectivo a favor de quienes son capaces de consumir y aprovechar los lácteos, aumentando así su proporción de generación a generación.

    • Aceptando que la leche es un buen alimento, puede afirmarse también que no es necesario su consumo después del destete. De hecho, los únicos mamíferos que toman leche son los humanos y los animales domésticos como los gatos.

    • Se ha planteado el uso de leche en programas de reforzamiento nutricional, porque además de su valor alimenticio es fácil de usar y no demasiado cara, pero en esos casos deberá tomarse en cuenta que alrededor de 15% de los sujetos pueden experimentar síntomas de intolerancia gastrointestinal con la ingestión de un vaso de leche y deben tomarse medidas para evitarlo.

     

    29-Agosto-2005
    Fallecen 1,300 mexicanas al año por problemas de la maternidad
      
         Industria: Sector salud
         Tipo: Gobierno
         Fuente:  La Crónica

    En México anualmente fallecen 1,300 mujeres por causas relacionadas con la maternidad, mientras que, a nivel mundial, cada minuto muere una mujer por complicaciones durante el embarazo y parto, es decir alrededor de 1,400 cada día, reveló la diputada Angélica de la Peña.

    • Ante ello, la OMS recomienda la asistencia de personal competente en el parto, disponibilidad de servicios obstétricos de urgencias en caso de complicaciones y una red de consultorios que garantice el acceso a los servicios de urgencia cuando sea necesario.

    • Según el Informe de Avance 2005 de los Objetivos de Desarrollo del Milenio en México, publicado por el gobierno federal en abril de este año, 75% del total de este tipo de defunciones se concentraron en 12 de las 32 entidades federativas, principalmente en el centro y sureste del país, señaló.

    • La presidenta de la Comisión de Niñez, Adolescencia y Familias de la Cámara de Diputados sostuvo que las habitantes en municipios predominantemente indígenas tienen el doble de riesgo de morir por una causa materna que las que viven en municipios con menos de 40% de la población indígena.

    • La legisladora del PRD reconoció que en el ámbito de salud reproductiva, las parteras tradicionales desarrollan en el medio rural e indígena un papel significativo en la atención de las mujeres durante el embarazo, parto y puerperio.

    • La Ssa reporta la existencia de 22 mil parteras que atienden cada año a 370 mil mujeres que curan a las familias, aconsejan sobre planificación familiar en lugares donde ningún médico llega, pero destaca la atención que brindan en alumbramientos de alto riesgo y no se cuenta con los recursos suficientes. (Reportero: Francisco Resendíz)


    Otros actores:

    UNICEF

     

    11-Agosto-2005
    Muerte materna y desabasto, rezagos en salud: Frenk Mora
      
         Industria: Farmacéutica, Sector salud
         Tipo: Gobierno, Reportes de resultados y acciones
         Fuente:  Milenio Diario

    En el gobierno de Vicente Fox no se ha podido erradicar algunas problemáticas asociadas al sistema de salud, como es el caso de la muerte materna, que durante 2004 ocasionó el deceso de 850 mujeres por causas prevenibles y curables; así como el desabasto de medicamentos, que aún obliga a las familias aseguradas, incluso a las inscritas en el Seguro Popular, a realizar gastos excesivos para poder surtir las recetas.

    • La baja certificación de la calidad de los servicios que prestan los hospitales, la mala distribución de los médicos –la mayoría se concentra en el DF– y el incumplimiento de la norma en el manejo de aparatos de rayos X, son otros de los pendientes reportados en el Informe “Salud: México 2004”, presentado ayer por el secretario de Salud Julio Frenk Mora.

    • Según el documento oficial de rendición de cuentas, en la administración de Fox ha habido avances sustanciales en materia de salud, pero también persisten grandes pendientes. Uno de ellos tiene que ver con “las deficiencias técnicas” del sector salud para prestar servicios médicos a embarazadas, las cuales, según el informe, aún mueren por causas prevenibles en las zonas más pobres del país, como es el caso de Guerrero y Chiapas.

    • En el IMSS, por ejemplo, ocurrieron 182 decesos, pero sólo se detectaron 70. En la Ssa se certificaron 534, pero la base de egresos reportó 238.

    • Según Frenk Mora, en México el abasto de medicamentos es de 97% y 3% restante, que representa tres millones 600 mil recetas, debe surtir las recetas con sus propios ingresos. “La cifra todavía es muy alta”.

    • El gasto de medicamentos por institución está dividida de la siguiente manera: Pemex invierte 30% en la compra de fármacos y material curativo; el ISSSTE 24%; el IMSS sólo 15% (su presupuesto se destina en gastos de administración) y la Ssa sólo invierte 4.4 por ciento.

    • De acuerdo con el Sistema Nacional de Información en Salud existen 1,005 hospitales públicos, pero de ese total sólo 329 (32.7%) cuentan con certificación en la calidad de los servicios; ese porcentaje disminuye en el sector privado, donde hay registrados 2,822 hospitales, de los cuales 74, es decir, 2.6%, tiene dicha certificación.

    • Otra de las irregularidades reportadas en el Informe es que sólo 45 por ciento de los hospitales cuenta con autorización de la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Hospitalarios (Cofepris) para operar unidades de rayos X.

    • Los suicidios han aumentado aceleradamente en México, particularmente en las mujeres. Entre 1998 y 2003 creció a un ritmo de 4.9% anual, la cifra incluso es superior al crecimiento de la mortalidad de diabetes.

    • La pandemia de Sida, de acuerdo con el informe, causó en 2003 la muerte de 4,609 personas, de las cuales 42 eran niños menores de un año y 3,061 se ubicaban en edades de 25 a 44 años. La tasa más alta de mortalidad se observó en Veracruz y BC, y la más baja correspondió a Zacatecas. (Reportera: Blanca Valadez)

     

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    27-01-2006
    Normas para productos alimenticios INVMA (Colombia)
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia |

    El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos de la República de Colombia ha publicado una serie de normas relacionadas con productos alimenticios que pueden ser consultadas a continuación:

    NÚMERO TEMA PRINCIPAL
    Acuerdo  de 2003 Minagricultura y Desarrollo Rural  Acciones conjuntas para controlar la fabricación ilegal de la panela
    Circular DG-0100-196 de 2002 INVIMA Aplicación y cumplimiento de la Resolución 0402 de 2002. Pollo Marinado

    Decreto 2278 de 1982 Ministerio de Salud

    Reglamenta el sacrificio de animales de abasto público para consumo humano, procesamiento, transporte y comercialización de su carne.
    Decreto 2106 de 1983 Ministerio de Salud
    Se establecen las normas de identidad y pureza de los endulcolorantes utilizados en los productos alimenticios.
    Decreto 2162 de 1983 Ministerio de Salud Regula la producción, procesamiento, transporte y expendio de los productos cárnicos procesados.
    Decreto 2437 de 1983 Ministerio de Salud Regula la producción, procesamiento, transporte y comercialización de la leche.
    Decreto 561 de 1984 Ministerio de Salud Regula la captura, procesamiento, transporte y expendio de los productos de la pesca.
    Decreto 1601 de 1984 Ministerio de Salud y Mintransporte Reglamenta la sanidad portuaria y vigilancia epidemiológica en naves y vehículos terrestres.
    Decreto 1036 de 1991  Ministerio de Salud Subrogase el Capítulo 1 del Título 1 del Decreto No 2278 de agosto 2 de 1982
    Decreto 1397 de 1992 Ministerio de Salud Reglamenta la comercialización y publicidad de los alimentos de fórmula, para lactantes y complementarios de la leche materna.
    Decreto 2229 Ministerio de Salud de 1994

    Por la cual se dictan normas referentes a la composición, requisitos y comercialización de las Bebidas Hidratantes Energéticas para Deportistas.

    Decreto 547 de de 1996 Ministerio de Salud  Regula las condiciones sanitarias de producción, empaque y comercialización, al control de la sal para consumo humano.
    Decreto 1944 de 1996 Ministerio de Salud Reglamenta la fortificación de la harina de trigo y se establecen las condiciones de comercialización, rotulado, vigilancia y control.
    Decreto 2131 de 1997 Ministerio de Salud  Disposiciones sobre productos cárnicos procesados.
    Decreto 3075 de 1997 Ministerio de Salud Regula las actividades de fabricación, procesamiento, preparación, envase, almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de alimentos en el territorio nacional.
    Decreto  476 de 1998 Minsalud y Minagricultura Modifica algunos artículos del Decreto 2437/83 y deroga el Decreto 2473/86 sobre leches.
    Decreto 698 de 1998 Minsalud y Minagricultura Modifica los artículos 23 y 24 del decreto 547 de 1998 sobre la sal para consumo humano.
    Decreto 977 de 1998 Minsalud y Mindesarrollo Crea el Comité Nacional del CODEX alimentarios y se fijan sus funciones.
    Decreto 612 de 2000 Ministerio de Salud Reglamenta la expedición de registros sanitarios automáticos para alimentos, cosméticos y productos varios.
    Decreto 60 de 2002 Ministerio de Salud Por el cual se promueve la aplicación del sistema de análisis de peligros y puntos de control crítico HACCP en las fábricas de alimentos y se reglamenta el proceso de certificación.
    Decreto 1270 de 2002 Ministerio de Salud Adiciona literal al artículo 50 del Decreto 3075 de 1997.
    Decreto 1175 de 2003 Ministerio de la Protección Social Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 3075 de 1997, especialmente lo relativo al artículo 65 - expedición del certificado de inspección sanitaria para exportación
    Decreto 2350 de 2004 Ministerio de la Protección Social Por el cual se establecen medidas de salud pública para la prevención y vigilancia, de las enfermedades causadas por priones, prioritariamente de la variante de la enfermedad de Creutzfeldt-Jakob (vCJ)
    Decreto 3636 de 2005 Ministerio de la Protección Social Por el cual se reglamenta la fabricación, comercialización, envase, rotulado o etiquetado, régimen de registro sanitario, de control de calidad, de vigilancia sanitaria y control sanitario de los productos de uso específico y se dictan otras disposiciones.

    Decreto 4444 de 2005 Ministerio de la Protección Social

    Por el cual se reglamenta el régimen de permiso sanitario para la fabricación y venta de alimentos elaborados por microempresarios.
    Decreto 4764 de 2005 Ministerio de la Protección Social

    Por el cual se modifica el literal c) del artículo 41 del Decreto 3075 de 1997 “por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 9ª de 1979 y se dictan otras disposiciones”.

    Resolución 0448 de 1955 Ministerio de Salud Por el cual se deroga la Resolución No. 339 de mayo 12 de 1952 y se dictan nuevas disposiciones para la fabricación de Vinagre y Control Sanitario.
    Resolución 126 de 1964 Ministerio de Salud Regula la elaboración y control de grasas y aceites comestibles para consumo humano.
    Resolución 1287 de 1976  Ministerio de Salud Norma sobre grasas y aceites comestibles.
    Resolución 4135 de 1976 Ministerio de Salud Normas sobre alimentos procesados de base vegetal para uso infantil
    Resolución 6328 de 1984 Ministerio de Salud Por la cual se crea un comité provisional y un comité asesor para el estudio y aprobación de la publicidad o propaganda de los alimentos y bebidas alcohólicas.
    Resolución 11488 de 1984 Ministerio de Salud Norma con respecto al procesamiento, composición, requisitos y comercialización de los alimentos infantiles, de los alimentos o bebidas enriquecidos y de los alimentos o bebidas de uso dietético.
    Resolución 14712 de 1984 Ministerio de Salud Se reglamenta lo relacionado con producción, procesamiento, transporte, almacenamiento y comercialziación de vegetales como frutas y hortalizas elaboradas
    Resolución 15789 de 1984 Ministerio de Salud Se reglamenta las características organolépticas físico químicas y microbiológicas de las mermeladas y jaleas de frutas.
    Resolución 15790 de 1984 Ministerio de Salud Se reglamenta las características organolépticas físico químicas y microbiológicas de los derivados del tomate.
    Resolución 17855 de 1984 Ministerio de Salud Recomendaciones diarias de consumo de calorías y nutrientes.
    Resolución 10593 de 1985 Ministerio de Salud
    Lista de colorantes permitidos en la Industria alimentaria 
    Resolución 13402 de 1985 Ministerio de Salud Modifica la resolución 10593 de 1985.
    Resolución 16078 de 1985 Ministerio de Salud Reglamenta Laboratorios de control de calidad de alimentos.
    Resolución 17882 de 1985 Ministerio de Salud Regula los alimentos relacionados con la mayonesa, su elaboración, conservación y comercialización.
    Resolución 19021 de 1985 Ministerio de Salud Regula lo concerniente a la mostaza, su elaboración, conservación y comercialización.
    Resolución 19304 de 1985 Ministerio de Salud Elaboracion y control de grasas y aceites comestibles para el consumo humano
    Resolución 2310 de 1986 Ministerio de Salud Regula lo concerniente a procesamiento, composición, requisitos, transporte y comercialización de los derivados lácteos.
    Resolución 9553 de 1988 Ministerio de Salud Identificación a los empaques y envases de la sal para consumo humano.
    Resolución 1804 de 1989 Ministerio de Salud Por la cual se modifica la resolucion la Resolución 2310 de 1986.
    Resolución 11961 de 1989 Ministerio de Salud Modifica parcialmente la resolución número 2310 del 24 de febrero de 1986.
    Resolución 222 de 1990 Ministerio de Salud Por la cual se declaran aptos los equinos como animales de abasto público en el territorio nacional.
    Resolución 1618 de 1991 Ministerio de Salud Por la cual se modifica la Resolución 11488 de 1984 en en lo que se refiere al aspartame como endulcolorante artificial.
    Resolución 4124 de 1991 Ministerio de Salud Regula lo concerniente a los antioxidantes que se pueden utilizar en los alimentos.
    Resolución 4125 de 1991 Ministerio de Salud Regula lo referente a los conservantes que se pueden utilizar en alimentos.
    Resolución 4126 de 1991 Ministerio de Salud Regula lo relacionado a los acidulantes, alcalinizantes, reguladores de pH de la acidez utilizados en los alimentos.
    Resolución 4241 de 1991 Ministerio de Salud Por la cual se definen las característiscas de las especies o condimentos vegetales y se dictan normas sanitarias y de calidad de estos productos y de sus mezclas.
    Resolución 4393 de 1991 Ministerio de Salud Regula la fabricación, empaque y comercialización de pastas alimenticias.
    Resolución 7992 de 1991 Ministerio de Salud Por la cual se reglamenta parcialmente lo relacionado con la elaboración, conservación y comercialización de jugos, concentrados, néctares, pulpas, pulpas azucaradas y refrescos de frutas.
    Resolución 12186 de 1991 Ministerio de Salud Por la cual se fijan las condiciones para los procesos de obtención, envasado y comercialización de agua potable tratada, con destino al consumo humano.
    Resolución 5213 de 1992 Minsalud y Mincomex Por la cual se establece una delegación de los vistos buenos en los registros de importación a los productos alimenticios elaborados o procesados en el exterior.
    Resolución 604 de 1993 Ministerio de Salud Regula condiciones sanitarias de las ventas de alimento en la vía pública.
    Resolución 2284 de 1995 Ministerio de Salu d Establece las medidas sanitarias sobre producción, elaboración y comercialización de la panela.
    Resolución 580 de 1996 Ministerial de Salud Modifica la resolución 10593 de 1985 en el sentido de hacer obligatorio la declaración expresa de tartrazina.
    Resolución 02826 de 1996 Ministerio de Salud Por el Cual se Hace una adición al artículo 46 de la Resolución No. 2310 del 24 febrero de 1986 y el artículo 3 de la Resolución No. 1804 del 13 de febrero de 1989.
    Resolución 599 de 1998 INVIMA Por la cual se adopta el formulario único para solicitud, modificación y renovación del Registro Sanitario para los productos alimenticios y se establece la nomenclatura para la expedición de Registro Sanitario de los alimentos de fabricación nacional y de los importados.
    Resolución 730 de 1998 Ministerio de Salud Por la cual se adopta el Sistema de Análisis de Riesgos y Puntos Críticos de control HACCP en los productos pesqueros y acuícolas.
    Resolución 4547 1998 Ministerio de Salud Define los exámenes de laboratorio en alimentos y bebidas alcohólicas en salud pública, departamentales y distritales, los laboratorios clínicos y los laboratorios de citohistopatología.
    Resolución 2387 de 1999 Ministerio de Salud Por la cual se oficializa la norma técnica colombiana NTC 512-1 relacionada con el rotulado de alimentos.
    Resolución 260576 de 2000 INVIMA Mediante la cual se derogan las Resoluciones 238148/99 y 248903/99. Registros Sanitario de Panela
    Resolución 1893 de 2001 Ministerio de Salud Incentivos promocionales en alimentos.
    Resolución 402 de 2002 Ministerio de Salud Por la cual se establecen los requisitos para la comercialización de las aves beneficiadas enteras, despresadas y/o deshuesadas que se someten a la técnica de marinado.
    Resolución 1528 de  2002 Ministerio de Salud Prohibir BROMATO DE POTASIO para uso alimentario o en tratamiento de la cebada para Bebidas Alcohólicas
    Resolución 1987 de 2002 ICA Por la cual se modifica la Resolución 1746 del 23 de julio de 2002
    Resolución 2012 de 2002 ICA Por la cual se prorroga la suspensión de la expedición de Documentos Zoosanitarios para la Importación de bovinos, porcinos, demás especies susceptibles y sus productos de riesgo desde Ecuador
    Resolución 16563 de 2002 INVIMA Por la cual se establecen los requisitos sanitarios para la aprobación de las licencias y registros de importación del azúcar de caña o de remolacha azucarera en estado sólido.
    Resolución 2002001679 de 2002 INVIMA Establece requisitos para aprobación de Registros de Importación a la leche en polvo y derivados lácteos en polvo
    Resolución 2002007893 de 2002 INVIMA Se adoptan unos conceptos y recomendaciones de la Sala Especializada de Alimentos y Bebidas Alcohólicas
    Resolución 2002011308 de 2002 INVIMA Se adoptan unos conceptos y recomendaciones de la Sala Especializada de Alimentos y Bebidas Alcohólicas

    Resolución 0002546 de 2004 Ministerio de la Protección Social

    Por la cual se establece el reglamento técnico de emergencia a través del cual se señalan los requisitos sanitarios que se deben cumplir en la producción y comercialización de la panela para el consumo humano y se dictan otras disposiciones.
    Resolución 0002652 de 2004 Ministerio de la Pro tección Socia (Deroga a la Norma NTC 512-1 ) Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano.
    Resolución 003260 de 2004 Ministerio de la Protección Social Por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 2546 de 2004 referente a la panela.
    Resolución 00485 de 2005 Ministerio de la Protección Social Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano.
    Resolución 05109 de 2005 Ministerio de la Protección Social Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado
    o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas
    de alimentos para consumo
     

     


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