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Industria Electrica de México No. 69 Col.San Pedro Barrientos 54110 Tlalnepantla, Edo. de Méx.
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San Juan 50 Col.Las Varillas 5940 Argentina, Córdoba
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Huntsman Corporation firma acuerdo de licenciamiento con Thai Ethanolamines Company
  Fuente: Boletín de Prensa Huntsman
Huntsman Corporation firmó un acuerdo de licenciamiento comercial con el primer productor tailandés de etanolaminas Thai Ethanolamines Co., Ltd. (TEA).
Bajo los términos del acuerdo Huntsman proporcionará más que solo la licencia para su tecnología. Los servicios comienzan con la concepción de la planta y continúan con el diseño de la planta y el primer día de operaciones proporcionando asistencia en el sitio ayudando en el arranque para asegurar éxito. Consecuentemente, el valor total va más allá de la tecnología patentada, e incluye el acceso a los procesos no patentados, conocimientos técnicos y experiencia de Huntsman.
TEA se beneficiará del cuarto siglo de experiencia de Huntsman como fabricante y vendedor global de químicos diferenciados y commodities y, específicamente, de su experiencia en las tecnologías de operación de plantas de etanolaminas.
TEA, una subsidiaria de Thailand-based PTT Chemical (PTTCH), es productor de etanolaminas, las cuales tienen usos en las industrias de pintura, farmacéuticas y cosméticos hasta las industrias de cemento, detergentes, y suavizantes de tela.
31-Julio-2006
Eastman venderá sus operaciones en Arkansas
  Fuente: Boletin de Prensa Eastman Chemical Company
Eastman Chemical anunció un acuerdo para la venta de sus operaciones en Batesville, Arkansas a Viceroy Acquisition Corp. (Clayton, MO) por US $75 millones.
La planta de Batesville produce químicos orgánicos de especialidad que se utilizan en plásticos, polímeros, pinturas y recubrimientos, productos médicos, fibras, productos fotográficos, suplementos alimenticios, productos agrícolas, detergentes y otros productos.
El sitio de Batesville también inició la producción el año pasado de biocombustibles, incluyendo biodiesel, bioetanol y combustibles sólidos de lignina /biomasa y productos de especialidad biobasados.
Se espera que el acuerdo se cierra a finales de año y está sujeto a aprobaciones regulatorias.
25-Julio-2006
Dow Chemical apostará por negocios ecológicos
  Industria: Química   Tipo: Ecología, Participación de mercado, Situación del mercado, Asuntos sociales y de ONGs
  Fuente: Intélite
Dow Chemical Co., el gigante estadounidense de productos químicos, anunciará junto a funcionarios de las Naciones Unidas un plan para volverse, hasta 2015, una empresa más amigable con el medioambiente. La compañía pretende incursionar en áreas de negocios más limpias, como el tratamiento de aguas y la limpieza de emisiones de automóviles.
Los pasos medioambientales de Dow forman parte de una creciente tendencia entre las grandes compañías de incorporar asuntos ecológicos más allá de sus estrategias de marketing. Coca Cola, por ejemplo, ha utilizado sus camiones que reparten las bebidas para distribuir condones en zonas fuertemente afectadas por el sida. La petrolera británica BP PLC ha financiado proyectos que fomentan la energía limpia en India, China y Brasil, según funcionarios de las Naciones Unidas.
Pero la nueva imagen verde de la compañía química contrasta con su historial, que incluye algunas polémicas ambientales. La empresa adquirió en 2001 a Union Carbide, una compañía tristemente célebre por lo que ocurrió en 1984 en Bhopal India, cuando al menos tres mil personas murieron después de una fuga de gases tóxicos en una de sus plantas de pesticidas.
RickHind, un activista de Greenpeace International, comentó: “Para ellos, la palabra sustentabilidad significa hacer negocios como siempre, con una gran campaña de relaciones públicas. Si de verdad buscaran la sustentabilidad ecológica, anunciarían que ya no usarán más químicos como el cloro, que produce graves problemas ambientales”.
El presidente de la compañía Andrew Liveris aseguró que Dow Chemical está comprometida con el cambio y cita como ejemplo el hecho de que la firma busca extenderse a áreas de negocios que pueden contribuir al medioambiente.
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Glosario de términos relacionados con residuos de curtiduría
Fuente: QuimiNet
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Ambiental
GLOSARIO DE TÉRMINOS RELACIONADOS CON RESIDUOS DE LA CURTIDURÍA
AMBIENTE.- El conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre que hacen posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que interactúan en un espacio y tiempo
AGUAS RESIDUALES.- Cualquier tipo de agua generada en los procesos de extracción, beneficio, transformación, producción, consumo, utilización, control o tratamiento cuya calidad no permite usarla de nuevo en el proceso o actividad que la generó.
BIDONES.- Barriles o recipientes contenedores
CARNICHE.- Residuos fibrosos de piel curtida al cromo o al vegetal
COLÁGENO.- Proteína principal de la piel susceptible de curtirse.
CONTAMINACIÓN.- La presencia en el ambiente de uno o más contaminantes o de cualquier combinación de ellos que cause desequilibrio ecológico
CONTAMINANTE.- Toda materia o energía en cualesquiera de sus estados físicos y formas, que al incorporarse o actuar en la atmósfera, agua, suelo, flora, fauna o cualquier elemento natural, altere o modifique su composición y condición natural.
CUERO EN CRUST.- Es el cuero secado antes del acabado en seco.
DBO.- Demanda Biológica de Oxígeno
DQO.- Demanda Química de Oxígeno
DESBARBE.- Quitar el carniche, pellejo y grasa que queda en las orillas del cuero después del descarne.
DESCARNADO EN PELO.- Consiste en quitar de la endodermis los restos del músculo y colgajos, puede efectuarse en cal crudo, a mano o con máquina de descarnar.
DESEQUILIBRIO ECOLÓGICO.- La alteración de las relaciones de interdependencia entre los elementos naturales que conforman el ambiente, que afecta negativamente la existencia, transformación y desarrollo del hombre y demás seres vivos.
DESORILLE.- Parte del proceso que consiste en recortar los colgajos, cachetes y restos de fibra de las pieles y carnazas, puede llevarse a cabo en azul o después del secado.
DERMIS.- Grupo de fibras superficiales de la piel (flor).
DISPOSICIÓN FINAL.- Acción de depositar materiales en confinamientos controlados o en rellenos sanitarios, con el fin de reducir o deshacerse de los mismos.
ENDODERMIS.- Capa de la piel que esta compuesta por músculo.
EFLUENTE.- LÍquido resultante de un proceso de producción donde se hayan usado líquidos como componentes.
ELASTINA.- Proteína de la piel.
EMISIÓN.- Es la descarga de sustancias, en cualquiera de sus formas, al ambiente.
ENZIMA.- Compuesto derivado de células animales o vegetales o bien de origen sintético que cataliza la destrucción de proteínas y grasas.
FLOTAS.- Cargas de agua en los procesos de curtiduría.
FLOR.- Grupo de fibras superficiales de la piel.
FLOR CORREGIDA.- Flor pulida o esmerilada por medio de una lija.
GOOGLES.- Lentes de protección.
IMPACTO AMBIENTAL.- Modificación del ambiente ocasionada por la acción del hombre o de la naturaleza.
INMUNIZACIÓN.- Proceso de pelambre sin destruir el pelo.
LIPASAS.- Enzimas que tienen acción sobre las grasas.
MATERIA PRIMA.- Son los materiales que no han sufrido una transformación industrial, que se incorporan a un bien durante el proceso de producción, constituyéndose en su ejemplo principal.
MORDENTADO.- Preparación de la flor de la piel para hacerla reactiva.
MSDS.- Material Safety Data Sheet (hojas de seguridad).
NFPA.- National Fire Protection Association (Asociación Nacional de Protección contra Incendios
ORDENAMIENTO ECOLÓGICO.- El instrumento de política ambiental cuyo objeto es regular o inducir el uso del suelo y las actividades productivas, con el fin de lograr la protección del medio ambiente y la preservación y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, a partir del análisis de las tendencias de deterioro y las potencialidades de aprovechamiento de los mismos.
PALETO.- Recipiente abierto dotado de aspas con movimiento mecánico donde puede efectuarse el remojo o el depilado de las pieles.
PREVENCIÓN.- El conjunto de disposiciones y medidas anticipadas para evitar el deterioro del ambiente.
PROTECCIÓN AMBIENTAL.- El conjunto de políticas y medidas para mejorar el ambiente y controlar su deterioro.
PROTEOLISIS ENZIMÁTICA.- Reacción química que consiste en desdoblar la proteína del colágeno por medio de enzimas.
PIEL SECA.- Es la piel conservada secándola a la sombra.
PIEL EN SANGRE.- Piel del animal recién desollada sin ningún sistema de conservación.
PIEL EN TRIPA INTEGRAL.- Es el cuero del pelambre hasta antes del curtido, en ésta etapa, el cuero tiene su espesor completo (sin dividir ).
PIEL EN TRIPA.- Piel de la que se ha separado la carnaza y la flor, mediante el dividido.
PROTEASAS.- Enzimas que tienen acción sobre las proteínas.
PROTEOGLICANOS.- Proteína de la dermis de una piel fresca.
QUERATINA.- Proteína contenida principalmente en el pelo.
RECICLAJE.- Recuperación de materiales que pueden ser empleados como materia prima en los mismos procesos productivos que los generan, o bien en procesos compatibles para elaborar bienes sustitutos.
RASPA.- Es la viruta que queda al darle el espesor deseado al cuero, en máquina de raspar.
RESIDUO.- Cualquier material generado en los procesos de extracción, beneficio, transformación, producción, consumo, utilización control o tratamiento cuya calidad no permita usarlo nuevamente en el proceso que lo generó.
RESIDUOS PELIGROSOS.- Todos aquellos residuos en cualquier estado físico, que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas inflamables o biológico infecciosas, representen un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente. (CRETIB).
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La Evaluación
de Impacto Ambiental (EIA), es uno de los instrumentos de la política
ambiental con aplicación específica e incidencia directa en las
actividades productivas, que permite plantear opciones de desarrollo que sean
compatibles con la preservación del medio ambiente y la conservación
de los recursos naturales. A lo largo de las dos últimas décadas
ha logrado constituirse en una de las herramientas esenciales para prevenir,
mitigar y restaurar los daños al medio ambiente y a los recursos renovables
del país y ha evolucionado con el propósito de garantizar un enfoque
preventivo que ofrezca certeza pública acerca de la viabilidad ambiental
de diversos proyectos de desarrollo.
La evaluación
del impacto ambiental tiene sus bases jurídicas en las disposiciones
que al respecto establece la Ley General del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente (LGEEPA), la cual considera como instrumentos
de la política ambiental a los siguientes:
·
Planeación ambiental
· Ordenamiento ecológico del territorio
· Instrumentos económicos
· Regulación ambiental de los asentamientos humanos
· Evaluación del impacto ambiental
· Normas oficiales mexicanas en materia ambiental
· Autoregulación y auditorías ambientales
· Investigación y educación ecológicas
La LGEEPA
define en su artículo 3° al impacto ambiental como la "modificación
del ambiente ocasionada por la acción del hombre o la naturaleza".
Por otra parte la misma ley apunta en su artículo 28 que "es el
procedimiento a través del cual la Secretaría (del Medio Ambiente
y Recursos Naturales) establece las condiciones a que se sujetará la
realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico
o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones
aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas,
a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente".
La EIA está
dirigida a efectuar análisis detallados de diversos proyectos de desarrollo
y del sitio donde se pretenden realizar, con el propósito de identificar
y cuantificar los impactos ambientales que puede ocasionar su ejecución.
De esta manera es posible establecer la factibilidad ambiental del proyecto
(análisis costo beneficio ambiental) y, en su caso, determinar las condiciones
para su ejecución y las medidas de prevención y mitigación
de los impactos ambientales que será necesario tomar para evitar o reducir
al mínimo los efectos negativos sobre el ambiente.
Entre las
principales características de la EIA, están las siguientes:
·
Es un instrumento que tiene un carácter prevetnivo
· Se aplica e obras o actividades humanas
· Su objetivo es prevenir los efectos negativos sobre la salud humana
y el medio ambiente que pudieran derivarse del desarrollo de una obra o actividad
· Basa su efectividad en un análisis prospectivo-predictivo
· Establece regulaciones a las obras o actividades sujetas a evaluación
· Es un procedimiento integrador de diversas disciplinas científicas
Aunque este
instrumento de la política ambiental es realtivamente nuevo, con el tiempo
ha sufrido modificaciones de índole técnica, administrativa, jurídica
y conceptual. También ha ido cambiando en forma sustancial su importancia
dentro del esquema general de protección de los recursos naturales de
México, lo cual se refleja en la estructura de los organismos que han
sido responsables de aplicarlo. En la actualidad la Dirección de Impacto
Ambiental adscrita a la Dirección General de Ordenamiento Ecológico
e Impacto Ambiental, del Instituto Nacional de Ecología es la dependencia
de la administración pública federal responsable de la ejecución
de la EIA.
Es necesario
destacar que este instrumento no funciona de manera aislada. Por el contrario,
está sujeto a las disposiciones que se derivan de la LGEEPA a través
de otros instrumentos de la política ambiental, como puede ser la planeación
ambiental, el ordenamiento ecológico del territorio o las normas oficiales
mexicanas en materia ambiental.
Las actividades,
proyectos, programas y/o emprendimientos deben presentar junto con el Manifiesto
de Impacto Ambiental (MIA), el Estudio Técnico de Impacto Ambiental,
firmado por un profesional inscrito en el rubro referido a los consultores y
profesionales en Auditorias y Estudios Ambientales, quien es responsable por
la veracidad de lo expresado en dicho estudio. En los casos de estudios Técnicos
de Impacto Ambiental realizados con la participación de una empresa consultora,
los mismos deben estar firmados por el responsable técnico y legal de
la misma, quien asume la responsabilidad de la veracidad de la documentación
presentada.
La EIA es
aplicable a proyectos, planes urbanísticos y planes y programas de infraestructuras
físicas. Se valora los efectos directos e indirectos de cada propuesta
sobre los sistemas naturales y sociales-ciudadanos, la fauna, flora, suelo,
aire, agua, clima, paisaje y la estructura y función de los ecosistemas
posiblemente afectados.
Se estiman
los efectos sobre los bienes materiales, el patrimonio cultural, las relaciones
sociales y las condiciones de bienestar común, como ruidos, vibraciones,
olores y emisiones luminosas, y la de cualquier otra incidencia ambiental relevante
derivada del desarrollo de dicha acción.
Se elabora
un dictamen sobre efectos y las consecuencias de opciones estratégicas.
También sobre el impacto de derivaciones previsibles sin necesidad de
plan o proyecto porsterior sometido a evaluación. El MIA, debe establecer
las condiciones específicas para la prevención ambiental de las
actuaciones posteriores.
Los proyectos
que deberán someterse a una EIA, será cuando así lo decida
el órgano ambiental en cada caso, a través de una decisión
motivada y pública. Esta decisión deberá estar basada en
función de la naturaleza del proyecto, su ubicación y las características
del potencial impacto.
Deberán
someterse a una EIA los proyectos, públicos o privados, consistentes
en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad
comprendida en los sectores comprendidos dentro de los siguientes grupos:
·
Agricultura, silvicultura, acuicultura y ganadería: Repoblaciones forestales,
transformación de usos del suelo, concentraciones parcelarias, instalaciones
ganaderas y de acuicultura.
· Industria extractiva: Explotaciones a cielo abierto de yacimientos
minerales y demás recursos geológicos, minería subterránea,
dragados y extracción de petróleo.
· Industria energética: Refinerías de petróleo bruto,
centrales térmicas y nucleares, instalaciones para la producción
de electricidad, vapor y agua caliente, tuberías para el transporte de
gas y petróleo, parques eólicos.
· Industria siderúrgica y del mineral: Producción y elaboración
de metales (amianto, hierro, acero, fabricación de materiales plásticos
de cemento y vidrio y productos cerámicos).
· Industria química, petroquímica, textil y papelera: Incluye
curtidos de pieles y cuero, pasta de papel y cartón, tratamiento de celulosa,
etcétera.
· Industrias de productos alimenticios: Incluye las instalaciones para
el sacrificio de animales.
· Proyectos de infraestructuras: Carreteras, con modificaciones y ampliaciones,
ferrocarriles de largo recorrido, aeropuertos, puertos comerciales, pesqueros
y deportivos, obras costeras destinadas a combatir la erosión y obras
que pueden alterar la costa: diques, espigones, pantalanes.
· Proyectos de ingeniería hidráulica y de gestión
del agua: Presas, extracción de aguas subterráneas, trasvases,
acueductos de larga distancia, plantas de tratamiento de aguas residuales.
· Proyectos de tratamiento y gestión de residuos: Instalaciones
de tratamiento o eliminación de residuos peligrosos, instalaciones de
eliminación de residuos no peligrosos mediante incineración o
tratamiento químico y vertederos que reciban más de 10 toneladas
por día o que tengan una capacidad de más de 25.000 toneladas,
excluidos los vertederos de inertes y de materiales de construcción.
· Otros proyectos como instalaciones de energía hidroeléctrica,
aeródromos, urbanizaciones y complejos hoteleros, pistas de esquí,
remontes y teleféricos, parques temáticos y vertederos de residuos
no peligrosos, de inertes y de materiales de construcción
La historia de las fibras artificiales inicia con los primeros intentos de producir seda artificial. Los principales avances en este campo se encuentran estrechamente vinculados a las investigaciones del químico francés Hílaire Berniggaud, conde de Chardonnet, considerado como el auténtico impulsor de la industria de tejidos artificiales.
Chardonnet aplicó a la celulosa algunos disolventes y obtuvo una solución densa y viscosa, que filtró a través de una plancha en la que había practicado previamente diminutos agujeros. Al atravesar la placa, el líquido formaba pequeños filamentos que, una vez secos, constituían fibras fáciles de adaptar al hilado y al tejido. Chardonnet había obtenido una nueva fibra, el rayón. Se trataba de un material semejante a la seda, de gran resistencia y poco inflamable.
El rayón, la más común de la fibras artificiales, se elabora a partir de la celulosa. El proceso de fabricación difiere según el procedimiento empleado; en función de ello recibe la denominación de rayón, viscosa, acetato de celulosa o Bemberg. En el caso de la viscosa, la celulosa se trata con sosa cáustica concentrada y, posteriormente, se disuelve en disulfuro de carbón. El proceso en todos ellos es, no obstante, idéntico en lo esencial.
En un primer momento, la celulosa se reduce a pasta y, tras ser purificada, se extiende hasta que adopta una disposición en forma de lámina. El empleo de diversas sustancias químicas, según los diferentes métodos, permite su solubilización. Como resultado de este primer tratamiento se obtiene un líquido de apariencia viscosa, que se ultra a través de una hilera. Se forman así los filamentos, que adquieren la consistencia deseada gracias a la evaporación del disolvente con que se ha tratado la celulosa, o bien a través de baños de coagulación. Una vez secos, los filamentos se retuercen, quedando listos para el proceso de hilado.
El copo de rayón, parecido al de algodón, se obtiene tras cortar el hilado a determinada longitud. La mezcla de rayón con seda, lino o algodón permite, siguiendo las técnicas habituales de hilatura, fabricar tejidos mixtos.
Es una fibra manufacturada a partir de celulosa regenerada, en la cual se ha substituido no más de un 15 por ciento del hidrógeno que contiene.
Para fabricar el rayon, la celulosa purificada, se convierte a través de un proceso químico, en un compuesto soluble. Esta solución, se transforma en filamentos suaves, que luego se regeneran como celulosa casi pura. Debido a esta reconversión, al rayon se le denomina: fibra de celulosa regenerada.
La celulosa purificada para producir rayon, proviene de la pulpa de madera procesada. Es conocida como celulosa disolvente para diferenciarla de las pulpas que se utilizan en la fabricación del papel.
Actualmente, existen varios tipos de fibra de rayon que se utilizan comercialmente. La más conocida de estas fibras es la Viscosa. Este nombre proviene de la alta viscosidad de la solución de celulosa.
Las telas de fibras de rayon se utilizan principalmente en blusas, vestidos, chaquetas, ropa interior, ropa de trabajo y ropa deportiva.
En la industria las fibras de rayon se utilizan en la fabricación de neumáticos, productos quirúrgicos y otros.
La mayoría de estas telas se deben lavar en seco, aunque algunos tipos se pueden lavar en agua, a mano o a máquina
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