Industrias
FarmacéuticaPlásticosAlimenticiaMineríaEmpaque, Envase y EmbalajePinturas y RecubrimientosMetal MecánicaTransporte y logísticaAgroCosméticaAutomotrizTextilPetróleo y EnergíaPetroquímicaConstrucciónVeterinariaEléctricaNaturista / herbolariaVidrioAdhesivos
Productos y Servicios Especializados
Maquinaria y equipo industrialMaterial y Equipo de LaboratorioMedicina y saludMantenimiento industrialCalidad y certificaciónAmbientalSeguridad Industrial y Protección PersonalAdhesivosAutomatización y controlTratamiento de aguaMecanismo de Desarrollo Limpio / Bonos de Carbono
Buscar
Usuario Contraseña
23-Nov-2009 Regístrese Gratis

DEGRASOL DESENGRASANTE MULTIUSOS PARA USO DOMSTICO *

Solicite Información a Proveedores de DEGRASOL Desengrasante multiusos para uso doméstico  
Datos del producto requerido
Producto solicitado:
Consumo Aproximado:
Cant.
Unidad
Frecuencia
Fecha requerida:
- -
Observaciones:
(grado, aplicación, especificaciones...)
Anunciar esta solicitud en el boletín QuimiNews
No avisar a estos proveedores:

Datos del Solicitante
Insertar mis datos Usuario registrado
Nombre:  Apellidos:
Empresa:  Puesto:
Edo./Prov./Depto. Ciudad:
País:
Clave Larga Distancia de Ciudad o LADA:
 Teléfono:
E-mail : Pág. web:
Soy usuario registrado, favor de enviarme a mi correo mi nombre de usuario y contraseña

Proveedores de:DEGRASOL Desengrasante multiusos para uso doméstico 

Aparezca como proveedor de éste u otros productos en QuimiNet
Buscar proveedores de otras partes
  • Ver más proveedores
  • PaisProveedorProductoContacto
    México Industrias San-Ber Desengrasante multiusos DEGRASOL, Desengrasante multiusos DEGRASOL LIMON, Desengrasante multiusos (semi-industrial) DEGRASOL PLUS, Desengrasante multiusos BIOVERDE Siderúrgica No. 120 Col.Parque Industrial Escobedo
    66062 Escobedo, Nuevo León
    Contactar
    México Omega Chemicals Colorantes fugaces para uso en la fabricación de detergentes de uso doméstico, Colorantes fugaces para uso en la fabricación de suavizantes para uso doméstico, Colorantes fugaces para uso en la industria textil y en la fabricación de suavizantes para usos doméstico e industrial, Colorantes fugaces para uso en la industria textil y en la fabricación de detergentes para usos doméstico e industrial Eje 120 n.325 Col.Zona Industrial Primera Secció
    78090 San Luis Potosí, S.L.P.
    Contactar
    México Grupo Lamosa Uso doméstico, Uso institucional Félix U. Gómez 4047 Nte. Col.Fracc. Coyoacán
    64510 Monterrey, Nuevo León
    Contactar
    México Futura Industrial Uso doméstico, Uso comercial Av. Todos los Santos 12402 Col.Parque Industrial Pacífico II
    22709 Tijuana, Baja california
    Contactar
    México Tramontina Uso doméstico Pasaje Interlomas Mza. 3 Lt. 6 5to piso Col.Lomas del Quirino
    52760 Huixquilucan, Edo. Méx.
    Contactar
    México Grupo Lamosa Uso doméstico, Uso institucional Félix U. Gómez 4047 Nte. Col.Fracc. Coyoacan
    64510 Monterrey, Nuevo León
    Contactar
    México Industrias Quimicas Sepmont Desengrasantes de uso doméstico, Desengrasantes de uso industrial, limpiadores de uso industrial Edison No.1214 Col.Talleres
    64480 Nvo. Leon, Monterrey
    Contactar
    Estados Unidos Weitron Refrigerantes uso domestico, Gas refrigerante uso domestico 1375 S. Acacia Ste.#b Col.Fullerton
    92807 Anaheim, California
    Contactar
    Argentina INDUSTRIA QUIMICA SANTA CRUZ Lavandina de uso Domestico AV. PARQUE INDUSTRIAL # 551 Col.RIO GALLEGOS
    9400 SANTA CRUZ, ARGENTINA
    Contactar
    México Textiles Agricolas Mallas de Uso Doméstico na Col.na
    0 no esta asignado, México
    Contactar
    EuroTécnica Textil Tejidos de uso doméstico, Tejidos de uso técnico Calle Nueva 144 Esq. Cont. Negra Modelo Col.Fracc. Parque Ind. La Perla
    53348 Naucalpan, Edo. de Méx.
    Contactar
    México Textiles Agrícolas Mallas de uso doméstico Col.
    ,
    Contactar
    México CORPORATION TADZAI Pegamentos uso doméstico, Adhesivos uso doméstico Calzada Independencia Norte No. 4395-A Col.
    0 Guadalajara, Jalisco
    Contactar
    Colombia Aluvenco Aluminio de uso domestico .. Col...
    .. .., ..
    Contactar
    México Sola Basic Reguladores de uso domestico Av. Ruíz Cortines No. 625 entre la calle del obelisco y Calle del altillo Col.Fracc. Industrial San Rafael
    06711 Monterrey, N.L.
    Contactar

    Solicitudes de productos relacionados con:DEGRASOL Desengrasante multiusos para uso doméstico 

    Busque clientes de los productos que vende:
    (Escriba el producto para el que busca clientes)
  • Ver más proveedores y
    contactar a los compradores
  • IDProductoConsumoPais del clienteEstadoPuestoObservaciones
    3283 insecticidas técnicos 0 Toneladas
    Anual
    Uruguay MONTEVIDEO ASISTENTE DIRECTOR somos importadores de productos para supermercados y estamos interesados en insecticidas ...
    9140 gel sanitizante para manos 100000 Toneladas
    Anual
    México nuevo león quimico
    9893 alambre de acero inoxidable 12 Toneladas
    Anual
    Venezuela Zulia Maracaibo
    12986 pegamentos de contacto 15000 Gramos
    Anual
    Colombia D.c. GERENTE adhesivo de contacto en tambores de 55 gls
    14017 mermelada 2 Toneladas
    Anual
    México D.F. Director
    14877 envases de plástico 12000 Piezas
    Anual
    México D.F. Gerente Administrativo El envase que requerimos es del estilo del utilizado en los suavizantes de telas (para que pueda ...
    15520 reciclado de plasticos 25000 Kilogramos
    Anual
    Argentina buenos aires asesor
    17156 adogen 20000 Kilogramos
    Anual
    Venezuela Carabobo Jefe de Producción Quisiera especificaciones tecnicas del producto y formulaciones para la elaboración de suavizante ...
    18204 Cloro (maquila) 60000 Litros
    Anual
    México Mexico, D.F. Director Envsan y etiquetan?
    19017 Hipoclorito de sodio 10000 Toneladas
    Anual
    México Director General Por medio del presente deseo cotización de Maquila de hipoclorito de sodio (blanqueador) para uso domestico ...

    Empresas relacionadas con:DEGRASOL Desengrasante multiusos para uso doméstico 

  • Ver más empresas y contactarlas
  • PaisEmpresaContacto
    México Cajas Mil usos Laneros #135 Col.Manuel José Othón
    78318 San Luis Potosí, San Luis Potosí
    Contactar
    México Productos Domésticos de México Circuito de la Ind. Sur s/n Col.Parque Industrial
    52000 Lerma, Edo. de Méx.
    Contactar

       
    Noticias Relacionadas con: DEGRASOL Desengrasante multiusos para uso doméstico  
    Contrate la publicación de una noticia en QuimiNet . Haga click aquí para mayor información.

    06-Septiembre-2002
    Encarecen 12% el gas natural de uso doméstico
      
         Fuente:  Intélite
    La CRE autorizó a las empresas distribuidoras de gas natural para uso doméstico un incremento de 12% a las tarifas, de tal forma que los usuarios pagarán 3.40 pesos más de renta mensual y 112.20 pesos extra por conectarse al servicio, de acuerdo con el Diario Oficial de la Federación. (Reportero: Fernando López)

     

    14-Agosto-2003
    Detergente para ropa, líder de productos de uso doméstico
      
         Fuente:  El Financiero

    De acuerdo con un estudio de la Profeco, la variedad en los detergentes para ropa es tan variada, tomando en cuenta que 29 empresas producen alrededor de 48 marcas de limpiadores en todo el país y sin contar las de importación. Sin embargo, la cantidad de detergentes es injustificable, luego de que el producto es utilizado en 98% de los hogares, lo que lo convierte en el producto más vendido en autoservicios, señala un análisis de Ac Nielsen.

    • Para Oriol Bonaclocha, director de Mercadotecnia de Henkel México y que fabrica los detergentes Viva y 123, el valor del mercado de estos limpiadores para en polvo asciende a 950 mdd anuales en México. Además se producen 750 millones de kilos anuales.

    • Por su parte y en el lanzamiento de un nuevo producto que desmancha y cuida el color de la ropa, el gerente de la marca Viva Luis Miguel Machado dijo tener una participación de 8% en este rubro, mientras que en autoservicios es de 17 y Viva se lleva 12%.

    • La competencia para Henkel son Procter & Gamble, que comercializa Ariel, Bold, Ace y Rindex; La Corona con Roma, Foca, Blanca Nieves, Puso Sol y Doña Blanca. De tal forma que la firma alemana busca aumentar su participación en el mercado hasta en 2% con la entrada de "Viva color activo". (Reportera: Araceli Cano)

     

    05-Abril-2002
    Agujeros por introducción del gas natural para uso doméstico
      
         Fuente:  Intélite
    Banquetas rotas, calles dañadas, tubos de agua destrozados, daño a instalaciones telefónicas, sanjas abiertas y un sin fin de problemas se siguen generando por la introducción ductos para el gas natural por la empresa Metrogas.  

    • solicitaron la suspensión de las obras ante los daños que les han ocasionado.
    • René Arce informó que hace 90 días no le autorizaron a Metrogas algunas otras licencias de construcción, esto por la oposición vecinal y porque en algunas zonas no trabajaron de manera adecuada.
    • Margarita Saldaña, jefa delegacional en Azcapotzalco, dijo que está dispuesta a cancelar de manera permanente los permisos si se sigue afectando a los vecinos.
    • Gustavo A. Madero también se suspendieron los permisos para introducir el gas natural, donde el titular de la demarcación Joel Ortega Cuevas manifestó que después de realizar una consulta vecinal, se sabrá si dan permisos o no para que Metrogas continúe con sus obras.
    • Roberto Santoyo afirmó que de acuerdo a la supervisión que se realizó por las obras de Metrogas, se detectó falta de información a la ciudadanía de las obras a realizar, así como la tardanza en el cierre de las sepas.
    • Juan Carlos Aguilar, gerente de Relaciones Externas de la empresa. 

    José Gutiérrez Vivó: el contenido del reportaje nos revela que se decidió por el gobierno de Cárdenas en su momento, autorizar este tipo de introducción de gas natural cuando no se hizo un consenso público que ahora se dijo se comienza a hacer. El gobierno no tiene dientes para obligar a los señores de Metrogas a cumplir y evitar los destrozos que el auditorio reporta y ahora analizarán qué pueden hacer para meter en cintura a los señores, otra malhechura mexicana.

     

    Más Noticias Relacionadas con:DEGRASOL Desengrasante multiusos para uso doméstico  
  • Ver más noticias
  •  

    Artículos Relacionados con: DEGRASOL Desengrasante multiusos para uso doméstico  

    De a conocer información sobre sus productos y gane presencia en la industria GRATIS. Haga click aquí.

    01-07-2005
    NOM Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia, Empaque, Envase y Embalaje |

    SECRETARIA DE SALUD

    NORMA Oficial Mexicana NOM-189-SSA1/SCFI-2002, Productos y servicios. Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

    NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-189-SSA1/SCFI-2002, PRODUCTOS Y SERVICIOS. ETIQUETADO Y ENVASADO PARA PRODUCTOS DE ASEO DE USO DOMESTICO.

    ERNESTO ENRIQUEZ RUBIO, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con fundamento en los artículos 34 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o. fracción XXII, 13 apartado A) fracción I, 194 fracción I, 195, 197, 210, 273, 274 y demás aplicables de la Ley General de Salud; 38 fracciones II y VII, 39 fracción V y 40 fracciones I, V, XI y XII, 41, 43, 47 fracción IV y 53 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28, 31 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o., 8o., 15, 25, 198 y quinto transitorio y demás aplicables del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios; 2 literal C fracción II, 34 y 36 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 23 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y 2 fracciones II y III, 7 fracción XVI, y 11 fracciones I y II del Decreto por el que se crea la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, me permito ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la siguiente Norma Oficial Mexicana NOM-189-SSA1/SCFI-2002. Productos y servicios. Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico, y

    CONSIDERANDO

    Que con fecha 9 agosto de 1999, en el cumplimiento de lo previsto en el artículo 46 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Dirección General de Calidad Sanitaria de Bienes y Servicios, ahora Dirección General de Control Sanitario de Productos y Servicios, presentó al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, el anteproyecto de la presente Norma
    Oficial Mexicana.

    Que con fecha 19 de junio de 2000, en el cumplimiento de lo previsto en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de la siguiente Norma Oficial Mexicana a efecto de que los interesados dentro de los siguientes sesenta días naturales posteriores a dicha publicación, presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Regulación y Fomento Sanitario.

    Que con fecha previa, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las respuestas a los comentarios recibidos por el mencionado Comité, en los términos del artículo 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

    Que en atención a las anteriores consideraciones, contando con la aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, se expide la siguiente:

    NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-189-SSA1/SCFI-2002, PRODUCTOS Y SERVICIOS. ETIQUETADO
    Y ENVASADO PARA PRODUCTOS DE ASEO DE USO DOMESTICO

    PREFACIO

    En la elaboración de la presente Norma participaron los siguientes organismos e instituciones:

    SECRETARIA DE SALUD
    Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
    Dirección General de Control Sanitario de Productos y Servicios
    Dirección General de Salud Ambiental

    SECRETARIA DE ECONOMIA
    Dirección General de Normas
    Dirección General de Política de Comercio Interior

    PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
    Coordinación General de Investigación

    CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA TRANSFORMACION

    CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE ACEITES, GRASAS, JABONES Y DETERGENTES

    AMWAY DE MEXICO, S.A. DE C.V.

    COLGATE-PALMOLIVE, S.A. DE C.V.

    CENTRO DERMATOLOGICO D. LADISLAO DE LA PASCUA

    DETERGENTES INDUSTRIALES MEXICANOS, S.A. DE C.V.

    INDUSTRIAS ALEN, S.A. DE C.V.

    PROCTER & GAMBLE DE MEXICO, S.A. DE C.V.

    MARVIL MEXICANA, S.A. DE C.V.

    SC JOHNSON AND SON, S.A. DE C.V.

    INDICE

    1. Objetivo y campo de aplicación

    2. Referencias

    3. Definiciones

    4. Símbolos y abreviaturas

    5. Clasificación

    6. Requisitos de etiquetado

    7. Requisitos de envasado

    8. Presentación de la información

    9. Declaraciones no permitidas

    10. Concordancia con normas internacionales y mexicanas

    11. Bibliografía

    12. Observancia de la Norma

    13. Vigencia

    1. Objetivo y campo de aplicación

    1.1 Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer los requisitos de información sanitaria y comercial que deben contener las etiquetas de los productos de aseo de uso doméstico, para elegir una mejor opción de compra, así como los lineamientos sanitarios para su envasado y así evitar que su uso represente un riesgo a la salud.

    1.2 Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en el territorio nacional para las personas físicas y morales que se dedican a su proceso o importación.

    2. Referencias

    Esta Norma se complementa con las siguientes normas vigentes:

    2.1     NOM-002-SCFI-1993       Productos preenvasados. Contenido neto, tolerancias y métodos de verificación.

    2.1     NOM-008-SCFI-1993       Sistema General de Unidades de Medida.

    2.2     NOM-030-SCFI-1993       Información comercial-Declaración de cantidad en la etiqueta-Especificaciones.

    3. Definiciones

    Para fines de esta Norma se entiende por:

    3.1 Coadyuvante o ayudas de procesos, a la sustancia o materia, excluidos aparatos, utensilios y aditivos, que no se considera como ingrediente por sí mismo en el producto y se emplea intencionalmente en la elaboración de materias primas, productos o sus ingredientes, para lograr una finalidad tecnológica durante el tratamiento o la elaboración que puede dar lugar a la presencia no intencionada, pero inevitable de residuos o derivados en el producto final.

    3.2 Consumidor , a la persona física o moral que adquiere o disfruta como usuario final los productos de aseo de uso doméstico.

    3.3 Denominación específica , al nombre particular que recibe un producto y que se encuentra asociado a la(s) característica(s) que lo distinguen dentro de una clasificación general y lo restringen en aplicación, efecto, estructura, función y uso particular.

    3.4 Denominación genérica , al nombre que recibe un grupo de productos, que en función de su uso tienen características comunes y que representa cada uno de los distintos tipos o clases en que se
    pueden ordenar.

    3.5 Embalaje , al material que envuelve, contiene y protege debidamente los envases primarios o envases secundarios en su caso, que facilita y resiste las operaciones de almacenamiento y transporte, no destinado para su venta al consumidor en dicha presentación.

    3.6 Envase colectivo , al recipiente o envoltura en el que se encuentran contenidos dos o más variedades diferentes de productos preenvasados, destinados para su venta al consumidor en dicha presentación.

    3.7 Envase múltiple , al recipiente o envoltura en el que se encuentran contenidos dos o más productos preenvasados iguales en su composición, que sólo varían en sus propiedades sensoriales o de tamaño, y destinados para su venta al consumidor en dicha presentación.

    3.8 Envase presurizado , al envasado a presión provisto de una válvula de mando que con un gas propulsor permite proyectar en el aire al producto en diferentes formas.

    3.9 Envase primario , al recipiente destinado a contener un producto y que entra en contacto directo con el mismo, conservando su integridad física, química y sanitaria.

    3.10 Envase resistente a niños , al envase diseñado o construido de tal manera que presente dificultad para ser abierto por niños de cinco años.

    3.11 Envase secundario , al que contiene al envase primario de manera individual.

    3.12 Etiqueta , al marbete, rótulo, inscripción, marca, imagen gráfica u otra forma descriptiva que se haya escrito, impreso, estarcido, marcado, en relieve o en hueco, grabado, adherido, precintado o anexado al empaque o envase del producto.

    3.13 Ingrediente , a la sustancia que forma parte de la composición o fórmula del producto terminado.

    3.14 Leyendas precautorias , al texto o representación gráfica que informe y, en su caso, prevenga al consumidor, sobre los posibles daños a la salud que ocasione la presencia de un ingrediente específico o el mal uso o aplicación del producto.

    3.15 Lote , a la cantidad de un producto elaborado en un mismo ciclo, integrado por unidades homogéneas.

    3.16 Proceso , al conjunto de actividades relativas a la obtención, elaboración, fabricación, preparación, conservación, mezclado, acondicionamiento, envasado, manipulación, transporte, distribución, almacenamiento y expendio o suministro al público de productos.

    3.17 Producto a granel , al producto que debe pesarse, medirse o contarse en presencia del consumidor por no encontrarse preenvasado al momento de su venta.

    3.18 Producto corrosivo , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso causa destrucción o alteraciones irreversibles en el tejido vivo por acción química en el sitio de contacto.

    3.19 Producto de aseo de uso doméstico , a los productos definidos en el numeral 3.20 y cuya formulación y comercialización está destinada a los consumidores que los usan o aplican en las diferentes áreas del hogar o instalaciones similares, tales como: oficinas, escuelas y hospitales, entre otros.

    3.20 Productos de aseo , a las sustancias o mezclas de sustancias que se emplean de forma directa o indirecta, independientemente de su estado físico, destinadas a: la limpieza, lavado e higiene de objetos, superficies y fibras textiles y que tienen por objeto desprender o eliminar la suciedad y las manchas; proporcionar un determinado aroma o eliminar malos olores del ambiente; impartir un acabado lustroso a objetos y superficies, modificar y acondicionar la textura o cualquier otra característica de las telas; desobstruir los ductos sanitarios de las aguas residuales y pluviales y los demás con fines análogos que determine la Secretaría.

    3.21 Productos especiales para textiles , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias que facilitan el aseo y mantenimiento de fibras textiles al modificar o acondicionar la textura o cualquier otra característica de las telas. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes productos: almidones o aprestos, blanqueadores, productos para el planchado, prelavadores, desmanchadores y suavizantes.

    3.22 Producto inflamable , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso tiene un punto de inflamación menor o igual a 37,8ºC, prende fácilmente y se quema rápidamente, generalmente
    de forma violenta.

    3.23 Producto irritante , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso causa un efecto inflamatorio reversible en el tejido vivo por acción química en el sitio de contacto.

    3.24 Productos multifuncionales , a los productos de aseo de uso doméstico que debido a su formulación pueden tener varias de las funciones tecnológicas descritas en los numerales 3.21, 3.25, 3.26, 3.27, 3.28 y 3.29, así como alguna otra función tecnológica diferente de las anteriores pero que no es la función principal.

    3.25 Productos para desobstruir conductos sanitarios, a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias cuya acción química o biológica remueve materia presente en los conductos sanitarios de las aguas residuales y pluviales que pudieran obstruirlas. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los destapacaños.

    3.26 Productos para el ambiente , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias usados con el objeto de impartir un aroma al ambiente o prevenir o enmascarar o eliminar malos olores. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes productos: aromatizantes, desodorantes, enmascarantes y los eliminadores
    o controladores de malos olores del ambiente.

    3.27 Productos para higiene , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias que disminuye el desarrollo de microorganismos de la superficie donde se aplique.
    En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los desinfectantes.

    3.28 Productos para la limpieza , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias que eliminan o disminuyen la suciedad orgánica e inorgánica de las superficies donde se aplica. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa
    los siguientes productos: detergentes, jabones de lavandería, desengrasantes, limpiadores, desmanchadores y removedores.

    3.29 Productos para protección o acabado lustroso , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias de origen natural o sintético que proporcionan a una superficie un acabado protector o reparador, estético, brillante o una combinación de ellos. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes productos: ceras, lustradores, abrillantadores y selladores.

    3.30 Productos preenvasados , a los productos que cuando son colocados en un envase de cualquier naturaleza, no se encuentra presente el consumidor y la cantidad de producto contenido en él no puede ser alterada, a menos que el envase sea abierto o modificado perceptiblemente.

    3.31 Producto tóxico , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso y que en función de la concentración, vía de administración y tiempo de exposición puede causar trastornos estructurales o funcionales que provoquen daños a la salud o la muerte.

    3.32 Superficie de información , al área del envase primario o secundario, distinta a la superficie principal de exhibición.

    3.33 Superficie principal de exhibición , a la parte de la etiqueta o envase a la que se le da mayor importancia por ostentar el nombre, la marca comercial, y la denominación genérica o, en su caso, específica, excluyendo las tapas y fondos de las latas y frascos; y los hombros y cuellos de botellas.

    4. Símbolos y abreviaturas

    Cuando en esta Norma se haga referencia a los siguientes símbolos y abreviaturas se entiende por:

    °C      grados Celsius

    Cuando en la presente Norma se mencione a la Secretaría, debe entenderse que se trata de la Secretaría de Salud.

    5. Clasificación

    Los productos objeto de esta Norma con base a su función tecnológica se clasifican en:

    5.1 Productos especiales para textiles

    5.2 Productos multifuncionales

    5.3 Productos para desobstruir conductos sanitarios

    5.4 Productos para el ambiente

    5.5 Productos para higiene

    5.6 Productos para la limpieza

    5.7 Productos para protección o acabado lustroso

    y otros que determine la Secretaría.

    6. Requisitos de etiquetado

    6.1 Etiquetado sanitario

    6.1.1 Denominación genérica y específica del producto.

    6.1.1.1 En la superficie principal de exhibición del envase primario o secundario de los productos preenvasados objeto de esta Norma, debe figurar la denominación genérica y, en su caso, específica.

    6.1.1.2 La denominación genérica se podrá establecer haciendo referencia a la presentación o función
    del producto.

    6.1.1.3 La denominación específica se podrá establecer haciendo referencia al lugar donde se aplicará
    el producto.

    6.1.2 Identificación del responsable del proceso.

    6.1.2.1 En los productos nacionales, debe figurar el nombre, la denominación o la razón social y domicilio (calle, número, código postal, ciudad y estado) del productor o responsable de la fabricación. En el caso de productos importados, esta información debe ser proporcionada por el importador a la autoridad competente, a solicitud de ésta.

    6.1.2.2 Para el producto nacional que sea maquilado, la leyenda “Hecho para” seguido del nombre y domicilio de la persona física o moral, licenciatario o causahabiente propietario de la marca.

    6.1.2.3 Tratándose de productos importados debe figurar el nombre, la denominación o la razón social y el domicilio del importador (calle, número, código postal, ciudad y estado), mismos que podrán incorporarse en la etiqueta del producto, en el territorio nacional después del despacho aduanero y antes de su comercialización.

    6.1.2.4 Para los productos de importación que hayan sido envasados en México deben dar cumplimento a lo dispuesto en los numerales 6.1.2.3 y 6.2.2.1.

    6.1.3 Declaración de la lista de ingredientes.

    6.1.3.1 La lista de ingredientes de los productos objeto de esta Norma debe figurar en la superficie de información del envase primario o, en su caso, envase secundario. La declaración debe hacerse de la siguiente manera:

    6.1.3.1.1 Debe ir precedida por el término “ingredientes” y enlistarse por orden cuantitativo decreciente.

    6.1.3.1.2 Los ingredientes activos, solventes, propelentes, sustancias corrosivas y aquellas que den origen a las leyendas precautorias, deben declararse con el nombre químico o técnico más comúnmente usado o utilizar una nomenclatura química internacionalmente reconocida.

    6.1.3.1.3 Los demás ingredientes deben declararse y, para ello, podrá emplearse la denominación genérica, la denominación química para grupos o familias ya establecidas o la denominación funcional del ingrediente, entre los que se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes:

    -         Fosfatos

    -         Fosfonatos

    -         Tensoactivos aniónicos

    -         Tensoactivos catiónicos

    -         Tensoactivos anfotéricos

    -         Tensoactivos no iónicos

    -         Blanqueadores base oxígeno

    -         Blanqueadores base cloro

    -         EDTA

    -         Acido nitrilotriacético

    -         Fenoles y fenoles halogenados

    -         Hidrocarburos aromáticos

    -         Hidrocarburos alifáticos

    -         Hidrocarburos halogenados

    -         Ceras

    -         Silicones

    -         Sulfatos

    -         Carbonatos

    -         Silicatos

    -         Zeolitas

    -         Policarboxilatos

    6.1.3.1.4 En el caso de que una empresa haya desarrollado un ingrediente o una mezcla de ingredientes que promuevan una innovación en el mercado de los productos objeto de esta Norma, podrán declararse utilizando el nombre patentado o registrado por ejemplo: Bitrex®, Teflon®, etc. Los documentos que avalen la patente o el registro estarán a disposición de la Secretaría, cuando ésta lo solicite.

    6.1.3.1.5 Las enzimas, colorantes, aromas, fragancias y coadyuvantes o ayudas de proceso se podrán incluir con sus nombres genéricos, a menos que sean las causantes del riesgo del producto, de ser este el caso se cumplirá con lo indicado en el numeral 6.1.3.1.2.

    6.1.4 Instrucciones de uso.

    6.1.4.1 Cuando el uso, manejo o conservación del producto requiera de instrucciones, por las características del mismo, dicha información debe presentarse en la superficie de información de la etiqueta del envase primario o en su caso, del envase secundario. En caso de no existir espacio suficiente, las instrucciones de uso podrán ir impresas en un instructivo anexo al envase y en este último se indicará en la superficie de información el siguiente texto: “Léase instructivo anexo”.

    6.1.5 Declaración del lote.

    6.1.5.1 En cualquier parte del envase primario o secundario, debe figurar en todos los productos objeto de esta Norma, la identificación del lote o dato que permita la rastreabilidad del producto con una indicación en clave o en lenguaje claro, ya sea grabado, marcado con tinta indeleble o de cualquier otro modo similar.

    6.1.6 Leyendas precautorias y recomendaciones.

    De acuerdo al tipo de producto, el fabricante debe incluir en la etiqueta, cuando menos, las leyendas precautorias o recomendaciones de seguridad referidas a los aspectos que se mencionan en este apartado de manera contrastante y visibles en condiciones normales de compra y uso y cuya redacción debe ser clara y que no induzca error al consumidor.

    6.1.6.1 En los productos tóxicos debe figurar:

    6.1.6.1.1 Que contiene sustancias tóxicas cuya ingestión, inhalación o contacto directo inmediato o prolongado, según corresponda, pueden originar graves daños a la salud.

    6.1.6.1.2 Que no se deje al alcance de los niños.

    6.1.6.1.3 Incluir el símbolo que identifica a una sustancia con propiedades venenosas, de manera contrastante y de tamaño proporcional a la capacidad del envase (véase figura 1).

    6.1.6.2 En los productos corrosivos debe figurar:

    6.1.6.2.1 En la superficie principal de exhibición: “Lea la etiqueta antes de usar este producto”.

    6.1.6.2.2 Que no reutilice el envase y que una vez terminado el contenido se deseche el mismo.

    6.1.6.2.3 Que para su empleo utilice guantes.

    6.1.6.2.4 Lo dispuesto en el numeral 6.1.6.1.2, así como la inclusión del siguiente símbolo que identifica a una sustancia con propiedades corrosivas, de manera contrastante y de tamaño proporcional a la capacidad del envase (véase figura 2).

    6.1.6.2.5 La palabra “corrosivo” en un tamaño proporcional a la capacidad del envase.

    6.1.6.2.6 Leyendas que señalen:

    Las acciones a seguir en caso de ingesta, mal uso o mala aplicación del producto, por ejemplo:

    6.1.6.2.6.1 Que en caso de ingestión accidental, no se provoque vómito y se obtenga ayuda médica
    de inmediato.

    6.1.6.2.6.2 Que en caso de contacto con la piel o con los ojos, enjuague con abundante agua y obtenga ayuda médica.

    6.1.6.3 En los productos inflamables debe figurar:

    6.1.6.3.1 Los textos: “inflamable” en un tamaño proporcional a la capacidad del envase y “Mantener lejos del fuego y de instalaciones eléctricas”.

    6.1.6.3.2 Las demás leyendas señaladas en los numerales 6.1.6.1 y 6.1.6.2 que sean aplicables de acuerdo a la fórmula del producto.

    6.1.6.4 Los productos que se expendan en envases presurizados, deben presentar las siguientes leyendas:

    6.1.6.4.1 Que no se use cerca de los ojos o flama.

    6.1.6.4.2 Que no se queme o perfore el envase.

    6.1.6.4.3 Que no se exponga al calor.

    6.1.6.4.4 Lo dispuesto en el numeral 6.1.6.1.2.

    6.1.6.5 Cuando la composición de la fórmula no permita la mezcla con otras sustancias por representar un riesgo a la salud se debe manifestar dicha acción de manera clara.

    6.1.6.6 En los productos en cuya formulación intervengan sustancias o compuestos, tales como enzimas y oxidantes, entre otros, que por su concentración y características en producto terminado presenten problemas de irritación o sensibilización en piel o en mucosa bajo condiciones normales de uso harán figurar leyendas que se refieran a los siguientes aspectos: Que puede provocar irritación en la piel y en mucosas,
    y que se usen guantes si se presenta irritación.

    6.2 Etiquetado comercial

    6.2.1 Nombre o marca comercial del producto.

    6.2.2 País de origen.

    6.2.2.1 Leyenda que identifique el país de origen del producto o gentilicio, por ejemplo: “producto de...”, o “producto...”, “Hecho en ...”, “Manufacturado en ...” u otros análogos, sujeta a lo dispuesto en los tratados internacionales de los cuales México sea parte.

    6.2.3 Indicación de cantidad.

    6.2.3.1 El etiquetado de los productos de aseo debe cumplir con lo que establecen las normas oficiales mexicanas NOM-030-SCFI-1993, Informació n comercial-Declaración de cantidad en la etiqueta-Especificaciones y NOM-008-SCFI-1993, Sistema General de Unidades de Medida, vigentes. La unidad de medida puede adicionalmente figurar en otro sistema de unidades de medida con el mismo tipo de letra y por lo menos con el mismo tamaño.

    6.3 Generalidades

    6.3.1 Para la comercialización de los productos objeto de este ordenamiento que se encuentren en envase múltiple o colectivo, éste debe ostentar cuando menos la siguiente información: marca, denominación e indicación de cantidad, a menos que los materiales del envase múltiple o colectivo permita leer la
    etiqueta individual.

    6.3.2 Para la comercialización de los productos objeto de este ordenamiento que se encuentren en un envase múltiple o colectivo, cuyas presentaciones individuales sean utilizadas en una sola aplicación, toda la información a que se refiere la presenta Norma Oficial Mexicana, debe estar contenida en éste, e incluir además, la instrucción que se conserve el envase hasta agotar el producto. Asimismo, la presentación individual o el envase múltiple o colectivo debe ostentar la leyenda: “No etiquetado para su venta individual”. Lo anterior no será necesario en caso de que las presentaciones individuales ostenten la información correspondiente en la presente Norma, por lo que el etiquetado del envase múltiple o colectivo debe cumplir con lo establecido en el numeral 6.3.1.

    6.3.3 La presentación individual debe contener el etiquetado completo de acuerdo con la presente Norma Oficial Mexicana, a excepción del caso mencionado en el numeral 6.3.2.

    6.3.4 El fabricante o comercializador de los productos de aseo de uso doméstico que se expenden a granel deben garantizar que el producto suministrado al consumidor ostente una etiqueta que cumpla con las disposiciones establecidas en este ordenamiento.

    6.4 Características de la etiqueta:

    6.4.1 Todas las etiquetas deben ser diseñadas, elaboradas y fijadas de tal forma que la información contenida en las mismas permanezca disponible durante el uso normal del producto.

    7. Requisitos de envasado

    7.1 Los envases de los productos objeto de este ordenamiento deben cumplir con lo siguiente:

    7.1.1 Los productos objeto de esta Norma, que representen un riesgo a la salud por su acción tóxica, corrosiva o inflamable deben contar con dispositivos de seguridad y estar contenidos en envases resistentes a niños.

    7.1.2 Los aromatizantes sólidos o pastillas desodorantes deben contar con un envase primario que sea de un material resistente que no permita su fácil apertura por los niños o contar con un envase secundario para su comercialización.

    7.1.3 El comercializador de los productos de aseo de uso doméstico que se expenden a granel debe garantizar que el envase en el que se suministra el producto al consumidor cumpla con las disposiciones establecidas en este ordenamiento, siendo responsabilidad del comercializador que los envases que se utilizan para contener alimentos preenvasados no se empleen para la venta de productos de aseo a granel.

    8. Presentación de la información

    8.1 La información que debe aparecer en la etiqueta de los productos objeto de esta Norma, debe indicarse con caracteres claros, visibles, indelebles y fáciles de leer por el consumidor en circunstancias normales de compra y uso.

    8.2 Los productos destinados a ser comercializados en el mercado nacional, deben ostentar una etiqueta con la información a que se refiere esta Norma en idioma español, independientemente de que también pueda estar en otros idiomas, cuidando de que los caracteres sean al menos iguales en tamaño, proporcionalidad tipográfica y colores iguales o similares a aquellos en los que se presente la información en otros idiomas.

    8.3 Los términos champú y espray como presentaciones de los productos de aseo, podrán declararse en idioma inglés sin traducción.

    9. Declaraciones no permitidas

    9.1 No se deben declarar propiedades que no puedan comprobarse.

    10. Concordancia con normas internacionales y mexicanas

    10.1 Esta Norma no es equivalente a ninguna norma internacional ni mexicana por no existir al momento de su elaboración.

    11. Bibliografía

    11.1 Secretaría de Comercio y Fomento Industrial. 1992. Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Diario Oficial de la Federación . México, D.F.

    11.2 Secretaría de Salud. 1991. Ley General de Salud. Diario Oficial de la Federación . México, D.F., y sus reformas de 1997.

    11.3 Secretaría de Salud. 1999. Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios. Diario Oficial de la Federación . México, D.F.

    11.4 Secretaría de Salud. 1988. Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios. Diario Oficial de la Federación . México, D.F.

    11.5 Recomendaciones Relativas al Transporte de Mercancías Peligrosas emitidas por la Organización de las Naciones Unidas. Edición novena. Nueva York y Ginebra 1995.

    11.6 Code of Federal Regulations. Consumer Products Safety Commission. 1700.20 Testing Procedure for special packaging.

    11.7 Joseph F. Hanlon. 1992. Handbook of packaged engineering. Technomic. Publishing Company, Inc. Lancaster. USA. p. 13-9 y 13-11.

    11.8 Ing. José Antonio Rodríguez Tarango. 1991. Introducción a la Ingeniería de Empaques para la Industria de los Alimentos, Farmacéutica, Química y de Cosméticos. Edición particular. México, D.F.
    p. 116-143.

    12. Observancia de la Norma

    12.1 La vigilancia en el cumplimiento de las especificaciones sanitarias de la presente Norma corresponde a la Secretaría de Salud.

    12.2 La vigilancia en el cumplimiento de las especificaciones comerciales de la presente Norma corresponde a la Secretaría de Economía, a la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) y a las Unidades de Verificación acreditadas para tal efecto.

    13. Vigencia

    13.1 La presente Norma Oficial Mexicana entrará en vigor a los 365 días siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación , salvo las disposiciones sobre la declaración de lote, que entrarán en vigor a los seis meses, en el punto de venta, contados a partir de la entrada en vigor del presente instrumento.

    México, D.F., a 1 de agosto de 2002.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, Ernesto Enríquez Rubio .- Rúbrica.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Información Comercial, Seguridad al Usuario y Prácticas de Comercio,
    Miguel Aguilar Romo .- Rúbrica.

     

    SI DESEA CONTACTAR A PROVEEDORES DE PRODUCTOS DE ASEO DE USO DOMÉSTICO COMO LIMPIADORES O DESENGRASANTES HAGA CLICK AQUÍ

     

    07-02-2006
    Recomendaciones en el uso del tractor
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Agro |

    Recomendaciones en el uso del tractor

    Al analizar el desempe ño de un tractor se debe tomar en cuenta la cantidad de combustible necesario para trabajar una hectárea. A iguales condiciones de trabajo el más eficiente será aquel que menos combustible consuma para realizar el mismo trabajo. La eficiencia de un tractor depende tanto de su motor como del acondicionamiento y uso del equipo.

    La experiencia dice que se pueden conseguir ahorros de más del 20 % en el consumo de combustible de los tractores con sólo seguir algunas reglas y formas de uso para cada labor que se emprenda.

    El secreto de un uso eficiente radica en minimizar las pérdidas que ocurren a campo tomando como puntos extremos la energía contenida en el gasoil y la que valoramos como trabajo agrícola realizado. Para ello debe tenerse en cuenta:

    - El correcto mantenimiento del tractor.

    - La amortización del conjunto tractor, implemento, regulación y ajuste.

    - Uso correcto de marchas y régimen del motor.

    - El contacto rueda-suelo.

    - El mantenimiento del equipo

    Equipos con un deficiente mantenimiento registran consumos mayores del 10% de lo normal, así como también mermas de potencia ocasionadas especialmente por la falta de mantenimiento en los filtros de aire. Esto se traduce en menor velocidad de trabajo, menor ancho posible de labor y mayor consumo para trabajar la misma superficie.

    El mantenimiento preventivo del tractor permite la reducción del número de fallas durante los períodos críticos de trabajo. Las roturas y fallas se producen cuando se hace uso intensivo del tractor lo cual generalmente coincide con períodos críticos de trabajos donde una demora significaría seguramente enormes pérdidas (preparación del suelo tardía, siembra fuera de fecha, atraso en la cosecha).

    Para poder efectuar correctamente el seguimiento y mantenimiento del tractor se necesita contar con cuentahoras operando correctamente debido a que en base a ese dato se dan las recomendaciones de servicio.

    Por otro lado es fundamental considerar la interacción entre el tractor y su implemento con el que se labora. La armonía entre estas partes define en gran medida la eficiencia con la cual se trabaja a campo. Equipos de gran tamaño sobrecargan a tractor y en muchos casos no se pueden realizar las labores a la velocidad deseada. Por otro lado equipos muy chicos exigen muy poco al tractor pero al ser este de mayor potencia tiene un consumo acorde sin poder utilizar esa energía en trabajo útil.

    Ambos casos bien conocidos en el campo pero no se tiene una real apreciación económica de este problema. Por ejemplo en trabajos pesados la demanda de potencia del motor puede superar niveles del 85 % mientras que en el transporte de cargas livianas sólo se llegará al 10 o 15 %.

    El adecuado aprovechamiento de la potencia del tractor permite la máxima eficiencia de tracción en la barra de tiro que se traduce en un aumento de la capacidad de trabajo y reducción del costo.

    En tractores de tracción simple realizando trabajos de labranza o disco pueden lograrse mayores transferencias de peso al tren trasero, regulando correctamente la posición de la barra de tiro. El aumento en la carga sobre las ruedas propulsoras puede provocar incrementos notables en la capacidad tractiva.

    Por otro lado es importante considerar que el consumo de un motor varía con su régimen de marcha y con carga que se le imponga. La potencia entregada por el motor del tractor depende principalmente del tipo de trabajo que tiene que realizar, el tamaño del equipo, la velocidad de avance y las condiciones del suelo.

    Se deberá tener en cuenta que no solamente hay que ajustar el nivel e potencia según la aplicación sino también el régimen del motor.

    Partiendo del cálculo práctico en los tractores que poseen una buena superposición de relaciones de transmisión (cambios) se tienen grandes posibilidades de reducir drásticamente el consumo.

    Las mayores pérdidas de energía se producen en la transmisión de la potencia en el contacto rueda-suelo. Estas pérdidas pueden ser clasificadas en pérdidas por rodadura y patinamiento. La energía demandada por la rodadura se debe a la resistencia que opone el suelo al desplazamiento del tractor y que variará en función del tipo y tamaño del neumático, el peso del tractor y la condición del suelo. Esta pérdida se traduce en una menor capacidad de tiro a la barra ya que esos "kilos" de esfuerzo adicional que se emplean en el traslado y la compactación del suelo se deben restar a los "kilos" potenciales de tiro en la barra.

    De este modo el trabajo con un tractor grande o lastrado para realizar labores livianas demandará un mayor consumo de combustible traducido en el campo en una mayor compactación del suelo.

    Las pérdidas por patinamiento se producen por el giro en falso de la rueda motriz sobre el suelo y provoca una disminución de la velocidad de avance. Esta reducción se verá afectada fundamentalmente por el peso del tractor, el estado y diseño de los neumáticos y por el uso supuesto al estado del suelo.

    La incorrecta selección del neumático agrícola ocasiona que en algunos casos el tractor se encuentre subdimensionado en tamaño de rodado y el sólo hecho de dotar al mismo equipo con ruedas de mayor diámetro permitiría lograr incrementos superiores al 10 % en la potencia a la barra de tiro y reducir el consumo específico de combustible. Una precisión de inflado excesiva puede provocar un incremento en el patinamiento debido a una disminución de "agarre" de los rodados.

    Las pérdidas por patinamiento y rodadura se contraponen ya que por un ejemplo un aumento en el lastrado reducirá las pérdidas por patinamiento pero al mismo tiempo se incrementará la rodadura por lo cual se debe lograr una situación intermedia donde la reducción de las pérdidas totales sea mínima.

    Para lograr ese equilibrio en los trabajos de tanto esfuerzo de tracción se deberá disminuir en forma prioritaria las perdidas por patinamiento empleando tractores pesados o lastrados adecuadamente para lograr como peso ideal uno que nos dé una relación aproximada teniendo en cuenta la potencia del tractor de 50 a 60 kg. / CV.

    Si el tractor nos permite llegar a estos niveles se deberá aumentar la velocidad de trabajo para lograr un aprovechamiento integral de la potencia.

    En trabajos que demanden al tractor poco esfuerzo de tracción y nos permita seleccionar marchas altas, como la siembra, procuraremos minimizar las pérdidas por rodadura quitando lastres o empleando tractores livianos en busca de una relación óptima entre 30 y 40 kg./CV. Una selección errónea provocará importantes pérdidas, esto sucede porque en trabajos de labranza secundaria y siembra la capacidad de soporte del suelo se ve disminuida por los trabajos previos a la labranza.

    Los perjuicios humanos y económicos que se producen por falta de seguridad y adaptación de los tractores al operador se traduce en jornales caídos, aumento de los tiempos operativos, disminución de audición, accidentes y daños irreparables. Este factor por su magnitud e importancia se ha tornado en un tema prioritario tanto para el sector público como privado de los países desarrollados. Este hecho se evidencia en fuertes inversiones que han realizado durante los últimos años para lograr mejoras en corto plazo.

    Si desea conocer proveedores de tractores haga clic aquí

    Suplemento Campo y familia, La Opinión de Rafaela - Rafaela, Santa Fe [13-set-01]

     

    22-07-2008
    El uso de la urea como fertilizante
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Agro, Química |

    El uso de la urea como fertilizante

    La fertilidad de los suelos es un factor clave para el crecimiento de las plantas y tiene una gran influencia sobre la productividad y la calidad del alimento.

    El nitrógeno forma parte de cada célula viva por lo que es esencial en la planta. Generalmente, las plantas requieren de grandes cantidades de nitrógeno para crecer normalmente. El nitrógeno es necesario para la síntesis de la clorofila y al formar parte de la molécula de la clorofila, está involucrado en el proceso de la fotosíntesis.

    El nitrógeno forma parte de las vitaminas y de los sistemas de energía de la planta. Es también un componente esencial de los aminoácidos, los cuales forman las proteínas; por lo tanto, es directamente responsable del incremento de proteínas en las plantas, y esta directamente relacionado con la cantidad de hojas, tallos, etc.

    La urea como fertilizante presenta la ventaja de proporcionar un alto contenido de nitrógeno, el cuál, como se menciona anteriormente, es esencial en el metabolismo de la planta.

    La mayor parte de la urea producida es usada como fertilizante, aunque también tiene uso en la industria del plástico y química, en la fabricación de adhesivos, resinas, tintas, etc.

    Proveedores de urea

    Para buscar proveedores o empresas que venden urea, solicitar una cotización o precio de urea o más información, visite nuestro buscador de la industria.

    A continuación le presentamos a Brenntag México S: A. de C.V., proveedor de urea:

    Brenntag México S. A. de C. V., es la compañía líder en la distribución de productos químicos en el mundo. Contando dentro de su gama de productos con productos químicos como: urea, acetona, alcohol etílico, anilina, formaldehído, entre otros más.

    Características de la urea de Brenntag

    Sinónimos:

    Carbamida, resina carbamida, carbonildiamida, isourea, carbonilamina.

    Propiedades físicas:

    • Apariencia: Polvo cristalino blanco
    • Punto de fusión: 135-137°C
    • Gravedad específica: 1.335

    Manejo y almacenaje:

    Para preservar el material con sus propiedades químicas almacenar a una temperatura de 25 °C y  envases cerrados, proteja los envases de daños para evitar contaminación. Los envases vacíos puedes ser peligrosos ya que contienen  residuos del material.

    Usos y aplicaciones principales:

    La aplicación principal es en la fabricación de fertilizantes; otro usos principales son antiespumante, agente activo en la fabricación de resinas entre otros.

    Presentación:

    Sacos de 50 kg, entregado en su planta.

    Conozca el Perfil, Productos, Dirección y Teléfono de Brenntag México S. A. de C. V.

    O bien, haga contacto directo con Brenntag México S. A. de C. V., para solicitar mayor información sobre la urea.

     

    Más artículos Relacionados con:DEGRASOL Desengrasante multiusos para uso doméstico  
  • Ver más artículos
  •  
  • El uso alimenticio del almidón
  • Micro sílice: producción y uso
  • Válvulas para uso industrial
  • El uso de enzimas en la industria textil
  • Almidones modificados y su uso industrial en adhesivos
  • El uso de la roca fosfórica para fertilizantes
  • Film preestirado para uso directo
  •  


    En QuimiNet / e-Industria puede encontrar Proveedores, Oportunidades de Compra y Venta, Noticias e Información para:

    • Industria Petroquímica
    • Industria  Química
    • Industria  del Plástico
    • Industria del Empaque
    • Industria  Farmacéutica
    • Industria Alimenticia 
    • Industria  Cosmética
    • Industria de Pinturas, Recubrimientos y Tintas
    • Industria  Metalmecánica
    • Industria  Automotriz
    • Industria  Minera
    • Industria de la Construcción
    • Industria del Petróleo
    • etc.
    Regístrese Gratis y
    Reciba las Noticias
    de la Industria
    Buscar:      
    * QuimiNet.com / e-Industria.com es el medio industrial más importante de Latinoamérica. Quiminet no vende este producto ni ninguno otro, enlaza proveedores y clientes y ofrece información valiosa a la comunidad industrial. La información que se muestra es esta página fue generada por Quiminet, provino de algún medio público o de algún usuario del portal. QuimiNet considera cree que es correcta mas no puede garantizarlo. Si el producto es una marca registrada, QuimiNet declara explícitamente que la misma no es propiedad más que de su legítimo dueño.