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ADITIVO DIESEL *

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    Colombia CRC Colombia Aditivo diesel, Aditivo aceite 0 Col.
    0 ,
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    Colombia C.I. Multiservicios de Ingeniería 1A Aditivo para diesel, Aditivo para gasolina Calle 74 No.19-01B Col.Barrio La Libertad
    0 Barrancabermeja, Santander
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    Argentina Alpros Productos Químicos MAXIGAS (Aditivo de combustible para gasoil - Diesel oil- fueloil 1:1500), ADITIVO DE GASOIL (Aditivo de combustible 1:1500) El Cano 9097 Col.Mar del Plata
    7600 Argentina, Buenos Aires
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    México Petróleos Mexicanos Diesel, Gasoil gasoleo o aceite diesel Marina Nacional 329 Col.ND
    11320 MEXICO, D.F.
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    México Negociación Alvi DIESEL SIN Industria Electrica de México No. 69 Col.San Pedro Barrientos
    54110 Tlalnepantla, Edo. de Méx.
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    Perú VOPAK SERLIPSA Diesel Av. Néstor Gambetta 1265 Col.
    0 , Callao
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    Argentina Justo y Martínez bio-diesel, PROTECTOL TR/22 - Aditivo para aceite Monteagudo 504 Col.Ciudad Autónoma de Buenos Aire
    C1437EVL Argentina, Buenos Aires
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    México CAESSA TRANSPORTACIONES Diesel, Diesel Amargo Sta. Maria la Redonda Manzana 20 Lote 15 Col.Heroes de Nacozari
    96599 Coatzacoalcos, Veracruz
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    México Quimicos PLEDCA ADITIVO M1-40, Aditivo, Aditivo para plástico Conv. de Acolman No. 70-C, Col.JARDINES DE STA. MONICA
    54050 Tlalnepantla, Edo. de Méx.
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    Argentina Silquim aditivo of, aditivo ti na Col.na
    0 Argentina, Argentina
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    México Importadora de Moldes y Maquinas Plastic Molino a Diesel, Molinos con Motor a Diesel Emiliano Zapata Num 9 Col.Barrio La Constitución
    50200 San Pedro Totoltepec, Toluca, Estado de México
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    México Transportes JSV Transporte de diesel, Transportes de diesel, Transporte especializado de diesel, Transporte especializado de Derivados del Petróleo (Combustoleo, Refinado, Diesel, Turbosina, etc) Carretera Tampico Mante Km 14.6 Col.Laguna de la Puerta
    89609 Altamira, Tamaulipas
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    México Transportación Ferroviaria Mexicana TRANSPORTE DE DIéSEL Periférico Sur 4829 3er piso Col.Parques del Pedregal
    14010 México, D.F.
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    México Shure Lubricantes monogrados diesel, multigrados diesel Reforma Social Mz. 66 Lt 09 Col.Reforma Politica
    9730 Iztapalapa, D.F.
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    Colombia Consorcio Industrial Motores diesel Cra. 43F No. 17 - 455 Col.Medellin
    0 Colombia, Colombia
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    34710 aditivo diesel 100 TM
    Anual
    México Nuevo Leon Administrador
    757 Sorbato de potasio 10 TM
    Anual
    México Gerente Necesito urgentemente 1 tob de sorbato de potasio
    1809 Estearato de Calcio 1 Servicios
    Anual
    México desarrollo Saludos Somos fabricantes de productos para la construcción. Uno de los aditivos es ...
    2405 acido toluensulfonico 10 kg
    Anual
    México Estudiante de postgrado
    2457 vinil pirrolidona 14 TM
    Anual
    Argentina GEO Requerimos hojas de especificación e información.-
    2511 aditivos reologicos 50 ft3
    Anual
    El Salvador Gerente de ventas
    2815 SECUESTRANTES 20 TM
    Anual
    Chile GTE. COMERCIAL BUSCAMOS CONTRATIPO A DEQUEST 2000 O SECUEST 2000. CONSUMO MENSUAL APROXIMADO DE 4.000 KILOS. ...
    2830 polisorbatos 1800 kg
    Anual
    Colombia asesora ambiental requerimos con URGENCIA hoja de seguridad DE UN POLISORBATO DE ALKIL AMINA
    3153 colorantes para plastico 24 L
    Anual
    Colombia antioquia vicepresidente necesito ficha tecnica amplia si es posible de aditivos que tiñan el eps para aplicarlo como medio ...
    3263 aditivos concreto 5 TM
    Anual
    México D. F. Especialista en procesos Tengo un fluido con un pH entre 5 y 8, que se encuentra en contacto directo con el concreto, a 30 °C, ...

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    México Aditivos y Farmoquímicos Dr. José Ma. Vértiz # 680 Col.Narvarte
    3020 México, D.F.
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    México Aditivos EP Atomo 24 Col.Parque Ind. Naucalpan
    53370 Naucalpan, Edo. de Méx.
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    México Aditivos Mexicanos World Trade Center Piso 11 Oficina 26 Montecito No38 Col.Napoles
    03810 México, D.F.
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    México Aditivos y Plastificantes Olmo 101 Col.Fracc. Loma de los Sauces
    0 León, Gto.
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    México Aditivos y Premezclas Especiales Albert Einstein 13 Col.Parque Indl. Cuamantla
    54201 Cuautitlán, Edo. de Méx.
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    México Aditivos Bardahl de México Centeno No.193 Col.Valle del Sur
    9819 México, D.F.
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    México Colores y Aditivos iIndependencia 373 Col.Rancho blanco
    44890 Tlaquepaque, Jal.
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    México ADITIVOS REOLOGICOS AV. INSURGENTES SUR 1188 DESPACHO 807 Col.TLACOQUEMECATL DEL VALLE
    03200 Mexico, D.F.
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    México Aditivos Plasticos Viaducto M. Alemán # 133-3 Col.Alamos
    3400 Distrito Federal, D.F.
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    España Productos Aditivos P.I La Ferreria Avda La Ferreria No. 40 Col.Montcada i Reixac
    08110 España, Barcelona
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    29-Agosto-2006
    Ciba Specialty Chemicals aumenta el precio de aditivos para plásticos
      
         Fuente:  QuimiNet

    Ciba Specialty Chemicals anunció el aumento del precio de 5 al 15 por ciento para ciertos antioxidantes y estabilizadores de proceso de fosfito para plásticos, vendidos alrededor del mundo bajo los nombres comerciales de Ciba® IRGANOX® y Ciba® IRGAFOS®. El aumento del precio es efectivo inmediatamente o donde los contratos lo permitan.

     

    29-Agosto-2006
    Etiquetada inversión para mejorar la calidad de gasolinas: Pemex
      
         Industria: Automotriz, Petróleo y Energía
         Tipo: Cambios de organización, Gobierno, Nuevos productos, Situación del mercado, Tratados comerciales, Economía, Industria en general
         Fuente:  Intélite

    El director de Pemex Refinación Miguel Tame dijo que la SHCP ya autorizó inversiones por 2,700 mdd para reducir los niveles de contaminación y mejorar la calidad de las gasolinas y diesel para los próximos dos años.

    • Afirmó que independientemente de la partida presupuestal que se le asigne a la paraestatal para el año siguiente, el monto que se deberá ejercer en 2007 es por 1,200 mdd y de 500 millones en 2008.

    • El proyecto que implicará esta inversión se llama Combustibles Limpios, y consiste en construir 11 nuevas plantas de postratamiento de gasolinas y modernizar 18 plantas más del sistema nacional de refinación.

    • Lo anterior es parte de los compromisos que tiene Pemex Refinación para acatar los tiempos establecidos por la Norma Oficial Mexicana (NOM) 86, que deberá cumplirse en su totalidad de 2009 a 2011, en gasolinas y diesel, respectivamente.

    • Ello permitirá, comentó el funcionario, que las gasolinas en México estén a la altura de otros países que, incluso, iniciaron este proceso de reducir los niveles de azufre desde 1992.

    • Como lo adelantó este diario, en estos días se realiza la ingeniería del proyecto de Pemex Refinación para reducir los niveles de azufre que contienen los combustibles, mismos que dañan las vías respiratorias de los ciudadanos. La empresa privada CD Tech hace la ingeniería de desulfuración del proyecto. El contrato, dijo el funcionario, se firmó el 6 de agosto y la ingeniería deberá estar lista en la primera semana de noviembre.

    • Este proyecto, comentó, es independientemente del proceso de modernización del sistema nacional de refinación, y tiene como objetivo que Pemex Refinación produzca y distribuya gasolinas (Pemex-Premium y Pemex-Magna), cuyo consumo nacional representa 707 mil barriles diarios, con un mínimo de 30 partes por millón de azufre y como máximo 80 partes por millón.

     

    28-Agosto-2006
    Importará Pemex la totalidad de gasolinas Premium
      
         Industria: Automotriz, Petróleo y Energía
         Tipo: Ecología, Gobierno, Situación del mercado, Economía, Industria en general
         Fuente:  Intélite

    Ante la incapacidad de Pemex de elaborar combustibles con bajo contenido de azufre, la paraestatal deberá importar la totalidad de gasolinas Premium que se consumen en el país, para así cumplir con la Norma Oficial Mexicana (NOM 086), la cual prohíbe el consumo de gasolinas y diesel con altos contenidos de este contaminante.

    • La norma establece que los combustibles que se usen en el país deberán reducir sus niveles de contenido de azufre de 500 a 30 partes por millón en gasolinas y en el diesel de mil a 15 partes por millón.  

    • Pemex Refinación, a cargo de Miguel Tame, señaló que las importaciones se irán reduciendo a medida que se vaya avanzado con el proceso de reconfiguración del Sistema Nacional de Refinación.

    • Por su parte, la Semarnat explicó que con la medida se estima que en los próximos 20 años se evitarán anualmente 56 mil muertes prematuras, 165 mil casos de bronquitis crónica y la pérdida de 78 millones de días laborales.

    • En tanto, el subsecretario de hidrocarburos de la Secretaría de Energía Héctor Moreira explicó que Pemex incumple totalmente con las especificaciones técnicas de la calidad para el diesel y la gasolina que se producen en el país.

    • La paraestatal estimó que será para finales de 2009 cuando la empresa cumpla con la totalidad de esta NOM y mientras seguirá recurriendo a las importaciones para abastecer el mercado interno.

     

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    21-05-2006
    Definiciones de Aceites lubricantes automotrices
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Automotriz | Productos y Servicios relacionados: Maquinaria y equipo industrial

    Definiciones de Aceites lubricantes automotrices

    Los aceites lubricantes no sintéticos, son mezclas de aceites básicos parafínicos y aditivos. Los aceites básicos parafínicos son las bases para la manufactura de los aceites lubricantes automotrices.Los aceites básicos parafínicos de alta calidad son mezclados entre sí y con aditivos, permitan obtener lubricantes de muy alta calidad.

    En general los crudos se clasifican en parafínicos y nafténicos, con base en la familia de hidrocarburos que predomina en su composición. Para la producción de aceites básicos se emplean los crudos de base parafínica.

    En el caso de México, la elaboración de los aceites básicos parafínicos inicia desde la selección del petróleo crudo a utilizar. El petróleo crudo pasa por una destilación atmosférica, produciéndose gas húmedo, gasolina, turbosina, kerosina, diesel, etc. y un residuo del cual se obtienen los aceites básicos, enviándose estos a las plantas de vacío en las cuales se extraen los aceites básicos crudos más ligeros. De aquí, sale un residuo que es enviado a las plantas desasfaltadoras, en las cuales se producen los aceites básicos más pesados, obteniéndose también un subproducto para la elaboración de los asfaltos.

    Una vez obtenida toda la gama de aceites básicos crudos, estos son enviados a las plantas de extracción con furfural, en las cuales son desaromatizados, incrementándose su índice de viscosidad y mejorándose su color, entre otras cosas. Posteriormente pasan a otro tratamiento en una planta de hidrotratamiento, la cual funge como estabilizadora, quitando compuestos de azufre, nitrógeno, oxigeno, etc.

    Finalmente, estos productos son pasados a unas plantas desparafinadoras en donde mediante un solvente, unos filtros, y a una temperatura muy baja, se extrae la parafina, la cual es utilizada sobre todo en la fabricación de veladoras, entre otros muchos usos.

    En general los aceites lubricantes automotrices, dependiendo del uso que se les dé: motor a diesel o gasolina, transmisión manual o automática, sistema de la dirección, etc., así como la viscosidad que se requiere y las especificaciones que deban cumplir, son mezclas de dos o más aceites básicos y diferentes aditivos que le imparten o mejoran algunas propiedades a los aceites básicos.

    Su elaboración inicia al recibirse los aceites básicos en los tanques de almacenamiento de la planta que va a elaborarlos, de estos, dependiendo el volumen que se requiere producir o la viscosidad a obtener, se envían generalmente a un tanque o tina de mezclado, en este recipiente, se reciben los aceites básicos y se les adicionan los aditivos requeridos. Esta tina o tanque de mezclado, generalmente tiene un sistema de calentamiento y agitación para realizar una mezcla homogénea del producto. Una vez realizada la mezcla, se remite una muestra al laboratorio para su análisis, y ya aprobado se envía a los tanques de producto terminado para posteriormente proceder a su venta, a granel, o envasado.

    Los aditivos utilizados para la formulación de aceites lubricantes automotrices son:

    ANTIDESGASTE: La finalidad de cualquier lubricante es evitar la fricción entre dos superficies que están en movimiento en forma encontrada, este aditivo permanece pegado a la superficie de las partes en movimiento, formando una película de aceite, que evita el desgaste entre ambas superficies.

    MODIFICADORES DE FRICCION: Estos permiten que las partes en movimiento se deslicen más rápidamente, permitiendo menos fricción, y en consecuencia importantes ahorros de consumo de combustible.

    DETERGENTES: Como su nombre lo indica, su función es lavar las partes interiores en el motor, que se ensucian por las partículas de polvo, tierra, etc., que entran al motor.

    DISPERSANTES: Este aditivo pone en suspensión las partículas que el aditivo detergente lavó y las disipa en millones de partes.

    Un buen aceite además de lubricar debe, actuar como enfriador, disminuyendo la alta temperatura del motor. Por otra parte debe de actuar como sello para impedir fugas, y actuar como detergente, para mantener limpio el motor, ayudado por otro aditivo que permita mantener en suspensión y dispersar las partículas contaminantes acumuladas, tales como el polvo y la tierra.

    Por consiguiente, cuando compremos un aceite lubricante no importa la marca, debemos verificar que en el envase se ostente la clasificación API que cumple.

    El símbolo inferior es el símbolo normal del A.P.I., (DONA) el cual indica la calidad del aceite a utilizar así como su viscosidad. El símbolo superior (starburst), muestra que este aceite esta certificado por A.P.I., sin embargo únicamente lo ostentan los aceites multigrados de baja viscosidad como los SAE 0W, 5W y 10W, de lo que comentaremos posteriormente.

    El Instituto Americano del Petróleo, clasifica los aceites para Motores a Gasolina, utilizando las letras del alfabeto, antecediendo su clasificación con la letra "S" (Service Station), y en México de conformidad al diario oficial:

    La Sociedad de Ingenieros Automotrices designa el "gruso del aciete" como SAE. Un aceite muy viscoso es más grueso que uno menos viscoso, que es más delgado. Un aceite delgado (S.A.E. 0W, 5W, 10W, 15W, 20W ) trabaja mejor a bajas temperaturas por lo que la sigla W significa Winter (invierno), sin embargo, un aceite grueso trabaja mejor a altas temperaturas, como los aceites SAE 40 ó 50. Por lo expuesto, la mayoría de los fabricantes elaboran aceites multigrados, esto es que trabajen correctamente a bajas y altas temperaturas, como por ejemplo los aceites SAE 0W-30, SAE 5W-30, SAE 10W-40, 15W-40, 20W-50.

    Es conveniente señalar que todos los fabricantes de automóviles en los vehículos recientes, solicitan preferentemente aceites multigrados de baja viscosidad como son los aceites SAE 5W-30 y SAE 10W-40.

    SISTEMA DE CLASIFICACIÓN DE SERVICIO DE LOS ACEITES LUBRICANTES PARA MOTORES A GASOLINA

    (DIARIO OFICIAL LUNES 4 MAYO DE 1998)

    CATEGORIAS DE SERVICIO EN MOTORES A GASOLINA

    USOS

    SA
    CLASIFICACIÓN OBSOLETA
    El aceite de esta categoría no debe ser utilizado en ningún motor a menos que sea específicamente recomendado por el fabricante.
    SB
    CLASIFICACIÓN OBSOLETA
    El aceite de esta categoría no debe ser utilizado en ningún motor a menos que sea específicamente recomendado por el fabricante.
    SC
    CLASIFICACIÓN OBSOLETA
    El aceite de esta categoría no debe ser utilizado en ningún motor a menos que sea específicamente recomendado por el fabricante.
    SD
    CLASIFICACIÓN OBSOLETA
    El aceite de esta categoría no debe ser utilizado en ningún motor a menos que sea específicamente recomendado por el fabricante.
    SE
    CLASIFICACIÓN OBSOLETA
    El aceite de esta categoría no debe ser utilizado en ningún motor a menos que sea específicamente recomendado por el fabricante.
    SF Recomendado para el servicio de motores a gasolina de vehículos de los años 1988 y anteriores.
    SG Recomendado para el servicio de motores a gasolina de vehículos de los años 1993 y anteriores.
    SH Recomendado para el servicio de motores a gasolina de vehículos de los años 1996 y anteriores.
    SJ (1) Recomendado para el servicio de motores a gasolina de vehículos último modelo y años anteriores.
       (1) En tanto no exista una categoría de servicio superior a la SJ,se recomienda el uso de ésta para motores de vehículos último modelo y años anteriores.

    Si desea contactar a proveedores de acites lubricantes para automóviles haga click aquí

     

     

    01-01-2006
    ¿Qué son los aditivos para alimentos?
    Por: FDA / Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia |

    En el más amplio sentido de la palabra, un aditivo es una substancia añadida a un alimento. Legalmente, la palabra se refiere a cualquier substancia cuyo uso "resulta o puede razonablemente esperarse que directa o indirectamente al convertirse en un componente," afecte las características de cualquier alimento. Esta definición incluye cualquier substancia usada en la producción, tratamiento, empaquetado, transporte o almacenamiento de alimentos.

    Si una substancia es añadida a un alimento con un propósito específico, es considerada un aditivo directo. Por ejemplo, el dulcificante aspartame, usado en bebidas, pudines, yogurt, goma de mascar y otros alimentos, es considerado un aditivo directo. Muchos aditivos directos son identificados en la etiqueta de ingredientes de los alimentos.

    Los aditivos indirectos de alimentos son aquellos que se convierten en parte del alimento mismo aunque en cantidades insignificantes, lo cual puede suceder durante la manipulación, empaque, o almacenamiento. Por ejemplo, diminutas cantidades de substancias de los empaques pueden llegar a mezclarse con los alimentos durante el almacenamiento. Los manufactureros y empacadores de alimentos tienen que comprobar a la Administración de Drogas y Alimentos (FDA) que todos los materiales que hagan contacto con los alimentos son seguros, antes que les sea permitido usarlos de esa manera.

    ¿Qué es un Aditivo de Color?

    Un aditivo de color es cualquier tinte, pigmento o substancia que pueda repartir color al ser aplicado a un alimento, droga, cosmético o al cuerpo humano. Los aditivos de colores pueden ser usados en alimentos, drogas, cosméticos y ciertos dispositivos médicos como los lentes ópticos de contacto.

    Los aditivos de colores se usan en alimentos por muchas razones, inclusive para compensar la pérdida de los colores, causada por el almacenamiento o proceso químico y para corregir las variaciones naturales del color de algunos alimentos.

    Los colores permitidos para el uso en los alimentos se clasifican como certificados y exentos de certificación. Los certificados son colores artificiales, manufacturados por el hombre y por lo tanto, cada lote debe ser ensayado por el manufacturero y la FDA, para estar seguros de que reúnen las estrictas reglas y especificaciones de pureza. En los Estados Unidos existen nueve colores certificados y aprobados para el uso. Un ejemplo es el FD&C Amarillo No. 6, usado en cereales, panes, bizcochos, meriendas y otros alimentos.

    Los aditivos de colores exentos de certificación, incluyen los pigmentos derivados de fuentes naturales tales como vegetales, minerales o animales. Por ejemplo, el color caramelo producido comercialmente, se obtiene calentando el azúcar y otros carbohidratos, bajo condiciones estrictamente controladas, para usarlo en salsas, bebidas sin alcohol, pastelería y muchos otros alimentos. La mayor parte de los colores exentos de certificación, también deben cumplir con ciertas normas legales de discernimiento de especificaciones y pureza.

    ¿Cómo Están Regulados los Aditivos?

    Los aditivos no siempre son residuos de la tecnología del siglo 20 ni del ingenio moderno. Nuestros antepasados usaban aditivos como la sal para preservar las carnes y pescados; añadían hierbas y especias para mejorar el sabor de los alimentos; preservaban las frutas con azúcar y hacían encurtidos de vegetales y escabeche en una solución de vinagre.

    Sin embargo, a través de los años se han hecho mejoramientos para aumentar la eficiencia y asegurar la inocuidad de todos los aditivos. Hoy, todos los aditivos existentes son regulados más estrictamente que en cualquier otra época en la historia. La base de las leyes modernas de los alimentos es el Acto Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos (FD&C) de 1938, el cual otorga a la Administración de Drogas y Alimentos (FDA), la autoridad para regular alimentos y componentes y define los requisitos para la rotulación honesta de los ingredientes.

    La Enmienda del FD&C Acto sobre los Aditivos en los Alimentos acogida en 1958, requiere la aprobación de la FDA para el uso de un aditivo, antes de ser incluido a un alimento. También exige que el manufacturero compruebe la seguridad del aditivo en todas las formas en que va a ser usado.

    La Enmienda de los Aditivos en los Alimentos, excluyó dos grupos de substancias del proceso regulatorio de los aditivos. Todas las substancias que la FDA o el Departamento de Agricultura (USDA) determinaron como sanas y seguras para el uso en alimentos especificados antes de la enmienda de 1958, fueron señaladas como substancias previamente sancionadas. Ejemplos de las substancias previamente sancionadas, son el nitrato de sodio y el nitrato de potasio, ampliamente usados para preservar carnes para fiambres y una variedad de embutidos.

    Una segunda categoría de substancias excluidas del proceso regulatorio de los aditivos en los alimentos, son generalmente reconocidos como seguras, o substancias GRAS. Las substancias GRAS son aquellas cuyo uso es generalmente reconocido por los expertos como seguras, basados en la extensiva historia de su uso en los alimentos antes de 1958, o en evidencia científica publicada. Sal, azúcar, especias, vitaminas y glutamato monosódico, están clasificadas como substancias GRAS, junto con centenares de otras substancias. Los manufactureros pueden solicitar a la FDA la revisión del uso de una substancia para determinar si puede considerarse en la categoría de GRAS.

    Desde 1958, la FDA y el Departamento de Agricultura han continuado la vigilancia de las substancias previamente sancionadas y las de GRAS, en vista de nueva información científica. Si la nueva evidencia sugiere que una substancia, GRAS u otra de las previamente sancionadas puede ser insegura, las autoridades federales pueden prohibir su uso o exigir estudios adicionales para determinar su nivel de seguridad.

    En 1960 el Congreso aprobó legislación similar regulando los colores de los aditivos. La Enmienda Sobre Los Colores en los Aditivos del Acto FD&C, exige que los tintes usados en alimentos, drogas, cosméticos y ciertos dispositivos médicos, tengan la aprobación de la FDA, antes de ser ofrecidos al mercado.

    Al contrario de los aditivos de los alimentos antes de la aprobación de la ley, el uso de los colores fue permitido únicamente después de haber sido sometidos a exámenes adicionales para confirmar su seguridad. De los 200 colores de la lista provisional, 90 han sido escogidos por su seguridad y el resto han sido eliminados por la FDA o desechados por la industria.

    Tanto la Enmienda de los Aditivos en los Alimentos como la Enmienda de los Colores en los Aditivos, ambos incluyen una cláusula que prohíbe la aprobación de un aditivo, si se encuentra que este ha causado cáncer en humanos o en animales. Esta cláusula es conocida comúnmente como la Cláusula Delaney, llamada así en honor de su patrocinador, el Representante Demócrata James Delaney de New York.

    Regulaciones conocidas como Good Manufacturing Practices (GMP) ponen un límite a la cantidad de aditivos usados en los alimentos. Los manufactureros pueden usar únicamente la cantidad necesaria de un aditivo para alcanzar el efecto deseado.

    ¿Cómo Son Aprobados los Aditivos Para los Alimentos?

    Para poner al mercado un alimento o un aditivo para colorear alimentos, el comerciante debe presentar una solicitud de aprobación a la FDA. Aproximadamente 100 peticiones para alimentos y aditivos son presentadas anualmente. La mayoría de las peticiones son para aditivos indirectos como materiales de empaque.

    Una petición para un aditivo o colorante de un alimento, debe presentar evidencia convincente de que este actúa como es de esperarse. Estudios en animales, usando grandes dosis del aditivo durante largos períodos de tiempo, frecuentemente son necesarios para demostrar que la substancia no causa efectos dañinos en supuestos niveles del consumo humano. Estudios del aditivo en humanos también pueden ser presentados a la FDA.

    Para decidir si un aditivo debe ser aprobado, la agencia primero considera la composición y atributos de la substancia, la probable cantidad para ser consumida, los posibles efectos a largo plazo y varios factores de seguridad. El factor absoluto de seguridad de ninguna substancia jamás se puede comprobar. Por lo consiguiente, la FDA debe determinar si el aditivo es seguro bajo las condiciones de uso propuestas, basadas en el mejor conocimiento científico obtenible.

    Si un aditivo es aprobado, la FDA publica regulaciones que pueden incluir los tipos de alimentos en que pueden ser usados, las cantidades máximas que se pueden usar y cómo deben seridentificados en las etiquetas de los alimentos. Los aditivos recomendados para ser usados en carne y productos de aves también deben recibir autorización específica del Departamento de Agricultura. Enseguida, oficiales federales inspeccionan cuiadadosamente el grado de consumo del nuevo aditivo en la población y los resultados de nuevas investigaciones, acerca de la seguridad para garantizar el uso continuo de la substancia dentro de los límites de seguridad.

    Además, la FDA opera un Sistema de Vigilancia de Reacciones Adversas (ARMS) que sirve como dispositivo de seguridad, vigilando los aditivos. El sistema investiga todas las quejas procedentes de individuos o sus médicos que se puedan referir a alimentos específicos, aditivos de alimentos y aditivos de colores, o vitaminas y suplementos minerales. La base computarizada de información de ARMS asiste a los oficiales para decidir si las reacciones adversas reportadas, representan realmente un peligro para la salud pública asociado con alimentos, para luego tomar la acción más apropiada.

    Si desea conocer a proveedores de aditivos para alimentos haga click aquí

     

    28-01-2006
    La FDA y los Aditivos Alimenticios
    Por: Boletin FDA / Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia |

    ¿Qué son los Aditivos Alimenticios?

    En el más amplio sentido de la palabra, un aditivo es una substancia añadida a un alimento. Legalmente, la palabra se refiere a cualquier substancia cuyo uso "resulta o puede razonablemente esperarse que directa o indirectamente al convertirse en un componente," afecte las características de cualquier alimento. Esta definición incluye cualquier substancia usada en la producción, tratamiento, empaquetado, transporte o almacenamiento de alimentos.

    Si una substancia es añadida a un alimento con un propósito específico, es considerada un aditivo directo. Por ejemplo, el dulcificante aspartame, usado en bebidas, pudines, yogurt, goma de mascar y otros alimentos, es considerado un aditivo directo. Muchos aditivos directos son identificados en la etiqueta de ingredientes de los alimentos.

    Los aditivos indirectos de alimentos son aquellos que se convierten en parte del alimento mismo aunque en cantidades insignificantes, lo cual puede suceder durante la manipulación, empaque, o almacenamiento. Por ejemplo, diminutas cantidades de substancias de los empaques pueden llegar a mezclarse con los alimentos durante el almacenamiento. Los manufactureros y empacadores de alimentos tienen que comprobar a la Administración de Drogas y Alimentos (FDA) que todos los materiales que hagan contacto con los alimentos son seguros, antes que les sea permitido usarlos de esa manera.

    ¿Qué es un Aditivo de Color?

    Un aditivo de color es cualquier tinte, pigmento o substancia que pueda repartir color al ser aplicado a un alimento, droga, cosmético o al cuerpo humano. Los aditivos de colores pueden ser usados en alimentos, drogas, cosméticos y ciertos dispositivos médicos como los lentes ópticos de contacto.

    Los aditivos de colores se usan en alimentos por muchas razones, inclusive para compensar la pérdida de los colores, causada por el almacenamiento o proceso químico y para corregir las variaciones naturales del color de algunos alimentos.

    Los colores permitidos para el uso en los alimentos se clasifican como certificados y exentos de certificación. Los certificados son colores artificiales, manufacturados por el hombre y por lo tanto, cada lote debe ser ensayado por el manufacturero y la FDA, para estar seguros de que reúnen las estrictas reglas y especificaciones de pureza. En los Estados Unidos existen nueve colores certificados y aprobados para el uso. Un ejemplo es el FD&C Amarillo No. 6, usado en cereales, panes, bizcochos, meriendas y otros alimentos.

    Los aditivos de colores exentos de certificación, incluyen los pigmentos derivados de fuentes naturales tales como vegetales, minerales o animales. Por ejemplo, el color caramelo producido comercialmente, se obtiene calentando el azúcar y otros carbohidratos, bajo condiciones estrictamente controladas, para usarlo en salsas, bebidas sin alcohol, pastelería y muchos otros alimentos. La mayor parte de los colores exentos de certificación, también deben cumplir con ciertas normas legales de discernimiento de especificaciones y pureza.

    ¿Cómo están regulados los Aditivos?

    Los aditivos no siempre son residuos de la tecnología del siglo 20 ni del ingenio moderno. Nuestros antepasados usaban aditivos como la sal para preservar las carnes y pescados; añadían hierbas y especias para mejorar el sabor de los alimentos; preservaban las frutas con azúcar y hacían encurtidos de vegetales y escabeche en una solución de vinagre.

    Sin embargo, a través de los años se han hecho mejoramientos para aumentar la eficiencia y asegurar la inocuidad de todos los aditivos. Hoy, todos los aditivos existentes son regulados más estrictamente que en cualquier otra época en la historia. La base de las leyes modernas de los alimentos es el Acto Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos (FD&C) de 1938, el cual otorga a la Administración de Drogas y Alimentos (FDA), la autoridad para regular alimentos y componentes y define los requisitos para la rotulación honesta de los ingredientes.

    La Enmienda del FD&C Acto sobre los Aditivos en los Alimentos acogida en 1958, requiere la aprobación de la FDA para el uso de un aditivo, antes de ser incluido a un alimento. También exige que el manufacturero compruebe la seguridad del aditivo en todas las formas en que va a ser usado.

    La Enmienda de los Aditivos en los Alimentos, excluyó dos grupos de substancias del proceso regulatorio de los aditivos. Todas las substancias que la FDA o el Departamento de Agricultura (USDA) determinaron como sanas y seguras para el uso en alimentos especificados antes de la enmienda de 1958, fueron señaladas como substancias previamente sancionadas. Ejemplos de las substancias previamente sancionadas, son el nitrato de sodio y el nitrato de potasio, ampliamente usados para preservar carnes para fiambres y una variedad de embutidos.

    Una segunda categoría de substancias excluidas del proceso regulatorio de los aditivos en los alimentos, son generalmente reconocidos como seguras, o substancias GRAS. Las substancias GRAS son aquellas cuyo uso es generalmente reconocido por los expertos como seguras, basados en la extensiva historia de su uso en los alimentos antes de 1958, o en evidencia científica publicada. Sal, azúcar, especias, vitaminas y glutamato monosódico, están clasificadas como substancias GRAS, junto con centenares de otras substancias. Los manufactureros pueden solicitar a la FDA la revisión del uso de una substancia para determinar si puede considerarse en la categoría de GRAS.

    Desde 1958, la FDA y el Departamento de Agricultura han continuado la vigilancia de las substancias previamente sancionadas y las de GRAS, en vista de nueva información científica. Si la nueva evidencia sugiere que una substancia, GRAS u otra de las previamente sancionadas puede ser insegura, las autoridades federales pueden prohibir su uso o exigir estudios adicionales para determinar su nivel de seguridad.

    En 1960 el Congreso aprobó legislación similar regulando los colores de los aditivos. La Enmienda Sobre Los Colores en los Aditivos del Acto FD&C, exige que los tintes usados en alimentos, drogas, cosméticos y ciertos dispositivos médicos, tengan la aprobación de la FDA, antes de ser ofrecidos al mercado.

    Al contrario de los aditivos de los alimentos antes de la aprobación de la ley, el uso de los colores fue permitido únicamente después de haber sido sometidos a exámenes adicionales para confirmar su seguridad. De los 200 colores de la lista provisional, 90 han sido escogidos por su seguridad y el resto han sido eliminados por la FDA o desechados por la industria.

    Tanto la Enmienda de los Aditivos en los Alimentos como la Enmienda de los Colores en los Aditivos, ambos incluyen una cláusula que prohíbe la aprobación de un aditivo, si se encuentra que este ha causado cáncer en humanos o en animales. Esta cláusula es conocida comúnmente como la Cláusula Delaney, llamada así en honor de su patrocinador, el Representante Demócrata James Delaney de New York.

    Regulaciones conocidas como Good Manufacturing Practices (GMP) ponen un límite a la cantidad de aditivos usados en los alimentos. Los manufactureros pueden usar únicamente la cantidad necesaria de un aditivo para alcanzar el efecto deseado.

    ¿Cómo son aprobados los aditivos para alimentos?

    Para poner al mercado un alimento o un aditivo para colorear alimentos, el comerciante debe presentar una solicitud de aprobación a la FDA. Aproximadamente 100 peticiones para alimentos y aditivos son presentadas anualmente. La mayoría de las peticiones son para aditivos indirectos como materiales de empaque.

    Una petición para un aditivo o colorante de un alimento, debe presentar evidencia convincente de que este actúa como es de esperarse. Estudios en animales, usando grandes dosis del aditivo durante largos períodos de tiempo, frecuentemente son necesarios para demostrar que la substancia no causa efectos dañinos en supuestos niveles del consumo humano. Estudios del aditivo en humanos también pueden ser presentados a la FDA.

    Para decidir si un aditivo debe ser aprobado, la agencia primero considera la composición y atributos de la substancia, la probable cantidad para ser consumida, los posibles efectos a largo plazo y varios factores de seguridad. El factor absoluto de seguridad de ninguna substancia jamás se puede comprobar. Por lo consiguiente, la FDA debe determinar si el aditivo es seguro bajo las condiciones de uso propuestas, basadas en el mejor conocimiento científico obtenible.

    Si un aditivo es aprobado, la FDA publica regulaciones que pueden incluir los tipos de alimentos en que pueden ser usados, las cantidades máximas que se pueden usar y cómo deben seridentificados en las etiquetas de los alimentos. Los aditivos recomendados para ser usados en carne y productos de aves también deben recibir autorización específica del Departamento de Agricultura. Enseguida, oficiales federales inspeccionan cuiadadosamente el grado de consumo del nuevo aditivo en la población y los resultados de nuevas investigaciones, acerca de la seguridad para garantizar el uso continuo de la substancia dentro de los límites de seguridad.

    Además, la FDA opera un Sistema de Vigilancia de Reacciones Adversas (ARMS) que sirve como dispositivo de seguridad, vigilando los aditivos. El sistema investiga todas las quejas procedentes de individuos o sus médicos que se puedan referir a alimentos específicos, aditivos de alimentos y aditivos de colores, o vitaminas y suplementos minerales. La base computarizada de información de ARMS asiste a los oficiales para decidir si las reacciones adversas reportadas, representan realmente un peligro para la salud pública asociado con alimentos, para luego tomar la acción más apropiada.

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